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2a./J. 66/2000 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral

CONFESIÓN EN MATERIA DE TRABAJO, A CARGO DE UNA PERSONA QUE PARA LA FECHA DEL DESAHOGO YA NO DESEMPEÑA FUNCIONES DE DIRECCIÓN O ADMINISTRACIÓN. EL PATRÓN PUEDE DAR AVISO Y PROBAR ESA CIRCUNSTANCIA EN CUALQUIER MOMENTO PREVIO A SU DESAHOGO.

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XII, Agosto de 2000; Pág. 196

Precedentes

Contradicción de tesis 28/2000-SS. Entre las sustentadas por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito y Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito. 23 de junio del año 2000. Cinco votos. Ponente: José Vicente Aguinaco Alemán. Secretario: Roberto Martín Cordero Carrera. Tesis de jurisprudencia 66/2000. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del doce de julio del año dos mil.

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