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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/185814

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 24 de noviembre de 2004, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 107/2004-PS en que participó el presente criterio.

VI.2o.C.267 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
185814
Clave de tesis
VI.2o.C.267 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Octubre de 2002; Pág. 1339

CADUCIDAD. NO OPERA AUN CUANDO LAS PARTES OMITEN IMPULSAR EL PROCEDIMIENTO DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL DURANTE LA SUSTANCIACIÓN DE UN RECURSO DE APELACIÓN.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Octubre de 2002; Pág. 1339

Precedentes

Amparo directo 205/2002. Cecilio Coca Coyotzi. 21 de junio de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna. Nota: Por ejecutoria de fecha 24 de noviembre de 2004, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 107/2004-PS en que participó el presente criterio.

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