I.3o.T.64 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
PRUEBA TESTIMONIAL. TESTIGOS FORÁNEOS. OMISIÓN DEL OFERENTE DE ACOMPAÑAR LAS COPIAS DEL INTERROGATORIO, NO PROCEDE DECLARARLA DESIERTA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Marzo de 1999; Pág. 1442
Si el oferente de la prueba testimonial en los casos previstos en la
fracción III del artículo 813 de la Ley Federal del Trabajo
, no exhibió las copias del interrogatorio relativo, como lo dispone el artículo en cita, la Junta responsable, antes de proceder a declarar desierta la aludida prueba, debe apercibir al promovente para que exhiba las copias correspondientes, dándole término para ello, e indicándole las resultas de no efectuarlo, en razón de que el dispositivo legal en comento, no impone sanción alguna para el caso de no exhibir las copias del interrogatorio, sino sólo para el supuesto de que no se acompañe el interrogatorio por escrito; lo contrario, deja al oferente de la prueba en estado de indefensión, negándole la oportunidad de acreditar lo conducente.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 7313/98. Arturo Baltazar Cisneros. 2 de septiembre de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Andrés Ortiz Cruz. Secretaria: María Cristina Téllez García.