CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1La Ciudad de México es parte del país, es la capital y ahí están las oficinas principales del gobierno federal. Todo el poder en la Ciudad viene del pueblo, y la gente puede participar directa o indirectamente en las decisiones para proteger sus derechos y mejorar la sociedad. Se gobierna como una república donde hay separación de poderes, se permite la participación de distintos partidos y se promueve la participación ciudadana. La Ciudad tiene libertad para organizarse y tomar decisiones sobre sus asuntos locales, siempre y cuando respete lo que dice la Constitución de México. Además, busca impulsar la educación, la ciencia y la tecnología, y usar bien su territorio y recursos para ser más próspera y sostenible.
- Art. 2La Ciudad de México reconoce que vive mucha gente de diferentes orígenes, idiomas y culturas, incluyendo a los pueblos y barrios originarios que siempre han estado ahí, y a las comunidades indígenas que hoy viven en la ciudad. Esto significa que se valora la diversidad de tradiciones y formas de vida de todos sus habitantes. También se beneficia de las personas que vienen de otras partes del país o del mundo, ya sea de paso, para quedarse o para regresar a su lugar de origen. Además, es un lugar que recibe a quienes tuvieron que dejar su hogar por la fuerza dentro del país, y a extranjeros que México ya aceptó como refugiados, asilados políticos o con protección especial.
- Art. 3La dignidad de todas las personas es lo más importante y es la base de todos los derechos que tienes. La Ciudad de México se compromete a respetar tus derechos, a tratar a todos por igual y a combatir la discriminación. También se obliga a gobernar con honestidad, transparencia y escuchando a la gente, buscando siempre el bienestar de todos y cuidando la naturaleza. Para tomar decisiones, se usarán formas donde tú puedas participar directamente, elegir representantes o dar tu opinión.
- Art. 4En la Ciudad de México, todas las personas tienen los derechos que aparecen en la Constitución del país, en los tratados internacionales que México haya firmado, y en las leyes locales. Estos derechos se pueden pedir de forma individual o como grupo, y todas las autoridades están obligadas a respetarlos y protegerlos. Las autoridades también deben asegurarse de que haya servicios públicos de calidad (como hospitales, escuelas o parques) que sean fáciles de usar para todos, y deben prevenir y castigar cualquier violación a estos derechos. Los derechos humanos son para todos sin excepción, no se pueden quitar ni vencer con el tiempo, y siempre se debe aplicar la ley de la manera que más beneficie a la persona. Por último, está prohibido discriminar a alguien por su origen, color de piel, género, edad, discapacidad, religión, preferencia sexual o cualquier otra condición, y las autoridades deben tomar medidas para que todas las personas tengan las mismas oportunidades.
- Art. 5El gobierno de la Ciudad de México tiene la obligación de hacer todo lo posible, con el dinero y los recursos que tenga, para que poco a poco se cumplan todos los derechos que dice la Constitución. Para lograrlo, deben usar los recursos de manera eficiente y según cómo vaya creciendo la ciudad. Aunque falten recursos, deben proteger lo más básico de esos derechos con programas sencillos y baratos. También se va a crear un sistema especial de derechos humanos que vigile que nadie retroceda en lo que ya se ha ganado, y que asegure que todos, especialmente los más vulnerables, tengan acceso a lo que necesitan.
- Art. 6Tienes derecho a ser quien quieras ser, a decidir tu propio camino en la vida y a vivir con dignidad, lo que también incluye tener una muerte digna si así lo decides. Nadie puede lastimarte física o psicológicamente, y mereces una vida libre de violencia, donde se respete tu cuerpo y tu mente. También tienes derecho a un nombre, a que respeten tu imagen y reputación, y a tener documentos oficiales como el INE o el acta de nacimiento que el gobierno te debe facilitar. Las familias, en todas sus formas, tienen protección especial y deben ser apoyadas en sus labores de cuidado. Puedes vivir tu sexualidad y decidir sobre tu cuerpo sin miedo a ser discriminado, violentado o juzgado, e incluso decidir libremente si tener hijos o no, con quién y cada cuándo.
- Art. 7Tienes derecho a que el gobierno de la ciudad te trate bien, te dé servicios públicos de calidad y use tecnología para hacer todo más rápido y eficiente. Si una autoridad va a tomar una decisión que te perjudique, está obligada a escucharte primero y resolver tu caso de manera justa, sin favoritismos y dentro de un tiempo razonable. También puedes revisar los documentos de tu expediente, pero respetando tu privacidad y la de otros. Por otro lado, tienes libertad para reunirte con otras personas, asociarte para algún fin legal, expresar tus ideas sin censura previa y protestar pacíficamente, siempre sin afectar los derechos de los demás.
- Art. 8En la Ciudad de México, todas las personas tienen derecho a estudiar desde la primaria hasta la universidad, sin importar su dinero, origen, creencias o si tienen alguna discapacidad. La educación pública debe ser gratis, laica y de buena calidad, y las autoridades se tienen que asegurar de que los niños y niñas asistan a la escuela, dándoles una beca llamada "Bienestar para niñas y niños". Está prohibido que las escuelas públicas te pidan dinero o cuotas para inscribirte, hacer exámenes o darte tus documentos. Los maestros, los papás y las autoridades deben trabajar juntos para que las escuelas funcionen bien, siempre respetando a todos.
- Art. 9El artículo 9 establece que el gobierno debe hacer lo posible para acabar con la pobreza y las desigualdades, buscando que la riqueza se reparta de manera más justa entre todas las personas y regiones. Además, toda persona tiene derecho a un mínimo de recursos para vivir con dignidad, y las autoridades deben garantizar los derechos poco a poco, según el dinero que tengan, sin discriminar a nadie y siendo transparentes en los programas de ayuda. También dice que todas las personas tienen derecho a recibir y dar cuidados durante toda su vida, incluyendo las labores de la casa que no se pagan. Estos trabajos son muy importantes, por lo que deben repartirse de forma equitativa entre hombres y mujeres, y el gobierno debe crear un sistema de cuidados con servicios públicos de calidad para quienes más lo necesitan, como niños, adultos mayores o personas enfermas. Por último, garantiza que todas las personas tengan acceso a una alimentación diaria, nutritiva, segura y que sea aceptable para su cultura, incluyendo la lactancia materna como parte de este derecho para proteger a los niños del hambre y la desnutrición.
- Art. 10Toda persona tiene derecho a un desarrollo que cubra lo económico, lo social, lo cultural y lo político, y que le permita disfrutar de todos sus derechos humanos. En la Ciudad de México se protege el derecho al trabajo y se apoya el emprendimiento, valorando cualquier trabajo legal, ya sea que tengas jefe o trabajes por tu cuenta. Todos los trabajadores, sin importar si son temporales o permanentes, o si reciben un sueldo, tienen derecho a un trabajo digno. Las autoridades deben promover que no haya trabajo infantil, que hombres y mujeres ganen lo mismo por el mismo trabajo, y que los empleos sean formales y bien pagados. También deben asegurarse de que los trabajos sean seguros y saludables, ofrecer capacitación gratis y ayudar a los trabajadores a conocer y defender sus derechos.
- Art. 11La Ciudad de México está obligada a cuidar primero a los grupos que más lo necesitan, como personas que sufren discriminación o violencia por su origen, edad, discapacidad o cualquier otra condición. Las autoridades deben quitar los obstáculos que les impiden tener una vida digna y asegurarse de que puedan participar en las decisiones que les afectan. Nadie puede ser detenido o maltratado solo por cómo es, y todas las personas tienen derecho a decidir sobre su vida, su cuerpo y sus cosas. También se tiene que promover el buen trato en la familia y en la sociedad, y si alguien viola sus derechos, las autoridades deben investigar y castigar al culpable, reparando el daño. Por último, la ley reconoce que las mujeres y las niñas merecen protección especial para acabar con la violencia y la desigualdad de género.
- Art. 12Este artículo dice que la Ciudad de México te garantiza el derecho a disfrutar de la ciudad de manera justa y completa. Esto significa que todos podemos usar los espacios, servicios y recursos de la ciudad sin que nadie quede excluido. Es un derecho de todos los que vivimos aquí, basado en la justicia social, el respeto al medio ambiente y la igualdad. Además, asegura que la ciudad se administre con la participación de los ciudadanos, para que los beneficios y los espacios públicos se repartan de forma equitativa. En pocas palabras, busca que la ciudad sea un lugar justo y habitable para todos.
- Art. 13Tienes derecho a vivir en un ambiente limpio y sano que te permita desarrollarte bien. Las autoridades deben cuidar la naturaleza y reparar los daños ecológicos para que tú y las futuras generaciones puedan vivir mejor. También se va a crear una ley especial para proteger a la naturaleza, tratándola como un ser con derechos. En la Ciudad de México, los animales son considerados seres que sienten, por lo que merecen un trato digno. Está prohibido maltratarlos y todos tenemos la obligación de respetar su vida. Las autoridades deben protegerlos, fomentar su cuidado y atender a los que están abandonados. Respecto a las calles, todo mundo tiene derecho a usarlas de manera pacífica, siempre que no se viole la ley. El gobierno debe asegurarse de que puedas transitar y moverte libremente por ellas. Los espacios públicos, como parques y plazas, son de todos. Sirven para convivir, aprender, jugar y hacer actividades culturales. Tienes derecho a disfrutarlos sin problemas, siempre y cuando respetes las reglas que los protegen para el bien común.
- Art. 14Tienes derecho a vivir en una ciudad donde te sientas seguro, tanto por accidentes o desastres naturales (como temblores o inundaciones) como por problemas causados por el ser humano (por ejemplo, fugas de gas o choques de autos). El gobierno debe hacer todo lo necesario para protegerte a ti y a tu comunidad de estos peligros. También tienes derecho a vivir en paz, sin miedo a la violencia o a los delitos. Para lograrlo, las autoridades tienen que crear programas y acciones que prevengan la violencia y fomenten una cultura de paz, en lugar de solo reaccionar cuando ya ocurrió algo malo.
- Art. 15Este artículo dice que la Ciudad de México tiene que planificar su desarrollo de manera ordenada y con la participación de todos. Para eso, existen reglas y herramientas, como el Plan General de Desarrollo, el Programa de Ordenamiento Territorial y los planes de cada alcaldía. Todo esto debe hacerse con la gente, en consultas abiertas, para que la ciudad sea justa, limpia, funcional y con servicios públicos de calidad. También se creará un Instituto de Planeación para vigilar que todas las dependencias cumplan y que el presupuesto se use bien según los resultados obtenidos.
- Art. 16El artículo dice que el "ordenamiento territorial" significa usar de manera inteligente el suelo y los recursos de la Ciudad de México para que todas las personas y seres vivos tengan un lugar adecuado para vivir. Para proteger el medio ambiente, se crearán reglas especiales para manejar el agua, prevenir desastres y adaptarse al clima. El Gobierno de la Ciudad, con ayuda de la gente, será el encargado de cuidar áreas verdes como el Desierto de los Leones, los Dinamos, Xochimilco, Chapultepec y otros parques, y todos podrán visitarlos. También se dice que la naturaleza (plantas, animales y genes) es de todos y hay que cuidarla entre gobierno, empresas y ciudadanos. Los animales ("seres sintientes") tendrán protección especial, y la ciudad buscará dañar menos el ambiente usando menos coches, más transporte público y energía limpia, además de evitar basura y recuperar zonas verdes. Por último, las autoridades deben asegurarse de que los acuíferos (agua subterránea) se recarguen, que haya más áreas verdes y que no se dañen los recursos naturales, porque son clave para que la ciudad funcione bien.
- Art. 17Este artículo dice que la Ciudad de México busca mejorar la vida de las personas en lo económico, social, ambiental y cultural. El gobierno, junto con las alcaldías y la participación de todos (ciudadanos, empresas y organizaciones), debe planear el desarrollo para que todos tengan acceso a los beneficios. Las políticas sociales y económicas se van a crear en conjunto para garantizar derechos como la salud, la educación y un buen ambiente. Por ejemplo, se va a crear un sistema de bienestar social que incluye mejorar servicios públicos (como escuelas y hospitales), mantener en buen estado calles y parques, y asegurarse de que grupos como personas mayores o con discapacidad sean tomados en cuenta. También se van a promover seguros sociales para proteger a la gente y se van a medir resultados para ver si realmente se está avanzando.
- Art. 18El patrimonio de la Ciudad de México, como su historia, cultura, naturaleza y paisajes, es de todos, por eso protegerlo es obligación del gobierno y de la gente. La ciudad se encargará de identificar, cuidar y dar a conocer estos bienes, siguiendo las leyes nacionales e internacionales. Los edificios y zonas protegidas que son de uso público no se pueden vender, embargar ni dar en concesión a particulares para negocios, solo se permiten actividades culturales que no los dañen. El gobierno y las alcaldías deben mantener un registro de estos bienes, y habrá un fondo especial para que las alcaldías tengan dinero solo para su cuidado y restauración.
- Art. 19El Gobierno de la Ciudad de México y las alcaldías tienen que ponerse de acuerdo con el gobierno federal, otros estados y municipios vecinos para mejorar todo lo que afecta tu día a día, como el transporte, el agua, la basura, la seguridad y el medio ambiente. La idea es que trabajen juntos de manera justa para que vivir en la Zona Metropolitana del Valle de México sea más fácil y con mejor calidad de vida. También pueden firmar convenios para construir obras o dar servicios públicos que beneficien a toda la zona, y deben incluir a los ciudadanos en la toma de decisiones. Además, los jefes de las alcaldías pueden hacer acuerdos directos con los municipios de alrededor para ofrecer servicios públicos, siempre con el visto bueno de su concejo.
- Art. 20Este artículo dice que la Ciudad de México se compromete a ser un lugar amigable y solidario con el mundo. Las autoridades van a hacer acuerdos con otros países y organizaciones internacionales, y también van a ayudar a los chilangos que viven en el extranjero a proteger sus derechos y su cultura. Además, se van a preocupar por los migrantes, refugiados y personas que tuvieron que huir de su casa por violencia o desastres, y van a crear programas para apoyarlos y evitar que la gente se vaya de la ciudad por necesidad.
- Art. 21El artículo 21 habla sobre cómo se maneja el dinero y los bienes públicos en la Ciudad de México (a esto se le llama "hacienda pública"). Básicamente, dice que para que todos podamos disfrutar de nuestros derechos, también debemos cumplir con nuestras obligaciones, como pagar impuestos. El gobierno debe usar el dinero de manera responsable, enfocándose en mejorar la infraestructura (como calles y hospitales), crear empleos y dar servicios de calidad, siempre con honestidad y transparencia. Además, las autoridades pueden pedir préstamos, pero solo para invertir en cosas que beneficien a la ciudad, no para gastos del día a día como sueldos o luz. Por último, toda la información sobre cómo se gasta el dinero debe ser pública y estar disponible para que cualquier persona la consulte.
- Art. 22Este artículo define cuatro tipos de personas en la Ciudad de México. Las **originarias** son las que nacen ahí, y también sus hijos. Las **habitantes** son las que viven en la ciudad, sin importar por cuánto tiempo. Las **vecinas** son las que viven por más de seis meses, y no pierden ese derecho salvo que la ley lo indique. Las **transeúntes** son las que no entran en las categorías anteriores y solo están de paso por la ciudad.
- Art. 23Este artículo dice que todas las personas que viven en la Ciudad de México tienen obligaciones con su familia, su comunidad y el medio ambiente. Por ejemplo, debes respetar los derechos de los demás, tratar a todos con dignidad sin discriminar, y cumplir con las leyes. También tienes que cuidar la naturaleza, no maltratar animales, pagar impuestos según lo que marca la ley, y denunciar delitos como la corrupción. Además, debes ayudar en casos de accidentes o desastres, conservar el patrimonio cultural y participar en la vida comunitaria de manera honesta. En pocas palabras, son las responsabilidades que tienes para vivir en armonía con los demás y con la ciudad.
- Art. 24Ser ciudadano o ciudadana significa que tienes un lazo con tu comunidad que te da derecho a gozar de las protecciones de la Constitución. Puedes votar para elegir a tus gobernantes y también para decidir en asuntos importantes, y ese voto es obligatorio, secreto y directo. Además, los niños, niñas y jóvenes tienen derecho a aprender cómo funciona la democracia y a participar en decisiones que les afecten, como en la escuela o en su casa. La ley debe asegurar que haya espacios donde la gente pueda opinar y participar, incluso por internet. Por último, cualquier mexicano o mexicana, ya sea nacido en el país o naturalizado, puede aspirar a cualquier puesto de elección popular o de gobierno en la Ciudad.
- Art. 25Este artículo dice que tú, como ciudadano de la Ciudad de México, tienes el derecho y la obligación de participar en decisiones que afectan a todos, como resolver problemas del barrio o mejorar las reglas de la comunidad. Puedes hacerlo usando herramientas como el voto en consultas populares o dando tu opinión a través de internet. Si quieres proponer una ley o un cambio a la Constitución, necesitas juntar firmas de al menos el 0.13% de las personas que pueden votar en la ciudad; si juntas el 0.25%, tu propuesta se vuelve prioritaria. El gobierno y el Instituto Electoral local se encargan de que todo se haga de manera justa, y también se debe consultar a los pueblos y comunidades indígenas cuando algo les afecte.
- Art. 26Este artículo dice que tú, como habitante de la Ciudad de México, tienes derecho a participar en cómo se gobierna la ciudad, no solo votando, sino también opinando y vigilando. Las autoridades, como el gobierno y las alcaldías, están obligadas a escucharte y a rendir cuentas sobre cómo usan el dinero y hacen las leyes o programas. Además, la ley debe crear formas para que puedas dialogar con ellos, como consultas ciudadanas, audiencias públicas o presupuestos participativos donde tú decides en qué se gasta parte del dinero en tu colonia o barrio. También se menciona que las autoridades deben apoyar las formas de organización que tú y tu comunidad elijan, siempre de manera autónoma y solidaria. En pocas palabras, se trata de que tengas voz y voto en las decisiones que afectan tu vida diaria.
- Art. 27Este artículo habla de dos maneras de participar en las elecciones sin ser de un partido. Primero, cualquier persona puede ser candidata sin partido si junta las firmas del 1% de los votantes de su zona. Si antes pertenecías a un partido, debes renunciar un año antes de registrarte. Segundo, los partidos políticos son organizaciones que sirven para que la gente participe en la democracia. Solo los ciudadanos pueden formar parte de ellos, y tienen que respetar la igualdad entre hombres y mujeres en sus candidaturas. La ley dirá los pasos exactos para registrarse, cómo recibir dinero público y las reglas para que todo sea justo.
- Art. 28El artículo 28 dice que la Ciudad de México se va a organizar como una república, donde el pueblo elige a sus gobernantes (representativo), se toman decisiones democráticas y el gobierno no está ligado a ninguna religión (laico). Para que todo funcione, el poder de la ciudad se divide en tres: el Legislativo (que crea las leyes), el Ejecutivo (que las aplica) y el Judicial (que juzga si se cumplen). Esto evita que una sola persona o grupo tenga todo el control. Además, está prohibido que los tres poderes se junten en una sola persona o institución, y el poder de hacer leyes no puede estar en manos de una sola persona.
- Art. 29El Congreso de la Ciudad de México es el grupo de personas que hacen las leyes en la capital. Está formado por 66 diputados y diputadas: 33 se eligen directamente en cada distrito (como zonas de la ciudad), uno lo eligen los chilangos que viven en el extranjero, y los otros 32 se reparten según los votos que saquen los partidos. Todos se eligen cada tres años, en elecciones con voto secreto y donde todos podemos participar. Además, cada diputado debe tener un suplente del mismo género, y se busca que haya el mismo número de hombres y mujeres. Los diputados tienen que rendir cuentas a la gente y no pueden tener otro trabajo del gobierno con sueldo mientras estén en el cargo. No los pueden castigar por lo que digan cuando hacen su labor, pero el presidente del Congreso debe cuidar que se respeten las instalaciones. Para repartir los lugares por partido, hay reglas: ningún partido puede tener más de 40 diputados, y para que le toquen diputados por la vía proporcional necesita al menos el 3% de los votos válidos. También se limita que un partido no tenga muchos más diputados de los votos que sacó.
- Art. 30El artículo 30 explica quiénes pueden proponer nuevas leyes en la Ciudad de México. Pueden hacerlo el Jefe de Gobierno, los diputados, las alcaldías, algunos tribunales, los ciudadanos que junten firmas del 0.13% de los votantes registrados, y ciertos organismos autónomos en temas que les correspondan. También dice que el Jefe de Gobierno y los ciudadanos (con más firmas) pueden presentar una iniciativa "preferente", que el Congreso debe discutir y votar en máximo 45 días; si no lo hace, se vota en la siguiente sesión. Las reformas a la Constitución no pueden ser preferentes. Cuando el Congreso aprueba una ley, se la envía al Jefe de Gobierno, quien tiene 30 días para hacer observaciones o 10 días para publicarla. Si no hace nada, la ley se considera aprobada y el Congreso la publica. Si el Jefe de Gobierno rechaza la ley, el Congreso puede insistir con el voto de dos terceras partes de los diputados presentes, y entonces la ley se vuelve obligatoria, aunque el Jefe todavía tiene 15 días para publicarla. Esto no aplica para cambios a la Constitución, leyes aprobadas por voto ciudadano, o asuntos como el presupuesto.
- Art. 31La Comisión Permanente es un grupo de diputados, formado por el 20% de los que están en el Congreso de la Ciudad de México, más un suplente por cada uno. Este grupo solo trabaja durante los recesos del Congreso, cuando los diputados están de vacaciones, para atender propuestas, mensajes y repartir iniciativas a las comisiones que les toca revisarlas. No puede aprobar proyectos de ley, decretos ni elegir funcionarios. El día que inician las vacaciones, el Congreso elige a los miembros de esta Comisión y a su mesa directiva, que empiezan a trabajar de inmediato hasta que vuelvan las sesiones normales. La Comisión también puede llamar a sesiones extraordinarias del Congreso, tomar protesta a ciertos funcionarios, autorizar viajes del Jefe de Gobierno al extranjero, y dar licencias a diputados o tomar protesta a sus suplentes.
- Art. 32El Jefe de Gobierno de la Ciudad de México es el presidente de la ciudad, se elige por voto popular cada 6 años y empieza su trabajo el 5 de octubre del año de la elección. Si ya fuiste Jefe de Gobierno, no puedes volver a serlo nunca, ni siquiera de manera temporal. Para ser candidato, debes ser mexicano, nacido en la CDMX (o vivir ahí al menos 5 años), tener 30 años o más, no tener sentencia por un delito hecho a propósito. Tampoco puedes ser funcionario de alto nivel, juez, policía o militar, a menos que renuncies al puesto varios meses antes de la elección. Cuando ganes, tienes que prometer ante el Congreso local que cumplirás la Constitución y las leyes.
- Art. 33Este artículo del gobierno de la Ciudad de México dice que toda la administración pública se divide en dos: la centralizada (como las secretarías directas) y la paraestatal (como organismos autónomos). Debe funcionar con reglas claras como innovar, atender bien a la gente, ser transparente, actuar con honestidad y estar diseñada para que cualquier persona, sin importar su discapacidad, pueda acceder a los servicios. También aclara que todo el dinero, los bienes y los sueldos de los servidores públicos se manejan de manera única y pareja para toda la ciudad. Finalmente, los secretarios del gabinete tienen la obligación de entregar un informe cada octubre sobre lo que hicieron en el año, y deben presentarse ante el Congreso cuando los llamen a explicar su trabajo.
- Art. 34Este artículo habla de cómo se llevan el jefe de Gobierno de la Ciudad de México y el Congreso local. El Congreso puede pedirle información al gobierno, a las alcaldías o a otras dependencias, y ellos tienen 30 días para responder; si hace falta, el Congreso puede citar a los funcionarios para que vayan a dar explicaciones en persona. También, si el Congreso manda algún tipo de petición o recomendación, el gobierno debe contestar a más tardar en 60 días. Por otro lado, el jefe de Gobierno puede armar un "gobierno de coalición", es decir, juntar su equipo con diputados de otros partidos para tener más apoyo al tomar decisiones, y puede cambiar a todo su gabinete si así lo decide.
- Art. 35El Artículo 35 dice que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México se encarga de que todos reciban una buena administración de justicia. Para lograrlo, debe seguir principios como la honestidad, la imparcialidad, la transparencia y el respeto a los derechos humanos. También tiene la función de revisar que las leyes no vayan contra la Constitución y proteger los derechos de las personas, especialmente de quienes están en pobreza, discriminación o desventaja social. Además, para que la justicia sea más rápida y ágil, van a usar un sistema electrónico para hacer trámites en línea. Por último, el Poder Judicial estará formado por varias partes, como el Tribunal Superior, una Sala Constitucional y juzgados, y su presidente cambiará cada tres años según los votos que reciba.
- Art. 36El Artículo 36 crea un grupo especial de jueces, llamado Sala Constitucional, dentro del máximo tribunal de la Ciudad de México. Este grupo es el que decide, a nivel local, si las leyes de la ciudad van contra la Constitución de la CDMX y se encarga de defenderla. La sala está formada por 7 jueces (hombres y mujeres) que duran 8 años en su cargo y que son elegidos en sesiones abiertas para que todo sea transparente. Además, la sala tiene poderes para resolver pleitos entre autoridades (como el gobierno y las alcaldías), para revisar si se aprobaron leyes que faltan y para atender quejas de cualquier persona cuando un funcionario se niega a cumplir sus obligaciones o una orden de un juez.
- Art. 37El Consejo Judicial Ciudadano es un grupo de 11 personas, la mayoría abogados, que ayudan a elegir a ciertos fiscales importantes en la CDMX. Para ser parte, debes tener buena fama, no tener conflictos de interés y no haber sido candidato en una elección popular en los últimos 4 años; además, el puesto es sin pago y se busca que haya hombres y mujeres por igual. El Congreso los elige por mayoría de dos terceras partes, basándose en propuestas de universidades o grupos civiles que tengan al menos 5 años de existencia. Este Consejo puede proponer al Jefe de Gobierno una lista de 3 candidatos para que él envíe al Congreso quién será el Fiscal General de la Ciudad, y también puede proponer ternas para fiscales especializados en temas electorales y de combate a la corrupción.
- Art. 38El Tribunal Electoral de la Ciudad de México es como un juzgado especial solo en temas de elecciones y votaciones. Funciona por su cuenta, sin que nadie le dé órdenes, y sus decisiones son independientes. Lo forman cinco jueces (magistrados) que elige el Senado, duran 7 años en el cargo y no pueden tener otro trabajo, excepto dar clases o hacer obras de caridad. Cuando terminan su encargo, no pueden ser candidatos ni tener puestos en partidos políticos por un tiempo igual a la cuarta parte de lo que duraron como magistrados. Este tribunal resuelve quejas sobre elecciones, votaciones ciudadanas, y hasta pleitos laborales con el personal del propio tribunal o del Instituto Electoral, para asegurar que todo se haga legal y se respeten tus derechos políticos.
- Art. 39El artículo dice que en la CDMX habrá dos lugares para resolver problemas de trabajo. Uno son los **Juzgados Laborales**, que dependen del Poder Judicial de la ciudad y atienden pleitos entre empresas (patrones) y trabajadores, como despidos o salarios. El otro es el **Tribunal Burocrático**, que resuelve conflictos entre el gobierno de la CDMX y sus empleados públicos, o entre sindicatos. La ley va a definir cómo funcionan estos tribunales y cómo se organizan.
- Art. 40La Ciudad de México tiene un tribunal especial llamado Tribunal de Justicia Administrativa, que es como un juez independiente para resolver problemas entre el gobierno, las alcaldías y los ciudadanos. Este tribunal puede castigar a servidores públicos o particulares por faltas graves, y también obligar a quienes dañen el dinero público a pagar por los perjuicios que causaron. Además, los ciudadanos pueden quejarse si sienten que el gobierno no respetó su derecho a un trato justo, y el tribunal tiene una sala especial para atender esos casos. Las leyes dirán cuándo el tribunal debe resolver un asunto en máximo seis meses, y si no lo hace, aplicarán las reglas correspondientes.
- Art. 41El artículo 41 dice que la seguridad de las personas en la Ciudad de México es responsabilidad únicamente del gobierno de la ciudad, con ayuda de las alcaldías y de los habitantes. Esto incluye prevenir delitos, investigarlos, castigar faltas administrativas, impartir justicia, ayudar a que las personas se reintegren a la sociedad si cometieron un delito, y proteger a todos contra riesgos o violencia. Además, cuando se planeen o vigilen estas acciones de seguridad y justicia, se deben seguir los derechos y principios de la Constitución Mexicana, los tratados internacionales firmados por México y las leyes locales. En pocas palabras, la autoridad es la encargada de cuidarnos, pero siempre respetando las leyes.
- Art. 42Las instituciones de seguridad ciudadana son civiles, disciplinadas y profesionales. Su trabajo es proteger a las personas, prevenir la violencia y los delitos, atender a la gente, ser transparentes, respetar los derechos humanos y promover la convivencia pacífica. La forma de elegir, capacitar y evaluar a los policías y al personal de seguridad se basa en la Constitución y las leyes. También habrá reglas claras para que los ciudadanos puedan participar y vigilar el trabajo de la policía y de las empresas de seguridad privada.
- Art. 43Los policías deben tratar de convencer y resolver los problemas de manera pacífica antes de usar la fuerza. Solo pueden usar la fuerza en casos muy necesarios, de forma medida y como última opción, siempre respetando los derechos de todos, incluso de las víctimas, testigos y sospechosos. La policía está para servir a la sociedad y su trabajo principal es proteger tu vida, tus cosas y hacer que se cumpla la ley, además de prevenir delitos y violencias. Para hacer bien su labor, deben tener reglas claras sobre cómo entrar, crecer y salir del trabajo, recibir capacitación constante, y contar con un área que defienda sus derechos si algo afecta su dignidad o su labor.
- Art. 44El Ministerio Público de la CDMX se organiza en una Fiscalía General de Justicia, que es un organismo independiente con su propio dinero y personalidad legal. Investigar delitos es trabajo del Ministerio Público y de las policías investigadoras, que siguen sus órdenes. Quien sea el Fiscal General dura 4 años en el cargo, lo elige el Congreso con base en una propuesta del Consejo Judicial Ciudadano, y puede repetir otro periodo. Para ser Fiscal necesitas ser mexicano, tener al menos 35 años, título de abogado y 5 años de experiencia, no haber sido condenado por un delito intencional, pasar pruebas de confianza, declarar tus bienes, y no haber sido político o dirigente de partido un año antes. Además, la Fiscalía puede decidir cómo perseguir delitos, tiene su propia policía de investigación, y debe crear unidades para publicar información, combatir la corrupción y administrar sus recursos de forma eficiente.
- Art. 45En la Ciudad de México, cuando alguien es acusado de un delito, el juicio será oral y transparente, como una confrontación entre las partes frente a un juez. Quien es juzgado tiene derechos importantes, como que se le considere inocente hasta que se demuestre lo contrario, no ser juzgado dos veces por el mismo delito, y que todo el proceso sea justo y rápido. Las autoridades locales deben crear un grupo especial que ayude a las víctimas de delitos, tomando en cuenta sus necesidades y su cultura, y ofrecerles apoyo gratuito como atención médica, psicológica y económica, además de buscar que el responsable las repare por el daño causado. Las secciones de la B fueron eliminadas, así que ya no aplican.
- Art. 46Los organismos autónomos son como oficinas del gobierno que trabajan de manera especializada y sin favoritismos. Tienen su propio dinero y pueden tomar decisiones sin que nadie les ordene, siempre y cuando sigan las leyes. Ejemplos de estos son la Comisión de Derechos Humanos, la Fiscalía General de Justicia y el Instituto Electoral de la Ciudad de México. Deben actuar con honestidad, ser justos y profesionales, y además deben garantizar que haya igualdad de género en sus jefaturas. La Legislatura (el Congreso local) les tiene que dar el presupuesto suficiente para que hagan bien su trabajo, basándose en lo que ellos mismos pidan. También tienen oficinas internas para controlar que no haya corrupción, y sus empleados deben seguir las mismas reglas que cualquier servidor público. Por último, los sueldos de todo el personal, incluyendo consejeros y magistrados electorales, no pueden pasarse del tope que marca la Constitución federal.
- Art. 47En la Ciudad de México va a haber un grupo especial de expertos que no depende del gobierno. Este grupo se encargará de revisar qué tan bien funcionan los programas y acciones de las oficinas del gobierno y de las alcaldías. El grupo estará formado por cinco personas, y una de ellas será la que lo dirija. Ellos mismos podrán crear equipos más pequeños para evaluar temas como economía, desarrollo social, urbanismo, seguridad y medio ambiente. Cuando estos equipos den recomendaciones, el gobierno estará obligado a seguirlas para mejorar lo que esté fallando.
- Art. 48La Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México es como un defensor del pueblo que se encarga de proteger tus derechos y los de todos. Si una autoridad local (como un policía o un funcionario) te viola algún derecho, puedes quejarte ante ellos. Ellos investigan el caso y, si encuentran que sí hubo violación, le hacen una recomendación pública a la autoridad para que repare el daño. La comisión también puede mediar entre tú y la autoridad, darte asesoría legal y publicar informes para que todos sepamos cómo está la situación de los derechos en la ciudad.
- Art. 49Este artículo ya no existe. La ley lo eliminó por completo, así que ya no tiene ningún efecto ni se aplica.
- Art. 50El Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) es la institución encargada de organizar, supervisar y vigilar las elecciones para Jefe de Gobierno, diputados locales, alcaldes, así como jueces y magistrados del Poder Judicial de la capital. También se encarga de los procesos de participación ciudadana, como consultas o plebiscitos, y de promover la educación cívica entre los habitantes. Este Instituto tiene un Consejo directivo formado por una persona presidenta y seis consejeros o consejeras, todos elegidos por el Instituto Nacional Electoral (INE). En sus reuniones también participan, pero solo para opinar (sin votar), un representante de cada partido político, el secretario ejecutivo y un diputado de cada grupo del Congreso de la Ciudad. Para hacer su trabajo, el IECM debe seguir principios como la certeza (que todo sea claro y seguro), la legalidad (apegarse a las leyes), la independencia (no dejarse influenciar), la imparcialidad (no favorecer a nadie), la objetividad (basarse en hechos) y la máxima publicidad (que la información sea pública). Finalmente, el IECM solo puede hacer lo que le permiten la Constitución federal, la Constitución local y las leyes que regulan las elecciones y la participación ciudadana.
- Art. 51Este artículo crea el Instituto de Defensoría Pública, que es como una oficina de abogados gratis del gobierno para quienes no tienen para pagar uno. Su chamba es defenderte si te acusan de un delito, darte asesoría legal en temas como familia, trabajo o problemas con el gobierno, y hasta ayudarte si ya estás en la cárcel. El servicio es obligatorio, honesto y profesional, y el Instituto es un organismo autónomo, o sea, decide por su cuenta sin que el gobierno lo controle. Quien lo dirige se elige cada 4 años por un Consejo Ciudadano, y los defensores tienen que ganar lo mismo o más que los agentes del Ministerio Público, además de tener capacitación constante.
- Art. 52Claro, aquí está la explicación: Las **alcaldías** son como los gobiernos locales de la Ciudad de México. Son autónomas para manejar sus asuntos internos y están formadas por los habitantes, el territorio y las autoridades que elegimos en las urnas. Se considera su población, su geografía, su historia, sus pueblos indígenas y sus colonias (como la infraestructura, el número de viviendas o los bosques) para definir sus límites. Las 16 alcaldías actuales (como Iztapalapa o Coyoacán) no se pueden reducir en número, pero la ley puede modificarlas para lograr un desarrollo más equilibrado y dar mejores servicios. Para hacer cualquier cambio, la propuesta debe venir del Jefe de Gobierno o de otros actores políticos, y la debe aprobar el Congreso de la Ciudad.
- Art. 53Las alcaldías son las oficinas de gobierno local en la Ciudad de México, como una especie de "mini gobierno" de tu colonia o zona. Cada una está encabezada por un alcalde o alcaldesa y un grupo de personas llamado concejo, que tú eliges con tu voto cada tres años. Su chiste es manejar los servicios y el dinero de su zona con cierta libertad, aunque siguen órdenes del Jefe de Gobierno de la ciudad. Entre sus labores principales están: escuchar lo que necesita la gente de tu barrio, hacer que el gobierno esté más cerca de ti, mejorar servicios como el agua o las calles, y fomentar la participación ciudadana para que opines en las decisiones. También deben asegurarse de que hombres y mujeres tengan las mismas oportunidades en los puestos importantes de la alcaldía, y eliminar cualquier tipo de discriminación o violencia contra las mujeres. Además, tienen que promover la seguridad, la convivencia y la cultura en tu colonia, incluyendo a niños, jóvenes, adultos mayores y personas con discapacidad. Si vives en un pueblo originario o comunidad indígena, la alcaldía debe respetar sus tradiciones y dejarlos participar en los asuntos públicos. Al final, su meta es reducir la pobreza y las desigualdades, y repartir mejor la riqueza, siempre con transparencia y sin crear más pasos o autoridades entre ellas y el gobierno central de la ciudad.
- Art. 54El Cabildo es una reunión importante entre la Jefa o Jefe de Gobierno de la Ciudad de México y todas las personas que están a cargo de las alcaldías (los alcaldes y alcaldesas). Este grupo se junta cada dos meses para planear, coordinar y tomar decisiones sobre cómo gobernar la ciudad, y todo lo que acuerdan lo tienen que cumplir. No pueden mandar a alguien en su lugar para que asista, y nadie recibe un sueldo por estar ahí. Sus funciones son cosas como ponerse de acuerdo en obras, servicios y seguridad para toda la ciudad, opinar sobre nuevas leyes que afecten a las alcaldías, y decidir cómo se gasta el dinero en proyectos importantes como el agua o el mantenimiento de la ciudad.
- Art. 55El dinero que usan las alcaldías de la Ciudad de México viene de lo que aprueba el Congreso local, según los ingresos que tenga la ciudad. Ese dinero se les entrega directo a las alcaldías para que cumplan con sus obligaciones y atribuciones. Las alcaldías pueden gastar su presupuesto con libertad en cómo lo administran y lo planean, pero siempre siguiendo la ley. También deben reportar su información financiera al gobierno de la ciudad para que todo quede claro en los informes de rendición de cuentas. El presupuesto de cada alcaldía se compone de varias partes: lo que reciben del gobierno federal, lo que cobran por trámites o servicios que realizan, lo que les asigna el Congreso, y los recursos automáticos que vienen de bienes del gobierno ubicados en su territorio. Las alcaldías tienen prohibido pedir préstamos o endeudarse de cualquier forma. Todas las alcaldías reciben un fondo extra, que se reparte según su población, nivel de marginación, infraestructura y equipamiento urbano. Ese dinero solo se puede usar para obras de infraestructura, y se entrega sin condiciones para reducir la desigualdad entre las zonas de la ciudad. Las alcaldías pueden comprar bienes y servicios directamente, siempre y cuando sigan las leyes correspondientes.
- Art. 56Este artículo dice que, en tu colonia o delegación (alcaldía), los funcionarios deben escuchar tu opinión sobre los asuntos que te interesan. Además, tienen que respetar tus derechos humanos, como juntarte con vecinos para pedir mejoras. En las juntas importantes, hay un lugar (silla ciudadana) donde cualquier vecino puede sentarse a dar ideas solo cuando se hable de temas que le afectan, pero sin derecho a votar. Por otro lado, las autoridades de la alcaldía tienen obligaciones contigo: deben informarte y consultarte antes de decidir sobre obras, presupuesto o proyectos que impacten tu zona. También tienen que ser transparentes y rendir cuentas, es decir, explicarte cómo gastan el dinero. Y deben atender tus quejas o propuestas, sin importar si te comunicas de manera fácil o difícil de entender. Igual, tienen que hacer recorridos por las calles para preguntarte qué mejorar en servicios públicos como el agua o la luz. El jefe de la alcaldía y los concejales deben informarte cada cierto tiempo si están cumpliendo lo que prometieron en campaña. Por último, deben recibir las peticiones que les hagan los grupos de vecinos organizados al menos cada tres meses.
- Art. 57Este artículo dice que la Constitución de la Ciudad de México protege los derechos de los pueblos indígenas, tanto como grupo (derechos colectivos) como de cada persona que pertenezca a ellos (derechos individuales). Tanto mujeres como hombres de esas comunidades tienen esos derechos. Quienes pueden exigir estos derechos son los pueblos y barrios originarios que siempre han vivido en la Ciudad, así como las comunidades indígenas que ahora viven ahí. Además, las leyes federales de México y los acuerdos internacionales sobre derechos indígenas también se tienen que cumplir obligatoriamente en la Ciudad.
- Art. 58La Constitución de la Ciudad de México dice que la capital del país está formada por diferentes grupos de personas con sus propias culturas, idiomas y tradiciones. Estos grupos son los pueblos y barrios originarios —que vivían aquí desde antes de la llegada de los españoles— y las comunidades indígenas que llegaron de otros estados. Todos ellos tienen derecho a decir libremente que pertenecen a esos grupos, y esa decisión personal es lo más importante para que se les apliquen las leyes que los protegen.
- Art. 59Los pueblos y barrios originarios (como los que existían antes de la colonia) y las comunidades indígenas que viven en la Ciudad de México tienen derecho a decidir por sí mismos cómo gobernarse y cómo desarrollar su economía, cultura y forma de vida. Esto lo pueden hacer siempre y cuando no rompan la unidad del país y sigan lo que dice la Constitución. Estos grupos son considerados como sujetos colectivos de derecho público, lo que significa que tienen personalidad jurídica (pueden firmar acuerdos, poseer propiedades o demandar) y patrimonio propio (tierras, dinero o recursos que les pertenecen). También pueden asociarse libremente con otros. La libre determinación la ejercen mediante la autonomía en los territorios donde viven, tomando sus propias decisiones en temas políticos, económicos, sociales, educativos, culturales, de justicia y hasta del manejo de recursos naturales y medio ambiente, siempre respetando los derechos humanos y las leyes mexicanas. Las comunidades indígenas residentes (las que no son originarias de la Ciudad pero viven ahí) también pueden organizarse según sus propias costumbres y reglas internas. El gobierno de la Ciudad reconoce esta autonomía y debe asignar presupuesto específico para garantizar sus derechos. Ninguna autoridad puede meterse a decidir cómo se organizan internamente estos pueblos, ni en su política, economía o cultura según sus tradiciones. Sus autoridades tradicionales y representantes serán elegidos siguiendo sus propias normas y costumbres, y el gobierno los reconoce oficialmente.
- Art. 60Este artículo dice que todo el gobierno de la Ciudad de México debe ser honesto, abierto y eficiente para que te dé un buen servicio y combata la corrupción. Para lograrlo, las oficinas del gobierno están obligadas a publicar en internet, en formatos fáciles de usar y con datos actualizados, toda la información sobre su trabajo, como cuánto dinero gastan y qué hacen, para que tú puedas revisarlo y pedir cuentas. También deben crear formas para que los ciudadanos participen y ayuden a resolver los problemas de su colonia o comunidad. Los servidores públicos tienen que usar el dinero de la ciudad con mucha responsabilidad, pero la “austeridad” (gastar lo menos posible) no es excusa para recortar apoyos como becas o programas sociales. Además, la ciudad va a tener un sistema para capacitar y evaluar a los empleados del gobierno, y hacer que los puestos se asignen por méritos, igualdad y sin discriminación.
- Art. 61En la Ciudad de México, todas las oficinas del gobierno y organismos públicos tendrán un equipo interno (llamado órgano interno de control) que vigile cómo se usan los recursos. Este equipo tiene varias tareas: prevenir y corregir malas prácticas, investigar posibles faltas de servidores públicos, auditar los gastos (sobre todo en obras y contratos con empresas), y recibir quejas de la gente en un plazo de 20 días hábiles para darles seguimiento. Además, estos equipos serán independientes de las oficinas que vigilan, sus jefes serán elegidos con un proceso de capacitación, y rendirán cuentas ante un sistema que lucha contra la corrupción. También existirá un área de contralores ciudadanos, personas voluntarias sin sueldo, que ayudarán a supervisar y podrán quejarse si ven algo que afecte a la ciudadanía.
- Art. 62El Artículo 62 habla de un organismo que revisa cómo se gasta el dinero público en la Ciudad de México. Este organismo puede trabajar por su cuenta, sin que el gobierno le ordene qué hacer, y tiene su propio presupuesto y personal especializado. Empieza a revisar las cuentas del año anterior al día siguiente de que termine ese año, pero también puede hacer revisiones sorpresa en cualquier momento a proyectos que usen dinero de la ciudad. Además, tiene derecho a ver información que normalmente es secreta, como datos bancarios o fiscales, para asegurarse de que no haya trampas. Por último, el jefe de este organismo es elegido por el Congreso local con el voto de al menos dos de cada tres diputados presentes, y debe tener mínimo cinco años de experiencia en temas de control y auditoría.
- Art. 63La Ciudad de México va a tener un Sistema Anticorrupción, que es un grupo que junta a varias autoridades para evitar, encontrar, investigar y castigar la corrupción, además de vigilar cómo se usa el dinero público. Este sistema tendrá un Comité Coordinador formado por los jefes de varias oficinas como la de fiscalización, la Fiscalía Anticorrupción, un tribunal, un consejo de evaluación y la Contraloría, e incluye a un ciudadano que lo presidirá. Este comité se encarga de coordinarse con el sistema nacional, crear políticas para controlar recursos y prevenir la corrupción, y hacer diagnósticos para entender de dónde viene el problema. También debe pedir información a instituciones públicas y privadas, vincularse con la ciudadanía para recibir denuncias, y publicar informes sobre sus avances y recomendaciones. Además, puede sugerir cambios a las autoridades para eliminar las causas de la corrupción, y esas autoridades tienen que responderle con argumentos.
- Art. 64El artículo 64 dice que los servidores públicos (como políticos, jueces, empleados del gobierno y hasta contratistas que manejen recursos públicos) son responsables si cometen faltas en su trabajo. Tienen la obligación de presentar a tiempo sus declaraciones de patrimonio, impuestos y posibles conflictos de interés, y esa información se hará pública. Si un ciudadano o una empresa comete una falta grave, puede ser castigado con no poder trabajar con el gobierno, pagar los daños y hasta que le suspendan o disuelvan la empresa si actuó en beneficio de esta. Las faltas graves no prescriben en menos de siete años, y la ley definirá qué se considera conflicto de interés y sus sanciones.
- Art. 65Este artículo dice que los funcionarios importantes de la Ciudad de México, como diputados, jueces, secretarios del gobierno, o cualquier persona nombrada por el Congreso, pueden ser sometidos a un "juicio político" si cometen faltas graves contra la Constitución o las leyes, o si usan mal el dinero público. Para iniciar este proceso, alguien tiene que presentar una queja ante el Congreso, y en máximo 30 días se debe revisar. Después, obligan al funcionario a presentarse a dar su versión, y si dos de cada tres diputados presentes votan a favor, lo destituyen del cargo y le prohíben trabajar en el servicio público. Eso sí, no se puede iniciar este juicio solo porque el funcionario haya dicho algo, y la decisión del Congreso no se puede impugnar ni cambiar.
- Art. 66Si eres servidor público (como policías, funcionarios o diputados) y cometes un delito durante tu trabajo, puedes ser castigado como cualquier persona. En la Ciudad de México no hay fuero, es decir, nadie tiene protección especial para evitar ser juzgado. Los diputados del Congreso local no pueden ser demandados ni castigados por lo que digan en su trabajo, para proteger su libertad de expresión. El presidente del Congreso debe cuidar que el lugar donde sesionan sea respetado. La ley dice cómo se debe acusar a alguien por delitos comunes, siguiendo las reglas del artículo 19 de la Constitución. Si un servidor público comete delitos como soborno, robo de dinero público o uso de influencias, el tiempo para que pueda ser juzgado (prescripción) se detiene si se esconde de la justicia. También se detiene en otros casos que marca la ley penal.
- Art. 67Si el gobierno de la Ciudad de México o alguna de sus oficinas comete un error mientras hace su trabajo y eso te causa un daño en tus cosas o en tus derechos, ellos tienen la obligación de pagarte por ese daño, sin necesidad de que demuestres que lo hicieron a propósito. La ley dice que lo más importante es reparar el daño que te causaron y, si es posible, asegurarse de que no vuelva a pasar. Tú, como ciudadano, tienes derecho a recibir una indemnización, que es un pago por lo que perdiste, según lo que marquen las leyes. Además, si el error fue culpa de un servidor público por no hacer bien su trabajo, por descuido o por mala fe, el gobierno debe investigarlo y pedir que esa persona también repare el daño que causó.
- Art. 68La Ciudad de México, por ser la capital del país y donde están los Poderes de la Unión, debe asegurarse de que el gobierno federal pueda hacer su trabajo sin problemas. También tiene que ayudar a la Federación en todo lo que necesite, pero solo en lo que le corresponde según la Constitución. El gobierno de la Ciudad debe hacer acuerdos con la Federación para cuidar las embajadas, consulados y todos los edificios y bienes que son propiedad del gobierno federal y que están en la capital. El dinero que la Ciudad recibe por ser la capital se debe usar siguiendo las reglas que marca la ley, tal como lo dice la Constitución en su artículo 122.
- Art. 69La Constitución de la Ciudad de México se puede cambiar o agregarle cosas en cualquier momento, pero siguiendo ciertas reglas. Las propuestas de cambio tienen que publicarse y darse a conocer bien, y solo se pueden votar hasta el siguiente periodo de sesiones del Congreso. Para que se aprueben, se necesita el voto de dos de cada tres diputados presentes en el Congreso de la Ciudad. Una vez aprobadas, el Congreso puede decidir si se hacen una consulta popular (referéndum), pero también se necesita el voto de dos terceras partes de todos los diputados. Si en ese referéndum votan al menos el 33% de los ciudadanos registrados en la lista de electores, el resultado es obligatorio, y si alguien se inconforma, la Sala Constitucional de la Ciudad de México resuelve las quejas.
- Art. 70El artículo 70 dice que en la Ciudad de México, las leyes solo se pueden cambiar para dar más derechos y libertades a las personas, no para quitarlos. Esto significa que cualquier reforma a la Constitución o a las leyes debe servir para proteger mejor a la gente o ampliar sus derechos, nunca para reducirlos o perjudicarlos. Es como una regla que asegura que los derechos que ya tienes solo pueden mejorar, no empeorar. Por ejemplo, si ya tienes derecho a la salud, no pueden hacer una ley que te lo quite, solo una que te dé más acceso o mejores servicios.
- Art. 71Esta Constitución no se puede cambiar por golpes de estado o violencia, sigue siendo válida aunque colapse el gobierno normal. Solo se puede modificar mediante votaciones democráticas. Hay varias reglas sobre cuándo empiezan a aplicarse ciertas partes. Por ejemplo, la Constitución entró en vigor el 17 de septiembre de 2018, pero las reglas para las elecciones aplicaron desde su publicación y para el proceso electoral 2017-2018. Algunos puntos importantes tienen fechas específicas: los derechos laborales de los trabajadores del gobierno empezarán hasta el 1 de enero de 2030, y lo del uso medicinal de la marihuana aplicará solo cuando haya una ley federal al respecto. Además, las alcaldías deben invertir al menos el 22% de su presupuesto en obras y servicios, pero esto se hará poco a poco: empezando con el 16% en 2019, subiendo hasta llegar al 22% en 2022.