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Artículo 43 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 43 dice que las reglas de los artículos 36, 37 y 41 también aplican para organizar las armas y municiones que se mencionan en el artículo anterior. En palabras más simples, lo que ya está establecido para otros casos sirve igual para este tipo de armas y balas. No inventa nada nuevo, solo extiende lo que ya está dicho antes.

Texto oficial

ARTICULO 43.- Lo dispuesto por los artículos 36, 37 y 41 de este Reglamento, es aplicable en lo conducente a la organización de las armas y municiones a que se alude en el precepto anterior. CAPITULO VI De la Reparación

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.