LEY DE CUNAS DE LA CIUDAD DE MÈXICO
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley es obligatoria para todos en la Ciudad de México y busca que las niñas y los niños tengan un desarrollo completo desde que nacen. También los conecta con programas de ayuda del DIF capitalino para que, durante su infancia y adolescencia, puedan disfrutar de todos sus derechos humanos. En palabras simples, la ley existe para protegerlos y asegurarse de que reciban el apoyo que necesitan.
- Art. 2Este artículo dice que vigilar que se cumpla esta ley es responsabilidad de varias personas y grupos. El gobierno de la Ciudad de México y la Asamblea Legislativa (los diputados locales) tienen que checar que todo se aplique bien. También les toca a los papás, abuelos, tutores o cualquier familiar que cuide a niños y niñas. Y hasta tú, como ciudadano, o cualquier grupo de personas organizadas, pueden ayudar a asegurarse de que se respete esta ley.
- Art. 3El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) de la Ciudad de México es el encargado de hacer que se cumpla esta ley. Ellos van a decidir cómo las mamás, papás o tutores pueden acceder a los beneficios para recién nacidos de hasta dos meses de edad. Todo esto se hará siguiendo las reglas que marca la misma ley y su reglamento. En resumen, el DIF se encarga de organizar y dar entrada a lo que necesitan los bebés y sus familias.
- Art. 4Una ley dice que los derechohabientes son las niñas y niños de hasta dos meses de nacidos, y las mujeres embarazadas desde la semana 22. La palabra "derechohabientes" se refiere a las personas que tienen derecho a recibir los beneficios de esta ley. También se toma en cuenta que vivan en zonas de la Ciudad de México con muy bajo o bajo desarrollo social, pero eso no es obligatorio. En pocas palabras, esta ley protege a bebés recién nacidos y a mujeres embarazadas que más lo necesiten.
- Art. 5Para cumplir con esta Ley, a las mamás y papás que tienen derecho a estos beneficios se les va a entregar un paquete de maternidad. Ese paquete tendrá lo básico para que tu bebé esté en un lugar seguro, limpio y sano durante sus primeros meses de vida. También incluye cosas para apoyar la lactancia materna, cuidar la salud del bebé y enseñarte cómo atenderlo mejor. En pocas palabras, es un kit que te ayuda a empezar bien la crianza de tu hijo o hija.
- Art. 6El artículo 6 dice que el apoyo económico solo se les dará a las mamás que cumplan con lo siguiente: primero, que su hijito o hijita haya nacido y viva en la Ciudad de México; segundo, que el bebé tenga máximo dos meses de nacido; tercero, si estás embarazada, debes tener por lo menos 22 semanas de gestación; y cuarto, que vivas en colonias o zonas de la ciudad que estén clasificadas con bajo o muy bajo Índice de Desarrollo Social (IDS), que es una medida que indica qué tan pobres o marginadas son las áreas.
- Art. 7Este artículo dice que solo en situaciones muy especiales, la mamá y su bebé pueden recibir un paquete de cuidados maternos aunque les falten documentos. Esas situaciones son: si viven en la calle, si la mamá está en la cárcel, si pertenecen a un grupo indígena, si el papá o tutor va a pedir el paquete porque la mamá está enferma, o si la mamá falleció. En esos casos, aunque no tengan todos los papeles, las autoridades pueden hacer un reporte escrito y tomar fotos para entregarles el paquete sin falta.
- Art. 8Las personas que reciben estos beneficios tienen que cumplir con varias obligaciones. La primera es aceptar el paquete de cuidados para mamás y bebés que les toque. También deben cumplir y comprobar todos los requisitos que pide esta ley y su reglamento. Las mamás que reciban este paquete tienen que comprometerse a darle leche materna a su bebé durante los primeros seis meses, a menos que un doctor les diga que no pueden por razones de salud.
- Art. 9El gobierno de la Ciudad de México tiene que buscar maneras de que todos los niños y niñas tengan acceso a servicios de salud, aunque no hayan nacido en un hospital público. Esto aplica a los que viven o nacen en la Ciudad de México. La ley dice que, poco a poco, se deben crear planes para que ningún niño se quede sin este derecho. Básicamente, busca que todos los menores de edad puedan ser atendidos en el sistema de salud, sin importar dónde hayan nacido.
- Art. 10El DIF de la Ciudad de México es la institución encargada de dar a conocer y poner en marcha el programa Cunas CDMX, así como de decidir cómo se accede a él. También tiene la obligación de hacer todo lo necesario para que el programa se difunda y replique. Para lograrlo, el DIF debe informar los requisitos, derechos, obligaciones, pasos y tiempos del programa, usando volantes y carteles que se repartirán en sus centros comunitarios y en colonias con mucha pobreza, siempre usando un lenguaje que todas las personas puedan entender.
- Art. 11Si crees que te afectó el Programa de Cunas CDMX, primero puedes quejarte por escrito al DIF de la Ciudad de México. Si estás en desacuerdo con una decisión o resolución relacionada con el programa, también puedes presentar una queja por escrito ante el jefe de la persona o autoridad que tomó esa decisión, siguiendo las reglas de la Ley de Procedimiento Administrativo local. Y si crees que algo no se cumplió según lo que dice este programa, puedes presentar una queja por escrito ante la Contraloría Interna del DIF, la Contraloría General de la Ciudad, o a través de los medios electrónicos que tengan en sus portales.
- Art. 12Los trabajadores del gobierno de la Ciudad de México (como policías, burócratas o funcionarios) deben cumplir al pie de la letra lo que dice esta Ley y también la Ley Federal de Responsabilidades. Si hacen algo que no debían, o dejan de hacer algo que sí debían hacer, y con eso violan o incumplen estas reglas, se les puede hacer responsables. Esto aplica para cualquier acción ilegal o por quedarse con los brazos cruzados cuando tenían que actuar. Básicamente, si un servidor público no cumple con su deber, se le puede sancionar.
- Art. 13El Jefe de Gobierno de la Ciudad de México tiene que poner en su presupuesto anual el dinero necesario para dar gratis un paquete de maternidad llamado *Cunas CDMX*. Este paquete se entrega a las mujeres embarazadas desde la semana 22 de gestación, y también a bebés de hasta 2 meses de edad.
- Art. 14El gobierno de la Ciudad de México tiene que apartar dinero en su presupuesto anual para darles gratis el paquete “Cunas CDMX” a mujeres embarazadas desde la semana 22 de embarazo, y a bebés de hasta 2 meses de edad. Para recibirlo, debes tener al menos 22 semanas de gestación si estás embarazada. También es necesario que vivas en una zona de la ciudad que tenga un Índice de Desarrollo Social (que mide qué tan bien vive la gente) muy bajo o bajo. Esto asegura que el apoyo llegue a quienes más lo necesitan.
- Art. 15El Jefe de Gobierno de la CDMX tiene que hacer las reglas del programa para que la gente pueda ejercer su derecho, y también debe definir cómo se va a evaluar y supervisar. La ley empieza a aplicarse al día siguiente de publicarse en la Gaceta Oficial. El gobierno tiene 90 días para publicar esas reglas después de que la ley entre en vigor. La Asamblea Legislativa debe aprobar suficiente dinero en el presupuesto anual para que los recién nacidos reciban el beneficio, sin que sea menos de lo que se gastó el año anterior. También deben ajustar otras leyes para que cuadren con esta, en un plazo máximo de 90 días.