Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
I.6o.C. J/1Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Común

VIOLACIONES A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO. REQUISITOS QUE SON DE ESTRICTO CUMPLIMIENTO, CUANDO NO SE TRATA DE CASOS DE EXCEPCION.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo I, Abril de 1995; Pág. 110

Precedentes

Amparo directo 5460/91. Rodrigo Rosales Ortega. 30 de enero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Hugo Díaz Arellano. Secretario: Raúl González González. Amparo directo 460/94. Luz María Osnaya Valencia. 18 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Hugo Díaz Arellano. Secretario: Raúl González González. Amparo directo 3256/94. Rosario Gallardo Manzanares. 30 de junio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Hugo Díaz Arellano. Secretario: Víctor Hugo Guel de la Cruz. Amparo directo 3196/94. Héctor Miguel González Espinoza de los Monteros, por sí y como representante común de los codemandados Sociedad de Producción Rural, Industrial, Agropecuaria de Responsabilidad Suplementada y otros. 29 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Ana María Y. Ulloa de Rebollo. Secretario: Cuauhtémoc González Alvarez. Amparo directo 966/95. Librería Alemana de Ultramar, S. A. de C. V. 8 de marzo de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Hugo Díaz Arellano. Secretario: Víctor Hugo Guel de la Cruz.