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VI.1o.C.165 C (9a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil

PERITOS TERCEROS EN DISCORDIA EN EL JUICIO MERCANTIL. SU DICTAMEN NO DEBE LIMITARSE AL CUESTIONARIO FORMULADO POR EL OFERENTE DE LA PRUEBA (INAPLICABILIDAD DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 36/2000).

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VI, Marzo de 2012; Tomo 2; Pág. 1295

Precedentes

Amparo directo 195/2011. Semmaterials México, S. de R.L. de C.V. 16 de junio de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Zayas Roldán. Secretario: Roberto Alfonso Solís Romero. Nota: La parte conducente de la ejecutoria relativa a la contradicción de tesis 57/99 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XI, mayo de 2000, página 671.

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