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I.9o.C.2 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

QUEJA, REGULARIZACION DEL PROCEDIMIENTO, EN CUANTO NO SE DISPUSO SUSPENDERLO AL ADMITIRLA, EFECTOS.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Septiembre de 1995; Pág. 597

Precedentes

Queja 190/95. José Losoyo Fonseca. 12 de julio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Ismael Castellanos Rodríguez. Secretaria: Alicia Gómez Lagos. Nota: Por ejecutoria de fecha 27 de febrero de 2002, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 14/2002 en que participó el presente criterio.

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