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P./J. 8/2005Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. SI DURANTE LA TRAMITACIÓN DEL RECURSO DE RECLAMACIÓN INTERPUESTO EN CONTRA DEL AUTO QUE LA ADMITIÓ SE ADVIERTEN MOTIVOS MANIFIESTOS E INDUDABLES DE IMPROCEDENCIA, PROCEDE REVOCAR TAL PROVEÍDO Y DESECHAR LA DEMANDA RELATIVA.

[J]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXI, Marzo de 2005; Pág. 815

Precedentes

Recurso de reclamación 304/2004-PL, derivado de la controversia constitucional 94/2004. Poder Legislativo del Estado de Morelos. 18 de enero de 2005. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Juan Díaz Romero, Genaro David Góngora Pimentel y Juan N. Silva Meza. Ponente: Juan N. Silva Meza. Encargada del engrose: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretaria: Hilda Marcela Arceo Zarza. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy veintiocho de febrero en curso, aprobó, con el número 8/2005, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a veintiocho de febrero de dos mil cinco.

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