LEY Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Este artículo dice quiénes tienen que pagar el impuesto sobre autos nuevos. Las personas (como tú o yo) y las empresas están obligadas a pagarlo en dos casos. Primero, cuando venden un auto nuevo por primera vez, como cuando un fabricante, ensamblador o un concesionario se lo vende a un cliente. Segundo, cuando una persona o empresa importa un auto a México de manera definitiva, siempre y cuando no sea el fabricante, ensamblador o un vendedor de autos. Además, solo aplica para autos del año modelo siguiente al que está en vigor, del año en que se importan, o de los 10 años modelo anteriores a ese año.
- Art. 2El impuesto sobre autos nuevos se calcula tomando el precio de venta que paga el consumidor al fabricante, distribuidor o importador, incluyendo cualquier extra como accesorios de lujo o equipo especial. No se permite restar descuentos, rebajas o bonificaciones al precio para calcular el impuesto. El IVA que se cobra en la venta no cuenta como parte de ese precio. Para autos importados, se suma al precio el impuesto de importación y otros pagos de aduana, excepto el IVA. Esto aplica aunque el auto no pague el impuesto de importación.
- Art. 3Este artículo habla de un impuesto que se paga al comprar autos nuevos. Si compras un auto para hasta 15 pasajeros, el impuesto se calcula con una tabla. Por ejemplo, si el auto cuesta menos de 383,940.35 pesos, pagas el 2% del precio. Si cuesta más, usas la tabla para saber cuánto pagar. Si el auto cuesta más de 1,060,189.93 pesos, te descuentan el 7% de la diferencia entre ese precio y el del auto. Por ejemplo, si cuesta 1,200,000 pesos, restas 1,060,189.93 y al resultado (139,810.07) le sacas el 7% (9,786.70), y eso se descuenta del impuesto. Para camiones de carga de hasta 4,250 kilogramos, como los panel o remolques para vivienda, solo pagas el 5% del precio, sin usar la tabla. Estas cantidades se actualizan cada año en enero según la inflación, y el gobierno las publica en el Diario Oficial.
- Art. 4El impuesto se calcula por año (ejercicio fiscal), pero hay una excepción para las importaciones. Como contribuyente, debes hacer pagos provisionales cada mes, a más tardar el día 17, declarando lo que vendiste el mes anterior. Al final del año, pagas lo que falte después de restar esos pagos, y tienes tres meses después de que termine el año para presentar tu declaración final. Si tienes sucursales en un estado diferente al de tu oficina principal, debes presentar declaraciones mensuales y anuales en cada estado donde estén esas sucursales, además de las de la oficina principal.
- Art. 5Este artículo define cuatro cosas importantes para entender la ley. Primero, dice qué tipo de vehículos considera "automóviles": los que llevan hasta 15 pasajeros, camiones que carguen hasta 4,250 kilos (incluyendo los tipo panel o de carga cerrada), y las casas rodantes (remolques o semirremolques para vivir). Segundo, explica que la "franja fronteriza norte" es una zona de México que abarca desde la línea con Estados Unidos hasta 20 kilómetros tierra adentro, en un tramo específico entre Sonora y el Golfo de México, e incluye el municipio de Cananea, Sonora. Tercero, detalla qué es la "región parcial de Sonora": un área con límites precisos, empezando desde el Río Colorado hasta 10 kilómetros al oeste de Sonoita, luego bajando en línea recta hasta Puerto Peñasco. Por último, dice que los "comerciantes de vehículos" son personas o empresas que se dedican a vender autos nuevos o usados.
- Art. 6Este artículo dice que, para los efectos de esta ley, se considera que un automóvil se "vende" o "enajena" no solo cuando se transfiere a otra persona, sino también cuando una empresa fabricante, ensambladora, importadora o distribuidora de autos lo usa para su propio negocio, por ejemplo como vehículo de la empresa o lo tiene guardado para venderlo por más de un año. En esos casos, la empresa debe pagar el impuesto que dice la ley, a menos que ya lo haya pagado antes. También aclara que un auto pasa a ser parte de los bienes de la empresa (activo fijo) cuando lo usan para las actividades del negocio, no solo para tenerlo guardado.
- Art. 7Cuando compras algo del extranjero y lo traes a México para quedártelo, eso se considera una importación definitiva según las reglas de aduanas. Pero si ya pagaste el impuesto que marca esta ley por ese producto, entonces ya no cuenta como importación. En pocas palabras, si ya cubriste el impuesto, la ley ya no lo ve como una importación. Esto aplica solo cuando es para quedarte con el producto, no para uso temporal.
- Art. 8No pagarás el impuesto sobre autos nuevos si exportas un vehículo de forma definitiva, es decir, lo sacas del país para siempre. Tampoco lo pagarás si compras un auto directamente al fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado o comerciante, siempre que el precio total (sin incluir descuentos ni el IVA) sea de $356,934.05 o menos. Si el precio del auto está entre $356,934.06 y $452,116.48, solo pagarás la mitad del impuesto. Esta misma regla aplica si importas un coche.
- Art. 9Cuando vendes un coche, la ley considera que ya se vendió en cuanto ocurre cualquiera de estas situaciones: que lo mandes al comprador, que lo entregues físicamente, que te paguen aunque sea una parte, que des la factura o el comprobante de la venta, o que lo registres como propiedad de tu negocio después de un año de tenerlo. No importa si todavía no se firma todo el papeleo. En cualquiera de esos momentos, para el gobierno ya eres el vendedor.
- Art. 10Si alguien que no es el fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado o vendedor de autos trae un carro del extranjero para quedárselo en México, tiene que pagar este impuesto en la aduana. Ese pago se hace junto con el impuesto de importación normal, incluso si el segundo impuesto se difiere porque el auto está guardado en un almacén fiscal. No puedes sacar el coche de la aduana ni de ningún lugar controlado por hacienda hasta que no hayas pagado todo lo que te corresponde según esta ley.
- Art. 11Si compras un coche nuevo y pagas el impuesto correspondiente, no te lo van a devolver aunque devuelvas el carro al vendedor. Tampoco puedes usar ese impuesto para pagar otros impuestos que debas. Para la ley, un coche ya no se considera "nuevo" si ya se pagó el impuesto por él, incluso si lo regresan al vendedor. Los que venden coches (fabricantes, agencias o comerciantes) no deben mostrar el monto del impuesto por separado en la factura o documento de venta.
- Art. 12Si tienes negocios o tiendas en dos o más estados de la república, por ley tienes que llevar registros contables separados para cada uno. Eso significa que debes anotar cuánto vendiste en cada estado por separado. Toda esa información la tienes que reportar en tu declaración anual ante la Secretaría de Hacienda, para que sepan exactamente a qué estado le corresponden esos ingresos.
- Art. 13Si vendes, armas, distribuyes autos nuevos o los metes al país para quedarse en la frontera norte (Baja California, Baja California Sur y parte de Sonora), tienes que poner en el comprobante de venta la clave del modelo exacto del carro. El gobierno, a través de la Secretaría de Hacienda, va a decir cómo hacerle para incluir esa clave. Además, el precio del auto debe aparecer en pesos mexicanos, no en otra moneda.
- Art. 14Se creó un fondo especial de dinero para ayudar a los estados que forman parte del sistema de coordinación fiscal de México y que tienen un acuerdo con el gobierno federal para cobrar el impuesto de autos nuevos. Este fondo compensa a esos estados por la pérdida de ingresos que sufrieron cuando se permitió importar autos usados sin pagar ese impuesto, según un decreto de 2005. Cada mes, el gobierno federal reparte a los estados la doceava parte del fondo total, usando una tabla de porcentajes que indica cuánto le toca a cada estado (por ejemplo, a la Ciudad de México le toca el 22.9% y a Baja California el 2.4%). El estado que recibe este dinero debe dar al menos el 20% a sus municipios, y serán los gobiernos locales quienes decidan cómo repartirlo entre ellos.