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1a./J. 1/2003 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Penal

CARTUCHOS PARA ARMAS DE USO EXCLUSIVO DEL EJÉRCITO, ARMADA Y FUERZA AÉREA. SU POSESIÓN ES PUNIBLE EN TÉRMINOS DE LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVII, Febrero de 2003; Pág. 96

Precedentes

Contradicción de tesis 104/2001-PS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Segundo, ambos en Materia Penal del Tercer Circuito. 22 de noviembre de 2002. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Juventino V. Castro y Castro. Ponente: Humberto Román Palacios. Secretario: Antonio Espinoza Rangel. Tesis de jurisprudencia 1/2003. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de cuatro de diciembre de dos mil dos, por unanimidad de cuatro votos de los señores Ministros: presidente Juan N. Silva Meza, Juventino V. Castro y Castro, Humberto Román Palacios y Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ausente: José de Jesús Gudiño Pelayo.

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