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P. XII/95 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común, Constitucional

REVISION. DEBE DESECHARSE EL RECURSO INTERPUESTO POR LA PARTE QUEJOSA CONTRA LA NEGATIVA DEL AMPARO EN TORNO A UNA LEY DEROGADA CUANDO SE ENCUENTRA FIRME LA CONCESION RESPECTO DE SU ACTO DE APLICACION.

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo I, Mayo de 1995; Pág. 89

Precedentes

Amparo en revisión 1557/94. Inmobiliaria Sud-Pacífico, S.A. 17 de abril de 1995. Unanimidad de once votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot. El Tribunal Pleno en su sesión privada celebrada el quince de mayo en curso, por unanimidad de ocho votos de los señores Ministros Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Mariano Azuela Güitrón, Juventino V. Castro y Castro, Juan Díaz Romero, Genaro David Góngora Pimentel, José de Jesús Gudiño Pelayo, Humberto Román Palacios y Olga María Sánchez Cordero; aprobó, con el número XII/95 (9a.) la tesis que antecede. México, Distrito Federal, a quince de mayo de mil novecientos noventa y cinco.

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