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1a./J. 45/98 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Penal

PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD. PROCEDE LA SUSTITUCIÓN AUN CUANDO LA CONDENA SEA POR UN DELITO CALIFICADO COMO GRAVE.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Agosto de 1998; Pág. 188

Precedentes

Contradicción de tesis 35/97. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito y Segundo Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito. 1o. de julio de 1998. Cinco votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretaria: Andrea Nava Fernández del Campo. Tesis de jurisprudencia 45/98. Aprobada por la Primera Sala de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión de ocho de julio de mil novecientos noventa y ocho, por unanimidad de cinco votos de los Ministros presidente Humberto Román Palacios, Juventino V. Castro y Castro, José de Jesús Gudiño Pelayo, Juan N. Silva Meza y Olga Sánchez Cordero de García Villegas.

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