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1a./J. 30/2006Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional, Penal

JURISDICCIÓN CONCURRENTE. LOS TRIBUNALES UNITARIOS DE CIRCUITO TIENEN COMPETENCIA PARA CONOCER DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO PROMOVIDO CONTRA ACTOS DE JUECES DE DISTRITO CUANDO SE ALEGUE VIOLACIÓN DE LAS GARANTÍAS CONTENIDAS EN LOS ARTÍCULOS 16, 19 Y 20 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, EN MATERIA PENAL.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIV, Agosto de 2006; Pág. 113

Precedentes

Contradicción de tesis 179/2005-PS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Cuarto, ambos del Décimo Quinto Circuito. 19 de abril de 2006. Cinco votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretario: Miguel Bonilla López. Tesis de jurisprudencia 30/2006. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha diecinueve de abril de dos mil seis.