I.6o.T.150 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
INSPECCIÓN JUDICIAL. SI EL PATRÓN NO CUENTA CON LOS DOCUMENTOS OBJETO DE LA PRUEBA, ASÍ DEBE MANIFESTARLO AL MOMENTO DE DESAHOGARSE DICHA PROBANZA Y, ENSEGUIDA, PRECISAR, EN SU CASO, EL DOMICILIO EN DONDE SE ENCUENTRA LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Diciembre de 2002; Pág. 801
En términos del numeral
784 de la Ley Federal del Trabajo
, a la parte patronal le corresponde la carga de la prueba respecto a la exhibición de documentos que tiene la obligación de conservar, y en el desahogo de la prueba de inspección judicial que tiene por objeto el cotejo de esos documentos, la parte demandada no debe limitarse a indicar que no le era posible poner a la vista del actuario la documentación requerida, o bien, que la misma no se encuentra en el lugar en que se constituyó, sino que en ese momento debe precisar el nombre y domicilio del área o departamento encargado de resguardar las documentales objeto de inspección, para que la Junta esté en aptitud de ordenar al actuario que se constituya en diverso lugar para el desahogo de la diligencia; por lo que de no proporcionarse la información necesaria para que pueda llevarse a cabo el cotejo ordenado, procede tener como presuntivamente ciertos los hechos que la parte actora trató de probar con la citada inspección.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 9936/2002. Telecomunicaciones de México. 17 de octubre de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Bello Sánchez. Secretario: Miguel Barrios Flores.
Nota: Esta tesis contendió en la
contradicción 188/2005-SS
resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 164/2005, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIII, enero de 2006, página 1050, con el rubro: "
PRUEBA DE INSPECCIÓN OFRECIDA POR EL TRABAJADOR. SI DURANTE SU DESAHOGO SE ADVIERTE QUE EL DOMICILIO SEÑALADO AL EFECTO ES INCORRECTO, EL PATRÓN PUEDE INDICAR EN LA DILIGENCIA RELATIVA EL LUGAR EN QUE SE ENCUENTRA EL OBJETO SOBRE EL QUE AQUÉLLA VERSARÁ
."