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I.2o.P.25 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal

COMPETENCIA ENTRE JUECES DE DISTRITO CUANDO LA ORDEN DE APREHENSIÓN RECLAMADA NO PUEDE NI PODRÁ CUMPLIMENTARSE.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Septiembre de 1998; Pág. 1151

Precedentes

Competencia 6/98. Suscitada entre el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Distrito Federal y el Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Durango. 17 de agosto de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Alicia Rodríguez Cruz. Secretario: J. Trinidad Vergara Ortiz.

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