VIII.3o.23 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
INTERVENCIÓN CON CARGO A LA CAJA DE UNA NEGOCIACIÓN. PROCEDE EN SU CONTRA EL AMPARO BIINSTANCIAL, AL NO CONSTITUIR LA ÚLTIMA RESOLUCIÓN DICTADA DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Febrero de 2002; Pág. 833
Es procedente el juicio biinstancial que se interponga en contra de la resolución que ordene la intervención con cargo a la caja de una negociación, pues aun cuando con dicho acto no finaliza el procedimiento de ejecución, ya que para ello es necesario el retiro de los ingresos de la empresa hasta que quede cubierto en su totalidad el monto del adeudo, de conformidad con lo que disponen los artículos
150, 153, 164 y 165 del Código Fiscal de la Federación
, precisamente por esta razón la ejecución de los actos resulta de imposible reparación, pues se ven afectados los derechos patrimoniales de la quejosa al descontársele sus ingresos hasta que quede cubierto el crédito fiscal. Por tanto, la contribuyente no tiene que esperar el dictado de la última resolución para interponer el amparo.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 297/2001. Tiendas de Descuento Jotave, S.A. de C.V. 28 de agosto de 2001. Mayoría de votos. Disidente: Abraham Calderón Díaz. Ponente: Susana García Martínez, secretaria de tribunal autorizada por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrada. Secretario: Julio Jesús Ponce Gamiño.
Nota: Esta tesis contendió en la
contradicción 186/2006-SS
resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 201/2006, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXV, enero de 2007, página 637, con el rubro: "
INTERVENTOR CON CARGO A LA CAJA. SU DESIGNACIÓN DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN ES IMPUGNABLE EN AMPARO INDIRECTO
."