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Artículo 572 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 572 ya no existe en la ley, porque fue derogado el 9 de agosto de 1999. Esto significa que desde esa fecha dejó de tener validez y ya no se aplica. En pocas palabras, no necesitas preocuparte por lo que decía, porque ya no es obligatorio ni tiene efecto legal.

Texto oficial

ARTICULO 572.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 60) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.