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II.1o.A.31 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

SANCIÓN ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 204 DE LA LEY DE AMPARO. AL SER DE NATURALEZA PENAL ESTÁ DIRIGIDA A LA PERSONA FÍSICA QUE FUNGE COMO AUTORIDAD RESPONSABLE.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Enero de 2006; Pág. 2481

Precedentes

Amparo en revisión 281/2005. Director General, Presidente y representante del Consejo Técnico Interdisciplinario del Centro Federal de Readaptación Social No. 1 "La Palma" y otros. 25 de agosto de 2005. Mayoría de votos. Disidente: Salvador Mondragón Reyes. Ponente: Angelina Hernández Hernández. Secretario: Günther Demián Hernández Núñez. Amparo en revisión 298/2005. Director General, Presidente y encargado del despacho de las Subdirecciones de Seguridad y Custodia, y de Seguridad y Guarda, todos ellos del Centro Federal de Readaptación Social No. 1 "La Palma" y otra. 9 de septiembre de 2005. Mayoría de votos. Disidente y Ponente: Salvador Mondragón Reyes. Secretario: Isaías Zárate Martínez. Amparo en revisión 411/2005. Director General, Presidente y representante del Consejo Técnico Interdisciplinario del Centro Federal de Readaptación Social No. 1 "La Palma". 14 de octubre de 2005. Mayoría de votos. Disidente: Salvador Mondragón Reyes. Ponente: Darío Carlos Contreras Reyes. Secretaria: Cristina Guzmán Ornelas.