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V.2o.3 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

VIA EJECUTIVA MERCANTIL, IMPROCEDENCIA DE LA. COMO CONSECUENCIA DE SU DECLARACION NO PUEDE ABSOLVERSE AL DEMANDADO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo I, Abril de 1995; Pág. 193

Precedentes

Amparo directo 697/94. Banca Serfín, S. A. Institución de Banca Multiple, Grupo Financiero Serfín. 9 de febrero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretario: José Rafael Coronado Duarte.

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