REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículos explicados en lenguaje simple · página 3
- Art. 400La Comisión de Deporte del Congreso es la que se encarga de todo el proceso para otorgar y entregar la medalla. Ellos deciden cómo se hace el trámite y cuándo te la entregan. Este artículo se cambió el 8 de diciembre de 2023. En resumen, si tienes dudas sobre el procedimiento, debes hablar con esa comisión.
- Art. 401Para que una disciplina deportiva pueda ser reconocida oficialmente, tiene que estar aprobada por la Confederación Deportiva Mexicana. Las que no estén en esa lista no cuentan para los efectos de esta ley. En pocas palabras, solo las que la Confederación diga que son válidas.
- Art. 402La Comisión de Deporte tiene el derecho de pedirle a las asociaciones deportivas de la Ciudad de México los calendarios con todas las actividades que van a hacer durante el año. Esto lo hacen para poder checar cómo va el trabajo de los deportistas, como si llevaran un registro o un seguimiento de lo que hacen. En pocas palabras, es una forma de que el gobierno sepa qué planean hacer los equipos o clubes deportivos y cómo le están echando ganas los atletas. No significa que puedan cancelar eventos, solo que los vigilán. Esta regla se actualizó en diciembre de 2023.
- Art. 403El Artículo 403 fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene validez. Cuando una ley dice que un artículo "se deroga", significa que queda sin efecto y ya no se aplica. Así que no tienes que preocuparte por ese artículo, porque ya no es parte de las reglas vigentes.
- Art. 404Las propuestas de los deportistas que quieran ser candidatos deben incluir las actividades deportivas en las que participaron durante el año anterior a que se emitiera la convocatoria. Es decir, tienen que detallar en qué competencias, entrenamientos o eventos deportivos estuvieron. Esto sirve para que se vea su experiencia reciente.
- Art. 405Para que te den un permiso o beneficio relacionado con el deporte, además de los papeles generales que ya te piden, también tienen que revisar dos cosas: primero, tus cualidades como persona, tus habilidades naturales y tu nivel como deportista; segundo, los documentos que demuestren en qué competencias has participado, qué lugar obtuviste, cuántos concursantes había y qué tan importante era ese evento. En pocas palabras, toman en cuenta tanto tu perfil personal como tu historial en torneos y resultados. Así, deciden si cumples o no con lo que necesitas.
- Art. 406Este artículo ya no tiene validez, porque fue eliminado de la ley. Cuando una ley dice "se deroga", significa que esa parte ya no está vigente, es como si la hubieran borrado. La sección sexta hablaba de una "Medalla al Mérito Docente", pero como el artículo que la mencionaba ya no existe, esa medalla ya no se entrega o se maneja de otra forma. En pocas palabras, ya no aplica ni hay que hacerle caso.
- Art. 407El Congreso le dará una medalla llamada "al Mérito Docente" a las personas que se hayan destacado mucho por defender, promover o desarrollar la educación de los alumnos. Esta medalla se entrega según el nivel en el que trabaje el maestro, como preescolar, primaria, secundaria, preparatoria, licenciatura o posgrado. La encargada de organizar todo el proceso y de entregar la medalla es la Comisión de Educación del Congreso.
- Art. 409La convocatoria para la medalla la prepara y la aprueba la Comisión de Educación, Ciencia, Tecnología, Innovación e Inteligencia Artificial. El registro de los candidatos y la aprobación del dictamen, tanto en comisiones como en el pleno (que es la reunión de todos los diputados), deben hacerse siguiendo lo que dice este Reglamento. En pocas palabras, todo el proceso tiene que cumplir con las reglas ya establecidas aquí.
- Art. 410Este artículo ya no está vigente, fue eliminado de la ley. La palabra "deroga" significa que se quitó o canceló oficialmente, como si se borrara del reglamento. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía antes, porque ya no aplica para nada.
- Art. 411El Congreso va a dar un premio llamado la medalla "Hermila Galindo" para reconocer a mujeres importantes de la Ciudad, o a cualquier persona que haya hecho algo especial por ellas. Te lo ganarías si trabajas a favor de las mujeres, defiendes sus derechos humanos, o impulsas su participación en la cultura y el deporte. También si ayudas a que tengan las mismas oportunidades que los hombres en el trabajo, o si fomentas su educación con publicaciones o enseñándoles. Por último, si haces investigaciones científicas que las beneficien, como estudiar algún producto o medicina para mejorar su vida.
- Art. 412La Comisión de Igualdad de Género del Congreso es la que se encarga de todo el proceso para entregar esta medalla, desde que empieza el trámite hasta que te la dan en la mano. Esto aplica desde el 8 de diciembre de 2023, cuando se actualizó la ley en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. En pocas palabras, si quieres saber cómo funciona o quién la otorga, esa comisión es la responsable de todo.
- Art. 413Para elegir a las personas que participarán en ciertos procesos, la convocatoria debe darle prioridad a las mujeres, a las organizaciones de la sociedad civil (como asociaciones o grupos ciudadanos), a las escuelas y universidades, y a cualquier otra institución que trabaje ayudando o defendiendo los derechos de las mujeres.
- Art. 414Se eliminó este artículo, por lo que ya no existe ni se aplica en la ley. Quiere decir que la regla que antes estaba aquí ya no tiene validez legal. Puedes ignorarlo por completo, como si nunca hubiera estado escrito. No afecta a nadie ni a ninguna situación actual.
- Art. 415Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado (derogado) de la ley. La Sección Octava, que hablaba de la "Medalla al Mérito Empresarial", también dejó de existir. En pocas palabras, ya no hay reglas sobre ese tema desde que se publicó el cambio en diciembre de 2023. No tiene ningún efecto legal hoy en día.
- Art. 416El artículo 416 dice que el Congreso le va a entregar un premio llamado Medalla al Mérito Empresarial a personas o empresas que hayan hecho cosas importantes por crear empleos, mejorar la economía y el desarrollo productivo en la Ciudad de México. Pueden ser personas comunes y corrientes (personas físicas) o compañías (personas morales), siempre que sean del sector empresarial. La idea es reconocer a quienes han ayudado a que la ciudad y su gente estén mejor.
- Art. 417La Comisión de Desarrollo Económico del Congreso es la única que se encarga de organizar todo lo relacionado con esta Medalla, desde avisar cuándo se abre la invitación hasta entregarla. Ellos deciden los pasos a seguir y te notifican cómo participar. En pocas palabras, ese grupo es el responsable de manejar todo el asunto de principio a fin.
- Art. 418Este artículo ya no está vigente, fue eliminado de la ley desde el 8 de diciembre de 2023. Cuando una ley dice que un artículo se "deroga", significa que se cancela y ya no se aplica. Como fue derogado, no tienes que preocuparte por él, ya no existe ningún requisito o regla que cumplir ahí. En pocas palabras, ya no es válido.
- Art. 419El artículo 419 dice que se va a hacer una invitación pública para que la gente, las empresas y otras organizaciones relacionadas con la economía y la producción propongan nombres de personas que hayan sobresalido en ese ámbito. Es como pedirle a la comunidad y a los negocios que sugieran candidatos que se hayan distinguido por ayudar al crecimiento económico o mejorar la producción. La invitación va dirigida tanto a la población en general como a grupos empresariales y similares. Así, entre todos pueden recomendar a quienes más han destacado en estos temas.
- Art. 420Este artículo ya no es válido, fue eliminado de la ley. Ya no hay que aplicarlo ni tomarlo en cuenta para nada.
- Art. 421Ese artículo solo dice que la regla o ley que existía antes ya no es válida, como si la hubieran borrado. También empieza una nueva sección que habla sobre una medalla especial. Esa medalla se llama "Al Mérito por la Igualdad y la No Discriminación", y se da para reconocer a personas o grupos que trabajan para que todos sean tratados iguales y sin ser excluidos. En pocas palabras, ya no aplica lo viejo y se abre un nuevo tema sobre un reconocimiento importante.
- Art. 422Cada año, el Congreso va a invitar a la gente de a pie, a grupos de la sociedad civil, escuelas y otras organizaciones que trabajan por los derechos humanos, para que propongan nombres de personas que se hayan destacado por defender a los grupos más vulnerables de la Ciudad de México, como personas mayores, con discapacidad o en situación de calle. Es como si pidieran sugerencias de quiénes han hecho un buen trabajo apoyando a estos grupos.
- Art. 423La Comisión que se encarga de todo el proceso para entregar esta medalla es la de Atención a Grupos Prioritarios y Vulnerables, que pertenece al Congreso. Ellos son los responsables de organizar el procedimiento y asegurarse de que la medalla llegue a quien corresponda. Es como un equipo especial dentro del Congreso que se ocupa de este premio.
- Art. 424Este artículo dice "se deroga", lo que significa que fue eliminado oficialmente de la ley. A partir de que se publicó esta modificación, ese artículo ya no existe ni tiene validez legal. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía antes, porque ya no aplica. Es como si lo hubieran borrado del código legal.
- Art. 425Este artículo solo dice que la ley que lo contenía ya no es válida. "Derogar" significa que se eliminó o canceló por completo, como cuando una nueva ley deja sin efecto una anterior. Por lo tanto, este artículo ya no existe y no debes tomarlo en cuenta para nada.
- Art. 426Se quitó el artículo 426 de la ley, ya no existe ni aplica. También se eliminó toda la sección décima, que hablaba de la "Medalla al Mérito Periodístico". Eso significa que ya no hay una regla especial para premiar a periodistas con esa medalla. En pocas palabras, esa parte de la ley fue borrada por completo.
- Art. 427La Medalla al Mérito Periodístico es como un premio que se le da a periodistas de periódicos, revistas, televisión, radio o internet de la Ciudad de México. Este reconocimiento es para quienes, con su trabajo, ayudan a que la democracia funcione mejor. La democracia aquí no solo es ir a votar, sino también vivir en una sociedad donde se busca mejorar constantemente en lo económico, social y cultural. En pocas palabras, es un premio para los comunicadores que con su labor aportan al bienestar de todos.
- Art. 428La Comisión de Protección a Periodistas tiene la tarea de revisar y analizar los nombres de quienes se proponen para recibir una medalla. Después de eso, debe hacer un informe (dictamen) sobre quiénes son los candidatos, y en ese informe debe marcar claramente la diferencia entre hombres y mujeres en cada periodo. Ese informe se entrega al Pleno, que es el grupo de personas encargadas de tomar la decisión final, para que lo aprueben o no. En pocas palabras, la Comisión prepara el estudio y el Pleno es el que da el sí definitivo.
- Art. 429Este artículo ya no está vigente. Significa que fue eliminado del Reglamento de Tránsito de la CDMX el 8 de diciembre de 2023. Al decir "se deroga", la ley lo borró por completo, así que ya no hay que tomarlo en cuenta para nada. Si antes aplicaba una multa o una regla, ahora ya no existe. Es como si nunca hubiera estado en el documento actual.
- Art. 430Cada año, la Comisión de Protección a Periodistas convocará a periodistas de la Ciudad de México, tanto de medios escritos (como periódicos) como electrónicos (como internet o televisión), que con su trabajo ayuden a que la democracia funcione mejor y la vida en sociedad mejore en lo económico, social y cultural. La Comisión les pedirá que propongan nombres de compañeros periodistas que, por lo que hacen, se merezcan ganar la Medalla de la que habla la ley. Esto aplica para los profesionales de la comunicación que trabajen en la Ciudad.
- Art. 431Para esta medalla solo cuentan los trabajos que se hayan publicado entre enero y noviembre del año pasado. Si te ganan el reconocimiento, también podrías recibir un premio en dinero, pero solo si hay presupuesto disponible en el Congreso.
- Art. 432La medalla solo se entrega en ciertas categorías de periodismo (como reportaje o entrevista) que decida la Comisión cada vez que lance una convocatoria. Esto quiere decir que no todos los tipos de trabajo periodístico califican, solo los que ellos elijan anunciar en esa ocasión. Además, pueden cambiar las categorías de una convocatoria a otra según lo que consideren adecuado. En resumen, no hay una lista fija de premios; todo depende de lo que la Comisión publique.
- Art. 433El Artículo 433 ya no está vigente, porque fue eliminado de la ley. Al decir que "se deroga", significa que ese artículo fue cancelado y ya no tiene ningún efecto legal. Así que no aplica en ningún caso actual. En pocas palabras, este artículo es cosa del pasado y no debes preocuparte por él.
- Art. 434El Congreso puede dar una medalla especial llamada "Medalla al Mérito Policial" a policías que estén trabajando activamente y que se hayan destacado por ser héroes, valientes, dedicados, honestos o muy eficientes ayudando a la comunidad. También se la pueden dar a aquellos policías que mueran cumpliendo con su deber. Esta medalla solo la pueden recibir los agentes de la policía federal, de la Policía Preventiva de la Ciudad de México (incluyendo todas sus unidades), de la Policía Complementaria (que son la Auxiliar y la Bancaria e Industrial), y de la Policía de Investigación que depende de la Fiscalía de la Ciudad de México.
- Art. 435El artículo 435 dice que te pueden dar una medalla si cumples con lo siguiente: Primero, por salvar a alguien, aunque te pongas en peligro. Segundo, por evitar un accidente grave, incluso si eso significa arriesgar tu vida. Tercero, por evitar que se pierdan o destruyan bienes importantes del gobierno o del país. Cuarto, por perseguir y atrapar delincuentes arriesgando tu vida. Y quinto, por hacer tu trabajo con mucha dedicación y responsabilidad.
- Art. 436La Comisión de Seguridad Ciudadana del Congreso es la que se encarga de todo el proceso para entregar esta Medalla. Ellos organizan el procedimiento y se aseguran de que te llegue cuando te toque. No hay otra área o persona que pueda hacer esto, solo ellos.
- Art. 437La Medalla puede dársela a hasta seis personas de la policía normal y seis de la policía de investigación, pero la Comisión de Seguridad Ciudadana puede decidir darle la medalla a más personas si así lo considera. En cualquier caso, la mitad de los premiados (el 50%) deben ser del mismo sexo, es decir, si son 12 personas, 6 tienen que ser hombres y 6 mujeres, o al revés. Esto es para que haya equilibrio entre hombres y mujeres entre los que reciben el reconocimiento. Básicamente, cuidan que no todos los galardonados sean del mismo sexo.
- Art. 438Este artículo simplemente dice que la ley anterior que ocupaba ese número ya no sirve, porque fue eliminada oficialmente. Cuando una ley se "deroga", significa que se cancela y deja de tener efecto, como si la tacharan del libro de leyes. Así que no hay nada que explicar ni aplicar, porque ya no existe.
- Art. 439Entre el 16 de octubre y el 15 de noviembre de cada año, la comunidad y los policías en servicio activo pueden presentar los nombres y papeles de las personas que proponen para ganar la medalla. Para ser considerado, además de cumplir con los requisitos del artículo 374, el candidato debe destacar por llegar siempre a tiempo, tener buena conducta, llevar varios años en el puesto, mostrar buena actitud y hacer bien su trabajo.
- Art. 440El artículo 440 solo dice que se deroga, o sea, que ya no es válido. Básicamente esta ley quitó ese artículo, así que ya no existe. No hay que hacerle caso porque ya no tiene efecto legal.
- Art. 441El Congreso va a dar una medalla especial, llamada Medalla al Mérito de Protección Civil, a tres tipos de personas: las que hayan hecho trabajos técnicos o científicos para alertar y proteger a la gente de desastres naturales o causados por humanos, las que se hayan destacado como bomberos, y las que hayan dado un ejemplo con su labor de prevención o ayuda durante una emergencia. También se les puede dar esta medalla a dependencias del gobierno de la Ciudad de México, a las unidades de Protección Civil de las alcaldías, y a grupos de empresas o de la sociedad civil que hayan hecho algo parecido.
- Art. 442Esta medalla se da como premio a personas que ayudan a proteger a la gente. Primero, se otorga a quienes crean inventos o avances científicos que sirvan para prevenir desastres o alertar a la población, o a quienes dedican su vida a enseñar a otros cómo protegerse en emergencias. Segundo, también se entrega a los bomberos por su trabajo. Tercero, se da a quienes participan directamente ayudando a la gente cuando ocurre un desastre, como un terremoto o una inundación.
- Art. 443La Comisión de Protección Civil del Congreso es la que se encarga de todo el proceso para otorgar esta medalla, desde los trámites hasta la entrega. Ellos organizan y deciden quién la recibe según las reglas del procedimiento.
- Art. 444Esta medalla se puede dar como máximo a seis personas, ya sea del gobierno, empresas o grupos sociales. La Comisión encargada puede decidir darle a más personas si lo considera necesario. Pero en cualquier caso, la mitad de los premiados (el 50 por ciento) tiene que ser del mismo sexo, para que haya equilibrio entre hombres y mujeres.
- Art. 445Este artículo simplemente dice que ya no es válido, que se elimina de la ley. Significa que ese artículo ya no tiene ningún efecto legal y no se debe aplicar. No hay nada más que entender, solo que fue quitado.
- Art. 446Cuando alguien quiere que una persona gane la medalla, tiene que mostrar su propuesta y todos los papeles necesarios a la comunidad, siguiendo las reglas que ponga la convocatoria. También, aparte de los requisitos que ya dice el artículo 374, hay que considerar a quienes se hayan destacado por echarle muchas ganas, su actitud de ayudar y el apoyo que le dan a la sociedad. En resumen, se premia a quien se haya portado bien y haya servido a los demás.
- Art. 447Este artículo solo dice que algo fue eliminado de la ley. Cuando una ley dice "se deroga", significa que esa parte ya no sirve o ya no es válida. Aquí lo que se eliminó fue el artículo 447. Luego viene una sección sobre una medalla llamada "Embajadora o Embajador Turístico de la Ciudad de México", que cambió de nombre en diciembre de 2023, pero el artículo que la mencionaba ya no existe. En resumen, es un aviso de que esa regla ya no aplica.
- Art. 448El Congreso de la Ciudad de México va a entregar una medalla llamada "Mérito Turístico" a las personas que hayan hecho un gran trabajo promoviendo el turismo de la ciudad, tanto en México como en el extranjero. Pueden recibirla ciudadanos que se hayan destacado por su trayectoria, su amor por el turismo y el servicio que hayan dado. Esta medalla se otorga en seis categorías diferentes: por promover el turismo a través del arte, la cultura y la comida; por hacerlo mediante el deporte y el entretenimiento; por ser parte de una empresa turística; por fomentar un turismo ecológico y que cuide el medio ambiente; por difundir el patrimonio turístico, los edificios históricos y la arquitectura de la Ciudad; y, por último, por impulsar el turismo social y en zonas rurales.
- Art. 449La Comisión de Turismo del Congreso es la encargada de hacer todo el trámite y de entregar la Medalla al Mérito Juvenil. Esto significa que esa comisión es la que organiza el proceso y se asegura de que la medalla llegue a quien la merece.
- Art. 450Este artículo dice que el Congreso va a dar un premio llamado Medalla al Mérito Juvenil a jóvenes que se hayan distinguido por cosas como estudios, ciencia, deportes, arte, defensa del medio ambiente, derechos humanos, o trabajo en su comunidad. También aplica si promueven las tradiciones de pueblos indígenas o si ayudan con el reciclaje y el cuidado de la ciudad. El premio se entrega una vez al año en una ceremonia especial, y la Comisión de Juventud es la encargada de organizar todo el proceso.
- Art. 451El Congreso de la Ciudad de México le dará un premio especial, llamado Medalla al Mérito por la Defensa de las Víctimas, a personas que hayan ayudado o apoyado de manera importante a víctimas de delitos o injusticias, ya sea directamente o evitando que otras personas se conviertan en víctimas. Esta medalla se entrega una vez al año, y la encargada de organizar todo el proceso es la Comisión de Atención Especial a Víctimas. La entrega se hace en una ceremonia formal llamada Sesión Solemne, y para definir los detalles de cómo se otorga, se siguen reglas específicas que están en otros artículos del reglamento.
- Art. 451 BisEl Congreso de la Ciudad de México entrega cada año una medalla llamada "Medalla al Mérito Internacional" a personas que hayan nacido en la Ciudad de México y que hayan hecho cosas importantes para mejorar la relación de la ciudad con otros países o comunidades extranjeras. También se la dan a quienes tuvieron que irse de la ciudad pero siguieron aportando ideas o acciones para beneficiar a México y a la capital, en áreas como emprendimiento, cultura, arte, medio ambiente, entre otras. La misma medalla se entrega en una ceremonia especial y la Comisión de Normatividad se encarga de todo el proceso. Además, existe otra medalla llamada "Medalla al Mérito a la Salud", que se entrega cada año a personas, organizaciones o instituciones que se hayan destacado por ayudar en temas de salud, como atención médica, acciones altruistas, salud mental, trabajo social, medicina tradicional o enseñanza e investigación.
- Art. 452Este artículo dice que cuando alguien participe en las actividades del Congreso, le van a dar un diploma o una constancia como reconocimiento. El diploma se les entrega a quienes participaron en actividades del Pleno (que es la reunión de todos los diputados) y debe estar firmado por alguien de la Mesa Directiva o de la Junta. La constancia, en cambio, es para quienes participaron en comisiones, comités, módulos de atención o unidades administrativas, y la firma la pone el presidente de la Junta Directiva, el diputado encargado del módulo o el titular de la unidad administrativa. En resumen, todo es un simple papel oficial para agradecer tu participación, dependiendo de dónde hayas colaborado.
- Art. 453El artículo 453 dice cómo debe ser el diploma que entrega el Congreso de la Ciudad de México. Primero, tiene que estar hecho de pergamino natural, que es un papel especial de aspecto antiguo. Segundo, el texto del diploma debe incluir una leyenda que diga "Congreso de la Ciudad de México, otorga el presente diploma a: (nombre de la persona) por su destacada: (tipo de actividad)", y si aplica, también la disciplina. Por último, debe tener el nombre y la firma de la persona que lo firma. Esto es parte de los reconocimientos a las mejores tesis sobre la Ciudad de México.
- Art. 454Si hiciste una tesis súper chida sobre la historia o el desarrollo de la Ciudad de México para titularte de licenciatura, maestría o doctorado, puedes ganarte un diploma y una medalla. Con esto, el gobierno reconoce tu trabajo como una de las mejores investigaciones. Solo aplica si tu tesis fue hecha específicamente para obtener tu título profesional. Te premian por haberle echado ganas a tu estudio sobre la capital.
- Art. 455El Comité de Asuntos Editoriales es el que organiza todo el proceso para elegir a las personas que van a recibir un reconocimiento. También elige a un grupo llamado Consejo Evaluador, que revisa los trabajos y decide quiénes se merecen el premio. Al formar ese Consejo, el Comité debe tomar en cuenta que haya expertos en diferentes áreas para que nadie tenga ventaja. Por último, el Comité tiene que aprobar con un acuerdo lo que decida el Consejo, y luego presentarlo ante todos los miembros del Congreso.
- Art. 456Para dar un premio a las mejores tesis sobre la Ciudad de México, se sigue este proceso: primero, se abre una convocatoria para recibir trabajos de licenciatura, maestría y doctorado, durante el tiempo que decida el Comité de Asuntos Editoriales. Cuando se cierra la recepción, se nombra a un Consejo Evaluador que revisa las tesis y da su veredicto al Comité. Luego, el Comité aprueba ese veredicto con un acuerdo oficial y lo presenta ante todos los diputados (el Pleno). Finalmente, la entrega de los premios se hace cada año, en la fecha y hora que fije la Junta.
- Art. 457Para esta ley, cuando se habla de "candidato" se refiere a cualquier persona o grupo que sea propuesto para recibir la medalla o reconocimiento que entrega el Congreso. Puede ser alguien que actúe solo o en equipo, ya sea parte de una asociación, institución pública o privada. En pocas palabras, es la persona o grupo nominado para obtener ese premio.
- Art. 458Si alguien (una persona o una institución) propone a un candidato para un proceso, no puede proponer a otros candidatos en la misma convocatoria de ese año. Es decir, solo puede presentar a una persona, no a varias al mismo tiempo.
- Art. 459Solo te pueden aceptar una propuesta después de la fecha límite si fue por una causa de fuerza mayor, o sea, algo que no pudiste controlar, como un accidente o una enfermedad. Tienes que comprobarlo de manera que la Comisión o el Comité queden completamente convencidos. Pero aunque sea fuera del plazo, jamás podrán recibir tu propuesta si ya fue aprobada por la Comisión o el Comité. Básicamente, solo hay una pequeña ventana para entregar tarde, siempre que demuestres que no fue tu culpa.
- Art. 460Para preferir a alguien en un proceso de reconocimiento, la ley dice que deben darle ventaja a quienes vivan en la Ciudad de México. Eso quiere decir que si varias personas compiten por ese reconocimiento, las que tengan su domicilio en la capital tendrán prioridad sobre las demás. No importa dónde hayan nacido, solo que vivan aquí actualmente.
- Art. 461Si el candidato que la Comisión o el Comité eligió para recibir la medalla no acepta (o si sus familiares no aceptan cuando el premio sea póstumo), entonces la Comisión o el Comité tiene que escoger a otro de los candidatos que ya estaban propuestos. Tienen un plazo de cinco días hábiles (días laborales, sin contar fines de semana ni festivos) para hacer la nueva elección y presentarla al Pleno (la reunión de todos los miembros) para que la aprueben. Si deciden que nadie va a recibir la medalla ese año, también deben informarlo al Pleno.
- Art. 462Cuando se apruebe dar una medalla o reconocimiento a alguien, se le avisará a esa persona o, si ya falleció, a sus familiares. También se dará la noticia por medios de comunicación como la tele o los periódicos. Además, el anuncio oficial saldrá en la Gaceta Parlamentaria del Congreso y en al menos dos periódicos importantes de todo el país. Así todos se enteran del premio.
- Art. 463Si una autoridad toma una decisión sobre tu caso, esa resolución ya no se puede cambiar ni impugnar. Quiere decir que, una vez que se aprueba, es definitiva y no puedes hacer nada para echarla para atrás. No podrás presentar quejas o recursos legales para pelear esa decisión. Es como si le pusieran punto final al asunto sin oportunidad de reclamo.
- Art. 464Cada año, el Pleno (que es el grupo de personas que toman las decisiones más importantes en la institución) debe hacer una ceremonia especial únicamente para entregar la medalla y el diploma a la persona ganadora. Si el premio es póstumo (es decir, si la persona ya falleció), se le entrega a su familia. Todo esto se hace solo en esa sesión, no se junta con otros asuntos.
- Art. 465En la ceremonia importante de inauguración del Congreso, se invitará al jefe de Gobierno de la Ciudad de México y al presidente del Poder Judicial para que sean testigos de honor. Ellos se sentarán en un lugar especial dentro de la Mesa Directiva, que es la mesa principal donde están los líderes del Congreso. Esto es solo un detalle de protocolo, no les da más poder ni decisión.
- Art. 466Cuando una institución reconoce que te debe dinero (o algo que te prometió), tiene que hacer un documento oficial de ese reconocimiento. Ese documento debe hacerse en varias copias: una para cada persona a la que le deben, y otra para guardarla en el Archivo Histórico del Congreso, que se encarga de conservar los papeles importantes de lo que pasa en el Congreso. Así, tanto tú como el Congreso tienen un respaldo escrito de que se reconoce esa deuda.
- Art. 467Las Comisiones y Comités tienen la tarea de elegir candidatos o candidatas. Desde que se forman hasta que terminan su análisis, trabajan en equipo y de manera continua. Pueden pedir ayuda a quien está a cargo de los servicios parlamentarios para hacer públicas las convocatorias y los resultados. También deben revisar la historia de cada persona propuesta para un reconocimiento, y siempre seguir al pie de la letra lo que dice este reglamento.
- Art. 468Cualquier persona, grupo o institución (pública o privada) puede proponer a alguien para que reciba un reconocimiento. La propuesta tiene que hacerse por escrito y debe incluir todos los documentos que pida la convocatoria. Además, quien propone debe tener relación con el área o disciplina de ese reconocimiento. También puedes proponerte a ti mismo si cumples con los requisitos.
- Art. 469Si hay dudas sobre cómo se entiende alguna parte de las reglas para entregar medallas o reconocimientos, o si hay algo que no esté contemplado en esas reglas, lo van a resolver las personas que forman parte de las Comisiones que revisan los casos. Esas comisiones son las que deciden qué hacer cuando no está clara la información o falta algo.
- Art. 470El artículo 470 dice que en el muro de honor del Congreso solo se pueden poner nombres de personas, empresas o instituciones (individuos o grupos) que hayan hecho aportaciones importantes en áreas del conocimiento o acciones sociales, principalmente para la Ciudad de México o el país. También pueden inscribirse eventos históricos que hayan marcado un cambio político o social. Para pedir que alguien sea inscrito, al menos dos terceras partes de los diputados deben firmar la solicitud, explicar bien por qué esa persona o hecho merece estar ahí, y después la mayoría de los diputados debe aprobarlo como si fuera una nueva ley.
- Art. 471Ningún salón del Congreso puede cambiar de nombre o recibir un nuevo nombre a menos que lo aprueben al menos dos de cada tres diputados. Es decir, se necesita una mayoría muy grande, no solo la mitad más uno. Esto aplica para cualquier sala o espacio dentro del edificio del Congreso. La idea es que cambiar el nombre de un lugar tan importante no sea decisión de unos cuantos, sino de casi todos los representantes.
- Art. 472El artículo explica que el "cabildeo" es cualquier actividad que hagas para convencer a un diputado, a un grupo de diputados o a alguna autoridad del Congreso de que aprueben algo que te beneficie a ti o a otras personas. Y un "cabildero" es alguien que no trabaja en el Congreso, pero que representa a una persona, empresa o grupo, y hace esas gestiones a cambio de un pago o beneficio.
- Art. 473Si quieres hacer cabildeo (hablar con diputados o senadores para influir en sus decisiones) más de una vez en el Congreso, tienes que inscribirte en un registro público que está a cargo de la Mesa Directiva. Lo mejor es que te anotes al inicio de cada legislatura (el periodo de tres años que dura el Congreso). Tu registro se publicará cada seis meses en la Gaceta y en la página de internet del Congreso, y durará mientras esté vigente esa legislatura. Los servidores públicos (personas que trabajan para el gobierno) no pueden hacer cabildeo mientras estén en su puesto. Tampoco pueden hacerlo sus esposas, esposos, parejas en unión libre, ni sus familiares cercanos (padres, hijos, hermanos o abuelos) por sangre o por matrimonio.
- Art. 474El artículo dice que cuando haya nuevas personas trabajando en el Congreso (cada Legislatura), se tiene que hacer un aviso público para que los cabilderos (personas que hablan con los diputados para defender intereses de grupos) puedan registrarse. Ese aviso debe publicarse en dos periódicos que se vendan en todo el país y también en la página de internet del Congreso. El registro estará abierto todo el tiempo que dure esa Legislatura, o sea, mientras esos diputados estén en el cargo. En pocas palabras, el Congreso debe avisar de manera amplia y permanente para que todos los interesados sepan cómo y cuándo registrarse como cabilderos.
- Art. 475Si quieres registrarte como cabildero (persona que intenta influir en decisiones del Congreso), debes entregar un documento con tu nombre completo y copia de tu identificación oficial vigente. Si la solicitud la hace una empresa o asociación, hay que incluir los datos de la persona que la representará legalmente ante el Congreso. Además, necesitas poner tu domicilio, las comisiones del Congreso que más te interesan, y si estás representando a otras personas o grupos, debes presentar una carta poder firmada ante notario. También tienes que entregar una carta que diga que no estás inhabilitado para el cargo y otra de antecedentes no penales, solo para comprobar que no estás cumpliendo una condena por un delito intencional. La Mesa Directiva del Congreso debe responderte en máximo diez días; si no lo hace, se considera que tu registro está aprobado automáticamente. Una vez registrado, te darán una identificación con foto que debes traer siempre puesta mientras estés en el Congreso. Si después cambia algún dato de tu solicitud, debes avisar a la Mesa Directiva dentro de los diez días siguientes, para que actualicen tu información en el padrón de cabilderos.
- Art. 476Si un cabildero (una persona que habla con los diputados para defender intereses de algún grupo) da información a algún legislador o comisión del Congreso, tiene que comprobar de dónde sacó esa información. Si no lo demuestra de manera clara y confiable, los jefes de la Cámara (la Mesa Directiva) pueden quitarle su registro y suspenderlo o hasta echarlo del padrón de cabilderos por el tiempo que dure esa legislatura. Esto aplica solo si la persona no prueba bien el origen de lo que dijo. En pocas palabras, si no acreditas de dónde viene tu info, te pueden sancionar.
- Art. 477El artículo 477 dice que el Congreso no va a registrar como cabilderos (personas que intentan influir en las decisiones de los diputados) a varios grupos. Por ejemplo, no se registra a alguien que solo vaya a pedir información o ayuda sobre servicios públicos, como agua o luz. Tampoco se registra a funcionarios públicos, como los mencionados en los artículos 108 y 64 de la Constitución, mientras trabajen y hasta dos años después de dejar el cargo. Además, no se registra a los familiares cercanos de esos funcionarios, como esposos, esposas, o parientes hasta primos hermanos, pero solo si el tema que van a tratar tiene que ver directamente con el trabajo del funcionario. Por último, los extranjeros tampoco pueden ser cabilderos ni representar a nadie en el Congreso.
- Art. 478El artículo dice que los diputados y el personal del Congreso no pueden hacer recomendaciones que sean como cabildeo si ellos, su pareja o familiares hasta el cuarto grado (como primos o tíos) sacan algún beneficio económico o en cosas materiales. Tampoco pueden aceptar regalos, dinero o cualquier otro beneficio de alguien que esté haciendo cabildeo o tratando de influir ilegalmente en las decisiones del Congreso. Si alguien rompe esta regla, le aplicarán las leyes de responsabilidades o las penales, según el caso. En pocas palabras, está prohibido sacar provecho personal o para tus cercanos al hacer o recibir favores de cabildeo.
- Art. 479El cabildeo (cuando alguien intenta convencer a diputados o senadores de apoyar una ley) debe hacerse a la luz pública, sin esconder nada, y cualquiera debe poder enterarse o participar. Cada vez que un legislador o trabajador del Congreso hable con un cabildero, eso tiene que quedar anotado en los documentos oficiales del proyecto de ley. También se debe escribir de qué temas platicaron. Así se evita que haya acuerdos ocultos o influencias ilegales.
- Art. 480Cada vez que alguien que hace cabildeo (presiona para que se apruebe o rechace una ley) entregue documentos sobre leyes, decretos o cualquier decisión del Congreso, esos papeles se guardarán en un archivo especial por cada Comisión. Al terminar el periodo de los diputados, todo eso se pasará al Archivo Histórico del Congreso. Además, esos documentos se publicarán en la página de internet del Congreso para que cualquier persona los pueda consultar, pero cuidando los datos personales según las leyes de la Ciudad de México. Lo importante es que lo que digan o escriban los cabilderos no obliga al Congreso a decidir en un sentido u otro, solo es información que se toma en cuenta.
- Art. 481El Congreso va a crear un sistema para que los trabajadores tengan una carrera profesional, tanto en el área de leyes como en la de oficina. La idea es que los empleados se vuelvan expertos en su trabajo y puedan quedarse, subir de puesto y tener ascensos con reglas claras como la legalidad, la imparcialidad y el compromiso. También se puede formar un instituto de capacitación llamado Instituto de Servicio Parlamentario de Carrera, que trabajará con universidades públicas nacionales y locales para diseñar sus programas.
- Art. 482Para entrar a trabajar de planta en el Congreso (al Servicio de Carrera), tienes que cumplir con los requisitos que vienen en el Reglamento del Servicio Profesional de Carrera Parlamentaria. Esto aplica para todos los trabajadores del Congreso, sin importar el tipo de contrato que tengan. O sea, da igual si eres de base, de confianza o eventual, para subir de puesto o quedarte fijo debes pasar por ese reglamento.
- Art. 483El artículo 483 dice que el reglamento del servicio profesional de carrera parlamentaria —que es como el manual que organiza cómo trabajan los empleados permanentes del Congreso— debe tener por lo menos cuatro cosas: primero, cómo están organizadas las áreas de trabajo y quién manda a quién; segundo, los niveles o rangos propios de estos empleados, que son diferentes a los puestos normales del Congreso; tercero, las reglas para que el personal se quede en su puesto o ascienda; y cuarto, los cursos de actualización y especialización que se deben dar.
- Art. 484El Congreso tiene áreas de trabajo llamadas Unidades Administrativas, y estas dependen directamente de la Junta (un grupo que coordina el Congreso). Cada año, estas unidades deben hacer un reporte por escrito explicando si cumplieron con las metas y objetivos que se propusieron. Ese reporte se lo entregan a la Contraloría Interna (que es como un departamento de revisión o auditoría) para que lo evalúe. Después, la Junta y el Comité de Administración revisan lo que la Contraloría opina sobre el reporte. Todo esto es para asegurarse de que cada área del Congreso esté trabajando bien y rindiendo cuentas.
- Art. 485Este artículo dice que, si se crean nuevas áreas de trabajo dentro de una dependencia, esas áreas van a estar bajo el mando y las órdenes de las unidades que ya están definidas en este reglamento. Además, esas áreas solo podrán hacer lo que diga el manual de organización y procedimiento que saque el Comité de Administración. En otras palabras, no te van a asignar un trabajo que no esté ya escrito en ese manual.
- Art. 486La Junta (un grupo de diputados encargados de organizar el trabajo) le va a proponer al Pleno (cuando todos los diputados se reúnen) los nombres de las personas que van a estar a cargo de cada unidad administrativa (oficinas del Congreso). Para que esos nombramientos sean aceptados, se necesita que la mayoría de los diputados que estén presentes en la sesión voten a favor. Básicamente, los jefes de cada área del Congreso los eligen los diputados, pero no todos los diputados, sino solo quienes asisten.
- Art. 487La o el Titular de la Coordinación de Servicios Parlamentarios es la persona encargada de que todo funcione bien en el Congreso. Sus labores incluyen ayudar a los diputados y a los grupos de trabajo aclarando dudas legales, guardar las grabaciones y escritos de las reuniones importantes, y publicar la Gaceta Parlamentaria. También lleva un archivo con todas las leyes y documentos, y emite copias oficiales cuando se necesitan, sobre todo cuando el Congreso no está en sesión. Además, se encarga de organizar las sesiones, contar votos, y dar apoyo técnico a los presidentes y secretarios, así como a las comisiones para que todo se haga de manera ordenada.
- Art. 488Para ser jefa o jefe de la Coordinación de Servicios Parlamentarios (el área que apoya el trabajo de los diputados), necesitas cumplir estos requisitos: tener al menos 30 años, título y cédula de abogado o carrera relacionada, y comprobar que tienes 3 años de experiencia en el oficio. También debes haber vivido en la CDMX mínimo 3 años antes de tu nombramiento, ser mexicano de nacimiento (sin otra nacionalidad) y tener todos tus derechos vigentes. No puedes haber sido condenado por un delito hecho a propósito (doloso), ni ser familiar, pareja, socio o tener negocios con algún diputado del Congreso.
- Art. 489El Congreso va a tener un Archivo Histórico que guarde todos los documentos importantes de lo que se hace en el Congreso, como leyes y debates. Este archivo lo va a manejar la Coordinación de Servicios Parlamentarios, y va a tener suficiente personal y espacio para funcionar bien. Además, el archivo debe estar en un lugar especial dentro del Congreso, con las condiciones adecuadas para que los documentos se conserven en buen estado. También se encargará de organizar la entrega y recepción de documentos cuando cambie una legislatura (es decir, cuando entren nuevos diputados o senadores).
- Art. 490El Archivo Histórico del Congreso guarda los documentos sobre cómo se hicieron las leyes y el trabajo de los diputados. Tanto los empleados del Congreso como cualquier persona pueden consultarlo. Esto se hace siguiendo las reglas de acceso a la información pública, que te permiten pedir documentos del gobierno sin trabas. También aplica la idea de parlamento abierto, que busca que la gente pueda ver y entender lo que hacen los legisladores.
- Art. 491Este artículo dice que el Archivo Histórico del Congreso guarda todos los papeles importantes de los diputados, como sus propuestas de ley, informes y denuncias. También debe tener los documentos originales de cuando se creó la Constitución de la Ciudad de México. Además, cada diputado, comisión o comité puede conservar sus propios documentos durante el tiempo que dure su encargo (la Legislatura), pero al final tienen que entregarlos al Archivo para que se queden ahí.
- Art. 492La Oficialía Mayor del Congreso es como la oficina encargada de que todo funcione bien. Su trabajo es organizar papeles, dar información y hacer estudios para que el Congreso pueda hacer su labor en temas de dinero y gastos. Entre sus tareas están cuidar el archivo histórico, ayudar en las sesiones, manejar al personal, comprar materiales, cuidar la seguridad y dar servicios médicos. También se encarga de publicar el Diario de los Debates y de representar al Congreso en asuntos legales o contratos. En resumen, es la que se asegura de que todo lo administrativo y operativo esté en orden.
- Art. 493La o el Oficial Mayor es la persona encargada de que los servicios del Congreso funcionen bien. Sus tareas incluyen: dirigir el trabajo de las áreas que están a su cargo y ponerse de acuerdo con los jefes de cada una sobre los asuntos que les tocan. También debe hacer estudios sobre cómo se administran y manejan los recursos del Congreso. Además, tiene que cumplir con otras funciones que le den la ley y el reglamento.
- Art. 494Para ser la persona titular de la Oficialía Mayor del Congreso, necesitas: ser mexicano de nacimiento (sin otra nacionalidad) y tener todos tus derechos como ciudadano. Debes tener al menos 30 años, contar con un título y cédula profesional de derecho o un área parecida, y demostrar que tienes al menos 3 años de experiencia profesional y laboral comprobable. También tienes que vivir en la Ciudad de México por lo menos tres años antes de que te nombren. No puedes ser familiar o cónyuge de ningún diputado, ni tener negocios con ellos o ser socio de empresas donde ellos participen. Por último, no debes haber sido condenado por un delito hecho a propósito (doloso), sin importar la pena que te hayan dado.
- Art. 495El Congreso va a tener un archivo especial donde guardará todos los documentos importantes que se hayan generado con el paso del tiempo. Este archivo lo va a manejar un área llamada Oficialía Mayor, que tendrá el personal suficiente y el espacio adecuado para hacer bien su trabajo. Además, ese archivo debe estar dentro de las mismas instalaciones del Congreso y en un lugar que cuide muy bien los papeles para que no se echen a perder. Por último, este archivo también se encargará de coordinar la entrega de todos los documentos cuando termine una legislatura (el periodo de trabajo de los diputados) y empiece otra.
- Art. 496Cualquier persona, no solo los que trabajan en el Congreso, puede ir a consultar el Archivo Histórico Administrativo. Eso sí, lo que se puede ver o pedir está limitado por las reglas de acceso a la información pública y de parlamento abierto. En pocas palabras: el archivo está abierto al público, pero con las mismas restricciones que aplican para pedir otros documentos oficiales.
- Art. 497El Archivo Histórico Administrativo del Congreso guarda todos los papeles y documentos importantes de las oficinas del Congreso, además de los que digan otras leyes. Es como la bodega oficial donde se almacenan los expedientes viejos de las diferentes áreas de trabajo. Sirve para que no se pierda la información importante de cómo se ha manejado el Congreso.
- Art. 498La persona que está a cargo de la Contraloría Interna (como un "supervisor" dentro del Congreso) se encarga de revisar que todo se haga correctamente. Esto incluye hacer auditorías, investigar quejas, aplicar sanciones cuando alguien comete una falta administrativa, y resolver recursos cuando no estás de acuerdo con una decisión. También atiende los reclamos que presentan contratistas y proveedores si algo no sale bien en sus contratos. Además, como Autoridad Garante del Congreso, tiene el trabajo de asegurar que se cumpla la Ley de Transparencia de la Ciudad de México en temas de acceso a la información pública y protección de datos personales, dentro de lo que le toca al Congreso.
- Art. 499El artículo 499 dice que hay un área especial dentro del Congreso que se encarga de revisar cómo se gasta el dinero, incluyendo lo que se le da a los grupos de diputados. Esa área, llamada Contraloría, debe recibir cada seis meses un reporte de cada grupo explicando en qué usaron los recursos. Además, la Contraloría puede pedir ayuda a otras oficinas internas para hacer mejor su trabajo de revisión y control. También, cada seis meses, la Contraloría debe informarle al Pleno del Congreso (la reunión de todos los diputados) cómo se está gastando el presupuesto. Antes de que se tomen decisiones importantes, la persona que está al mando de la Contraloría debe avisarle a la Junta (el grupo que dirige el Congreso). Entre sus muchas tareas, esta área investiga si los servidores públicos del Congreso están actuando de manera legal y honesta, y puede castigarlos si es necesario, siguiendo las reglas establecidas.
- Art. 499 BisLa Contraloría Interna no solo se encarga de revisar que todo funcione bien por dentro del gobierno, sino que también tiene un papel como "Autoridad Garante". Eso significa que es la encargada de asegurar que cualquier persona pueda pedir y obtener información pública, y que sus datos personales estén protegidos. Para esto, sigue las reglas que marca la Ley de Transparencia de la Ciudad de México y las leyes sobre privacidad. En pocas palabras, su trabajo es vigilar que no te nieguen información que sea pública y que cuiden tu información privada.
- Art. 500La persona encargada de la Contraloría Interna (quien vigila que se use bien el dinero público) es elegida por al menos dos de cada tres diputados del Congreso, a partir de una lista de tres candidatos que propone el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción. Si el Congreso rechaza a todos los candidatos de esa primera lista, el Comité debe presentar otra en menos de 30 días. Si también rechazan esa segunda lista, entonces el puesto se asigna por sorteo entre los candidatos de esa segunda lista. Cuando el Contralor o Contralora falte, lo suplirán primero el Subcontralor de Auditoría, luego el de Legalidad y Responsabilidades, y por último el de Control y Evaluación, en ese orden.
- Art. 501Si en una auditoría encuentran fallos o problemas que afectan el dinero del gobierno, quien los detecte debe avisar a la Junta de inmediato. Si esos problemas resultan ser un posible delito, la Junta tiene que reportarlo al Ministerio Público (la autoridad que investiga delitos). Además, debe seguir todas las reglas que digan otras leyes o normas sobre el tema.
- Art. 502Para ser jefe de la Contraloría Interna del Congreso (la persona que vigila que todo se maneje bien adentro), necesitas cumplir varios requisitos. Debes ser mexicano de nacimiento, sin otra nacionalidad, tener al menos 30 años, y contar con título y cédula de abogado o de una carrera similar. También tienes que demostrar que tienes al menos 3 años de experiencia profesional y que has vivido en la Ciudad de México mínimo 3 años antes de que te nombren. No puedes ser familiar, esposo, socio o haber tenido negocios con ningún diputado, y no debes tener antecedentes penales por delitos graves.
- Art. 503La Tesorería del Congreso es la encargada de manejar el dinero del Congreso, y tiene estas obligaciones: 1. Administrar el presupuesto siguiendo el plan anual que aprueban los diputados en el Pleno (cuando se reúnen todos). 2. Pagar las dietas (dinero que reciben los diputados por su trabajo), los sueldos y otros pagos a los empleados del Congreso, y también hacer los descuentos que la ley ordene (como impuestos o pensiones). 3. Pedir a las autoridades correspondientes los recursos económicos necesarios para cubrir los gastos del Congreso. 4. Intervenir en cualquier contrato o acuerdo que afecte directamente el presupuesto del Congreso. 5. Rendir cuentas al Comité de Administración (grupo que supervisa el dinero) sobre cómo se usó el presupuesto. 6. Preparar y entregar al Comité de Administración los proyectos del plan anual y del presupuesto de gastos del Congreso. 7. Vigilar que el dinero que recibe el Congreso para sus gastos diarios se use de manera correcta y controlada. 8. Hacer todo lo demás que le pidan otras leyes o reglamentos del Congreso, la Mesa Directiva o el Comité de Administración.
- Art. 504Para ser el encargado de la Tesorería del Congreso, necesitas cumplir varios requisitos: tener más de 30 años, ser mexicano de nacimiento (sin otra nacionalidad) y vivir en la CDMX mínimo tres años antes de ser nombrado. También debes tener título y cédula profesional en Derecho o áreas relacionadas, además de al menos 3 años de experiencia comprobable en ese campo. No puedes haber sido condenado por un delito hecho a propósito (doloso), ni ser familiar (hasta primos o cuñados) de ningún diputado, ni tener negocios o sociedad con ellos. Por último, tienes que estar en pleno uso de tus derechos civiles y políticos.
- Art. 505El artículo 505 dice que existe una oficina llamada Instituto de Investigaciones Legislativas que depende del Congreso. Su trabajo es investigar y dar a conocer información sobre cómo se hacen las leyes, su historia y cómo funciona el Congreso. Esta oficina tiene un director o directora y el personal necesario, según el dinero que el Congreso le asigne. Entre sus tareas están juntar todas las leyes que aprueba el Congreso para que cualquiera las pueda consultar, además de hacer estudios, dar cursos de capacitación y recibir proyectos de investigación de las comisiones del Congreso. También debe organizar libros y documentos sobre leyes de la Ciudad de México para que tanto los empleados del Congreso como cualquier persona los puedan revisar.
- Art. 506El Instituto de Investigaciones Legislativas se maneja con tres partes principales. Una es un Consejo Directivo formado por un diputado de cada grupo político del Congreso. Otra es el jefe o jefa del Instituto, que es quien lo dirige. La última es un Consejo Académico de siete académicos que solo dan opiniones y sugerencias, y los elige el Consejo Directivo.
- Art. 507Si quieres ser la persona que dirige el Instituto de Investigaciones Legislativas, necesitas cumplir estos requisitos: 1. Tener al menos 3 años de experiencia profesional y demostrar que tienes los conocimientos y habilidades para el puesto. 2. Tener título y cédula profesional de Derecho o de una carrera relacionada con el trabajo del Instituto. 3. No ser esposo/a, pareja (concubino/a), ni familiar hasta el cuarto grado (como primos, tíos, abuelos) de ningún diputado. Tampoco tener relaciones de trabajo o negocios con ellos, y no ser socio o accionista de empresas donde haya participado algún diputado. 4. No haber sido condenado por un delito hecho a propósito (doloso), sin importar el castigo. 5. Vivir en la Ciudad de México al menos tres años antes de ser nombrado. 6. Ser mexicano o mexicana de nacimiento, sin otra nacionalidad, y estar en pleno uso de tus derechos.
- Art. 508El artículo 509 explica que habrá una oficina especial dentro del Congreso dedicada a estudiar cómo mejorar la vida de las mujeres en la Ciudad de México. Esta área se encargará de investigar y hacer propuestas para que mujeres y hombres tengan las mismas oportunidades. La jefa de esta oficina será una investigadora principal, y tendrá ayudantes según el dinero que el Congreso le asigne. Sus funciones incluyen hacer un plan anual de estudios, dar cursos sobre igualdad de género, y revisar que el gobierno local use bien el presupuesto para cerrar las diferencias entre hombres y mujeres. También debe ayudar a que no haya acoso laboral ni sexual dentro del Congreso, asesorar sobre cómo gastar el dinero público en programas de igualdad, y vigilar que las políticas del gobierno realmente funcionen para lograr la equidad. Por último, tiene que diseñar y dar seguimiento a un protocolo para evitar la discriminación en el Congreso.
- Art. 509Para ser la jefa de investigaciones del Centro de Estudios Legislativos para la Igualdad de Género, necesitas tener carrera universitaria o estudios de posgrado en temas relacionados con derechos de las mujeres o igualdad de género. También debes comprobar que tienes experiencia en derechos humanos, igualdad de género o ciencias sociales. No puedes ser esposa/o, pariente hasta el cuarto grado (como primos hermanos o tíos), o tener negocios con algún diputado del Congreso. Por último, no debes haber sido sentenciado por un delito hecho a propósito (como robo o fraude), sin importar la condena.
- Art. 510Este artículo fue eliminado del Código, ya no existe ni se aplica. Cuando una ley dice "se deroga", significa que esa regla ya no tiene validez legal. En términos simples, ya no debes preocuparte por lo que decía ese artículo porque la ley lo borró por completo.
- Art. 511Este artículo ya no está vigente, o sea, fue eliminado de la ley. Cuando una ley dice "se deroga", significa que ese texto ya no sirve ni se aplica. En pocas palabras, ya no tienes que preocuparte por lo que ese artículo decía, porque fue cancelado oficialmente.
- Art. 512Este artículo ya no existe. Fue eliminado oficialmente de la ley el 8 de diciembre de 2025 por el gobierno de la Ciudad de México. Lo mismo pasó con toda la sección que hablaba sobre el Canal de Televisión. En pocas palabras, ya no hay reglas que aplicar aquí.
- Art. 513El Congreso tendrá su propio canal de televisión para transmitir y grabar sus actividades, según las reglas técnicas que le asigne la autoridad correspondiente. Su objetivo es informar a la ciudadanía sobre lo que hacen los diputados y senadores, usando distintas plataformas como televisión, internet o periódicos, siempre con imparcialidad y sin favorecer a nadie. Todo lo que se transmita debe ser objetivo, verdadero, ético, plural y respetuoso de los derechos humanos. Además, el canal tendrá un equipo directivo que pueda tomar decisiones técnicas y de vigilancia sin que el Congreso les ordene qué hacer. Así, la gente podrá enterarse de los logros del Congreso y checar si los legisladores cumplen con su trabajo.
- Art. 514El Canal puede tomar sus propias decisiones sobre cómo manejar su dinero, su tecnología y su vigilancia, sin que nadie más le imponga reglas. Nadie puede decirle qué contenido transmitir o no, porque tiene libertad editorial. La gente puede participar en sus decisiones, todo debe ser claro y transparente, y el Canal puede buscar distintas formas de financiarse. Además, está obligado a darle espacio a voces de diferentes etnias, ideas y culturas, y a usar las herramientas tecnológicas que necesite.
- Art. 515Este artículo dice que el Canal va a tener una estructura de trabajo y de toma de decisiones que incluye a una persona como titular (el o la jefa), un Consejo Consultivo (un grupo que da consejos), un Comité del Canal, y varias áreas como Dirección General de Comunicación Social y otras jefaturas y coordinaciones que se definan en el Manual Administrativo. Todo esto es aparte de lo que se pueda establecer en otro reglamento. Básicamente, se está armando el organigrama del Canal para que pueda funcionar bien.
- Art. 516El Canal (que es el medio de comunicación del Congreso de la Ciudad de México) tiene varias tareas importantes. Su principal trabajo es conectar al Congreso con la gente, para que ambas partes se informen bien y de manera constante. También se encarga de hacer programas de televisión, reportes de su trabajo, y de promover la educación y la cultura cívica. Además, debe fomentar el debate libre, apoyar a los diputados cuando lo pidan, y siempre reflejar la diversidad de opiniones que hay en el Congreso.
- Art. 517Para ser la persona que esté a cargo del Canal de Televisión, necesitas cumplir con estos requisitos: demostrar que tienes al menos 3 años de experiencia profesional en comunicación o periodismo, y tener título y cédula en derecho o un área relacionada. No puedes ser familiar (hasta primos o tíos) ni tener negocios con ningún diputado del Congreso de la Ciudad de México. Tampoco puedes ser sacerdote o ministro de algún culto, ni tener sentencias firmes por delitos graves como violencia familiar o de género. Además, debes vivir en la Ciudad de México desde hace 3 años antes de tu nombramiento, ser mexicano de nacimiento (sin otra nacionalidad) y estar en pleno uso de tus derechos. El encargo dura 5 años y no puedes repetir.
- Art. 518La persona que está a cargo del Canal de Televisión tiene que hacer varias cosas. Debe crear videos, informes y programas para dar a conocer la información del Congreso, y también presentar sus reportes de trabajo cada tres meses y cada año. Además, se encarga de proponer el presupuesto anual, contratar al personal y cuidar que el dinero se use de manera justa para que todos los partidos políticos tengan espacio en los medios.
- Art. 519El Consejo Consultivo es un grupo de 5 ciudadanos que representa a la sociedad. Estos miembros son elegidos por la Junta y aprobados por al menos dos terceras partes de los diputados presentes en la votación. Su cargo dura dos años y pueden ser reelegidos. Para ser parte del Consejo, necesitan los mismos requisitos que el Titular del Canal, además de tener buena fama y experiencia en medios de comunicación. El Consejo debe juntarse al menos cada seis meses, y ellos mismos deciden cómo organizarse para trabajar.
- Art. 520El Consejo Consultivo del Canal tiene varias tareas importantes. Su trabajo principal es ayudar a que el Canal cumpla sus metas y a mejorar cómo se evalúa su desarrollo. También sirve como un grupo al que pueden acudir empresas, el gobierno y organizaciones para dar su opinión. Además, debe recibir las sugerencias de la gente sobre los programas que se transmiten y pasarlas al director del Canal. Por último, tiene que asegurarse de que el Canal respete valores como la libertad y la calidad en todo lo que hace, además de proponer ideas para que la sociedad esté más involucrada con el Canal.
- Art. 521La Unidad de Transparencia es como la oficina que te ayuda a pedir información al Congreso. Su trabajo incluye orientarte de manera sencilla sobre cómo hacer una solicitud, a dónde acudir si tienes dudas o quejas, y cómo deben entregarte la información. También se encarga de recibir y dar seguimiento a tus solicitudes, notificarte sobre los avances, y asegurarse de que los datos personales solo se entreguen a su dueño. Además, organizan capacitaciones para los trabajadores del Congreso y publican información que por ley debe estar disponible para todos.
- Art. 522Para que alguien pueda ser titular de la Unidad de Transparencia, necesita cumplir con varios requisitos. Debe tener mínimo tres años de experiencia comprobada en temas como transparencia o acceso a la información, y contar con título y cédula de licenciatura en Derecho o carreras afines. No puede estar casado o ser familiar cercano de ningún diputado del Congreso, ni tener negocios o relaciones laborales con ellos. Además, no debe haber sido sentenciado por un delito hecho a propósito (doloso), vivir en la Ciudad de México desde hace al menos tres años, y ser mexicano de nacimiento sin otra nacionalidad, disfrutando de todos sus derechos.
- Art. 523El Artículo 523 crea un grupo de expertos en finanzas públicas de la Ciudad de México, que no pertenece a ningún partido político. Este grupo se llama Unidad de Estudios y Finanzas Públicas y su chamba es ayudar a los diputados, comisiones y grupos del Congreso con información y análisis sobre el dinero de la ciudad. Para hacer su trabajo, la Unidad tendrá un jefe o jefa y los empleados que necesite, según el presupuesto que le asigne el Congreso. Además, va a tener una Oficina Presupuestal con su propio personal para manejar todo lo relacionado con el presupuesto.
- Art. 524La Unidad de Estudios y Finanzas Públicas se encarga de ayudar y dar consejos a los grupos de trabajo del Congreso cuando revisan informes anuales sobre cómo va el desarrollo de la Ciudad de México, y también cuando analizan los reportes trimestrales sobre la economía y las deudas del gobierno. Además, asesora cuando se estudian propuestas de presupuesto, leyes de ingresos o impuestos que presente el Jefe de Gobierno. Esta unidad también crea y maneja un sistema para calcular los impuestos del Congreso, y elabora estudios sobre finanzas públicas cuando se los piden. Por último, organiza la información financiera para que los diputados y el personal del Congreso la consulten, y presenta un informe al grupo encargado del presupuesto sobre cómo se gastaron los recursos del Congreso.
- Art. 525La Unidad solo puede entregar información a las Comisiones del Congreso, no a otras personas o instituciones ajenas. Si alguien de la Unidad da su opinión en público, debe dejar claro que habla a título personal y no en nombre de la institución, cuidando siempre la confidencialidad de su trabajo. Los informes que pidan las Comisiones se entregarán directamente al presidente de esa Comisión. El titular de la Unidad debe estar en contacto constante con las Comisiones que manejan temas de Hacienda Pública, para anticipar sus necesidades. La información que reciba la Unidad llegará en copia simple y solo se podrá usar para lo que la Comisión pidió, nada más.
- Art. 526Para ser el jefe de la Unidad de Estudios y Finanzas Públicas necesitas tener al menos 30 años cumplidos el día que te nombren, ser ciudadano de la Ciudad de México y haber vivido aquí sin interrupciones durante los últimos 6 años. También debes tener una carrera universitaria en derecho, economía, contaduría, administración pública o algo parecido relacionado con finanzas, y que hayan pasado por lo menos 5 años desde que te titulaste. Además, necesitas demostrar que tienes al menos 5 años de experiencia profesional en finanzas públicas. No puedes ser familiar (hasta primos o cuñados) de ningún diputado o del jefe de la Auditoría Superior de la Ciudad, ni haber trabajado con ellos el año anterior a tu nombramiento, y tampoco puedes tener negocios juntos. Por último, no debes tener una condena por un delito hecho a propósito (doloso) y no puedes haber trabajado en la Contaduría Mayor de Hacienda o en la Auditoría Superior durante los 5 años antes de tu designación.
- Art. 527Este artículo explica cómo se puede cambiar el reglamento. Primero, cualquier diputado o diputada puede proponer un cambio, o también lo puede hacer un grupo especial del Congreso. Si un diputado propone algo, ese grupo especial es el que revisa la propuesta y decide si está bien, y luego la manda a la Mesa Directiva para que siga su camino. Para que el cambio se apruebe, se necesita el "voto de la mayoría calificada", que significa que más de la mitad de los diputados debe estar de acuerdo. Y lo más importante: no se puede modificar este reglamento con simples acuerdos entre diputados, tiene que seguir este proceso formal.