III.2o.A.25 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Común
SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL AMPARO. ES IMPROCEDENTE CONCEDERLA CONTRA EL REQUERIMIENTO PARA VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE PROCEDIBILIDAD DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XI, Agosto de 2012; Tomo 2; Pág. 2005
Constatar el cumplimiento de los requisitos de procedibilidad del juicio contencioso administrativo constituye una cuestión de orden público; por tanto, es improcedente conceder la suspensión provisional contra el requerimiento para la verificación de tales aspectos, por no surtirse el requisito previsto en la
fracción II del artículo 124 de la Ley de Amparo
, toda vez que la sociedad tiene interés en que se realicen los trámites necesarios para corroborar la satisfacción de los mencionados requisitos, con la finalidad de que los litigios se decidan en términos de la garantía prevista en el artículo
17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
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SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Queja 98/2012. Mario Alberto Garza Contreras y otros. 28 de junio de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Tomás Gómez Verónica. Secretario: Guillermo García Tapia.