Artículo 232 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Desde que subes al barco y se anuncia que vas a zarpar, cada quien debe estar en su puesto asignado hasta que se organicen las guardias en el mar. El que esté manejando el timón solo recibe órdenes del oficial encargado, y no puede cambiar el rumbo sin permiso. Además, tiene prohibido distraerse mientras esté de guardia: nada de platicar, comer, beber, fumar o hacer cualquier cosa que le quite la atención. Cuando entres a una guardia, no lleves objetos de metal que puedan descomponer la brújula (el compás); si ves que la aguja se mueve raro o el timón trabaja pesado, avísale al oficial de inmediato. Al terminar tu guardia, dile al timonel que te reemplaza cuál es el rumbo, con cuántos grados de timón se maneja bien el barco, si tiende a ladearse para un lado, y pásale las instrucciones especiales que recibiste. En tormentas o niebla, pon mucha atención al gobernar y avisa si ves algo que ponga en riesgo el barco. Cuando suene la alarma de combate, no sueltes el timón hasta que llegue el relevo que le toca según el plan; después de eso, ve a tu puesto de combate.
Texto oficial
Artículo 232.- En la mar observarán, en lo posible, cuanto queda dicho para el servicio de puertos, y además lo siguiente: I.- Desde el momento en que se toque babor y estribor de guardia, para hacerse a la mar, cada uno ocupará el puesto que tenga señalado, en el plan general, hasta que quede establecido el servicio de guardias de mar. II.- El que estuviere de guardia en el timón, recibirá órdenes directas del Oficial de ella, sin cuyo permiso no podrá cambiar el rumbo que se le haya entregado, quedándole prohibido durante este tiempo tener conversación, comer, beber, fumar o ejecutar cualquier acto que interrumpa la atención que exige un servicio tan importante. III.- Tendrá especial cuidado cuando entre de guardia de no llevar consigo objetos metálicos que puedan ser causa de perturbaciones en el compás, y siempre que observe anomalías en el movimiento de la aguja o entorpecimiento en el movimiento del timón, lo avisará inmediatamente al Oficial de guardia. IV.- Al entregar la guardia informará al timonel entrante sobre el rumbo ordenado, con cuántos grados de timón se puede gobernar con regularidad, si el buque tiene tendencia a caer sobre alguna banda, y le transmitirá las órdenes especiales que haya recibido. V.- En malos tiempos o en casos de niebla, pondrá suma atención en el modo de gobernar, debiendo avisar oportunamente de cualquiera circunstancia que ponga en riesgo el buque. VI.- Al toque de zafarrancho de combate, no abandonará la rueda del timón hasta que vaya a relevarlo el timonel a quien corresponda dicho puesto en el plan general de combate, hecho lo cual, concurrirá al que tenga señalado para estos casos. ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 19-10-2000 42 de 210
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