V.1o.C.T. J/63Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
LAUDO. EL HECHO DE QUE LA JUNTA CONDENE A UNA CANTIDAD DE DINERO DETERMINADA PERO OMITA PRECISAR LAS OPERACIONES ARITMÉTICAS QUE SIRVIERON DE BASE PARA CUANTIFICARLA, CONTRAVIENE EL ARTÍCULO 842 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIV, Julio de 2006; Pág. 988
Si la Junta al emitir el laudo condena al pago de una cantidad de dinero determinada y omite precisar las operaciones aritméticas que sirvieron de base para cuantificarla, tal actuación contraviene el artículo
842 de la Ley Federal del Trabajo
, afectando las defensas del quejoso y trascendiendo al resultado del fallo, toda vez que se desconocen los razonamientos lógico-jurídicos por los que la responsable llegó a dicha conclusión.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL QUINTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 621/2005. Ramón Luna Aguilar. 27 de enero de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Ramírez Ruiz. Secretaria: Raquel Nieblas Germán.
Amparo directo 1287/2005. Rubén Palomares Tellechea y otros. 30 de marzo de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Armida Elena Rodríguez Celaya. Secretario: Martín Antonio Lugo Romero.
Amparo directo 433/2005. Antonio Parra Esquer. 30 de marzo de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Raquel Nieblas Germán, secretaria de tribunal autorizada por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrada. Secretario: Eduardo Anastacio Chávez García.
Amparo directo 869/2005. Almada Urrea, S.A. de C.V. 4 de mayo de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco Anastacio Velasco Santiago. Secretaria: Raquel Nieblas Germán.
Amparo directo 814/2005. Juan Lucero Andrade. 12 de mayo de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco Anastacio Velasco Santiago. Secretaria: Raquel Nieblas Germán.