Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente para la Prevención y Control de la Contaminación Generada por los Vehículos Automotores que Circulan por el Distrito Federal y los Municipios de su Zona Conurbada
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Este reglamento es obligatorio para todos y busca cuidar el medio ambiente. Su objetivo principal es controlar la contaminación de los carros que circulan en la Ciudad de México y los municipios cercanos del Estado de México. Por un lado, establece que todos los vehículos deben pasar una verificación de sus gases, humos y ruido para circular. Por otro lado, permite poner límites a la circulación de los autos más contaminantes, como pasa con el programa Hoy No Circula. Además, define cómo deben coordinarse el gobierno federal, la Ciudad de México y el Estado de México para aplicar estas reglas, y establece los procedimientos para inspeccionar y multar a quienes no las cumplan.
- Art. 2Este artículo define las palabras clave que se usan en todo el reglamento para que no haya confusiones. Por ejemplo, te explica que "circulación" es cuando los carros se mueven por las calles, y que "emisión" es cualquier cosa (gases, humo o energía) que se suelte al aire. También aclara que "ruido" es cualquier sonido molesto que sale de un carro descompuesto, y que "verificación" es la prueba que mide cuánto contamina tu vehículo. Además, incluye una lista de todos los municipios del Estado de México que están cerca de la Ciudad de México y que también aplican estas reglas.
- Art. 3El gobierno federal es el encargado de combatir la contaminación que causan los carros y camiones que circulan en la Ciudad de México y los municipios cercanos. Esto se considera un asunto de todo el país, no solo de la ciudad. Así que la Federación tiene la obligación de hacer algo al respecto.
- Art. 4Los carros que circulen en la Ciudad de México y sus municipios cercanos no pueden contaminar más de lo permitido por las reglas ecológicas que ponga la Secretaría del Medio Ambiente. Esas reglas tomarán en cuenta los niveles máximos de contaminación que la Secretaría de Salud considere seguros para las personas. Como dueño de un carro, tienes que seguir las medidas para evitar y controlar la contaminación del aire que se indiquen en la ley, este reglamento y otras normas aplicables.
- Art. 5Aquí está la explicación: Este artículo dice que varias dependencias del gobierno —como la Secretaría de Medio Ambiente y la de Comunicaciones— son las encargadas de aplicar este reglamento, cada una en lo que le toca. Además, la Secretaría debe hacer un acuerdo con el gobierno del Estado de México (y, por medio de éste, con los municipios que rodean la CDMX) para que todos trabajen juntos aplicando las reglas. Cuando el reglamento mencione la participación del Estado de México y sus municipios, siempre se refiere a lo que digan esos acuerdos de coordinación que ya se hayan firmado.
- Art. 6La Secretaría (que es parte del gobierno) tiene varias tareas para cuidar el aire que respiramos, especialmente en la Ciudad de México y sus alrededores. Por ejemplo, ella decide, junto con la Secretaría de Salud, cuánta contaminación pueden soltar los carros y cómo se revisa que cumplan. También establece reglas para los combustibles que usan los vehículos y promueve tecnologías más limpias. Además, se encarga de crear programas de verificación obligatoria (como el hoy no circula o los verificentros) y de inspeccionar que todo se cumpla, pudiendo multar a quien no lo haga.
- Art. 7El Departamento (que es como la autoridad ambiental de la Ciudad de México) tiene varias obligaciones contra la contaminación de los carros. Debe vigilar y controlar el humo que botan los vehículos que circulan por la ciudad. También tiene que ponerse de acuerdo con otras dependencias, como la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Gobierno del Estado de México, para crear programas de verificación obligatoria, o sea, el hoy no circula y los chequeos que debes hacerle a tu coche. Además, el Departamento puede abrir centros de verificación o dar permiso para que otros los operen, siempre siguiendo las reglas ecológicas. Lleva un registro de todos estos centros autorizados y, si el centro no es manejado por ellos, fija cuánto cobrarán por la revisión. También puede expedir el comprobante de que tu carro pasó la verificación si lo hiciste en sus instalaciones. Tiene la facultad de limitar o suspender la circulación de ciertos autos, por ejemplo, los más viejos o los que más contaminan, según el día o zona, para bajar la contaminación cuando los niveles son muy altos. Incluso puede sacar de circulación a los vehículos que ya rebasen los límites permitidos de emisiones o que estén bajo estas restricciones. Por último, puede aplicar medidas para emergencias ambientales, hacer inspecciones para checar que se cumplan las reglas y poner multas o sanciones a quien las infrinja.
- Art. 8Este artículo dice que la Secretaría (dependencia del gobierno) puede actuar en la zona conurbada del Estado de México y municipios cercanos a la Ciudad de México, pero solo si hay un acuerdo firmado con el gobierno estatal y los municipios involucrados. En esa zona, puede usar varias facultades que ya están listadas en otro artículo (como revisar o aplicar ciertas reglas), siempre y cuando no se metan con las atribuciones que la misma Secretaría tiene de forma exclusiva en todo el país.
- Art. 9La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) es la encargada de controlar la contaminación de camiones y autobuses que dan servicio a nivel federal. Para eso, puede hacer verificaciones obligatorias, autorizar centros de revisión y cobrar tarifas por esas revisiones. También puede multar o impedir que circulen los vehículos que contaminen demasiado. Además, tiene la facultad de inspeccionar que se cumplan las reglas ambientales y aplicar sanciones si alguien las viola.
- Art. 10La Secretaría de Medio Ambiente, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y otras autoridades de la Ciudad de México y del Estado de México, junto con algunos municipios cercanos, van a formar un grupo de trabajo permanente dentro de la Comisión Nacional de Ecología. Este grupo se encargará de darle seguimiento a los programas que se creen para prevenir y controlar la contaminación que causan los carros, camiones y otros vehículos en la Ciudad de México y los municipios de alrededor. La idea es que todas estas autoridades trabajen juntas para que los programas tengan buenos resultados.
- Art. 11Si quieres poner un centro de revisión vehicular (como los de verificación obligatoria), tienes que pedir permiso a una autoridad específica según dónde esté: - En la CDMX, pides permiso al Departamento (la dependencia local encargada). - En el Estado de México y su zona conurbada, se lo pides al Gobierno del Estado o a los municipios, si así lo acordaron. - Si es para vehículos de transporte público federal (como camiones de carga que cruzan estados), pides permiso a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), sin importar dónde esté el centro. La ley dice que es importante para la sociedad invitar públicamente a quienes quieran poner estos centros, para que presenten sus solicitudes en tiempo y forma. En esas convocatorias, la autoridad puede indicar qué equipo e instalaciones se necesitan, y cuántos centros se autorizarán y en qué zonas.
- Art. 12Para pedir permiso de verificación, tienes que entregar un escrito con estos datos: tu nombre o el de tu empresa y tu domicilio. También debes incluir papeles que comprueben que tienes la capacidad técnica y el dinero para hacer la verificación. Tienes que decir dónde está el terreno donde vas a trabajar, su tamaño y asegurar que no vas a estorbar el tráfico. Además, describe el equipo que usarás y explica paso a paso cómo harás la verificación, siguiendo las reglas de la Secretaría. Por último, agrega cualquier otro documento que te pida la autoridad.
- Art. 13Cuando entregues tu solicitud, la autoridad la revisará y, en un plazo máximo de 60 días naturales contados desde que la recibió, te dirá si te la aprueban o te la niegan. Durante ese tiempo, la autoridad puede pedirle a la Secretaría un dictamen técnico (un análisis de expertos) sobre tu caso, y la Secretaría tiene 30 días naturales para entregarlo. Si la Secretaría no responde en esos 30 días, se toma como que el dictamen es positivo. Ese dictamen puede decir que tu proyecto cumple, que necesita cambios para cumplir, o que no se puede aprobar porque no cumple con las reglas.
- Art. 14El artículo dice que no van a dejar abrir ni operar un centro de verificación vehicular si pasa algo de lo siguiente: primero, si cuando pides el permiso no cumples con los requisitos que pide el artículo 12. Segundo, si las máquinas, el local o las instalaciones no son las que dijiste en tu solicitud. Y tercero, si la autoridad encargada considera que hay otras razones que impiden dar bien el servicio de verificación. En pocas palabras, para abrir un centro de verificación, todo debe estar en orden desde el principio y tal como lo prometiste.
- Art. 15Cuando te dan permiso para abrir y operar un centro de verificación, te lo notifican. A partir de esa notificación, tienes un plazo para empezar a operar, que está escrito en el permiso y no puede ser menor a 30 días naturales. Si no empiezas a operar dentro de ese tiempo, el permiso se cancela automáticamente. El permiso también tiene una fecha de vencimiento, pero puedes pedir que lo renueven antes de que termine, siempre y cuando cumplas con todos los requisitos que piden para darlo por primera vez.
- Art. 16Los centros donde revisan tu carro (verificación vehicular) deben tener sus instalaciones y equipos en buen estado para dar un servicio chido. Si no lo hacen, la autoridad que les dio el permiso los va a apercibir (es decir, les va a llamar la atención) y les va a dar hasta 45 días naturales para arreglar lo que esté fallando. Durante ese tiempo, el permiso queda suspendido. Si pasan los 45 días y no arreglaron nada, la autoridad puede cancelarles el permiso. El personal que revisa los carros debe tener la capacitación técnica necesaria para hacer bien su trabajo, y tiene que comprobarlo ante la autoridad.
- Art. 17El artículo 17 dice que para saber cuánto vas a pagar por la verificación de tu coche, depende de dónde la hagas. Si la haces en un centro del gobierno federal o de una dependencia oficial, el costo se fijará según lo que digan otras leyes que ya existen. Por otro lado, si la verificación es en un centro manejado por particulares (como un negocio privado), el precio lo van a autorizar el gobierno federal, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y a veces otra Secretaría. Básicamente, el gobierno pone el costo en los centros oficiales y también decide cuánto pueden cobrar los privados.
- Art. 18Este artículo aplica a dos tipos de vehículos: los que se usan para transporte privado (carga o pasajeros, como tu coche particular) y los que dan servicio público local, como taxis o camiones urbanos. Si tu auto está registrado en la Ciudad de México o en los municipios de la zona conurbada del Estado de México, tienes que llevarlo a verificar en el período y centro que te toque, según el programa que hagan las autoridades. Ese programa se publica cada año en enero en el Diario Oficial de la Federación y en otros medios oficiales para que sepas cuándo y dónde verificar.
- Art. 19El artículo 19 dice que, para revisar la contaminación de tu coche, debes llevarlo a un centro de verificación autorizado, pagar la tarifa que te cobren y presentar tu tarjeta de circulación. Ahí, van a medir los gases que echas según lo que indique el programa de verificación. En pocas palabras, cumple con llevar tu carro a la cita, paga y no olvides los papeles.
- Art. 20Cuando te hagan la verificación de tu coche, el centro te tiene que dar un comprobante. Ese documento debe llevar: la fecha, los datos del lugar y la persona que te revisó el carro, la información completa de tu vehículo (como placas y serie) y tus datos como dueño, las normas ecológicas que usaron para la prueba, y si tu coche pasó o no pasó esa revisión. También pueden incluir otros detalles que pida el programa de verificación.
- Art. 21El dueño del coche debe quedarse con el papel original que dice que su carro pasó la verificación de contaminación, según el programa de verificación. Ese documento se cambia por una calcomanía en el centro de verificación, y esa calca se tiene que pegar en un lugar visible del vehículo para mostrar que cumplió con los límites de contaminación permitidos.
- Art. 22Si tu coche no aprueba la verificación porque sus emisiones contaminantes son más altas de lo permitido, vas a tener que repararlo para que cumpla las reglas. Después de arreglarlo, tendrás que llevarlo a las verificaciones que hagan falta hasta que pase la prueba. Todo esto lo tienes que hacer en el tiempo que te indiquen las autoridades.
- Art. 23Si llevas tu coche a verificar después de la fecha que te tocaba según el programa, tendrás que pagar una multa por haberlo hecho fuera de tiempo. Esa multa ya está fijada de antemano por no cumplir con el plazo marcado. Esto aplica para cualquier tipo de vehículo, incluyendo los que se usan para dar servicio público federal.
- Art. 24Los camiones, taxis y otros vehículos que dan servicio a pasajeros o carga a nivel federal y que circulan en la Ciudad de México y los municipios cercanos deben pasar una revisión obligatoria. Esta revisión se hace en las fechas y lugares que indique un programa especial. Ese programa lo crean juntos la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y la Secretaría correspondiente. Además, el programa se publica de acuerdo con lo que dice el artículo 18 de este Reglamento para que todos sepan cómo y cuándo verificarlo.
- Art. 25Para que tu coche pase la revisión de contaminación, debes llevarlo a un centro autorizado. Ahí van a checar qué tantos contaminantes produce tu vehículo, de acuerdo con las reglas del programa. Primero tienes que pagar la cuota que indiquen las tarifas. No olvides llevar la tarjeta de circulación del carro cuando lo presentes.
- Art. 26Cuando un inspector revisa que todo esté en orden, tiene que anotar lo que encontró en un documento llamado constancia. Ese documento se te debe entregar a ti, como la persona interesada. Además, esa constancia tiene que cumplir con ciertas reglas que ya están explicadas en el artículo 20 de este reglamento. Básicamente, es un papel que te dan para que sepas qué pasó durante la revisión.
- Art. 27Tienes que guardar el documento original que demuestre que tu coche pasó la verificación y no contamina más de lo permitido. Además, cuando vayas a revalidar las placas de tu carro, debes llevar una copia de ese documento junto con los demás papeles. Sin esa copia, no podrás completar el trámite. Así que no se te pierda ni el original ni la copia.
- Art. 28Este artículo dice que si llevas tu coche a la verificación y sale que contamina más de lo permitido por las reglas ecológicas, te toca repararlo. Luego tienes que volver a llevarlo a verificar todas las veces que sea necesario, hasta que pase la prueba y ya no tire humo de más. O sea, no puedes circular normal si tu carro no cumple con los niveles de contaminación que marca la ley.
- Art. 29El Departamento, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y a veces otras dependencias del gobierno, van a revisar que los centros con permiso funcionen correctamente. También pueden participar autoridades de tu estado o municipio, si firmaron un acuerdo para hacerlo. Todos ellos, cada quien en su área, verifican que se cumpla la Ley, el Reglamento, las normas ecológicas y las reglas de su autorización. Básicamente, vigilan que todo esté en orden y que no haya irregularidades.
- Art. 30Las inspecciones las hacen personas autorizadas y con credencial. Su objetivo es revisar cuatro cosas: que se cumplan las reglas de verificación, que el servicio de verificación se dé como debe ser según los permisos, que las revisiones sigan las normas ecológicas oficiales, y que el comprobante de verificación tenga todos los datos que pide este reglamento. En pocas palabras, es para asegurarse de que todo esté en orden y no haya trampas.
- Art. 31Hay una contingencia ambiental cuando el aire está tan contaminado que puede dañar plantas, animales o lugares naturales, pero sin llegar a ser un desastre ecológico. Esto pasa solo si los niveles de contaminación superan los límites que marcan las normas oficiales. Por otro lado, se considera emergencia ecológica cuando la contaminación en el aire es tan alta que ya pone en peligro real a los ecosistemas, también según lo que digan esas mismas normas. En pocas palabras: la contingencia es una alerta, y la emergencia es cuando ya hay riesgo grave.
- Art. 32Cuando haya una contingencia ambiental o emergencia ecológica en la Ciudad de México, el gobierno puede tomar medidas para controlar el tráfico de autos, como suspenderlo en ciertas zonas o calles. También puede restringir la circulación según el año del auto, su modelo, tipo, número de placas o calcomanía, y por días específicos. Si alguien no respeta estas reglas, le pueden quitar el auto y aplicar una multa. Además, aunque no haya una emergencia, el gobierno también puede aplicar estas medidas solo para reducir la contaminación de los autos.
- Art. 33Este artículo dice que hay reglas que normalmente aplican a los carros, pero no aplican a ciertos vehículos especiales. Por ejemplo, las ambulancias, patrullas de policía, camiones de bomberos, camiones del transporte público local (como los camiones o microbuses) y los coches particulares que tengan una emergencia comprobada quedan exentos de esas limitaciones. En pocas palabras, estos vehículos pueden hacer cosas que otros carros no, como pasarse un alto o ir más rápido si es necesario para su trabajo o para atender una situación urgente. Eso sí, el carro particular solo aplica si realmente hay una emergencia y se puede demostrar.
- Art. 34Cuando haya problemas graves de contaminación o desastres ecológicos en los municipios que están cerca de la Ciudad de México (antes Distrito Federal), se pueden usar las mismas medidas de prevención y control que dice el artículo 32 de este reglamento. Para aplicar estas medidas, se actuará de común acuerdo entre el Gobierno de la Ciudad de México, el Gobierno del Estado de México y los municipios involucrados. La Secretaría (dependencia encargada del medio ambiente) será quien coordine estas acciones junto con las autoridades locales. Si es necesario, también participará el Departamento que corresponda. En pocas palabras, todos los gobiernos se ponen de acuerdo para cuidar el ambiente cuando hay una emergencia ecológica.
- Art. 35Si tu coche echa mucho humo o se ve a simple vista que contamina de más, las autoridades pueden sacarlo de circulación y llevarlo a un centro de verificación para revisarlo. Si al medir sus emisiones resulta que sí cumple con los límites permitidos, te dan un comprobante sin cobrarte nada, siempre que el centro sea operado directamente por el gobierno. Si no pasa la prueba, tienes 30 días naturales para arreglarlo y volver a presentarlo a verificación; en ese tiempo solo puedes usar el coche para ir al taller.
- Art. 36Si desobedeces la Ley, el Reglamento o cualquier norma ecológica, estás cometiendo una falta que puede ser castigada. Las autoridades federales o locales son las encargadas de ponerte una sanción, dependiendo de si la falta es a nivel nacional o de tu estado o municipio. Cada autoridad aplica su propio castigo según las reglas que le corresponden.
- Art. 37Si manejas un auto en la Ciudad de México y no cumples con las reglas de este Reglamento, te van a multar. Por no llevar tu coche a la verificación en la fecha que te toca, la multa será de 20 días de salario mínimo (alrededor de $2,500 pesos). Si tu auto contamina más de lo permitido y no lo llevaste a la segunda verificación a tiempo, te multarán con 24 días de salario mínimo (unos $3,000 pesos). También te pueden multar con 30 días de salario mínimo (cerca de $3,800 pesos) si no obedeces las medidas del gobierno durante contingencias ambientales, como el Hoy No Circula. Además, si tú eres el dueño del auto, tú también eres responsable de pagar la multa, aunque no estuvieras manejando.
- Art. 38Si un conductor comete ciertas faltas (las de las fracciones I y II del artículo anterior), además de pagar una multa, su vehículo será retirado de la circulación. Eso significa que las autoridades pueden llevarse el auto o detenerlo hasta que arregles el problema. Para poder circular de nuevo, tienes que solucionar las irregularidades y conseguir un sticker o un comprobante que lo acredite. Básicamente, no puedes usar el coche hasta que esté en regla.
- Art. 39Este artículo dice que, si un carro circula en una zona o calle donde no está permitido, lo van a remolcar a un corralón. Para recuperarlo, el conductor tiene que pagar primero la multa y los derechos correspondientes. También aplica cuando no se respeten restricciones generales de tránsito, como las que se ponen por obras o eventos, y el auto se quedará en el corralón hasta que termine la restricción. Todo esto es aparte de las multas que ya te puedan poner.
- Art. 40Si no sigues las medidas de contingencia ambiental (como el programa Hoy No Circula), además de que te remolquen el coche al corralón, te pueden arrestar hasta por 36 horas. Esto pasa solo si no pagas las multas que marca el artículo 37, fracción III de este Reglamento. El arresto administrativo es que te detienen en un lugar especial, no en una cárcel normal.
- Art. 41El Gobierno (el Departamento) puede quitarte la concesión o el permiso para dar servicio de transporte público de pasajeros si no cumples las reglas de restricción vehicular, como el Hoy No Circula. Además de eso, también te pueden aplicar una multa o castigo por la falta que cometiste. Esto aplica a los dueños o encargados de los centros de verificación, que son los lugares donde revisan que los carros cumplan con las normas ambientales.
- Art. 42El artículo 42 dice que los dueños o encargados de los centros de verificación pueden recibir multas según lo que hayan hecho mal. Si no hacen las revisiones de los autos siguiendo las reglas ecológicas, la multa puede ser de hasta 100 veces el salario mínimo diario vigente en la Ciudad de México. Si dan un comprobante falso que no corresponde a la revisión que realmente hicieron, la multa sube hasta 500 días de salario mínimo. Y si operan el centro violando los términos del permiso que les dieron, la multa puede llegar hasta 1000 días de salario mínimo.
- Art. 43Si un centro de verificación vehicular comete alguna falta, no solo le pueden cobrar una multa, sino que también le pueden suspender el permiso para operar. Esto pasa si el dueño o el encargado del centro: cambia lo que dice su permiso, no tiene el equipo en buen estado, da el servicio muy lento o mal, no tiene personal capacitado o no deja que las autoridades hagan supervisiones. En pocas palabras, si no cumplen con las reglas, se quedan sin chamba.
- Art. 44Si un verificador o taller no hace bien su trabajo (como no seguir las reglas técnicas o los pasos que debería), o si altera los procesos de verificación a propósito o por descuido, o si cambia los precios que estaban autorizados, le pueden quitar su permiso para operar. También se lo pueden cancelar si no arregla, en el tiempo que le dieron, los problemas por los que ya le habían suspendido el permiso. O si deja de tener las herramientas o conocimientos necesarios para hacer las verificaciones. Y si ya le han suspendido el permiso dos veces, a la tercera se lo revocan de plano.
- Art. 45Si te imponen una sanción por no cumplir este Reglamento, puedes inconformarte o quejarte siguiendo el procedimiento que marca la Ley. Este Reglamento empezó a aplicarse al día siguiente de que se publicara en el Diario Oficial de la Federación, que es el periódico del gobierno federal. La Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología tuvo que ponerse de acuerdo con el Gobierno del Estado de México y los municipios cercanos a la Ciudad de México para aplicar estas reglas en esa zona. También tuvo que trabajar con la Secretaría de Salud para establecer los límites máximos de contaminación en el aire, con el fin de evitar contingencias ambientales. Además, debió pedir a los gobiernos de otros estados cercanos que exijan los papeles de verificación vehicular a los carros dados de baja en la Ciudad de México o sus alrededores antes de que puedan registrarse allí. Las autoridades del Estado de México y sus municipios, mientras tanto, se encargaron de crear sus propias reglas para aplicar sanciones en su territorio.