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Ley
Reglamento de la Ley que Regula el Uso de Tecnologías de la Información y Comunicación para la Seguridad Pública del Estado de México
Artículo
41

Artículo 41 del Reglamento de la Ley que Regula el Uso de Tecnologías de la Información y Comunicación para la Seguridad Pública del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Centro de Control solo puede guardar mapas y datos de ubicación por máximo seis años. Después de ese tiempo, la persona encargada del área de mapas tiene que borrar o limpiar esa información. Esto es para que los datos no se acumulen sin uso y siempre estén actualizados.

Texto oficial

Artículo 41. La información geográfica que concentre el Centro de Control tendrá una vigencia máxima de seis años, después de este tiempo la información será depurada por el responsable o encargado del área de cartografía.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley que Regula el Uso de Tecnologías de la Información y Comunicación para la Seguridad Pública del Estado de México (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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