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P. XXXVI/95 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional

ESTADOS FINANCIEROS. EL ARTICULO TERCERO TRANSITORIO, FRACCION IV, DE LA MISCELANEA FISCAL DE 1991, ES RETROACTIVO AL OBLIGAR A DICTAMINAR LOS CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO DE 1990.

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Julio de 1995; Pág. 24

Precedentes

Amparo directo en revisión 799/94. Troy Asesores, S.C. 28 de marzo de 1995. Unanimidad de diez votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Ma. Estela Ferrer Mac Gregor Poisot. El Tribunal Pleno en su sesión privada celebrada el veintinueve de junio en curso, por unanimidad de diez votos de los señores Ministros Presidente en funciones Juventino V. Castro y Castro, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Mariano Azuela Güitrón, Juan Díaz Romero, Genaro David Góngora Pimentel, José de Jesús Gudiño Pelayo, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Humberto Román Palacios, Olga María Sánchez Cordero y Juan N. Silva Meza; aprobó, con el número XXXVI/95 (9a.) la tesis que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis de jurisprudencia. México, Distrito Federal, a veintinueve de junio de mil novecientos noventa y cinco.

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