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1a./J. 233/2025 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional

IMPUESTO SOBRE LOS PAGOS QUE SE REALIZAN A LAS EMPRESAS CONCESIONARIAS DE RADIO Y TELEVISIÓN. NO SE ACTUALIZA UNA DOBLE TRIBUTACIÓN RESPECTO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA QUE DEBEN CUBRIR DICHAS EMPRESAS.

[J]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 52, Agosto de 2025; Tomo V, Volumen 2; Pág. 1020

Precedentes

Amparo directo en revisión 4421/2024. 23 de octubre de 2024. Mayoría de cuatro votos de los Ministros y las Ministras Loretta Ortiz Ahlf, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Ana Margarita Ríos Farjat y Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien formuló voto concurrente. Disidente: Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien formuló voto particular. Ponente: Ana Margarita Ríos Farjat. Secretarios: Javier Alexandro González Rodríguez y Mario Jiménez Jiménez. Tesis de jurisprudencia 233/2025 (11a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de trece de agosto de dos mil veinticinco.

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