XXI.1o.27 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
TESTIGOS EN MATERIA LABORAL, OFRECIMIENTO DE LOS. DEBE CUBRIR LOS REQUISITOS QUE ESTABLECE EL ARTICULO 813, FRACCION II DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, SIN QUE PUEDAN DEDUCIRSE DEL SUMARIO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Mayo de 1996; Pág. 704
El oferente de la prueba testimonial, de acuerdo a lo establecido en el artículo
813, fracción II de la Ley Federal del Trabaj
o, tiene la carga de señalar tanto el domicilio como el nombre de los testigos, sin que puedan deducirse dichos requisitos de las constancias que conforman el sumario, pues de no hacerlo, trae como consecuencia que se tenga por mal ofrecida esa prueba y que no se admita por su incumplimiento legal.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 445/95. Operadora de Tiendas Pacífico, S.A. de C.V. 16 de noviembre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: José Fernando G. Suárez Correa. Secretario: Gabriel Costilla Hernández.