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Artículo 573 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 573 ya no existe porque fue eliminado de la ley el 9 de agosto de 1999. Cuando un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se aplica. En pocas palabras, ya no hay nada que explicar ni cumplir de ese artículo, porque la ley lo borró por completo.

Texto oficial

ARTICULO 573.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 60) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.