- Ley
- Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México
- Artículo
- 136
Artículo 136 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si pones información falsa en tu solicitud de permiso, las autoridades pueden negarte el permiso para siempre. No importa si fue un error o a propósito: si el dato no es verdad, ya no tendrás otra oportunidad. La ley no te va a pedir que corrijas el error ni te dará una segunda oportunidad. Así que asegúrate de que todos los datos que escribas sean reales desde el principio.
Texto oficial
Artículo 136. La existencia de un dato falso en la solicitud del permiso será motivo suficiente para negar de forma definitiva el permiso.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.