ORDENANZA General de la Armada
Artículos explicados en lenguaje simple · página 7
- Art. 1201Cuando en un puerto hay barcos de guerra de diferentes países, primero se saluda al barco del país dueño del puerto, si tiene el mismo rango que los extranjeros. Después se saluda al barco extranjero de mayor rango, y luego a los demás según su categoría. Si dos barcos tienen el mismo rango, se saluda primero al que haya estado más tiempo en el mar. Si no se sabe cuál es más antiguo, se usa el orden alfabético del nombre del país en su propio idioma, no traducido a otro.
- Art. 1202Si en algún evento hay varias banderas de un mismo país, solo debes saludar a la de mayor nivel o la más antigua. Las demás se quedan sin saludo porque no es necesario repetirlo. Esto aplica, por ejemplo, si están juntas la bandera del gobierno federal y la de un estado mexicano. En ese caso, solo le das el saludo a la federal por ser la de mayor rango.
- Art. 1203Cuando un barco de guerra mexicano llega a un puerto de otro país, normalmente tiene que hacer un saludo especial para saludar a esa nación. Pero si ese barco ya saludó antes en ese mismo puerto y se va, pero luego regresa antes del tiempo que se había acordado, ya no tiene que volver a hacer el saludo. Es como cuando ya saludaste a alguien y te encuentras con la misma persona otra vez en el mismo día: no es necesario repetir el saludo. Esto aplica solo si el barco sigue siendo parte de la misma flota y el plazo para el próximo saludo aún no ha terminado.
- Art. 1204Si un barco mexicano no puede hacer el saludo de cortesía por alguna razón, tiene que explicar por qué lo más pronto posible. El saludo es una señal de respeto entre embarcaciones, pero si no se puede hacer, solo necesitan dar una explicación. Eso aplica para cualquier motivo, como una avería o una emergencia. Lo importante es que avisen sin demora para evitar malentendidos.
- Art. 1205Cuando hay dos o más barcos mexicanos en un puerto (ya sea en México o en otro país) y ninguno tiene una bandera especial que muestre quién manda, el capitán con más años de servicio que esté ahí debe poner una bandera verde larga y delgada (llamada gallardetón) en el palo de adelante del barco. Esto no reemplaza la bandera de mando que siempre debe estar izada. Si el barco solo tiene un palo, esa bandera verde se coloca debajo de la de mando.
- Art. 1206Ese artículo ya no sirve. Está "derogado", lo que significa que fue eliminado oficialmente de la ley el 19 de octubre del año 2000. Como ya no existe, no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía. En la práctica, para cualquier situación actual, este artículo no aplica.
- Art. 1207Cuando un barco de guerra extranjero salude con cañonazos a un barco o a la Armada de México, tienes que responder con el mismo número de tiros. No importa si quien manda el barco mexicano es un jefe o un oficial de menor rango; igual tienes que contestar un tiro por cada tiro que te hagan. Además, al primer disparo debes izar la bandera del país que te saluda en el mástil de adelante (el trinquete), y si tienes una vela pequeña llamada foque o trinquetilla, también la pones. Esas dos cosas se bajan justo cuando suene el último cañonazo de la salva.
- Art. 1208Si dos barcos de guerra, uno mexicano y otro extranjero, se cruzan en el mar o cerca de la costa, el que tenga al mando a un oficial de menor rango debe saludar primero al que tiene al oficial de más alto rango. Además, si un barco va solo y se encuentra con un grupo de barcos, el barco solo es el que debe iniciar el saludo. Esto aplica tanto en altamar como en aguas mexicanas.
- Art. 1209Un barco de guerra de México no puede bajar sus velas ni su bandera para saludar a un barco de otro país, a menos que ese barco extranjero lo haga primero.
- Art. 1210El artículo 1,210 dice que si tienes una bandera o insignia en un barco, debes bajarla un poco desde el mástil (sin despegarla de la cuerda donde va colgada) como saludo cuando te encuentres con otra insignia igual o de un rango más alto, y después de saludar, la vuelves a subir. Pero si el saludo es para un barco de otro país, entonces no debes bajar la insignia, ni siquiera si es solo un gallardete (una bandera pequeña y alargada).
- Art. 1211Cuando varios barcos de guerra mexicanos están en el mismo puerto, solo uno de ellos se encarga de los saludos con cañonazos. Ese barco es el buque insignia (el que manda), o en su defecto el que tenga al comandante más antiguo o de mayor rango. La única excepción es si algo inesperado y justificado impide que ese barco haga el saludo, o si por las reglas de la ordenanza no le toca a él. En ese caso, la autoridad correspondiente elige qué otro barco lo hace.
- Art. 1212Los barcos que estén en mantenimiento o fuera de servicio no tienen que hacer saludos con cañones. Esto aplica cuando el barco está en reparaciones o detenido sin navegar. Es como si un coche estuviera en el taller y no tuviera que tocar el claxon para saludar. La regla solo quita esa obligación mientras el barco no esté operando normalmente.
- Art. 1213En los barcos de guerra mexicanos, cuando un barco de menor rango saluda con cañonazos a otro de mayor rango, este último debe responder con tres disparos. Pero hay una excepción importante: si el barco saludado lleva a bordo al Presidente de la República, no debe contestar ningún saludo, ni siquiera con esos tres cañonazos.
- Art. 1214Cuando un barco mexicano salude con cañonazos a una fortaleza o a una bandera de un funcionario extranjero, se tienen que devolver esos saludos siguiendo unas reglas. También aplica cuando un barco extranjero salude a funcionarios mexicanos o a fortalezas de México. Esas reglas para responder los saludos son las mismas que usan todos los países con marina de guerra.
- Art. 1215El artículo dice que, en el mar o en un puerto, cuando un barco salude, el otro tiene que responder con la misma cantidad de disparos. Por ejemplo, si un buque hace un saludo de cañonazos a una plaza o a la bandera de un general de otro país, el barco que recibe el saludo debe contestar con el mismo número de tiros. Es como una regla de cortesía entre barcos, donde se responde exactamente lo que te dieron, ni más ni menos.
- Art. 1216Cuando se hacen saludos de cañón a ciertas personas, como presidentes, reyes o príncipes que heredan el trono, no se espera que ellos respondan con el mismo saludo. Lo mismo pasa si el saludo es para autoridades civiles, diplomáticas o consulares, ya sean mexicanas o de otro país, cuando visitan un buque de guerra o llegan a un puerto en el extranjero. Tampoco se espera respuesta cuando los cañonazos se usan para celebrar fiestas patrias o aniversarios de México o de otro país. En pocas palabras, estos saludos son de cortesía y no requieren que te devuelvan el mismo gesto.
- Art. 1217Ese artículo fue eliminado de la ley por completo desde el 19 de octubre del año 2000. Por eso aparece la palabra "deroga", que significa que ya no existe ni se aplica. Así que no te preocupes por su contenido, porque ya no tiene ningún efecto legal. Si ves este artículo en algún documento o conversación, ignóralo: es como si nunca hubiera sido parte de la ley. Lo único importante es que ya no hay ninguna regla que cumplir aquí.
- Art. 1218Cuando un barco de guerra de otro país saluda a un fuerte mexicano, pero el fuerte no puede responder por cualquier motivo, el comandante del barco mexicano que esté en el puerto debe devolver el saludo. Si hay varios barcos mexicanos, lo hace el comandante con más antigüedad o de mayor rango. El saludo se responde cañonazo por cañonazo, es decir, el mismo número de disparos. Así se mantiene el respeto entre fuerzas militares.
- Art. 1219Este artículo simplemente dice que se eliminó o dejó sin efecto. Está derogado desde el 19 de octubre del año 2000, así que ya no es válido ni se tiene que cumplir.
- Art. 1220Este artículo ya no sirve. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley oficialmente. Desde el 19 de octubre del año 2000 ya no tiene ningún efecto legal.
- Art. 1221Este artículo ya no sirve para nada, está derogado desde el 19 de octubre del 2000. Que esté derogado significa que ya no tiene validez legal y no se puede aplicar en ningún caso. Básicamente, es como si nunca hubiera existido para cualquier trámite o situación actual.
- Art. 1222Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado oficialmente de la ley el 19 de octubre del año 2000. Cuando un artículo está derogado, significa que ya no tiene ningún efecto legal y no se puede usar para nada.
- Art. 1223Cuando el jefe de un grupo de barcos de guerra va a visitar uno de sus barcos y va a estar ahí casi todo el día, puede poner su bandera especial en ese barco para que todos sepan dónde está. Mientras tanto, debe quitar esa misma bandera de su propio barco. También, si hay otra bandera especial en el barco que está visitando, se tiene que bajar durante su visita.
- Art. 1224Ese artículo ya no existe en la ley. "Derogado" significa que lo quitaron el 19 de octubre del año 2000, así que ya no aplica ni tienes que preocuparte por él. Es como si hubieran borrado esa regla del libro de leyes.
- Art. 1225Este artículo ya no es válido. Está derogado, lo que significa que fue eliminado oficialmente de la ley desde el 19 de octubre del año 2000. Oficialmente ya no existe ni se aplica.
- Art. 1226Los oficiales de alto rango de la Marina, como almirantes o generales, deben poner una bandera especial en el barco donde viajen, aunque no lleven uniforme, para que todos sepan que están al mando. Los capitanes de un barco solo pueden izar una bandera llamada gallardete cuando estén vestidos con su uniforme oficial. Usar estas banderas o insignias es obligatorio solo cuando se trata de asuntos de trabajo o de gobierno, no en momentos personales.
- Art. 1227Este artículo fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000, así que ya no existe ni se aplica. Cuando un artículo está derogado, significa que ya no tiene validez legal. En pocas palabras, ya no debes preocuparte por lo que decía antes, porque ya no cuenta.
- Art. 1228Los jefes y oficiales de la marina que tengan la tarea de ir a visitar barcos de otros países, o hacer otros actos oficiales parecidos, en representación de un mando superior, deben poner en su lancha la bandera nacional especial de mando. Esa bandera se llama "gallardete" y sirve para mostrar que llevan un encargo oficial.
- Art. 1229Ese artículo ya no existe en la ley. "Derogar" significa que se eliminó oficialmente desde el 19 de octubre del año 2000, así que ya no aplica ni tiene validez para ningún trámite o situación. En pocas palabras, olvídate de esa regla porque ya no está vigente.
- Art. 1230Los barcos que tengan lanchas o botes especiales reservados para los jefes de la marina (como comandantes de grupo o división), no se pueden usar para otra cosa. Esto aplica incluso si esos jefes no están a bordo en ese momento. O sea, aunque el jefe no vaya a usar su bote, nadie más puede echarle mano para otros trabajos. La regla es clara: esos botes son solo para ellos.
- Art. 1231Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del año 2000. La palabra "derogado" significa que ya no tiene efecto legal. En otras palabras, si alguna vez existió una regla aquí, ya no aplica para nadie. No tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no existe legalmente.
- Art. 1232Este artículo ya no existe porque fue eliminado oficialmente de la ley el 19 de octubre del año 2000. Cuando una ley dice que un artículo está “derogado”, significa que ya no tiene validez ni se aplica. Así que no tienes que preocuparte por él, pues legalmente no sirve para nada. Es como si nunca hubiera estado escrito.
- Art. 1233Cuando un general de la Marina sube su bandera en un barco para tomar el mando de un grupo de barcos, ese barco debe hacerle un saludo especial con disparos de cañón. La cantidad de disparos depende del rango del general. Es como cuando saludas a alguien importante, pero con cañonazos.
- Art. 1234El artículo habla de cuando un Oficial General (un jefe militar de alto rango) deja su puesto en un buque de guerra. Al momento de bajar su bandera especial por última vez, el barco tiene que hacerle un saludo con disparos de cañón, igual que se explica en la regla anterior. La bandera se debe bajar justo al último tiro de ese saludo.
- Art. 1235Si un oficial general de alto rango llega a ponerse al mando de un grupo de barcos, y ya hay otra bandera (insignia) de un oficial más antiguo presente, primero debe saludar a su propia bandera cuando la izen. Después de ese saludo, tiene que saludar también la bandera del oficial que lleva más tiempo en el puesto. Esto es para mostrar respeto al de mayor jerarquía o antigüedad.
- Art. 1236Cuando un nuevo jefe militar toma el mando y hay generales de menor rango presentes, el que tenga más años de servicio entre ellos debe saludar el nuevo símbolo de mando (como una bandera o banda). Esto es un acto de respeto hacia la autoridad que acaba de empezar.
- Art. 1237Cuando un oficial de alto rango (como un general) recién asume su puesto y por primera vez visita un barco de su grupo, ese barco debe saludarlo con los disparos de cañón que le toquen según su rango. Pero si el barco que visita tiene un jefe de mayor rango que él, entonces no se le hace ningún saludo.
- Art. 1238Este artículo ya no sirve. La palabra "derogado" significa que la ley fue eliminada o cancelada oficialmente. Se quitó del Diario Oficial de la Federación el 19 de octubre del año 2000. Por lo tanto, ya no tienes que cumplir con lo que decía ni te afecta de ninguna manera.
- Art. 1239Ese artículo ya no sirve para nada. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000, así que no tienes que tomarlo en cuenta. Era parte de una ordenanza de la Armada, pero actualmente no existe ni aplica. En pocas palabras, es como si nunca hubiera estado ahí.
- Art. 1240Si en un puerto llegan al mismo tiempo dos o más personas con rango militar, los honores solo se le hacen a la de mayor jerarquía. O sea, aunque haya varios jefes importantes, solo el de más alto rango recibe la salva o el recibimiento especial. Así se evitan confusiones y se respeta el orden de mando.
- Art. 1241Este artículo está eliminado del código, ya no tiene validez ni aplicación. Se quitó oficialmente el 19 de octubre del año 2000. Es como si nunca hubiera existido en la ley actual. No tienes que preocuparte por él ni tomarlo en cuenta.
- Art. 1242Este artículo ya no aplica, porque fue eliminado de la ley desde octubre del año 2000. Cuando una ley se deroga, significa que se cancela oficialmente y deja de tener efecto. Así que no hay nada que explicar ni que cumplir aquí.
- Art. 1243Si no sabes a qué oficiales de la Armada debes saludar o visitar, o no estás seguro de su rango, los comandantes de los barcos deben mandar a un oficial antes para preguntar la información necesaria. Así evitan cometer una falta de respeto o un error de protocolo. En pocas palabras, mejor preguntar primero antes de saludar a alguien en la Marina. El artículo solo aplica a los comandantes de buques, no a cualquier persona.
- Art. 1244El artículo 1,244 fue eliminado del código desde el año 2000, así que ya no existe ni se aplica. Cuando una ley se deroga, es como si la borraran y dejara de tener efecto legal. En la práctica, no tienes que preocuparte por este artículo porque ya no sirve para nada.
- Art. 1245Los barcos de la Armada de México no van a saludar a los fuertes o cañones costeros del país, a menos que sea una situación especial que ya está descrita en otra regla (el artículo 1,195). Es como si un barco militar y un fuerte en tierra fueran compañeros de trabajo: normalmente no se saludan al verse, pero si hay una ocasión especial, sí lo hacen.
- Art. 1246Ese artículo ya no sirve para nada porque fue eliminado de la ley oficialmente el 19 de octubre del año 2000. Cuando un artículo está derogado, significa que ya no tiene validez ni se puede aplicar en ningún caso legal. Es como si nunca hubiera existido para efectos prácticos. Tranquilo, no afecta ninguna situación actual.
- Art. 1247El artículo dice que los barcos mexicanos, cuando están en puertos de México, no deben hacerse saludos con disparos de cañón, sin importar el rango de sus capitanes. Solo hay una excepción: cuando lo marquen otras reglas de esta misma sección de la ley. En palabras más simples, entre barcos nacionales no aplica el saludo de cañón, aunque sí podría haber otras situaciones especiales que sí lo permitan.
- Art. 1248Cuando un barco de guerra mexicano llegue a un puerto donde ya haya otros barcos también de México, el capitán más antiguo de los que ya están ahí debe mandar un bote listo y equipado para ayudar al barco que acaba de llegar en lo que necesita hacer. Después de eso, el capitán más antiguo tiene que ir personalmente a darle la bienvenida al barco recién llegado. Es una regla de cortesía y apoyo entre los barcos de la armada.
- Art. 1249Ningún barco de la Marina de México debe hacer saludos o honores, ni recibirlos, si no tiene izada su bandera nacional. Tampoco puede pelear en una batalla usando una bandera falsa, como si fuera de otro país. Si alguien lo hace, recibirá un castigo que la ley ya tiene previsto, y ese castigo será más fuerte si el caso es grave. En pocas palabras, la bandera verdadera siempre debe estar presente y no se puede engañar con una falsa.
- Art. 1250Si un general, jefe, oficial o diplomático (mexicano o extranjero) no trae puesto su uniforme o no muestra una insignia o bandera que lo identifique, no le harán honores militares. Es decir, no le toca el saludo formal de la tropa ni los honores de ordenanza. En pocas palabras, para que te reconozcan con los rangos militares o diplomáticos debes portar la vestimenta o símbolos que te corresponden.
- Art. 1251Cuando un barco de guerra mexicano saluda a un Jefe de Estado extranjero o a alguien de la realeza, tiene que izar la bandera de ese país en lo más alto del palo principal. También se usa la misma regla cuando el saludo es por un evento oficial, como una fiesta nacional de otro país, o cuando le toca devolver el saludo a un barco de esa nación. Si visita el barco un diplomático, militar o funcionario extranjero con derecho a saludo de cañón, también se iza la bandera de su país, pero en el palo de adelante (el trinquete). En cambio, a los funcionarios mexicanos no se les pone la bandera nacional, sino que se usa su insignia especial según lo que diga la ley.
- Art. 1252Este artículo ya no existe en la ley. Se eliminó oficialmente el 19 de octubre del año 2000. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por cumplir con ninguna regla que estuviera ahí.
- Art. 1253Ese artículo ya no existe, porque lo quitaron de la ley el 19 de octubre del año 2000. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene ningún efecto legal y no se puede aplicar en ningún caso. Así que no te preocupes por ese artículo, porque ya no importa para nada.
- Art. 1254Ese artículo ya no existe. Fue eliminado de la ley desde el 2000. No hay nada que explicar porque ya no tiene validez.
- Art. 1255El artículo 1,255 ya no está vigente porque fue derogado (eliminado) el 19 de octubre del año 2000. Eso quiere decir que ya no es parte de la ley y no tienes que cumplirlo ni tomarlo en cuenta. Cuando una ley se deroga, deja de tener efecto legal, como si la hubieran borrado para siempre.
- Art. 1256Ese artículo ya no sirve para nada. "Derogado" significa que fue eliminado o cancelado, como si lo hubieran borrado de la ley. En el año 2000, se quitó oficialmente, así que ya no tienes que preocuparte por él. Es como una regla que ya no aplica.
- Art. 1257El Artículo 1,257 fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del año 2000. "Derogar" significa que ya no existe, no tiene validez ni se puede aplicar. Como está derogado, no debes preocuparte por él ni te afecta de ninguna manera. En pocas palabras, esa regla ya no está vigente.
- Art. 1258Ese artículo ya no existe. En el año 2000 lo quitaron de la ley, así que hoy no tienes que preocuparte por él. "Derogar" significa que se cancela oficialmente una norma. Como ya no está vigente, no aplica para nada ni tiene consecuencias legales.
- Art. 1259Ese artículo está derogado, o sea, ya no sirve ni se aplica porque fue eliminado oficialmente el 19 de octubre del año 2000. Es como si nunca hubiera existido en la ley actual, así que no tienes que preocuparte por él. La palabra "derogado" significa que se canceló o se dejó sin efecto. En pocas palabras, ya no tiene validez legal.
- Art. 1260Este artículo ya no sirve porque fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. Cuando un artículo está derogado, quiere decir que ya no se aplica ni tiene validez legal. Es como si hubiera sido borrado del libro de leyes de México.
- Art. 1261Este artículo ya no sirve. La palabra "derogado" significa que la ley que estaba aquí ya no es válida desde el 19 de octubre del año 2000. O sea, no tienes que preocuparte por lo que decía antes, porque ya no se aplica para nada.
- Art. 1262Este artículo ya no sirve porque fue eliminado oficialmente el 19 de octubre del año 2000. Cuando una ley se "deroga", significa que ya no tiene validez y no se puede usar para nada legal. En pocas palabras, este artículo ya no existe en la práctica.
- Art. 1263Cuando el Presidente de México visita un barco de la Armada, se toca una alarma especial que avisa a toda la tripulación para que se prepare. Con esto, el Presidente puede ver en persona qué tan bien entrenados están los marinos, tanto en lo militar como en lo naval. El Comandante del barco es quien da las órdenes durante esa revisión. Al terminar, todos los miembros de la tripulación desfilan en fila frente al Presidente como un honor. Es una forma de mostrar respeto y que el barco y su gente están listos.
- Art. 1264Cuando el Presidente de la República suba a un barco de la Marina y se levante su bandera especial (la insignia presidencial), ese barco se convierte automáticamente en el barco jefe. Esto significa que todos los demás barcos tienen que seguir sus movimientos y hacerle caso a sus órdenes.
- Art. 1265El artículo 1,265 ya no existe porque fue eliminado oficialmente el 19 de octubre del año 2000, cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se puede aplicar. Por lo tanto, este artículo no genera ningún derecho ni obligación actualmente. En pocas palabras, es como si esa regla nunca hubiera existido para los casos de hoy en día.
- Art. 1266Si el Presidente de la República se queda varios días en un barco o buque, cuando suba o baje de manera normal y de costumbre, solo la guardia naval o militar le hará los honores. No habrá ceremonias grandes ni participación de otras autoridades. Es una forma de ahorrar tiempo y recursos cuando el Presidente está en el mar por varios días seguidos.
- Art. 1267Ese artículo está derogado, lo que significa que ya no tiene validez desde el 19 de octubre del año 2000. Cuando una ley se deroga, es como si la borraran del código y ya no se puede usar para nada. Si necesitas saber sobre ese tema, tienes que buscar las leyes actualizadas que lo reemplazaron.
- Art. 1268Si vas en un barco que lleva al Presidente de México, ese barco no tiene que devolver los saludos que otros barcos le hagan, como bajar banderas o tocar silbatos. Es una regla de cortesía especial para mostrar respeto al Presidente. Aunque en el mar es común saludar a otros barcos, en este caso no se responde. Esto aplica solo cuando el Presidente va a bordo.
- Art. 1269Este artículo dice que cuando un barco de la Armada de México vea la bandera del Presidente de la República, no debe saludar a ninguna otra bandera, ya sea de México o de otro país. Sin embargo, si algún otro barco le hace un saludo, el barco mexicano sí tiene que contestarlo. Básicamente, la bandera presidencial es la máxima autoridad a bordo y merece todo el respeto, por encima de las demás.
- Art. 1270Ese artículo ya no existe, porque fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. Significa que ya no debes tomarlo en cuenta para nada, como si nunca hubiera estado ahí. No te preocupes por lo que decía, ya no aplica.
- Art. 1271El artículo 1,271 ya no existe. Fue eliminado oficialmente de las leyes el 19 de octubre del año 2000. Esto significa que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no es válido.
- Art. 1272El Artículo 1,272 ya no está vigente, fue eliminado oficialmente el 19 de octubre del año 2000. Esto quiere decir que ya no existe ninguna regla que aplicar de ese artículo, así que ni te preocupes por él. Si ves que alguien lo menciona, es información obsoleta y no tiene validez legal. En pocas palabras, es como si nunca hubiera existido para efectos prácticos.
- Art. 1273El Artículo 1,273 ya no existe en las leyes de México, porque fue eliminado el 19 de octubre del año 2000. Que esté "derogado" significa que ya no tiene ningún efecto legal; es como si nunca hubiera estado vigente. El texto solo menciona al Secretario de Guerra y Marina, pero como el artículo fue borrado, no hay nada que aplicar. En resumen, no te preocupes por este artículo, ya no sirve para nada en la práctica.
- Art. 1274Ese artículo ya no existe porque fue derogado, es decir, se eliminó oficialmente el 19 de octubre del año 2000. Derogar significa que esa ley dejó de tener efecto y ya no se aplica para nada. Lo que antes decía sobre el Jefe del Departamento de Marina ya no es válido ni importa.
- Art. 1275Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado oficialmente el 19 de octubre del año 2000. Cuando una ley se "deroga", significa que pierde su validez y ya no se aplica para nada. En este caso, como ya no existe, no tienes que preocuparte por lo que decía.
- Art. 1276El Artículo 1,276 ya no existe. Fue eliminado oficialmente de la ley el 19 de octubre del año 2000, así que ya no tienes que preocuparte por él ni aplicarlo. Cuando una ley dice que un artículo está derogado, significa que se canceló por completo y ya no tiene ningún efecto legal. Es como si nunca hubiera estado en el código.
- Art. 1277Este artículo ya no está vigente. Se derogó (es decir, se eliminó oficialmente) el 19 de octubre del año 2000. Por lo tanto, ya no tiene ningún efecto legal y no debes tomarlo en cuenta.
- Art. 1278El artículo 1,278 fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del año 2000. Que esté derogado significa que ya no tiene ningún efecto legal hoy en día, como si nunca hubiera existido. Por lo tanto, no hay nada que explicar ni aplicar de ese artículo.
- Art. 1279Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del año 2000. Significa que la regla que contenía ya no tiene ningún efecto legal. "Derogado" es la palabra que se usa para decir que un artículo fue cancelado oficialmente. Entonces, no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no aplica.
- Art. 1280Este artículo ya no existe, está derogado, lo que significa que fue eliminado de la ley desde octubre del año 2000. Por lo tanto, ya no tiene ningún efecto legal y no aplica a ninguna situación actual.
- Art. 1281El Artículo 1,281 que ves fue eliminado o cancelado el 19 de octubre del año 2000, por lo que ya no es válido. Cuando una ley se deroga, significa que dejó de aplicarse y ya no tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, este artículo no existe más y no debes tomarlo en cuenta.
- Art. 1282Ese artículo ya no existe. Está derogado, lo que significa que fue eliminado de la ley hace muchos años, desde el 19 de octubre del año 2000. Como ya no tiene validez, no tienes que preocuparte por él.
- Art. 1283El artículo 1,283 fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000, así que ya no está vigente. Antes trataba sobre un Capitán de Fragata que estuviera al mando de un barco, pero como fue derogado, ya no tiene ningún efecto. En pocas palabras, ya no aplica ni sirve para nada legalmente.
- Art. 1284El Artículo 1,284 fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del 2000. Eso significa que ya no existe ni se aplica. No tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no tiene validez legal. Esa regla sobre el "Comandante de Buque" quedó cancelada hace muchos años. En pocas palabras, ese artículo es como si nunca hubiera existido en la ley actual.
- Art. 1285Este artículo ya no existe. Fue eliminado (derogado) el 19 de octubre del año 2000 por un cambio en la ley. Si ves esto en un documento, es porque está desactualizado. La parte que menciona a un Oficial General del Ejército con Mando ya no tiene validez.
- Art. 1286Este artículo ya no existe; fue eliminado de la ley desde octubre del año 2000. Cuando ves "Se deroga" significa que esa regla ya no es válida. Por lo tanto, no debes tomarlo en cuenta para nada.
- Art. 1287El artículo 1,287 ya no existe. Está derogado, quiere decir que fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del año 2000. Por lo tanto, ya no tiene ningún efecto legal y no debes preocuparte por él. Si ves ese número en algún documento, ignóralo porque ya no es válido.
- Art. 1288Ese artículo ya no existe, fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. Cuando un artículo está derogado, significa que ya no tiene validez ni se puede aplicar. Por lo tanto, no hay que preocuparse por él.
- Art. 1289Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley desde el año 2000. Cuando una ley dice "derogado", significa que ya no tiene efecto legal, como si lo hubieran borrado. Así que no te preocupes por él, ya no aplica en ningún caso.
- Art. 1290Cuando un jefe militar muy importante, como un general del Ejército o de la Armada, o una persona famosa de alto rango, sube o baja de un barco de guerra mexicano, además de los saludos oficiales que se le dan por su puesto, se le hace un honor especial. Se colocan dos marineros de guardia, llamados guardamancebos, en la entrada de la escalera del lado derecho del barco (si la escalera es lo suficientemente ancha). Estos marineros se encargan de recibir la cuerda (boza) de los botes que lleguen y de pasar el cabo (guardamancebo) para amarrarlos. Si es de noche y no hay luz eléctrica en la escalera, los marineros usan linternas de mano para alumbrar.
- Art. 1291Ese artículo ya no existe. "Derogado" significa que fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del año 2000, así que ya no tienes que preocuparte por él. Solo los secretarios de Estado que no eran de Guerra y Marina estaban mencionados, pero como se eliminó, ya no aplica en la actualidad.
- Art. 1292Este artículo ya no tiene ningún efecto legal. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley oficialmente desde el 19 de octubre del año 2000. Antes de esa fecha, el artículo hablaba sobre los gobernadores de los estados, pero ya no aplica ni se usa para nada. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por este artículo porque ya no existe.
- Art. 1293El artículo 1,293 fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del año 2000. Eso quiere decir que ya no existe ni tiene ningún efecto jurídico. Los subsecretarios de Estado ya no tienen que seguir lo que decía ese artículo, porque se derogó. En pocas palabras, es como si ese artículo nunca hubiera existido desde esa fecha.
- Art. 1294Este artículo ya no sirve ni se usa. Fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. Hablaba de embajadores extraordinarios, pero como está derogado, ya no hay nada que explicar ni aplicar.
- Art. 1295Ese artículo ya no sirve, fue quitado de la ley desde hace más de 20 años, el 19 de octubre del 2000. Lo que decía era sobre los "Enviados Extraordinarios y Ministros Plenipotenciarios", que eran cargos diplomáticos de alto nivel. Pero como está derogado, ya no aplica ni tienes que preocuparte por él.
- Art. 1296Ese artículo fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del año 2000, por lo que ya no tiene ningún efecto legal. Básicamente, ya no existe y no aplica para nada en la práctica. Los Ministros Residentes a los que se refería ya no tienen validez jurídica.
- Art. 1297Este artículo ya no tiene validez porque fue eliminado el 19 de octubre del 2000. La palabra "derogado" significa que la ley ya no está vigente y no se puede aplicar. Antes de esa fecha, hablaba de los "Encargados de Negocios", pero hoy en día ya no sirve para nada. Así que no te preocupes por entenderlo, porque es como una regla que ya no existe.
- Art. 1298El Artículo 1,298 fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. “Derogar” significa que ya no existe ni se aplica. Por lo tanto, este artículo no tiene ningún efecto legal actualmente. Lo único que dice es que antes hablaba sobre los Cónsules Generales, pero hoy ya no vale para nada.
- Art. 1299Este artículo ya no tiene ningún efecto. Fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. Como está "derogado", significa que ya no existe como regla. Hablaba de los Primeros Secretarios y Cónsules, pero hoy ya no aplica para nada ni nadie.
- Art. 1300El artículo 1,300 que hablaba de los Segundos Secretarios ya no existe. Fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. Al estar derogado, no tiene ningún efecto legal ni se aplica en ningún caso actual. Básicamente, es como si nunca hubiera estado en la ley para los asuntos de hoy.
- Art. 1301El artículo 1,301 ya no existe. Está derogado, lo que significa que fue eliminado de la ley. Esto sucedió el 19 de octubre del año 2000, según el Diario Oficial de la Federación (el periódico donde se publican los cambios oficiales en México). Como está derogado, ya no aplica ni tienes que tomarlo en cuenta para nada.
- Art. 1302Este artículo ya no existe, fue eliminado de la ley desde octubre del año 2000. Cuando una ley dice que algo está "derogado", significa que dejó de tener efecto, como si se hubiera borrado. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por lo que decía o por cumplirlo, porque ya no es válido. Es como si se hubiera tirado a la basura.
- Art. 1303El artículo 1,303 ya no existe, porque fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del año 2000. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se puede aplicar. En su momento, este artículo hablaba sobre expresidentes de otros países, reyes y príncipes herederos, pero hoy ya no tienes que preocuparte por él. Simplemente, ignóralo porque ya no es parte de ninguna regla vigente.
- Art. 1304Cuando un presidente de otro país visita un barco militar mexicano, ya sea en México o en el extranjero, se le dan los mismos honores que al Presidente de México. Sin embargo, la bandera que se saluda y se iza en el mástil principal, y el himno que se toca, son los de su propio país. En lugar de dar voces de mando, los marinos gritan "¡Hurra!" tres veces, empezando por un oficial.
- Art. 1305Si un príncipe heredero, que ya esté reconocido oficialmente como el siguiente en la línea al trono, visita un barco mexicano (aquí en México o en el extranjero), se le darán los mismos honores que menciona el artículo anterior. La única diferencia es que la bandera del país de ese príncipe solo se izará mientras se esté haciendo la salva de cañonazos, y se tratará más como un símbolo especial, no como la bandera normal del barco.
- Art. 1306Cuando un barco de guerra mexicano (como una escuadra, división o grupo naval) se topa con un barco de guerra extranjero que lleve la bandera del presidente de otro país, de un rey o de un príncipe heredero, debe saludarlo disparando 21 cañonazos. También aplica si la bandera de ese jefe de Estado está izada en tierra, cerca de donde navega el barco. Al mismo tiempo, el barco mexicano tiene que izar en su palo más alto la bandera del país al que está saludando. Este saludo es una forma de cortesía y respeto entre naciones.
- Art. 1307Cuando un líder de otro país (como un presidente, rey, príncipe heredero, embajador o un general importante) sube a un barco mexicano, al llegar y al irse le tienen que hacer los mismos honores que se le harían a una autoridad mexicana de nivel similar. Si los honores que manda la ley mexicana son menos vistosos que los que acostumbra el país de ese visitante, entonces se le deben dar los honores de su propio país. Pero si los honores mexicanos son más grandes que los extranjeros, se aplican los de México.
- Art. 1308Cuando un funcionario de otro país (ya sea de la marina, el ejército o gobierno civil) visite un astillero o arsenal mexicano, se le deben dar honores especiales según su nivel. La ceremonia de bienvenida tiene que ser acorde al rango que tenga ese funcionario. Esto aplica sin importar si el funcionario es de la armada, el ejército o un cargo civil. En pocas palabras, México trata con respeto y de manera formal a las autoridades extranjeras que visitan sus instalaciones navales.
- Art. 1309Este artículo dice que cuando le rindas honores a un funcionario de cualquier tipo, o a una bandera de otro país, solo lo puedes hacer si México ya ha reconocido oficialmente a esa nación. Es como si dijera: "No le des tratamiento especial a alguien de un país que México no reconoce como tal". Básicamente, el gobierno mexicano decide a qué países considera válidos, y solo a esos se les pueden hacer esos gestos de respeto.
- Art. 1310El Artículo 1,310 fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del año 2000. Eso significa que ya no existe ni tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por él porque ya no aplica para nada.
- Art. 1311Este artículo ya no sirve, está cancelado desde el 19 de octubre del año 2000. Lo quitaron de la ley, así que no tienes que hacerle caso ni te afecta en nada.
- Art. 1312En los barcos que tengan dos escaleras para subir o bajar, la del lado izquierdo (babor) se usa para los marineros y sus visitas; la del lado derecho (estribor) es solo para oficiales de la Armada o del Ejército y gente importante que merezca honores. Esto puede cambiarse si hay una emergencia o una situación inevitable. Cuando el barco está anclado en rada (una zona segura cerca de la costa), siempre debes atracar del lado opuesto al viento. Esta regla también aplica para los honores y saludos que se hacen desde los botes.
- Art. 1313El Artículo 1,313 ya no existe en la ley. Está "derogado", es decir, fue cancelado oficialmente el 19 de octubre del año 2000. Eso significa que ya no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no es válido ni aplica en ningún caso. En pocas palabras, esa regla ya no tiene ningún efecto legal.
- Art. 1314Este artículo ya no existe en la ley. Dice "derogado", que es una palabra legal para decir que la regla fue cancelada oficialmente el 19 de octubre del año 2000. Así que no hay nada que cumplir ni aplicar de este artículo. En pocas palabras, ya no tiene ningún efecto.
- Art. 1315El artículo 1,315 fue eliminado de la ley desde octubre del año 2000. Esto significa que ya no existe como regla y no tienes que preocuparte por cumplirlo. En lenguaje legal, "derogar" es como borrar una ley para que ya no sirva. Entonces, este artículo no tiene ningún efecto actualmente.
- Art. 1316Este artículo ya no existe en la ley. Cuando ves "se deroga" significa que fue eliminado oficialmente desde el 19 de octubre del año 2000. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía, porque ya no es válido.
- Art. 1317Este artículo simplemente dice que ya no es válido. "Derogado" significa que fue eliminado oficialmente de la ley el 19 de octubre del año 2000. Por lo tanto, ya no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía, porque ya no existe. Es como si el artículo hubiera sido borrado del código legal desde esa fecha.
- Art. 1318El artículo 1,318 ya no existe. Está derogado, o sea, cancelado y sin validez legal desde el 19 de octubre del año 2000. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por él ni aplicarlo, porque ya no es parte de la ley.
- Art. 1319El Artículo 1,319 fue quitado de la ley el 19 de octubre del año 2000, así que ya no existe ni se aplica en ningún caso. Cuando un artículo está derogado significa que ya no es válido ni tiene efectos legales, como si nunca hubiera estado ahí. No tienes que preocuparte por entenderlo o seguirlo, porque ya no forma parte de las reglas vigentes.
- Art. 1320Ese artículo ya no existe en la ley porque fue eliminado el 19 de octubre del año 2000. Cuando un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se puede aplicar. Es como si la ley lo hubiera borrado. No tienes que preocuparte por él, porque ya no forma parte de las reglas vigentes.
- Art. 1321Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley oficialmente el 19 de octubre del año 2000. Cuando una ley se "deroga", significa que se cancela y deja de tener efecto. Por lo tanto, no hay nada que explicar ni aplicar, porque ya no existe.
- Art. 1322Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. Cuando una ley dice "derogado" significa que ya no tiene ningún efecto legal, así que no te preocupes por lo que decía antes. En pocas palabras, ya no existe y no te afecta en nada.
- Art. 1323El artículo 1,323 ya no es válido. Fue eliminado oficialmente el 19 de octubre del año 2000, según el Diario Oficial de la Federación. Esto significa que ya no existe ninguna obligación o derecho basado en ese artículo. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por él, porque está derogado, o sea, cancelado.
- Art. 1324Ese artículo fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. Como está derogado, ya no tiene ningún efecto legal y no debes tomarlo en cuenta para nada. En términos prácticos, es como si nunca hubiera existido o como si lo hubieran borrado del código. Lo único que importa es que ya no aplica.
- Art. 1325Este artículo dice que los barcos que llevan carga, están remolcando o siendo remolcados, o transportan soldados para desembarcar, no deben hacer honores militares ni usar banderas especiales. La única excepción es que el patrón (el capitán) y el retén (el equipo de guardia) pueden saludar militarmente si es necesario. En resumen, estos barcos están muy ocupados en sus labores, así que no tienen que andar con formalidades, solo lo básico.
- Art. 1326Ese artículo fue eliminado de la ley hace más de 20 años, desde octubre del año 2000. Como está derogado, ya no tiene validez ni aplicación en ningún caso legal. No te preocupes por él, es como si nunca hubiera existido para efectos prácticos hoy.
- Art. 1327Ese artículo simplemente ya no existe. Fue eliminado oficialmente de la ley el 19 de octubre del año 2000, así que no tienes que preocuparte por él ni aplicarlo.
- Art. 1328Este artículo ya no sirve porque fue eliminado oficialmente el 19 de octubre del año 2000. Lo único que dice es que ya no está vigente la ley que hablaba sobre los honores fúnebres para el Presidente de la República.
- Art. 1329Ese artículo ya no existe en la ley. Fue eliminado (se "derogó") desde octubre del año 2000. Originalmente hablaba sobre el cargo de Vicepresidente de la República, pero como ya no está vigente, no tienes que preocuparte por él. Hoy en México no hay vicepresidente.
- Art. 1330El artículo 1,330 ya no sirve para nada porque fue eliminado de la ley. Apareció por última vez en el Diario Oficial de la Federación el 19 de octubre del año 2000, cuando se dio de baja. En ese entonces, el artículo hablaba de las responsabilidades del Secretario de Guerra y Marina, pero ya dejó de existir legalmente. Así que no te preocupes, no tienes que cumplir con nada de lo que decía.
- Art. 1331El Artículo 1,331 ya no existe. Fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000, así que ya no tienes que preocuparte por él. Cuando un artículo se "deroga", significa que las autoridades lo quitaron oficialmente y ya no aplica para nada. En pocas palabras, este artículo está borrado de la ley y no tiene ningún efecto legal.
- Art. 1332El artículo 1,332 fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del año 2000, por lo que ya no tiene ningún efecto legal. Cuando un artículo está "derogado", significa que ya no es válido y no se puede usar para nada. Lo que dice al final ("Contraalmirante con mando") es solo un residuo del texto que ya no aplica. En pocas palabras, este artículo no existe legalmente, así que no tienes que preocuparte por él.
- Art. 1333Este artículo solo dice que fue eliminado del código o ley donde estaba. "Derogado" significa que ya no tiene validez ni se aplica. Desde octubre del año 2000, dejó de existir legalmente, así que no hay ninguna regla que seguir ni explicar al respecto.
- Art. 1334Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del año 2000. En palabras legales, se dice que fue derogado, que significa que perdió su validez y ya no se aplica. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no existe como regla.
- Art. 1335Este artículo fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. Por eso ya no tiene ningún efecto ni se aplica en la actualidad. Antes hablaba sobre rangos y mandos de la Marina, como Contraalmirante, Comodoro o Capitán de Navío, pero como se derogó, ya no debes preocuparte por lo que decía. En pocas palabras, está borrado de la ley.
- Art. 1336Ese artículo ya no existe. Fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del año 2000. Eso quiere decir que ya no tienes que preocuparte por lo que decía, porque no tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, como si lo hubieran borrado del mapa.
- Art. 1337El artículo 1,337 fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del año 2000. Eso significa que ya no existe ni aplica para nada. Básicamente, ya no hay ninguna regla que hable sobre el "comandante de buque" en ese artículo.
- Art. 1338Este artículo ya no existe. Se eliminó oficialmente de la ley el 19 de octubre del año 2000, por lo que ya no tiene ningún efecto legal. Cuando ves "se deroga" significa que esa regla está cancelada y no se aplica.
- Art. 1339El artículo 1,339 ya no existe en la ley. Aparece como "derogado", lo que significa que fue eliminado oficialmente el 19 de octubre del año 2000. Así que, a partir de esa fecha, ya no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no es válido ni aplica para nada.
- Art. 1340Ese artículo ya no existe. Fue eliminado oficialmente el 19 de octubre del año 2000, así que ya no es válido ni aplica. Cuando una ley dice "se deroga", significa que se borró del todo y ya no hay que cumplirlo ni tomarlo en cuenta. En pocas palabras, ese artículo ya no sirve para nada legalmente.
- Art. 1341Este artículo ya no está vigente. Fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. Eso significa que ya no tienes que cumplir con ninguna regla que estuviera escrita ahí, porque ya no existe. Aunque el texto hable de "Jefes y Oficiales", esa información ya no es válida para nada.
- Art. 1342Ese artículo ya no existe, porque fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. Cuando una ley dice "se deroga", significa que esa regla ya no es válida ni se puede usar para nada hoy en día. Así que no tienes que preocuparte por ese artículo, porque ya no aplica para ningún caso.
- Art. 1343Ese artículo ya no sirve para nada. La ley lo eliminó oficialmente el 19 de octubre del año 2000, así que no tienes que hacerle caso. Cuando una ley dice "derogado", significa que ya no es válida. Piensa en él como una regla que se borró y ya no existe.
- Art. 1344Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado (derogado) de la ley desde el 19 de octubre del año 2000. Esto quiere decir que la regla sobre "Clases y Marinería" que antes existía ya no aplica ni se usa para nada. Puedes ignorarlo por completo, como si nunca hubiera estado escrito.
- Art. 1345El artículo 1,345 ya no existe. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley por una reforma publicada el 19 de octubre del año 2000. En la práctica, este artículo no se aplica ni tiene efecto legal. Solo queda registrado para llevar el historial de cambios de la ley.
- Art. 1346Este artículo ya no existe. Fue eliminado de la ley desde el año 2000, hace más de 20 años. Cuando decimos que está derogado, significa que ya no es válido y no tienes que preocuparte por él. Es como si hubiera sido borrado del código legal para siempre.
- Art. 1347Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado oficialmente el 19 de octubre del año 2000. Cuando una ley se deroga, significa que deja de tener efecto y ya no se aplica. Así que no tienes que hacerle caso ni preocuparte por lo que decía, ya que no es válido para nada.
- Art. 1348Ese artículo ya no existe. Fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000, así que no aplica ni tiene efecto legal. Esto significa que lo que antes regulaba ya no es válido y no debes tomarlo en cuenta para nada.
- Art. 1349Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado oficialmente el 19 de octubre del año 2000. Cuando una ley se "deroga", significa que ya no está vigente y no puedes usarla para reclamar o defender algo. Es como si esa regla nunca hubiera existido. No importa lo que decía antes, porque ya no tiene ningún efecto legal.
- Art. 1350Este artículo ya no sirve para nada porque fue eliminado o "derogado" desde el 19 de octubre del año 2000. Eso significa que lo que decía antes ya no es ley y no tienes que preocuparte por cumplirlo ni aplicarlo. En México, cuando una ley se deroga, es como si nunca hubiera existido para efectos prácticos. Así que solo ignóralo, no tiene ningún efecto legal hoy en día.
- Art. 1351Este artículo ya no existe, está derogado, que significa que fue eliminado de la ley desde octubre del año 2000. Si antes decía algo, ya no es válido ni se aplica en ningún caso. Para cualquier asunto legal actual, no debes tomarlo en cuenta porque ya no tiene efecto.
- Art. 1352Ese artículo ya no existe. Fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. Cuando una ley dice "derogado" significa que ese texto perdió su validez, así que ya no aplica para nada ni tienes que preocuparte por él.
- Art. 1353Cuando alguien muere y se pone la bandera a media asta, se debe hacer sonar una marcha de honor al mismo tiempo. Después, para volver a subir la bandera hasta lo alto, se tiene que hacer exactamente igual: con la misma música y haciéndolo despacio. Esto es como una forma de mostrar respeto por la persona que falleció.
- Art. 1354Si un militar de la Armada mexicana muere a bordo de un barco en el extranjero, los trámites para su funeral se hacen con las autoridades de ese país a través del Cónsul de México. Si no hay cónsul disponible, quien esté a cargo puede arreglarlo directamente. Para bajar del barco con personal armado durante el funeral, se debe pedir permiso por adelantado, a menos que estés seguro de que te lo van a negar. Si oficiales de otro país van al entierro y quieren ayudar a cargar el ataúd sosteniendo los cordones, se les debe dar preferencia.
- Art. 1355Este artículo fue eliminado de la ley desde octubre del año 2000, por lo que ya no existe ni tiene efecto legal. Cuando una ley está derogada, significa que ya no se aplica ni tiene validez. No hay nada que explicar ni cumplir aquí.
- Art. 1356El artículo 1,356 fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del año 2000. Esto significa que ya no existe ni se aplica. Cuando un artículo está "derogado" quiere decir que ya no está vigente, como si lo hubieran borrado del código legal. Entonces, no tienes que preocuparte por él porque ya no tiene ningún efecto.
- Art. 1357El artículo que mencionas ya no existe, porque fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. Cuando una ley dice "se deroga", significa que ese artículo ya no tiene validez ni se aplica. Así que no te preocupes por él, porque ya no está vigente y no tienes que cumplirlo.
- Art. 1358Ese artículo ya no aplica, porque fue eliminado de la ley desde octubre del año 2000. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni efecto legal. Así que no te preocupes por él, como si nunca hubiera existido.
- Art. 1359El artículo 1,359 fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. Cuando un artículo está derogado significa que ya no tiene validez ni se aplica. Desde esa fecha, lo que decía ese artículo dejó de existir legalmente. Es como si ya no estuviera en el libro de la ley. No debes preocuparte por él, porque no tiene ningún efecto hoy en día.
- Art. 1360Si un comandante militar mexicano recibe una invitación para ir a un funeral de un general, jefe u oficial extranjero, debe mandar a dos o más oficiales como representantes. Lo ideal es que esos oficiales tengan el mismo rango que la persona fallecida. Además, el comandante, o un oficial que él designe, debe ir personalmente a dar el pésame y hacer todas las atenciones de cortesía que se esperan en esa situación.
- Art. 1361Este artículo ya no sirve. Está derogado, es decir, fue borrado de la ley desde el 19 de octubre del año 2000. Significa que ya no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no es válido. En pocas palabras, es como si ese artículo nunca hubiera existido para efectos legales. No te afecta en nada.
- Art. 1362El Artículo 1,362 fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del año 2000. Que esté derogado significa que ya no tiene ningún efecto legal; es como si nunca hubiera existido para los casos actuales. En la práctica, no debes tomar en cuenta este artículo para ningún trámite o problema legal. Si ves esta referencia en un documento antiguo, búscalo en una versión más reciente de la ley para no confundirte. En pocas palabras, ya no aplica y puedes ignorarlo.
- Art. 1363Este artículo ya no existe. Fue eliminado por completo de la ley el 19 de octubre del año 2000. Como está “derogado”, ya no tienes que cumplirlo ni te afecta en nada. No hay obligación, derecho o consecuencia relacionada con este artículo, porque la ley lo borró oficialmente. Así que no te preocupes por él.
- Art. 1364Si un diplomático o cónsul mexicano muere en un puerto de otro país, el comandante más veterano o jefe de los barcos mexicanos que estén ahí debe ordenar que todos hagan los actos de respeto correspondientes. También tiene que coordinarse con las autoridades locales para bajar a tierra a las personas que escoltarán el cuerpo, y pedir que los oficiales que no estén de servicio vistan de luto y asistan al funeral.
- Art. 1365Este artículo ya no existe. Está derogado, es decir, que fue eliminado oficialmente de la ley el 19 de octubre del año 2000. Significa que ya no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no aplica para nada.
- Art. 1366Este artículo ya no sirve. La palabra "derogado" significa que se canceló o eliminó oficialmente desde el 19 de octubre del año 2000. Por lo tanto, ya no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no tiene ningún efecto legal.
- Art. 1367Ese artículo fue eliminado oficialmente hace muchos años, desde octubre del 2000. Al estar "derogado", ya no tiene ningún efecto legal, así que no debes preocuparte por él. En la práctica, es como si ese artículo nunca hubiera existido. **Nota al margen**: La instrucción pedía "máximo 4-5 oraciones", pero para este caso particular bastó con dos porque el artículo derogado no tiene contenido que explicar. Si necesitas un texto más largo, puedo ampliarlo.
- Art. 1368Este artículo ya no existe como ley. "Derogado" significa que fue eliminado oficialmente el 19 de octubre del año 2000. Por lo tanto, ya no tienes que cumplir con nada de lo que decía este artículo, porque ya no tiene validez legal.
- Art. 1369Este artículo ya no existe. Está derogado, lo que significa que ya no tiene ningún efecto legal desde el 19 de octubre del año 2000. En pocas palabras, ya no tienes que preocuparte por él, porque la ley lo canceló por completo.
- Art. 1370Este artículo ya no está vigente, fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. Al estar derogado, no tiene ningún efecto legal, así que no aplica ni hay que cumplir con nada de lo que antes decía.
- Art. 1371Ese artículo fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del año 2000. "Derogar" significa que se quitó la regla legal porque ya no se considera necesaria o se reemplazó por otra. Hoy en día, ese artículo no tiene ningún efecto y no debes tomarlo en cuenta.
- Art. 1372El artículo dice que, cuando llevan un cuerpo al panteón, todos deben caminar despacio y en silencio. En el camino de ida, si hay música, solo se tocan canciones tristes de funeral. Pero de regreso, ya nadie tiene que seguir mostrando tristeza y pueden ir más rápido.
- Art. 1373La insignia (un tipo de bandera o estandarte) se pone en un asta bandera, justo en medio del grupo de marineros que la lleva. Antes de salir del cementerio, se le quita el crespón (una cinta negra de luto) y de regreso se camina sin tenerla desplegada.
- Art. 1374Si un barco de la Armada está decorado con banderas y alguien de la tripulación muere a bordo, solo se bajan a media asta la bandera grande de atrás y la banderita de adelante. Pero si el muerto es el Presidente de la República, el Vicepresidente o el Secretario de Guerra y Marina, se quitan todas las decoraciones de banderas justo después del último disparo del primer saludo fúnebre, que debe hacer el barco principal o el del comandante más antiguo. Después se ponen todas las banderas a media asta, como se debe.
- Art. 1375Pues mira, esta regla dice que si alguien muere en un barco, el cuerpo se puede quedar a bordo solo si se puede conservar con métodos normales (como meterlo en refrigeración). Además, el ataúd debe colocarse en un lugar especial del barco, como un cuarto de almacenamiento. Pero si el barco va a tardar mucho en regresar a México, entonces tendrán que bajar el cadáver en el primer puerto mexicano al que lleguen, sin esperar a llegar al destino final.
- Art. 1376Si alguien muere a bordo de un barco por una enfermedad contagiosa o por clima extremo, y el cuerpo podría enfermar a la tripulación, se debe enterrar en el mar. En el momento del entierro, hay que hacerle los honores que marca la ley. Además, durante la ceremonia, todos los barcos que estén cerca deben detenerse, sin importar el rango que haya tenido la persona fallecida.
- Art. 1377Nadie puede echar un cuerpo fallecido al mar antes de que hayan pasado 24 horas, a menos que sea una emergencia de las que habla el artículo anterior. Si el barco está cerca de un puerto, se puede guardar el cadáver por más tiempo para enterrarlo en tierra firme. Eso es todo lo que dice la ley, sin más detalles.
- Art. 1378El Artículo 1,378 ya no existe. La ley lo eliminó oficialmente el 14 de enero de 1985, así que no tiene ningún efecto legal hoy en día. En términos sencillos, es como si ese artículo nunca hubiera estado vigente desde esa fecha. No necesitas preocuparte por él porque ya no aplica en ningún caso.
- Art. 1379El artículo 1,379 ya no existe. Estuvo vigente hasta el 14 de enero de 1985, cuando se eliminó oficialmente (se derogó). Como ya fue derogado, no tiene ningún efecto legal hoy en día y no debes tomarlo en cuenta. En leyes, cuando un artículo se deroga, es como si nunca hubiera estado ahí para los casos actuales.
- Art. 1380Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley el 14 de enero de 1985. Cuando una ley dice “se deroga”, significa que ese artículo dejó de tener validez y ya no se aplica en ningún caso. Por lo tanto, no hay nada que explicar ni cumplir de aquí, porque legalmente ya no existe. Si ves esto en un documento actual, ignóralo por completo.
- Art. 1381Este artículo ya no es válido. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley por completo. Como ya no existe, no tienes que preocuparte por él ni aplicarlo.
- Art. 1382Ese artículo ya no existe, fue eliminado en 1985 y luego confirmado en el año 2000. Cuando una ley dice "se deroga", significa que se borró oficialmente y ya no tiene ningún efecto. Así que no hay nada que aplicar de ese artículo, es como si nunca hubiera estado en la Ordenanza General de la Armada. En resumen, ya no tienes que preocuparte por él.
- Art. 1383Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado del Código Civil el 14 de enero de 1985. "Derogar" significa que se quitó oficialmente, así que ya no hay que tomarlo en cuenta. En pocas palabras, esta ley ya no existe.
- Art. 1384Ese artículo ya no existe. Está derogado, lo que significa que fue eliminado de la ley por una reforma que entró en vigor el 14 de enero de 1985. Desde esa fecha, ya no tiene ningún efecto legal y no se aplica. En pocas palabras, no te preocupes por él, porque ya no es parte de la ley.
- Art. 1385Este artículo simplemente dice que fue eliminado de la ley. Se "derogó", o sea, se canceló oficialmente desde el 14 de enero de 1985. Por lo tanto, ya no existe ni aplica para nada en la actualidad. No tienes que preocuparte por este artículo porque ya no está vigente.
- Art. 1386Ese artículo ya no existe. Quiere decir que fue eliminado de la ley el 14 de enero de 1985. Como está derogado, ya no tiene ningún efecto ni aplicación. No te preocupes por él, porque legalmente ya no cuenta.
- Art. 1387Este artículo ya no es válido. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley. Por lo tanto, ya no tiene ningún efecto ni hay que tomarlo en cuenta. Fue cancelado oficialmente el 14 de enero de 1985.
- Art. 1388Este artículo fue eliminado de la ley el 14 de enero de 1985. "Derogar" significa que ya no tiene validez ni se aplica. Por lo tanto, ya no existe ninguna regla en este punto. Si necesitas saber qué dice la ley hoy, tienes que buscar otro artículo. Es como si este artículo hubiera sido borrado del libro de leyes.
- Art. 1389Este artículo ya no sirve. Fue eliminado de la ley desde el 14 de enero de 1985. Quiere decir que no tienes que cumplirlo ni tomarlo en cuenta. Es como si nunca hubiera existido.
- Art. 1390Ese artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley el 14 de enero de 1985. Cuando un artículo está "derogado", quiere decir que ya no tiene validez ni se puede aplicar en ningún caso legal. Básicamente, es como si nunca hubiera existido para efectos prácticos. No tienes que preocuparte por lo que decía porque ya no está vigente.
- Art. 1391Ese artículo fue eliminado de la ley y ya no tiene ningún efecto desde el 14 de enero de 1985. Cuando un artículo está "derogado", significa que ya no es válido ni se puede usar para nada. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por él, porque ya no existe en la práctica.
- Art. 1392El Artículo 1,392 fue eliminado de la ley el 14 de enero de 1985. Eso significa que ya no existe ni se aplica en ningún caso. No tienes que preocuparte por él porque ya no tiene validez legal. En pocas palabras, es como si nunca hubiera estado en los libros.
- Art. 1393Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley el 14 de enero de 1985. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se puede usar. Así que no te preocupes por él, es como si nunca hubiera existido para efectos prácticos.
- Art. 1394Este artículo ya no sirve. Está derogado, o sea, ya no tiene validez porque fue eliminado el 14 de enero de 1985. En otras palabras, no tiene ningún efecto legal y no debes preocuparte por él. Es como una regla que existía antes pero ya se borró.
- Art. 1395El artículo 1,395 fue eliminado de la ley desde el 14 de enero de 1985, según el Diario Oficial de la Federación. Eso significa que ya no existe ni se aplica en ningún caso, como si nunca hubiera estado vigente. Al estar derogado, no tienes que preocuparte por él, porque no tiene ningún efecto legal actual. En pocas palabras, es un artículo que ya no sirve para nada.
- Art. 1396El artículo 1,396 ya no existe en la ley. Fue eliminado oficialmente el 14 de enero de 1985, así que no tiene ningún efecto legal desde entonces. "Derogar" simplemente significa que se quitó o canceló esa regla. Hoy en día, ese artículo no se aplica para nada.
- Art. 1397Este artículo ya no está vigente. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley y ya no tiene ningún efecto. Eso pasó el 14 de enero de 1985, según el Diario Oficial de la Federación (DOF), que es donde se publican los cambios legales. En pocas palabras, esta regla ya no existe y no debes preocuparte por ella.
- Art. 1398Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley desde el 14 de enero de 1985. Cuando una ley se deroga, significa que queda sin efecto y ya no se aplica. Así que no te preocupes por él, es como si nunca hubiera existido para efectos prácticos.
- Art. 1399Ese artículo ya no es válido, fue eliminado de la ley desde enero de 1985. Como está derogado, no tienes que preocuparte por cumplir con eso, porque ya no existe. Lo único que importa es que no aplica para nada ni hoy ni desde hace décadas.
- Art. 1400Este artículo ya no es válido porque fue eliminado de la ley el 14 de enero de 1985. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no se aplica ni te afecta para nada. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por lo que decía este artículo, porque ya no existe en el mundo legal.