Reglamento de la Ley de Desarrollo Agropecuario, Rural y Sustentable del Distrito Federal
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Este reglamento es obligatorio para todas y todos, y busca beneficiar a la sociedad en general. Su objetivo es poner en práctica las reglas que ya están escritas en la Ley de Desarrollo Agropecuario, Rural y Sustentable de la Ciudad de México. Básicamente, es el manual que explica cómo se debe aplicar esa ley para que funcione correctamente.
- Art. 2Este artículo dice que, para entender este reglamento, debes usar las mismas definiciones que ya están escritas en el artículo 2 de otra ley, que es la Ley de Desarrollo Agropecuario del Distrito Federal. En otras palabras, no tienes que buscar nuevas definiciones; solo revisa los términos que ya están explicados en esa otra ley. Así se evita repetir lo mismo y todo queda más claro.
- Art. 3Aquí está la explicación del artículo de ley en lenguaje cotidiano: Este artículo dice que la Secretaría (una dependencia del gobierno) debe trabajar en equipo con otras oficinas del Gobierno de la Ciudad de México y del Gobierno Federal para resolver problemas del campo. Cuando hagan estos acuerdos de colaboración, deben poner por escrito al menos estos puntos: para qué sirve el acuerdo, qué va a aportar cada quien (como dinero o terrenos), quiénes serán los encargados de ejecutarlo y evaluarlo, cómo se van a mantener informados, cuánto tiempo va a durar el acuerdo, y los detalles técnicos si los hay.
- Art. 4El Consejo Rural de la Ciudad de México, según el artículo 11 de la Ley, se forma con las siguientes personas: el jefe de la Secretaría, quien será el presidente; un representante de cada una de las alcaldías de Cuajimalpa, Álvaro Obregón, La Magdalena Contreras, Tlalpan, Tláhuac, Xochimilco y Milpa Alta, que deben ser empleados de alto nivel encargados de atender a la gente del campo; un representante de los grupos agrarios de cada zona, elegidos según el artículo 5; tres representantes de organizaciones de productores, vendedores y otros que trabajen en el campo; tres representantes de escuelas, centros de investigación y organizaciones no gubernamentales; y tres representantes de grupos sociales y empresariales del sector rural. Todos los representantes, excepto el presidente, se eligen como lo dice el artículo 5 de este reglamento.
- Art. 5Este artículo explica cómo se eligen a los miembros del Consejo Rural que no son el presidente ni el secretario. Primero, la Secretaría publica una convocatoria en internet y en la gaceta oficial para que la gente sepa los requisitos y fechas para postularse. Luego se forma un comité que revisa las propuestas, asegurándose de que haya hombres y mujeres por igual, y elige a los integrantes. Si alguien deja el consejo por faltar mucho, perder interés o tener un impedimento, se nombra a otra persona para terminar su periodo. Los elegidos duran tres años en el puesto, pero pueden quedarse otros tres si dos terceras partes del consejo lo piden.
- Art. 6El Consejo Rural tendrá una Secretaría Técnica, que es como el equipo de apoyo que se encarga de organizar todo. Esta Secretaría la va a dirigir la persona que esté al frente de Desarrollo Rural en la Secretaría, o alguien que ella o él designe. Su trabajo es ayudar a que las juntas (sesiones) del Consejo se lleven a cabo, darle seguimiento a los acuerdos, coordinar las actividades y hacer que todo funcione.
- Art. 7El Consejo Rural puede dar sugerencias por escrito sobre cómo mejorar los planes para el campo, ya sea para la Secretaría o para las Delegaciones. También tiene derecho a opinar cada dos años sobre cómo va el desarrollo agrícola y rural en la Ciudad de México. Además, puede dar su punto de vista sobre temas importantes, como declarar zonas de conservación rural, definir regiones que necesitan atención urgente, y cómo apoyar la producción y venta de productos del campo. Igualmente, puede revisar y opinar sobre asuntos que la Secretaría trabaje con el gobierno federal, y ayudar en proyectos de salud y educación para la gente del campo. Por último, el Consejo puede hacer lo necesario para funcionar bien, y cumplir con lo que digan otras leyes.
- Art. 8El presidente del Consejo Rural tiene varias tareas importantes. Representa a todo el Consejo, dirige las juntas y anuncia al grupo los mensajes que le envían los miembros. También decide los temas que se van a tratar en cada reunión y se asegura de que el Consejo funcione bien. Si hay un empate en una votación, él tiene el voto decisivo para desempatar. Además, puede hacer otras cosas que le pidan las leyes o el mismo Consejo.
- Art. 9El Secretario Técnico del Consejo Rural es como el encargado de la organización. Sus labores son: 1) Reemplazar al Presidente cuando no esté. 2) Armar las juntas (sesiones) y preparar los papeles que se van a discutir. 3) Checar que lo acordado en las juntas se cumpla. 4) Hacer las actas (resúmenes de lo que pasó), juntar las firmas y avisar a los miembros. 5) Guardar bien todos los documentos de los acuerdos. 6) Ayudar al Presidente durante las juntas. 7) Hacer cualquier otra chamba que le pidan las reglas o el propio Consejo.
- Art. 10Las personas que forman parte del Consejo Rural tienen que ir a las juntas y participar activamente en ellas. También deben ayudar a checar que los acuerdos que se tomen se cumplan. Pueden dar su opinión técnica cuando sea necesario, y tienen derecho a votar a favor o en contra de las decisiones. Además, pueden hacer otras cosas que el propio Consejo Rural decida.
- Art. 11Todas las personas que forman parte del Consejo pueden hablar y votar en las decisiones. Además, cada miembro puede nombrar a alguien que lo reemplace cuando no pueda asistir. Ese suplente tendrá los mismos derechos y obligaciones que el titular.
- Art. 12El Consejo Rural puede formar equipos de trabajo, unos permanentes (ordinarios) y otros temporales (especiales), para que todo funcione mejor y se atiendan los asuntos que le tocan. Estos equipos se encargan de darle seguimiento a los temas que el Consejo les asigne. Los equipos especiales solo se crean para resolver un problema concreto y siguen trabajando hasta que ese asunto quede completamente resuelto.
- Art. 13El artículo 13 dice que las comisiones (grupos de trabajo) estarán formadas por un Coordinador (la persona que dirige) y tres vocales (miembros con voz y voto). Estas personas serán elegidas por el Consejo Rural, pero solo de entre sus miembros permanentes (los que siempre están en el Consejo).
- Art. 14El Consejo Rural se va a juntar cada tres meses en reuniones normales, y también puede tener reuniones extras cuando sea necesario. Esas reuniones extras se deben avisar al menos con dos días de anticipación, y te tienen que mandar por correo electrónico la lista de temas a tratar y los documentos relacionados. Además de lo que ya dice el artículo 17 de la Ley, en estas juntas se van a ver los asuntos más importantes para el campo de la Ciudad de México.
- Art. 15Para que una reunión o asamblea sea válida, debe estar presente al menos la mitad más uno de los miembros. Al momento de decidir algo, primero se busca llegar a un acuerdo entre todos, sin votar. Si no se logra un consenso, entonces se pasa a votación y gana la opción que tenga más votos simples. Si hay un empate en la votación, el Presidente tiene el poder de desempatar con su voto extra.
- Art. 17Los coordinadores de las comisiones tienen los mismos poderes que el presidente y el secretario técnico del Consejo Rural, pero aplicados a su comisión. En cambio, los vocales (miembros de la comisión) tienen los poderes que este reglamento le da a los integrantes del Consejo. Es como si el coordinador fuera el jefe de la comisión y los vocales fueran los miembros del equipo.
- Art. 18El Consejo Rural tiene la tarea de opinar sobre las reglas y planes para el campo en la Ciudad de México. Su chiste es ayudar a que todo lo relacionado con la producción y venta de productos del campo funcione bien y de manera coordinada.
- Art. 19La Secretaría puede crear programas de apoyo, como ayudas económicas o subsidios, para la gente del campo, y también programas de emergencia si hay desastres que afecten la agricultura o la vida rural. Cada programa debe tener un diagnóstico claro que explique el problema social o económico que se va a atender, y debe mencionar las leyes que lo respaldan. También tiene que estar alineado con los planes de desarrollo de la Ciudad de México y mostrar cómo ayudará a cumplir sus metas. Además, debe definir a quién va dirigido (la población afectada), cuántas personas son, y cómo se planea atenderlas poco a poco hasta cubrir a todas, con fechas y avances anuales. Por último, debe incluir estrategias detalladas, permitir que la gente participe y opine, y si no se puede ayudar a todos por falta de presupuesto, se seguirán las reglas de la Ley de Desarrollo Social.
- Art. 20El artículo 20 dice que para cumplir con otros dos artículos de la misma ley, la Secretaría va a formar un grupo especial llamado Subcomité de Desarrollo Rural. Este grupo se encargará de que se sigan las reglas de este capítulo, usando las instrucciones que dé otro comité más grande. También tendrá que coordinarse con otro fondo de apoyo al campo para manejar recursos de manera conjunta.
- Art. 21El artículo 21 dice que para hacer el plan de desarrollo del campo en la Ciudad de México se deben tomar en cuenta varios puntos. Primero, la Secretaría de Desarrollo Agropecuario debe coordinar todas las acciones del campo, el medio rural y la sustentabilidad, y también prever el dinero necesario para cumplir con los objetivos del plan mientras esté vigente. Segundo, el plan debe tener metas a corto, mediano y largo plazo, para que los productores sepan con claridad cómo van a ir las políticas de apoyo y puedan ser más rentables y competitivos, tanto en México como en el extranjero. Tercero, el Consejo Rural podrá meterse de emergencia si ocurre algo grave que lo justifique. Cuarto, para hacer el plan, deben participar tanto las autoridades como el Consejo Rural, y todo debe ir de acuerdo con las políticas públicas de la Secretaría. Quinto, el Gobierno de la Ciudad indicará los objetivos, prioridades, el dinero estimado y cómo se va a ejecutar el plan, asegurándose de que participen los agentes de la sociedad rural. Sexto, el plan de mediano plazo debe incluir acciones para mejorar la productividad y competitividad, así como medidas para reducir las desigualdades en el país. Y por último, se pueden agregar otros puntos según las reglas que emita la Secretaría.
- Art. 22Para hacer el programa de herbolaria (uso de plantas medicinales) que menciona la ley, se deben considerar estos puntos: apoyar proyectos que cultiven y produzcan plantas medicinales de manera sustentable (sin dañar el ambiente), y también proyectos que rescaten y conserven el conocimiento tradicional sobre ellas. Se incluye la creación de centros para guardar y reproducir plantas medicinales, bancos de semillas (germoplasma) y un programa para dar información sobre estas plantas en la CDMX usando medios como internet o folletos. También se debe crear un programa para ayudar a implementar proyectos de aprovechamiento sustentable, un centro para vender e intercambiar estas plantas, y una red de expertos en el tema. Además, se puede explorar qué plantas curativas hay en la ciudad y guardar su material genético, siguiendo las reglas que la Secretaría publique.
- Art. 23La Secretaría debe publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México las reglas de cómo funcionarán los programas sociales y cualquier cambio que les hagan. También tiene que sacar, si hace falta, avisos oficiales para que las personas que pueden recibir estos apoyos sepan cómo solicitarlos. Así, todo queda por escrito y al alcance de todos. Esto es para que sepas exactamente cómo participar y qué requisitos cumplir.
- Art. 24El Consejo Rural ayuda a hacer los planes para mejorar el campo y la actividad agropecuaria, dando su opinión y estudios técnicos que deben considerarse al armar esos planes. También se encarga de coordinar la difusión y promoción de información para las personas del campo. En pocas palabras, este consejo opina y apoya para que los programas del campo salgan bien.
- Art. 25Para que la Secretaría pueda emitir ciertas declaraciones oficiales sobre cultivos nativos, espacios agrícolas o vías pecuarias (como caminos para ganado), primero debe hacer un estudio que justifique por qué se necesita esa declaración. Ese estudio debe incluir información básica, como el nombre del cultivo, dónde está, su tamaño, cómo llegar y un mapa. También debe tener un diagnóstico que hable de la historia del lugar, su cultura, los problemas que hay y los proyectos de investigación relacionados.
- Art. 26El artículo 26 dice que para crear áreas de conservación rural o para proteger cultivos nativos (plantas originales de México), el gobierno debe emitir un documento oficial llamado "declaratoria". Ese documento debe incluir: el tipo de área que se va a proteger, sus límites exactos y ubicación, qué se quiere conservar, las actividades que se hacen ahí, las medidas para cuidarlo, las reglas de uso, y quiénes estarán a cargo. Además, una vez que se publique la declaratoria, la Secretaría tiene máximo seis meses para publicar un "plan de manejo" en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, que es como el diario oficial del gobierno local.
- Art. 27Cada cinco años, las autoridades tienen que revisar las declaratorias (esos documentos que protegen ciertos lugares o espacios) para ver si todavía son necesarias. También pueden hacerlo antes si las razones por las que se crearon cambiaron mucho, o si el lugar protegido corre peligro. Para hacer esta actualización, deben basarse en estudios que muestren por qué es necesario cambiar o mantener la protección. En resumen, no se trata de hacerlo por capricho, sino con información y pruebas.
- Art. 28La Secretaría va a avisar oficialmente cuáles son las zonas del campo o los cultivos especiales que deben cuidarse. Estos avisos se publicarán en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, que es como el periódico donde salen las reglas y decisiones del gobierno. Así, cualquier persona puede enterarse de qué lugares o plantas están protegidos.
- Art. 29Cuando el gobierno recupera terrenos en el campo que estaban ocupados por casas construidas sin permiso, y que originalmente servían para sembrar o criar animales, se van a hacer planes para volver a usarlos en la producción de comida, siempre respetando a los dueños legítimos. Si esas tierras no servían para agricultura, se van a destinar a plantar árboles o a usos combinados de campo y bosque, según lo que permita el mapa de la zona. Además, es muy importante mantener limpio y seguro el sector de alimentos en la Ciudad de México, por lo que el gobierno local va a trabajar junto con las alcaldías y el gobierno federal para lograrlo.
- Art. 30Este artículo dice que el gobierno de la Ciudad de México debe hacer políticas para cuidar la salud de los animales y las plantas del campo. Su objetivo es bajar los riesgos en la producción de alimentos del agro y la ganadería, y también ayudar a que esos productos se vendan mejor tanto en México como en el extranjero, todo en coordinación con el gobierno federal. Además, las acciones y programas deben evitar que se cultiven o manejen organismos genéticamente modificados (como semillas alteradas en laboratorio), y evitar que entren plagas o enfermedades a la ciudad, sobre todo las que son prioridad nacional. Todo lo que se haga tiene que seguir las reglas y leyes que ya existen.