- Ley
- REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
- Artículo
- 100
Artículo 100 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las construcciones donde la gente se divierte o se junta, como cines, teatros o salones de fiestas, tienen que seguir las reglas oficiales para poner las butacas donde la gente se sienta. Esas reglas dicen cómo deben ir colocadas para que sea seguro y ordenado.
Texto oficial
ARTÍCULO 100.- Las edificaciones de entretenimiento y sitios de reunión, en las que se requiera instalar butacas deben ajustarse a lo que se establece en las Normas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.