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Artículo 16 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que una junta del Comité Técnico de Profesionalización sea válida, deben estar presentes todos los miembros o sus representantes, sin faltar ni uno. Las decisiones que se tomen en esa junta se deciden por mayoría de votos, es decir, gana la opción que tenga más votos a favor.

Texto oficial

Artículo 16.- Para la validez de las sesiones del Comité Técnico de Profesionalización se requerirá la asistencia de la totalidad de sus miembros o representantes. Sus resoluciones se tomarán por mayoría de votos. Capítulo Sexto De los Comités Técnicos de Selección

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

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