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VIII.1o.23 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

REVISIÓN FISCAL. SU IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA NO DEPENDE DE LA CIRCUNSTANCIA DE QUE LA LEY APLICADA CORRESPONDA AL ORDEN PÚBLICO, NI TAMPOCO DE LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Marzo de 1999; Pág. 1457

Precedentes

Revisión fiscal 185/98. Director General Jurídico de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y en representación de los CC. Procurador Federal de Protección al Ambiente y Delegado de esa Procuraduría en el Estado de Chihuahua. 13 de enero de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: René Silva de los Santos. Secretario: Roberto Rodríguez Soto. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 101/2002-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 153/2002, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVII, enero de 2003, página 667, con el rubro: " REVISIÓN FISCAL. EL HECHO DE QUE EL ASUNTO SE REFIERA A LAS MATERIAS FORESTAL Y AMBIENTAL, NO BASTA PARA TENER POR ACREDITADOS LOS REQUISITOS DE IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA PARA LA PROCEDENCIA DE ESE RECURSO ."

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