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Artículo 785 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 785 ya no sirve porque fue eliminado de la ley el 9 de agosto de 1999. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se aplica. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no existe.

Texto oficial

ARTICULO 785.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 73) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.