Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
PC.III.C. J/48 C (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoCivil, Común

AMPARO INDIRECTO. ES IMPROCEDENTE CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE, CON CARÁCTER DE DEFINITIVA APRUEBA EL MONTO DE LOS HONORARIOS DEL PERITO OFICIAL DESIGNADO POR EL JUEZ EN UN JUICIO CIVIL, AL NO CONSTITUIR UN ACTO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 71, Octubre de 2019; Tomo III; Pág. 2317

Precedentes

Contradicción de tesis 3/2019. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Tercero, Quinto y Sexto, todos en Materia Civil del Tercer Circuito. 27 de agosto de 2019. Mayoría de cuatro votos de los Magistrados Víctor Manuel Flores Jiménez, Carlos Hinostrosa Rojas, Jesicca Villafuerte Alemán y Juan Manuel Rochín Guevara. Disidentes: Rodolfo Castro León y Jesús Antonio Sepúlveda Castro. Ponente: Rodolfo Castro León. Encargada del engrose: Jesicca Villafuerte Alemán. Secretaria: Laura Icazbalceta Vargas. Criterios contendientes: El sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, al resolver la queja 195/2018, el sustentado por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, al resolver la queja 5/2019, y el diverso sustentado por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, al resolver el amparo en revisión 309/2018.

→ Más tesis en materia civil