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2a./J. 97/2009Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Común

IMPEDIMENTO EN EL AMPARO. LA DEMANDA DE GARANTÍAS PROMOVIDA CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE LO DECIDA, ASÍ COMO LOS PRECEPTOS EN QUE SE FUNDA, ES IMPROCEDENTE, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 73, FRACCIÓN II, DE LA LEY RELATIVA.

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Agosto de 2009; Pág. 155

Precedentes

Contradicción de tesis 145/2009. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Segundo, ambos en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito. 24 de junio de 2009. Mayoría de tres votos. Disidentes: Margarita Beatriz Luna Ramos y José Fernando Franco González Salas. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Blanca Lobo Domínguez. Tesis de jurisprudencia 97/2009. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del primero de julio de dos mil nueve.

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