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Qué hacer si te despiden: causa justificada, indemnización y plazos

Cómo saber si tu despido fue justificado o no, cuánto te deben pagar en cada caso, y el plazo — muy corto — que tienes para reclamar.

  1. 1. Primero: ¿el patrón tenía una causa justificada para correrte?

    La ley da una lista cerrada de causas por las que te pueden correr sin pagarte indemnización: mentir con certificados falsos (solo en tus primeros 30 días), ser deshonesto, violento o insultar al patrón, a tus jefes, clientes o compañeros (salvo que te hayan provocado o te estés defendiendo), dañar a propósito las instalaciones o herramientas, acoso sexual, contar secretos de la empresa, faltar más de tres veces en 30 días sin justificación, desobedecer sin razón, o llegar a trabajar tomado o drogado sin receta médica. Si tu caso encaja en esta lista, es un despido justificado: no te deben indemnización por el despido en sí, aunque sí las prestaciones que ya hayas generado (aguinaldo, vacaciones proporcionales, etc.).

  2. 2. Si NO hubo causa justificada, es un despido injustificado — y tienes dos caminos

    Puedes pedir que te regresen a tu puesto (reinstalación), o exigir una indemnización de 3 meses de salario, calculada con el sueldo que tengas el día que te paguen, no el de cuando te corrieron. La elección es tuya: puedes pedir la indemnización aunque el patrón sí quiera reinstalarte, sin tener que justificarlo ni cumplir ningún requisito especial (los requisitos del siguiente paso son para el caso contrario: cuando tú pides reinstalación y es el patrón quien quiere evitarla). Antes de llegar a juicio, pasas obligatoriamente por una conciliación — una junta para intentar llegar a un acuerdo con tu patrón sin necesidad de pleito. Ojo: pedir la indemnización en vez de la reinstalación NO te convierte en renunciante — sigue siendo el mismo despido injustificado, así que el monto no cambia por elegir una opción u otra (ver paso 4). Es distinto de una renuncia voluntaria real, donde normalmente no te tocan esos montos, salvo que sea una "renuncia justificada" por incumplimiento del patrón, que sí se paga igual que un despido injustificado.

  3. 3. El patrón a veces puede evitar reinstalarte, pagándote en su lugar

    Aunque tú pidas reinstalación, el patrón puede evitarla pagando indemnización si: tienes menos de un año trabajando ahí, comprueba ante el tribunal que ya no es posible seguir la relación por trato directo contigo, eres trabajador de confianza, trabajas en el hogar, es un trabajo eventual, o trabajas en plataformas digitales (repartidores de apps, por ejemplo) — salvo que se te hayan violado derechos como sindicalizarte. Para hacerlo, el patrón debe depositar el dinero ante el tribunal; si no estás de acuerdo con el monto, puedes demandar de todos modos.

  4. 4. Cómo se calcula el monto de la indemnización

    Si tenías contrato por tiempo fijo, se calcula según cuánto trabajaste: menos de un año, la mitad de lo ganado en ese periodo; más de un año, 6 meses de sueldo por el primer año más 20 días por cada año extra. Si tu contrato era por tiempo indefinido (el caso más común), son 20 días de sueldo por cada año trabajado. En ambos casos se suman siempre 3 meses de sueldo adicionales, más cualquier sueldo atrasado con sus intereses. Si trabajas en plataformas digitales, la fórmula es 3 meses de sueldo más 20 días por cada año efectivamente trabajado.

  5. 5. La prima de antigüedad es aparte — y casi siempre te toca

    Además de la indemnización, si trabajas de planta tienes derecho a un bono de 12 días de salario por cada año completo trabajado, llamado prima de antigüedad. Te la deben pagar tanto si el despido fue justificado como injustificado, sin importar la causa. También la puedes cobrar si renuncias voluntariamente, siempre que tengas al menos 15 años en la empresa.

  6. 6. El patrón también tiene un plazo — si se pasa, pierde el derecho a correrte por esa causa

    El patrón solo tiene un mes, contado desde que se enteró de la causa, para correrte, amonestarte o descontarte por una falta. Si deja pasar ese mes sin actuar, pierde el derecho a usar esa causa en tu contra. El mismo plazo de un mes aplica al revés, si tú quieres renunciar justificadamente por una falta del patrón.

  7. 7. El dato más importante: tienes solo 2 meses para demandar

    Si te despidieron, tienes únicamente dos meses, contados desde el día siguiente al despido, para demandar a tu patrón — es uno de los plazos más cortos de toda la ley laboral, así que no lo dejes pasar. Si antes de demandar solicitas una conciliación, el plazo se congela mientras dura ese proceso y se reanuda después.

🧮 Calculadora: ¿cuánto te podrían deber?

Estimado orientativo con las fórmulas de esta guía. No se guarda ni se envía ningún dato.

¿El despido fue justificado? (LFT 47)
¿Qué prefieres pedir? (LFT 48)
Tipo de contrato

Ingresa tu sueldo mensual para ver el estimado.

Estimado orientativo, no vinculante. No incluye aguinaldo ni vacaciones proporcionales, topes salariales, ni particularidades de tu caso (trabajador de confianza, contrato colectivo, etc.). Verifica el monto exacto con un profesional.

⚠️ Esta guía resume la Ley Federal del Trabajo para trabajadores del apartado A (la mayoría del sector privado). Si trabajas para el gobierno (apartado B) aplican otras reglas. Ser "trabajador de confianza" cambia varios de estos derechos (por ejemplo, no puedes exigir reinstalación). Cada caso depende de pruebas concretas — qué tan justificada estaba la causa, qué tipo de contrato tenías — así que conviene revisar tu situación específica con un profesional antes de que se venza el plazo de 2 meses.

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta guía es informativa y no constituye asesoría legal. Cada caso tiene detalles propios — consulta siempre el texto oficial citado y, si lo necesitas, a un profesional.