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XI.1o.6 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

AMPARO EN MATERIA AGRARIA. ES IMPROCEDENTE EL PROMOVIDO POR EL COMISARIADO EJIDAL SI LA SENTENCIA RECLAMADA NO AFECTA EL INTERÉS JURÍDICO DEL EJIDO AL QUE REPRESENTA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Julio de 2002; Pág. 1248

Precedentes

Amparo directo 676/2001. Comisariados Ejidales de Zicuirán y El Jagüey, Municipio de la Huacana, Michoacán. 25 de marzo de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Oscar Naranjo Ahumada. Secretario: Antonio Rico Sánchez.

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