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PR.P.T.CS. 1 K (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaPlenos RegionalesComún

CONFLICTO COMPETENCIAL. ES INEXISTENTE CUANDO LA DECLINACIÓN OBEDECE A QUE EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO FUE SEÑALADO COMO AUTORIDAD RESPONSABLE POR HABER DICTADO LA RESOLUCIÓN RECLAMADA.

[TA]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 36, Abril de 2024; Tomo IV; Pág. 4072

Precedentes

Conflicto competencial 13/2024. Suscitado entre el Segundo y el Primer Tribunales Colegiados, ambos en Materia Penal del Tercer Circuito. 6 de marzo de 2024. Tres votos de las Magistradas Rosa María Galván Zárate y María Enriqueta Fernández Haggar y del Magistrado Héctor Lara González. Ponente: Magistrada María Enriqueta Fernández Haggar. Secretaria: Lucina Bringas Calvario. Nota: La tesis aislada 1a. LXXIX/2019 (10a.), de rubro: "CONFLICTO COMPETENCIAL. DIRECTRICES A SEGUIR CUANDO UN TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO CONOCE POR RAZÓN DE TURNO DE UNA DEMANDA DE AMPARO DIRECTO EN LA CUAL SE LE SEÑALA COMO AUTORIDAD RESPONSABLE." citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 27 de septiembre de 2019 a las 10:36 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 70, Tomo I, septiembre de 2019, página 115, con número de registro digital: 2020659.

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