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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl70/149
Ley
Reglamento de Salud del Estado de México
Artículo
149

Artículo 149 del Reglamento de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres dueño o vives en una casa o departamento, tú eres el responsable de que el lugar esté en buen estado frente a las autoridades de salud. Esto incluye mantener limpias y funcionando bien las instalaciones como baños, pisos, paredes y techos. Debes cumplir con lo que dice este reglamento y con otras leyes relacionadas. En pocas palabras, si eres propietario o inquilino, te toca cuidar que tu vivienda esté en buenas condiciones sanitarias.

Texto oficial

Artículo 149.- Los propietarios u ocupantes de los inmuebles, serán responsables ante la autoridad sanitaria de la conservación y mantenimiento de las instalaciones, servicios sanitarios, muros, pisos y techos, de conformidad a este Reglamento y demás disposiciones legales.

Ver texto oficial del Reglamento de Salud del Estado de México (pág. 26) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.