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P./J. 8/2022 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Común

SUSPENSIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO. PROCEDE CONCEDERLA CUANDO SE SOLICITA PARA EL EFECTO DE QUE SE APLIQUE EL ESQUEMA COMPLETO DE VACUNACIÓN CONTRA EL VIRUS SARS-CoV-2 A NIÑAS Y NIÑOS DE ENTRE CINCO Y ONCE AÑOS, SIN COMORBILIDADES, SIEMPRE Y CUANDO EXISTA LA VACUNA AUTORIZADA POR PARTE DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS (COFEPRIS).

[J]; 11a. Época; Pleno; Gaceta S.J.F.; Libro 17, Septiembre de 2022; Tomo I; Pág. 13

Precedentes

Contradicción de tesis 8/2022. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Sexto Circuito y el Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito. 27 de junio de 2022. Mayoría de ocho votos de las Ministras y de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf, Luis María Aguilar Morales, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ana Margarita Ríos Farjat, Javier Laynez Potisek, Alberto Pérez Dayán y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea; votaron en contra: Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Norma Lucía Piña Hernández. Ausente: Juan Luis González Alcántara Carrancá. Ponente: Ana Margarita Ríos Farjat. Secretarios: Juan Jaime González Varas, Manuel Poblete Ríos y Manuel Hafid Andrade Gutiérrez. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Sexto Circuito, al resolver la queja 34/2022, y el diverso sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito, al resolver la queja 411/2021. El Tribunal Pleno, el ocho de septiembre en curso, aprobó, con el número 8/2022 (11a.), la tesis jurisprudencial que antecede. Ciudad de México, a ocho de septiembre de dos mil veintidós.