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Ley
REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
100

Artículo 100 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las construcciones donde la gente se divierte o se junta, como cines, teatros o salones de fiestas, tienen que seguir las reglas oficiales para poner las butacas donde la gente se sienta. Esas reglas dicen cómo deben ir colocadas para que sea seguro y ordenado.

Texto oficial

ARTÍCULO 100.- Las edificaciones de entretenimiento y sitios de reunión, en las que se requiera instalar butacas deben ajustarse a lo que se establece en las Normas.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 89) ↗

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