LEY del Instituto Mexicano de la Juventud
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Este artículo crea el Instituto Mexicano de la Juventud, que es una oficina del gobierno federal, pero funciona de manera independiente, como si fuera una empresa aparte. Tiene su propio dinero para gastar, sus propias reglas para operar y su oficina principal está en la Ciudad de México. Además, cuando en esta ley se mencione “el Instituto”, se refiere exactamente a esa dependencia que se acaba de crear.
- Art. 2Este artículo dice que el Instituto debe enfocarse en atender a los jóvenes de entre 12 y 29 años, porque son muy importantes para el futuro del país. Todos los chavos y chavas en ese rango de edad tienen derecho a recibir los programas, servicios y apoyos que ofrezca el Instituto, sin que importe su origen, género, si tienen alguna discapacidad, su situación económica, su salud, su religión o cómo piensen. Tampoco se les puede discriminar por su estado civil, preferencias o cualquier otra característica. Es una forma de asegurar que todos los jóvenes, sin excepción, puedan acceder a lo que necesiten para desarrollarse.
- Art. 3El Instituto Mexicano de la Juventud (IMJUVE) se creó para apoyar a los jóvenes de México. Su objetivo principal es asegurar que todos los jóvenes tengan las mismas oportunidades de crecer y desarrollarse sin ser discriminados, tal como lo marca la Constitución y los tratados internacionales. También se encarga de diseñar y aplicar una política nacional para que los jóvenes participen activamente en el desarrollo del país. Además, propone programas especiales para mejorar la salud y educación de los jóvenes indígenas y afromexicanos, y crea espacios para que convivan y se diviertan. Por último, asesora al Gobierno federal, a los estados y municipios en todo lo relacionado con la juventud, y representa a México en eventos nacionales e internacionales sobre este tema.
- Art. 3 BisEl Instituto Mexicano de la Juventud tiene que trabajar de la mano con la Secretaría de Bienestar para crear y llevar a cabo las políticas que ayudan a los jóvenes del país. El objetivo principal es mejorar su calidad de vida, asegurarse de que conozcan y respeten sus derechos, y que tengan las mismas oportunidades que los demás. También deben procurar que los jóvenes tengan cubiertas sus necesidades básicas, como comida, educación o salud, y que puedan desarrollarse tanto en lo personal como en lo económico. Para lograrlo, el Instituto debe proponer que se asigne suficiente presupuesto, enfocado en los jóvenes, y trabajar junto con los gobiernos estatales y municipales. Por último, deben tomar en cuenta a la familia, porque es el lugar donde los jóvenes aprenden valores y conectan a las diferentes generaciones.
- Art. 4El Instituto Mexicano de la Juventud tiene varias tareas para ayudar a los jóvenes. Debe crear el Programa Nacional de Juventud, que es como un plan para guiar las políticas del país en temas de jóvenes, y tiene que ir de acuerdo con otros planes importantes del gobierno. También puede hacer acuerdos con gobiernos estatales y municipales, y con empresas o grupos privados, para impulsar proyectos que beneficien a los jóvenes y dar a conocer sus derechos. Además, puede colaborar con otras dependencias, hacer estudios sobre los problemas de la juventud, y recibir sugerencias o quejas de los jóvenes para ayudar a resolverlas.
- Art. 4 BisEl programa del que habla el artículo anterior debe diseñarse tomando en cuenta la opinión del gobierno, las escuelas, las organizaciones civiles (sobre todo las de jóvenes) y cualquier otro grupo relacionado con la juventud. Además, tiene que seguir lo que dice la Ley de Planeación. Este programa se llama Programa Nacional de Juventud y todas las dependencias del gobierno federal están obligadas a cumplirlo en lo que les toca, mientras que los gobiernos de los estados y municipios deben usarlo como guía para sus propias acciones.
- Art. 5El dinero y las cosas que le pertenecen al Instituto van a venir de tres fuentes. Primero, el gobierno federal le va a dar una parte del presupuesto nacional cada año. Segundo, el Instituto puede comprar o adquirir terrenos, edificios, equipo y otros bienes de manera legal. Y tercero, puede recibir donaciones en dinero o en especie de personas o empresas, tanto mexicanas como extranjeras, siempre y cuando esas donaciones no vengan con condiciones que vayan en contra de lo que el Instituto debe hacer según la ley.
- Art. 6El Instituto puede dar dinero para proyectos o estudios que tengan que ver con su trabajo, pero antes tiene que firmar un contrato o convenio con quien lo recibe. Ese documento es obligatorio y sirve para garantizar que el dinero se use bien y se cumpla lo acordado. Así nadie se queda con la lana sin cumplir su parte. Es como cuando prestas varo y pides un papel firmado.
- Art. 7El Instituto va a tener tres partes que lo manejan: una Junta Directiva (como un grupo de jefes que toman las decisiones importantes), una Dirección General (un encargado principal), y otras oficinas o áreas que se pongan en el reglamento interno del Instituto. Esto es como si un equipo tuviera un capitán, un grupo de líderes y los puestos que se necesiten para que todo funcione. No hay más, solo lo que dice esta lista.
- Art. 8La Junta Directiva de la agrupación juvenil va a tener 17 personas en total. De esas, 10 son miembros con voz y voto, como los secretarios de Bienestar, Hacienda, Gobernación y otros; el encargado de Bienestar es el que preside las reuniones. Cada uno de estos 10 puede llevar un suplente con un puesto similar a Director General Adjunto. También habrá 7 integrantes más: 3 elegidos por gobiernos de estados, 2 rectores de universidades públicas, y 2 jóvenes que estén en un consejo de seguimiento. Estos 7 duran solo un año en el cargo, son invitados por la Secretaría de Bienestar, y hasta pueden invitar a otras personas a las juntas, pero solo para opinar, sin derecho a votar.
- Art. 9El artículo 9 dice que la Junta Directiva (el grupo de personas que toman las decisiones más importantes del Instituto Mexicano de la Juventud) tiene unos poderes que no puede pasar a nadie más. Por ejemplo, ella es la única que puede decidir las reglas y prioridades del Instituto, como en qué se va a enfocar para ser más productivo o cómo va a vender sus servicios. También le toca aprobar el presupuesto (cuánto dinero se va a gastar y en qué), fijar los precios de los servicios que ofrece, y dar luz verde a los informes financieros (los documentos que muestran cómo se usó el dinero). Además, es la que elige o despide a los jefes de niveles altos, y debe asegurarse de que todo lo que haga el Instituto esté alineado con las políticas nacionales para la juventud.
- Art. 10La Junta Directiva es el grupo que toma las decisiones importantes del Instituto. Este grupo debe juntarse al menos 4 veces al año en reuniones normales, y también puede reunirse cuando su presidente lo pida de manera urgente. Para que una reunión sea válida, tienen que estar presentes más de la mitad de sus miembros (por ejemplo, si son 10, deben asistir al menos 6). Las decisiones se aprueban si la mayoría de los presentes está de acuerdo, y si hay empate, el voto del presidente cuenta doble para romperlo. A las reuniones pueden ir otras personas como el Director General, el Secretario y el Comisario, pero solo para opinar, sin derecho a votar.
- Art. 11El director general del Instituto es elegido o despedido directamente por el Presidente de la República. Para que alguien pueda ocupar ese puesto, debe cumplir con ciertos requisitos que están escritos en el artículo 21 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales. Básicamente, es el Presidente quien decide quién ocupa ese cargo y también puede quitarlo si lo considera necesario, siempre y cuando la persona cumpla con lo que marca la ley.
- Art. 12El Director General del Instituto tiene varias responsabilidades importantes. Puede manejar el Instituto y representarlo legalmente, como si fuera el encargado oficial. También debe asegurarse de que se cumplan las decisiones tomadas por la Junta Directiva, que es como el grupo de jefes que ponen las reglas. Además, propone documentos clave como el Estatuto Orgánico (que define cómo funciona el Instituto) y los manuales de organización y servicios al público, para que la Junta los revise y los apruebe si están bien. Cada año, prepara el presupuesto (el dinero que se gastará) y un informe de cómo le fue al Instituto, y los presenta a la Junta para su visto bueno. También contrata al personal, junta información para mejorar el trabajo, envía estudios sobre problemas de los jóvenes al Congreso, y difunde proyectos para ayudar a la juventud.
- Art. 13El Instituto Mexicano de la Juventud va a tener un órgano de control interno, que es como un departamento encargado de revisar que se haga bien su trabajo. Quien esté a cargo de ese departamento y los responsables de auditorías, quejas y sanciones serán elegidos y quitados por la Secretaría de la Función Pública. Esos funcionarios podrán hacer lo que dice la ley dentro de lo que les toca. El Instituto les debe dar a esas personas el personal y los materiales que necesiten para hacer su labor, y todos los trabajadores del Instituto tienen que ayudarles cuando ellos pidan apoyo.
- Art. 14El Instituto tendrá un grupo de personas que vigilarán que todo se haga correctamente, llamado Órgano de Vigilancia. Este grupo estará formado por dos personas: una principal (llamada propietario) y un suplente que la reemplaza si falta. Ambas personas son elegidas por la Secretaría de la Función Pública, que es una dependencia del gobierno. Además, sus tareas y poderes están explicados en una parte específica de otra ley llamada Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
- Art. 15El Consejo ciudadano de seguimiento de políticas públicas en materia de juventud es un grupo de personas que se encarga de checar si los programas para jóvenes del Instituto y de otras dependencias del gobierno realmente se están cumpliendo. También pueden dar su opinión sobre esos programas, preguntarles a los ciudadanos qué piensan de las políticas para jóvenes, y luego le presentan al Director General del Instituto los resultados y sugerencias que hayan surgido. Si hace falta, pueden proponer cambios o mejoras a esos programas.
- Art. 15 BisEl Consejo ciudadano va a estar formado por 20 jóvenes que ya sean mayores de edad, y habrá el mismo número de hombres y mujeres. Estos jóvenes los va a elegir la Junta Directiva a través de una convocatoria pública que se va a anunciar en universidades, grupos juveniles que trabajen en la comunidad, en política o en lo social, en empresas y dependencias del gobierno, y también en comunidades indígenas y afromexicanas. Ser consejero es un trabajo voluntario, sin paga, y dura dos años; además, cada año se renueva la mitad del Consejo. Los detalles sobre cómo entrar, cómo se renueva y cómo funciona este Consejo se van a definir en el reglamento del Instituto y en la convocatoria que apruebe la Junta Directiva.
- Art. 16Las reglas para entender cómo trabajan los empleados del Instituto se basan en una ley especial llamada Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Esta ley aplica a los que trabajan para el gobierno, no a los de empresas privadas. Básicamente, cualquier asunto de trabajo entre el Instituto y su personal se resuelve con esa ley, que tiene sus propias reglas. Esto significa que no se usa la ley general de trabajo que aplica en negocios o fábricas.
- Art. 17Los trabajadores del Instituto Mexicano de la Juventud tienen derecho a las prestaciones del ISSSTE, como servicio médico, créditos y jubilación. Esta ley comenzó a aplicarse un día después de que se publicara en el periódico oficial. La Secretaría de Educación Pública tuvo que pasar dinero y cosas materiales de la Dirección General Causa Joven al nuevo Instituto para que pudiera empezar a funcionar. La Junta Directiva y el Director General del Instituto debían elegirse en menos de 30 días, y el primer Consejo de Seguimiento se tenía que formar 90 días después de nombrar al Director. Ese Consejo duraría hasta el 31 de diciembre de 1999 y luego se renovaría.