ORDENANZA General de la Armada
Artículos explicados en lenguaje simple · página 6
- Art. 1001Cuando un marinero con cierto rango (como Cabo de mar o cañón, Contramaestre o Condestable) llega por primera vez a un barco de la Armada, el Oficial de guardia tiene que presentarlo a toda la tripulación. Para hacerlo, forma a los marineros sin armas y dice en voz alta algo así como: "Por orden del Secretario de Guerra y Marina, se reconocerá a [nombre] como [rango], a quien se le obedecerá en todo lo que ordene para el servicio, ya sea hablado o por escrito". Esto es para que todos sepan quién es y qué autoridad tiene.
- Art. 1002Cuando un jefe, oficial o alguien con un rango similar es asignado a un barco para trabajar, tiene que presentarse primero con el Comandante del buque. Después, el Segundo Comandante lo presenta formalmente a toda la tripulación: forma a todos sin armas, excepto a la guardia que sí las tiene, y dice en voz alta algo como: "En nombre del Presidente de la República y por orden de tal fecha, se reconoce a [nombre] como [cargo], a quien deben respetar y obedecer en todo lo que ordene sobre el servicio, sea de palabra o por escrito". Al terminar, el Segundo Comandante saluda al oficial presentado, y luego ese oficial ordena que la guardia descanse las armas y que las brigadas (grupos de marineros) se retiren a sus lugares.
- Art. 1003El Segundo Comandante de un barco recibe su cargo de parte del Comandante del buque, siguiendo las mismas reglas y pasos que se usaron cuando el Comandante tomó el suyo. Esto significa que, para que el Segundo Comandante empiece a trabajar oficialmente, se hace una ceremonia o acto similar, donde se le entrega el puesto de manera formal. Todo se hace igualito, como ya está establecido en las reglas del barco o la marina.
- Art. 1004El Artículo 1,004 explica cómo se debe hacer la entrega de la Oficina del Detall, que es el área encargada de los detalles o registros administrativos en un cuartel o cuerpo militar. Quien recibe y quien entrega tienen que firmar todos los papeles relacionados, con el visto bueno del Comandante y la supervisión del Contador. Además, todo esto se debe anotar en los libros de cargo, que son los registros oficiales donde se lleva la cuenta de lo que se entrega. En pocas palabras, es un proceso formal para asegurarse de que no se pierda nada al cambiar de encargado.
- Art. 1005Cuando un barco de guerra cambia de comandante, se tienen que nombrar a dos personas especiales (los interventores de Guerra y Hacienda) para que supervisen la entrega del mando. Ellos reciben un aviso oficial con el nombre del nuevo comandante y la fecha y hora del evento. La tripulación se forma armada, y cuando llegan los interventores, el de Guerra ordena poner las armas en posición de descanso y le da el mando al nuevo comandante con una frase especial. Después, el nuevo comandante manda bajar las armas y retirar a las brigadas, pero antes debe pedir permiso al jefe militar que esté presente. Durante toda la ceremonia, los tripulantes y cualquier persona a bordo tienen prohibido hacer cualquier muestra de aprobación o descontento.
- Art. 1006Cuando un Comandante de barco tenga que dejar el mando (por ejemplo, porque lo cambian o se retira), debe entregar todos los documentos, libros y papeles que estaban a su cargo. Tanto él como el nuevo comandante tienen que firmar esos documentos y libros juntos, y lo mismo aplica para los registros que llevan los Oficiales de a bordo. Además, se debe hacer un corte de caja (una revisión del dinero y gastos) por segunda vez, y preparar cualquier otro papel que haga falta para que la entrega quede completa y en orden.
- Art. 1007Cuando un comandante le entrega su barco a otro, basta con que el oficial de a bordo firme en los libros para que se dé por hecho el traspaso. Pero el que entrega el barco no puede negarse a explicar en persona cualquier duda que surja. También tendrá que prender los motores y hacer una salida corta del puerto, si su jefe se lo autoriza, para asegurarse de que la máquina funciona bien antes de entregarla definitivamente.
- Art. 1008Si un comandante de un barco le pasa el mando a otro, pero el barco está fuera de la capital, lejos de su grupo o en otro país, y en el puerto no hay un jefe de la Armada o del Ejército que pueda supervisar el cambio, entonces solo se necesita un interventor de Hacienda (un funcionario de finanzas) para que el traspaso sea válido. Además, el comandante que se va debe presentar al nuevo ante la tripulación siguiendo las reglas que ya marca esta ley.
- Art. 1009Si un jefe de un barco, grupo de barcos o área de la Armada muere o queda incapacitado por un accidente, el que le sigue en el mando debe hacerse cargo. Esta persona tiene que hacer de inmediato inventarios de lo que hay, cortes de caja (revisar el dinero) y todos los papeles necesarios para la entrega del puesto. Después, debe reportar todo eso a sus superiores lo más pronto posible.
- Art. 1010El capitán de un barco, antes de renunciar a su puesto, tiene que firmar los cuadernos de bitácora de los aprendices (los que están entrenando para ser marinos) y anotar ahí lo que corresponda. También debe darle a cada aprendiz un papel que compruebe cuánto tiempo trabajó a bordo del barco. Este certificado sirve para que ellos puedan demostrar su experiencia después.
- Art. 1011Cuando te entreguen un cargo o puesto, tanto el que entrega como el que recibe deben firmar un inventario con todo lo que se está pasando. Ese documento tiene que estar firmado por los oficiales encargados y por el oficial del equipo para que sea válido. Así queda claro qué cosas se recibieron y en qué estado. Esto aplica en cualquier tipo de entrega, sin excepción.
- Art. 1012Cuando un comandante de un barco, flotilla o base naval deja su puesto, se tienen que hacer tres copias del inventario de todo lo que se entrega. Una copia se queda en los archivos de la dependencia, otra se envía a la Secretaría de Marina y la tercera la guarda el comandante que se va como comprobante. Además, si hay un interventor de Hacienda, también se hacen las copias extras que necesite para reportar a su propia Secretaría y a la de Guerra y Marina.
- Art. 1013Cuando un general de la Armada toma el mando de una División o Escuadra, se presenta en el barco principal (el insignia) siguiendo las mismas reglas que cuando un comandante toma el mando de un barco, solo que en lugar de leer muchas cosas, solo se lee la orden del gobierno. Al terminar la ceremonia, justo antes de bajar la bandera del jefe que se va, se disparan cañonazos según el rango que tenga. Cuando suena el último, se baja su bandera y se sube la del nuevo jefe. Eso indica que el cambio de mando se hizo correctamente según las reglas. Los demás barcos de la División o Escuadra se enteran del nuevo jefe por una orden general, y los oficiales que estén libres deben ir al barco insignia para presentarse con el nuevo comandante en cuanto tome el mando.
- Art. 1014Cuando ya se haya terminado de entregar o recibir un cargo militar, los interventores (las personas encargadas de supervisar el proceso) deben hacer un acta, que es un documento escrito oficial. Ahí tienen que explicar paso a paso cómo se hizo todo, con todos los detalles. También deben incluir un pliego de observaciones, que es una hoja aparte donde dan su opinión sobre lo que vieron. Al final, mandan ese documento a la Secretaría de Guerra y Marina o al jefe superior que corresponda.
- Art. 1015Este artículo habla sobre las reglas que deben seguir los jefes y oficiales militares cuando los nombran para una comisión, que es un grupo de trabajo encargado de revisar o dar su opinión sobre algún asunto del servicio. Primero, la comisión debe juntarse exactamente a la hora y en el lugar que se indique por escrito, y el jefe o oficial con más rango o antigüedad será quien la dirija. Nadie puede faltar a la junta a menos que tenga una razón de verdad importante, y si no puede ir, debe avisarle al presidente de la comisión lo antes posible, o se enfrenta a castigos por desobediencia según el Código de Justicia Militar. Para tomar una decisión final, tienen que estar presentes al menos dos terceras partes de los miembros; además, el secretario será siempre el oficial más nuevo, quien escribirá el informe al dictado del presidente. Los votos se dan empezando por el más joven en rango o antigüedad, y al final todos firman el informe, donde se anotan los nombres y votos de cada miembro, incluso si están a favor o en contra de la resolución.
- Art. 1016Si eres marinero o militar de la Armada y te eligen para un puesto de gobierno federal (como diputado, senador o presidente municipal por ejemplo), tienes que avisarle a la Secretaría de Guerra y Marina para poder tomar el cargo. Si el puesto es estatal, como diputado local o gobernador, necesitas pedirles permiso especial para aceptarlo. En ambos casos, no puedes simplemente renunciar e irte por tu cuenta; debes seguir este trámite con tus superiores.
- Art. 1017Si tienes un puesto de trabajo en el servicio público, no puedes empezar a hacer las labores de tu nuevo cargo hasta que termines las que ya tenías encargadas. Primero debes entregar todo lo que hiciste o manejaste (como documentos, llaves o materiales) siguiendo las instrucciones que dé la dependencia correspondiente. No importa que ya te hayan dado otra chamba, primero cierras bien la anterior.
- Art. 1018Para que un miembro de la Armada pueda trabajar en otro puesto o encargo, ya sea del gobierno federal o de algún estado, necesita pedir permiso a la Secretaría de Marina. Esto aplica sin importar el tipo de trabajo que quiera hacer aparte de sus funciones navales. Si no consigue esa autorización, no puede tomar ese otro empleo o comisión. Es como pedirle permiso a tu jefe antes de agarrar un segundo trabajo.
- Art. 1019Todos los jefes y oficiales de la Armada tienen que prometer, frente a las autoridades que les dan el cargo, que van a cumplir y hacer cumplir la Constitución Mexicana y todos sus cambios. De esa promesa se hace un acta por triplicado: una copia se manda a la Secretaría de Marina, otra a la Secretaría de Gobernación, y la tercera se queda en el archivo de donde se hizo el documento.
- Art. 1020Cuando alguien tome o entregue un puesto de mando, primero se debe pasar el control de las armas que haya. Después de eso, se entregan los libros, reportes y papeles oficiales que le toquen a ese puesto, tal como lo dicen los artículos siguientes. Todo esto se hace en ese orden específico.
- Art. 1021Este artículo explica qué documentos se necesitan para entregar distintas responsabilidades en un barco. Por ejemplo, si entregas un "Rancho" (que es un grupo de personas que trabajan juntas), necesitas una lista de quiénes lo forman, sus deberes en emergencias como incendios, y una lista de los objetos que usan. Si entregas un "Cargo" (como un almacén), debes dar un reporte de lo que queda, el libro de cuentas autorizado, y otros libros que tengas. Para entregar el mando de todo el buque, se requiere un informe general de la tripulación, armas, ropa, los libros del capitán, un inventario completo, y hasta un corte de caja para saber cuánto dinero hay. En pocas palabras, es como hacer un traspaso formal de documentos cuando cambias de responsable a bordo.
- Art. 1022Cuando un comandante de barco deja su puesto y otro lo reemplaza, los dos tienen que firmar todos los libros donde se registran los encargos del barco. Antes de firmar, los oficiales encargados de cada área y el oficial del equipo deben anotar que todo está en orden. También tienen que firmar otros libros, pero solo después de que los oficiales responsables de llevarlos confirmen que están correctos.
- Art. 1023Este artículo explica cómo se entrega el mando de un área naval (como una división o escuadra). Para hacerlo, se usarán los mismos documentos que cuando se entrega el mando de un barco, pero en carpetas aparte. Además, hay que incluir una lista de los libros del Estado Mayor (los registros oficiales del equipo de mando), un reporte general de la cantidad de personal, otro de los alimentos y carbón disponibles, un balance del dinero en caja, y copias de los mensajes más recientes que se enviaron y recibieron.
- Art. 1024Si un libro oficial (como el de una comisión o entrega de mando) no está al día, quien lo recibe debe firmarlo justo después del último dato o anotación que tenga. Eso es para dejar constancia de hasta dónde estaba registrada la información cuando se hizo el cambio. En otras palabras, si el libro no está completo, el nuevo encargado lo firma en ese punto, no antes. Así se evitan confusiones sobre qué parte del libro estaba o no actualizada.
- Art. 1025Cuando alguien nuevo toma el mando o un cargo, debe revisar que todo esté en orden. Si falta información o espacios en los registros, la persona que entregó el puesto es responsable de dejarlos claros y marcados. Así, el nuevo encargado sabe qué hace falta y quién debe responder por los pendientes.
- Art. 1026Cada mes, durante los primeros cinco días, se hace una revisión administrativa de todo el personal de la Armada Nacional. Esto es como un chequeo de que todos estén en orden. Si alguien no pudo pasar esa revisión por estar trabajando, solo puede hacerla después si un jefe lo ordena de manera clara.
- Art. 1027La revista es como un pase de lista que sirve para verificar que todos los marineros y soldados de la Armada están presentes, y así poder pagarles su sueldo y sus bonos. En la Ciudad de México, esto lo hace el Tesorero de la Federación o alguien de Hacienda que él autorice. En los puertos, lo hace el Jefe de Hacienda, y si no está, el Administrador de la Aduana, de Correos o del Timbre; si tampoco hay nadie de esos, lo hace la primera autoridad política del lugar, que firma en las listas que el conteo se hizo en la fecha indicada. Cuando el barco está en el mar o en un puerto sin comunicación con tierra, el pase de lista lo pasa el Contador del barco o quien lo sustituya.
- Art. 1028Los jefes de la Armada de México no tienen que pasar una lista de asistencia para comprobar que están trabajando, ya sea que estén de viaje, disponibles o al mando de algo. En lugar de eso, en los primeros cinco días de cada mes, deben mandar una carta a la Secretaría de Guerra y Marina y a la Tesorería desde donde estén, para que sepan dónde se encuentran y les paguen su sueldo. Si están al mando, deben pedir que se anote en los registros de su equipo que tienen ese cargo. Si no tienen equipo a su cargo, la nota se pone en los registros del barco o lugar donde estén dirigiendo.
- Art. 1029Este artículo dice que las personas que trabajan en las Comandancias Generales de Departamentos, las Escuelas Navales Militares y las Oficinas de Marina tienen que pasar una revisión o control de asistencia usando una papeleta, que es como un formato o papel oficial. Es decir, en lugar de formarse para que los cuenten, usan un documento para confirmar que están presentes. Esto aplica solo al personal de esos lugares específicos dentro de la Armada.
- Art. 1030El artículo dice que todos los marinos, desde los jefes hasta los marineros, deben presentarse a un pase de lista obligatorio. Si alguien falta sin una razón válida, lo van a considerar desertor, pero solo si no se presenta a dar explicaciones dentro de las 24 horas siguientes. En pocas palabras, si no vas al pase de lista y no justificas tu ausencia al día siguiente, te pueden acusar de haberte ido sin permiso.
- Art. 1031Si eres parte de la Marina o del Ejército y estás lejos de tu base cuando toca la revisión periódica (la "revista"), tienes que ir a reportarte con la autoridad naval o militar del puerto donde estés. Ellos te darán permiso para que te entreguen un comprobante que justifique tu situación. Si en ese puerto no hay ninguna autoridad de ese tipo, entonces puedes ir directamente a la oficina encargada de darte ese documento.
- Art. 1032El artículo 1,032 dice que los barcos y personal de la marina que estén en un lugar diferente a su base principal deben hacer una revisión o inspección ahí mismo donde están. Después de esa revisión, tienen que mandar los papeles o comprobantes de que la hicieron a la base principal a la que pertenecen. En otras palabras, si estás destacado fuera, reportas localmente y luego envías el informe a tu base de origen.
- Art. 1033El artículo dice que las autoridades Navales o Militares deben avisar con tiempo cuándo van a hacer una revisión (llamada "revista") de un barco o dependencia. Para eso, nombran a un supervisor (llamado "interventor") y le avisan al encargado del dinero del gobierno (el Tesorero o empleado de Hacienda) la fecha, hora, lugar y orden en que se hará. El supervisor militar debe tener el mismo rango o uno más alto que el comandante del barco o lugar que van a revisar. Si no hay alguien con ese rango disponible, pueden nombrar a uno de menor categoría, pero entonces el comandante no está obligado a estar presente durante la revisión.
- Art. 1034El día de la revista de Administración, antes de que empiece el acto, los Oficiales nuevos tienen que prometerle lealtad a la bandera frente a su Comandante. El Comandante le pide al Segundo Comandante que les tome la promesa, preguntándoles: “¿Jurás seguir con lealtad y firmeza esta bandera, que es el símbolo de nuestra Patria, y defenderla hasta dar la vida?” El oficial responde: “Sí, lo juro”. Luego el Comandante dice: “Si lo cumplís, la Nación te lo premie; si no, que te lo exija”.
- Art. 1035El artículo 1,035 dice que antes de que termine el registro de personal (revista de Administración) y después de leer las leyes penales, los marineros y personal nuevo a bordo deben hacer una promesa de lealtad a la bandera. Para eso, se forman en la parte de atrás del barco (combés a popa), frente a la cuerda donde ondea la bandera (driza), y enfrente del Capitán del barco. Luego, el Capitán ordena que el Segundo Comandante les tome esa promesa de la misma manera que se hace con los Oficiales, según el artículo anterior. En pocas palabras: es una ceremonia donde los nuevos marineros juran lealtad a México y a su barco.
- Art. 1036En una ceremonia militar a bordo de un barco, hay dos formas de hacer la "revista", que es cuando los jefes pasan lista o revisan a la tropa. Si quien la preside es un empleado de Hacienda (un civil que trabaja en impuestos), la tropa debe estar sin armas y formada en la parte de atrás del barco (a popa). Pero si quien preside es un Oficial General (un militar de alto rango), la tropa sí lleva sus armas y desfila en orden numérico. Además, los Oficiales saludan y los marineros dicen su nombre en voz alta cuando pasan.
- Art. 1037En eventos oficiales a bordo de un barco militar, los invitados especiales de Hacienda y Guerra toman lugares específicos. Si el Interventor de Guerra es un general, él se sienta en el mejor lugar, cerca de la parte trasera del barco (popa). Si no, ese lugar lo ocupa el Interventor de Hacienda. El Interventor y el Segundo Comandante se colocan a la derecha de la persona que dirige el evento, mientras que el Capitán del barco y el Contador se sientan a su izquierda.
- Art. 1038El empleado de Hacienda (el que lleva las cuentas) y el Interventor (el que revisa que todo esté en orden) van a checar cómo están los enfermos y el personal de servicio. Un Oficial los va a acompañar hasta donde se encuentren esas personas. Es como si un supervisor y un contador fueran a hacer un recorrido para verificar que todo esté bien, y un jefe los guíe. Esto aplica dentro de la Armada, según las reglas de la Ordenanza.
- Art. 1039La Secretaría del ramo (es decir, la dependencia del gobierno encargada del tema, como la Secretaría de Marina) tiene que dar una orden clara y por escrito para que una fuerza naval se salte la revisión de personal, llamada "pasar revista". Eso solo ocurre en situaciones muy especiales o raras del servicio. Cuando pasa eso, ya no hace falta que los marinos se presenten físicamente en la Oficina de Hacienda correspondiente; en lugar de eso, solo mandan las listas con los nombres y los papeles necesarios.
- Art. 1040Después de que se haga la revisión de cuentas, toca cotejar esos datos en las oficinas de Hacienda que toquen, según las reglas actuales. Es como cuando checas que lo que anotaste en tu libreta coincida con los recibos oficiales. Todo debe hacerse exactamente como lo indican los reglamentos del momento.
- Art. 1041Este artículo solo aplica para la **Armada de México** (la Marina). Explica cómo se deben justificar (comprobar con papeles) cuando un militar **entra (alta)** o **sale (baja)** de un barco o dependencia naval. Por ejemplo, para **dar de alta** a un Jefe u Oficial (rangos altos) se necesita una copia certificada de su nombramiento o una orden de la Secretaría de Marina. Para la **baja**, si alguien se va por **deserción** (se escapa) se requiere un reporte del Oficial indicando qué armas y ropa se llevó. También hay reglas para **bajas por fallecimiento**: si alguien muere en el mar, se necesita un certificado médico o un acta especial; y si muere en un accidente repentino, cualquier médico naval, militar o civil puede dar el certificado.
- Art. 1042La Junta de Honor es como un grupo de personas importantes en un barco de guerra o lugar de la Armada que se encarga de tomar decisiones sobre el comportamiento y asuntos internos. Este grupo lo forman tres personas: el Comandante (el jefe del barco), el Segundo Comandante (su ayudante principal) y otro Oficial de alto rango que todos los Oficiales del barco eligen por votación. Para elegir a ese tercer Oficial, se hace una reunión general de todos los Oficiales durante los primeros ocho días del mes de junio de cada año. En esa reunión, votan entre ellos para escoger al que más les parezca.
- Art. 1043Si un miembro de la Junta no puede asistir, se elige a otra persona de mayor rango para ocupar su lugar, siguiendo las reglas del artículo anterior. En caso de que no haya nadie de mayor jerarquía disponible, entonces se pueden escoger entre los Aspirantes de primera o Primeros Contramaestres, o personas con puestos parecidos. Los "Aspirantes de primera" y "Primeros Contramaestres" son rangos o niveles dentro de una jerarquía, como en el trabajo o el ejército. Básicamente, la ley dice que primero se busca a alguien con más experiencia o categoría, y si no hay, se baja al siguiente nivel.
- Art. 1044La Junta de Honor es un grupo de oficiales que resuelve asuntos graves de conducta. Siempre la preside el Comandante del barco o base, y solo él puede convocarla o citarla. Aunque una autoridad más alta ordene que se junten, el Comandante sigue siendo quien la organiza. Esto significa que nadie más puede tomar su lugar para llamar a la reunión.
- Art. 1045Este artículo dice que la Junta de Honor, que es como un comité especial dentro de la Marina o una dependencia militar, revisa cualquier cosa que pueda dañar la reputación del barco o del grupo al que pertenecen. También se encarga de todo lo que pueda afectar la buena imagen de los Oficiales, Primeros y Segundos Contramaestres (que son rangos importantes en la Marina) y de otros puestos similares que estén en esa unidad. En pocas palabras, si algo pone en riesgo el prestigio de la gente o del lugar, la Junta de Honor lo investiga.
- Art. 1046Los oficiales y contramaestres (jefes de la tripulación) pueden ser vigilados por una Junta de Honor si hacen cosas como: actuar de forma inmoral o irrespetuosa, tener vicios graves como jugar o emborracharse seguido, portarse escandalosamente, endeudarse sin necesidad o de manera tramposa, ir seguido a lugares de mala fama, juntarse con personas de mala reputación, no ser cuidadosos con el dinero del cargo, o hacer cualquier otra cosa que dañe la dignidad de ser militar.
- Art. 1047Los oficiales de un buque o dependencia naval tienen la obligación de cuidar la buena fama del barco o del lugar donde trabajan, como si fuera un bien de todo el grupo. Nadie puede apartar o usar esa reputación para su propio beneficio. Si alguien falla en cumplir con esto, lo van a llevar ante la Junta de Honor, que es como un grupo de personas encargadas de evaluar su conducta. En pocas palabras, mantener el prestigio del barco es responsabilidad de todos, y si no lo haces, te pueden sancionar.
- Art. 1048La Junta de Honor es un grupo que decide cosas importantes sobre el personal de la Armada. Por ejemplo, ellos acuerdan qué notas se ponen en los expedientes de los oficiales y algunos rangos como Primeros Contramaestres, evaluando su valor, instrucción y conducta. También deciden los castigos para ciertos rangos (de Primer Teniente a Segundo Contramaestre) por faltas leves. Además, pueden recomendar suspender a alguien de su empleo hasta por un mes, pagándole solo 50 centavos diarios; durante ese tiempo, la persona queda encerrada en el barco y no hace su trabajo normal. Si un oficial no conviene que siga en la Armada, la Junta propone que lo echen. Y si un rango menor comete faltas graves o se repite, le avisan a la autoridad militar para que lo castigue según la ley penal.
- Art. 1049El artículo 1,049 dice que si la Junta de Honor descubre que la persona que van a juzgar solo merece una llamada de atención o advertencia (eso es una "amonestación"), entonces el Presidente de la Junta se la dará. Puede hacerlo solo frente a la Junta, o también con la presencia de los Oficiales del barco o la dependencia, dependiendo de lo que haga falta. Pero ojo: no pueden estar presentes personas de menor rango que el que va a recibir la amonestación, para no humillarlo.
- Art. 1050La Junta de Honor es un grupo de oficiales de la Armada que se encarga de mantener la buena relación entre los compañeros militares y también entre los militares y los ciudadanos comunes. Si hay algún problema o pleito que rompa esa buena relación, ellos investigan por qué pasó para solucionarlo rápido. En pocas palabras, su trabajo es evitar chismes, peleas o roces entre la gente de la Armada y con el resto de la sociedad.
- Art. 1051Si un miembro de la Junta (un Vocal) cree que la forma de actuar de un Oficial o Contramaestre debe revisarse, debe decírselo al Presidente de la Junta. El Presidente decide si vale la pena analizar esa conducta o no. Solo el Presidente puede decidir si se investiga o se deja pasar. En pocas palabras, el Vocal puede sugerir, pero el que manda es el Presidente.
- Art. 1052Si alguien que está siendo juzgado es un oficial o miembro de la Junta de Honor, primero se elige a otra persona que lo reemplace en el juicio. Una vez que el nuevo miembro entra, el grupo ya completo puede juzgarlo. En estos casos, la Junta debe ser más estricta al decidir su castigo que con cualquier otra persona. Esto aplica solo para quienes forman parte de esa misma Junta.
- Art. 1053El artículo dice que, para anotar algo en los expedientes de ciertos jefes navales (como Oficiales o Primeros Contramaestres), se tiene que platicar y decidir en una Junta de Honor, que es como una reunión especial donde se revisan sus datos. Si en esa junta alguien es el que está siendo evaluado, esa persona tiene que salirse del lugar mientras los demás discuten su caso. Lo que se decida sobre esa persona se escribe en un documento aparte, sin mezclarlo con los asuntos de los demás.
- Art. 1054El artículo dice que el miembro de la Junta con menor rango va a hacer de Secretario. Todas las decisiones que tome la Junta se tienen que escribir en un libro especial, llamado libro de actas. Al final de cada acta, todos los miembros deben firmar, empezando por el de menor categoría o antigüedad hasta llegar al de mayor rango.
- Art. 1055El presidente de la Junta de Honor tiene que enviar a la Secretaría de Guerra y Marina dos copias del acta (el documento oficial que describe lo que pasó) y una copia de la hoja de servicios de la persona, todo cerrado y sellado el mismo día. Esto lo hace para pedir que aprueben las decisiones que él no puede tomar por su cuenta. Pero si el caso trata de lo que dice la fracción V del artículo 1,048 (una situación específica grave), además de mandar el acta para que la Secretaría sepa qué pasó, el presidente debe ordenar que se levante un acta judicial. Ese acta judicial se envía por medio del jefe inmediato a la autoridad que tiene que dar la orden para proceder legalmente.
- Art. 1056Los miembros de la Junta de Honor no pueden contar a nadie lo que se habla durante las juntas. Si alguien lo hace, lo van a quitar de ese puesto tan importante. Pero para eso, el Presidente de la Junta tiene que mandar un documento firmado por los demás miembros a la Secretaría de Guerra y Marina, explicando por qué lo están echando. Y esa Secretaría tiene que dar el visto bueno para que sea oficial.
- Art. 1057Si alguien falta al respeto a las Juntas de Honor, habla mal de sus decisiones o hace cosas para desprestigiarlas, ese asunto lo va a revisar la misma Junta. Las Juntas de Honor son grupos de jueces o abogados que cuidan el comportamiento profesional y la disciplina. Básicamente, si te portas mal con ellas, ellas mismas deciden qué hacer al respecto. No hay un juez externo que meta las manos.
- Art. 1058Las Juntas de Honor son como grupos de oficiales que revisan faltas cometidas por ciertos militares de la Armada. Estas juntas se forman en Escuadras, Divisiones, Grupos o Departamentos Marítimos. Ven los casos de oficiales de bajo rango que trabajan en los Estados Mayores, y también de aquellos que no están asignados a ningún barco o dependencia naval. En pocas palabras, es un comité que revisa las faltas de personal militar específico que no tiene un barco o lugar fijo de trabajo.
- Art. 1059Las Juntas (equipos de mando militar) deben seguir las mismas reglas que se usan para los barcos o las bases, en cuanto a lo que pueden hacer. Se organizan así: el presidente será el jefe del Estado Mayor (el mando más alto). Los demás miembros (vocales) serán un oficial de alto rango del área de combate y otro de otras áreas o servicios, todos ellos parte del Estado Mayor.
- Art. 1060El artículo habla sobre cómo funcionan los "juicios internos" en el Ejército. Las Juntas de Honor son como tribunales especiales para juzgar la conducta de oficiales de rangos más bajos (como tenientes o capitanes). Si un oficial no está asignado directamente a un grupo, división o escuadra, igual puede ser juzgado por esas juntas si su comandante en jefe lo ordena. En pocas palabras, es una regla para que ningún oficial se escape de rendir cuentas solo porque no pertenece a un equipo específico.
- Art. 1061Este artículo habla de ciertos rangos de la Marina, como contramaestres y sus similares. Si están trabajando en un barco o en una base, cuando tengan un problema oficial, los van a juzgar en una Junta de Honor. Esa junta normalmente se hace en el lugar principal de su corporación, así que ellos tienen que ir hasta allá. Pero si los superiores deciden que no es práctico que se trasladen, entonces la junta se puede hacer en otro lado, como en un Departamento Marítimo, Escuadra, División o Grupo.
- Art. 1062Antes de que la Junta de Honor decida qué hacer con alguien por su mala conducta, esa persona tiene que presentarse frente a ellos. Ahí le van a decir por qué lo están juzgando. También le van a dar la oportunidad de dar sus explicaciones o defenderse de lo que se le acusa.
- Art. 1063El artículo dice que cualquier persona que tenga un puesto de mando en el ejército debe encargarse de dar una buena educación militar a su personal. También tiene que asegurarse de que todos sigan al pie de la letra las reglas sobre cómo tratar a los demás, porque eso es parte de la disciplina y la obediencia que se deben en el servicio.
- Art. 1064Este artículo dice que, para cumplir bien con lo que se busca, hay que seguir las normas de buena educación entre personas y también las reglas que vienen en los artículos que siguen. Las "reglas de urbanidad civil" son las formas de comportamiento amable y respetuoso que todos usamos al convivir, como saludar o no ser grosero. En pocas palabras, no basta con ser cortés, también debes cumplir con lo que dicen las leyes que vienen después.
- Art. 1065Los oficiales de rango alto, medio y bajo deben tratarse con respeto mutuo, como se espera entre personas del mismo nivel, y también cumplir con las obligaciones de respeto que tiene un subordinado hacia su superior.
- Art. 1066Todos los marinos deben mostrar respeto a sus superiores, tanto de la Armada como del Ejército, siempre, incluso fuera del trabajo. Por eso, el saludo es obligatorio en cualquier momento y lugar, sin importar en qué situación te encuentres. Si tu superior está de pie, tú no debes quedarte sentado; debes pararte para saludarlo. Es una regla de respeto básica en la Armada.
- Art. 1067Si tienes un rango más bajo en el ejército o institución militar, siempre debes saludar primero al de rango más alto. El superior está obligado a responder el saludo, sin importar de qué rango sea la persona que lo saluda. Es decir, nadie puede quedarse callado o ignorar el saludo. Esto aplica para todos los niveles, desde los soldados hasta los oficiales.
- Art. 1068Si dos personas tienen el mismo rango o puesto, la que tenga mejor educación debe saludar primero. No importa quién sea más grande o tenga más tiempo en el puesto, lo que cuenta es cómo se porta. O sea, si tienes modales finos, te toca dar el primer saludo.
- Art. 1069Si andas en uniforme de la Armada, tienes que saludar a tus superiores exactamente como lo marca el reglamento. Pero si vistes de civil, ya no te exigen que sigas esa forma tan precisa; nomás te piden que seas educado y cordial, como cualquier persona bien portada.
- Art. 1070Cuando trabajas en la Armada, tienes que saludar a tus jefes, y también tienes derecho a que te saluden según el rango que tengas. Si eres un empleado civil con un rango asimilado (como si fueras militar, pero sin serlo), en actos de servicio debes saludar primero a cualquier militar profesional, aunque tengas el mismo rango que él. Esto aplica aunque el militar no lleve sus insignias puestas. La razón es que, por el trabajo que estés haciendo, estás bajo sus órdenes.
- Art. 1071Cuando entres al cuarto u oficina de un jefe militar (como un superior jerárquico), si llevas uniforme, primero debes hacer el saludo militar y luego quitarte la gorra o casco. Si vas vestido de civil, solo te quitas la gorra o sombrero desde que entras. Lo mismo aplica cuando entras a la oficina de una autoridad civil, como un juez o un funcionario del gobierno: siempre debes descubrirte la cabeza, es decir, quitarte cualquier prenda que la cubra.
- Art. 1072Si traes una espada guardada en su funda, no necesitas sacarla para saludar. Solo tienes que tocarte el sombrero o la gorra con la mano, igual que harías si no llevaras armas. Es una regla de cortesía para evitar accidentes o malentendidos. Básicamente, si traes la espada guardada, saludas normal, sin complicaciones.
- Art. 1073Si estás en la Armada y llevas uniforme, tienes que saludar a los marinos o soldados de otros países que también estén uniformados. Igual, si ellos te saludan primero, tienes que responder el saludo. Esto aplica solo cuando traes puesto el uniforme, no en tu tiempo libre o vestido de civil.
- Art. 1074El artículo dice que los jefes o personas con mando deben tratar a sus subordinados con respeto y buena educación. Esto es importante tanto por el valor que tienen como personas, como para mantener el orden y la disciplina entre los que están en puestos más bajos. En pocas palabras, los mandos tienen que ser cordiales con su equipo, no por obligación, sino porque así se conserva el respeto y la jerarquía en el trabajo.
- Art. 1075Cuando un soldado de menor rango le hable a uno de mayor rango, debe decir "mi" antes del puesto del superior, como "mi capitán" o "mi general". Esto es una regla de respeto en el trato formal entre militares. Aplica solo cuando el de abajo se dirige al de arriba, no al revés.
- Art. 1076Cuando estés en el servicio, ya sea en un barco o en tierra, tú y tus compañeros de la Armada deben tratarse de "usted" y llamarse por su cargo, como "teniente" o "comandante". Esto aplica para todos los marinos, sin importar el rango, y es una regla de respeto mutuo mientras están cumpliendo su deber.
- Art. 1077Si le escribes una carta o solicitud al Presidente de México, debes hacerlo en una hoja tamaño carta, dejando un margen del lado izquierdo que ocupe la mitad de la hoja, y ahí tienes que poner un resumen de lo que estás pidiendo. El escrito debe empezar con las palabras "C. Presidente de la República", escritas a un tercio de la parte de arriba en la primera cara de la hoja. Dos renglones abajo comienza tu texto, donde debes decir tu nombre completo, el trabajo que tienes o el cargo que ocupas; al final, pones la fecha y tu firma. Por último, en la parte de abajo de la última hoja, anota tu domicilio o dirección completa.
- Art. 1078Cuando escribas un trámite o solicitud al Secretario de Guerra y Marina o a un jefe militar, debes hacerlo en una hoja tamaño carta doblada por la mitad (medio pliego). Si el texto es corto, usa una sola cara de esa mitad; deja un margen de un tercio de la hoja a la izquierda, donde pondrás un resumen de lo que pides. Empieza el texto en el cuarto superior de la hoja, anotando el título del superior a quien va dirigido. Al final del escrito pon la fecha y luego el cargo o comisión de quien firma. Si es una carta o aviso, al reverso de la hoja escribe la dirección de la persona a quien se la mandas.
- Art. 1079Cuando escribas una carta o un oficio para el gobierno o alguna autoridad, tienes que usar un lenguaje educado: trata con respeto a quien está en un puesto más alto, y con cortesía a quien está en un rango más bajo. No debes usar abreviaturas, ni borrar, tachar o corregir con líquido sobre lo que ya escribiste. También aplica para cualquier documento que entregues para un trámite o asunto oficial. Todo debe ir limpio, claro y bien redactado desde el principio.
- Art. 1080Cuando te dirijas a alguna autoridad civil o a un alto funcionario de otro tipo, debes tratarles con el mismo respeto y educación que ya menciona el artículo anterior. Es decir, aplican las mismas reglas de cortesía y corrección. Esto aplica para cualquier comunicación o trato que tengas con ellos.
- Art. 1081Cuando un trabajador de menor rango (el "inferior") manda un oficio a su jefe directo (el "superior"), ese oficio no se entrega nomás así. El jefe debe copiar el texto completo del oficio y, si hace falta, añadir notas o explicaciones para que quede claro. O sea, no se vale cambiarle las palabras al mensaje original o andar omitiendo cosas. Todo se manda igualito, nomás con los comentarios extra que se necesiten.
- Art. 1082Cuando un jefe da instrucciones a su subordinado, debe escribirlas de forma clara y directa, sin rodeos, y al inicio del documento tiene que poner el nombre completo y el puesto de la persona a quien va dirigido. De igual manera, cuando el subordinado le rinda un informe o reporte a su superior, tiene que escribirlo con toda claridad y empezar con la frase "Tengo la honra de...". Así se aseguran que todos se entiendan bien y se guarde el respeto en el trabajo.
- Art. 1083Cuando firmes un documento oficial (como un oficio, solicitud o informe), tu firma debe ser clara y fácil de leer. Además, antes de firmar, tienes que escribir tu cargo o el puesto que ocupas. Esto no aplica para telegramas. También, antes de la fecha, debes poner una frase de cortesía como “Tengo el honor, mi [rango militar], de hacer a usted presente mi subordinación y respeto”.
- Art. 1084Cuando escribas un oficio (un documento formal) a un superior en la Armada, debes empezar y terminar con las mismas frases de cortesía que se usan en todos los documentos que un rango menor le manda a uno mayor. Esto aplica para cualquier comunicación por escrito que le entregues a alguien de más alto rango que tú. Es como cuando pones "Estimado jefe" al inicio y "Atentamente" al final, pero con las fórmulas que ya están establecidas en la institución. No es válido hacerlo de otra forma o saltarte ese protocolo.
- Art. 1085Cuando le escribas a tu jefe o a una autoridad, procura hablar de un solo asunto por cada carta o solicitud que mandes. Si en un mismo escrito mencionas dos o más temas diferentes, aunque estén relacionados, el superior no lo va a aceptar. Te lo va a regresar para que lo corrijas y separe los temas en documentos distintos. Esto aplica siempre, a menos que haya una excepción especial.
- Art. 1086Cuando le escribas a un juez, a un presidente municipal o a cualquier autoridad política o judicial, no puedes juntar varios temas en una sola carta u oficio. Cada asunto debe tratarse por separado, en su propio documento. Esta misma regla aplica si eres parte del ejército o la armada: si necesitas informar algo a estas autoridades, también debes hacerlo por separado, un tema a la vez.
- Art. 1087El artículo dice cómo deben ser los documentos oficiales. Tienen que tener el margen izquierdo en las páginas impares y el derecho en las pares, como si fuera un libro. Además, se escriben en papel blanco tamaño oficio, llevan un sello y un número para identificarlos. También deben usar el tratamiento que marca la ley, como "Señor" o "Licenciado", sin omitirlo.
- Art. 1088Si mandas un documento al tribunal (como una solicitud o queja) y está mal escrito o no cumple con las reglas que marca la ley, te lo van a regresar. No importa si es una carta, un oficio o cualquier otro papel: si no está en buen lenguaje o le faltan requisitos, no lo aceptarán. Es como cuando llenas un formulario mal y te lo devuelven para que lo corrijas.
- Art. 1089Cada vez que recibas un mensaje o aviso de tu jefe, tienes que contestarle para confirmar que lo recibiste, apenas puedas hacerlo. No importa si fue un correo, un mensaje de texto o cualquier otra forma de comunicación; lo importante es que le respondas lo más pronto posible para que él sepa que ya lo viste. No es necesario que le des una respuesta larga o detallada, solo basta con que le digas "recibido" o algo parecido.
- Art. 1090Si un documento se firma en un barco o embarcación en medio del mar, debes anotar la posición exacta donde se hizo, usando la latitud y longitud. Esto sirve para dejar claro en qué lugar del océano se escribió el papel. Básicamente, se trata de registrar las coordenadas como si fuera la dirección del documento.
- Art. 1091El artículo dice que si eres parte de la Armada, no puedes aceptar que te llamen con un título más alto del que te corresponde por tu rango. Por ejemplo, si tienes el rango de teniente, no debes permitir que te digan “capitán” o algo así. La regla es que uses solo el título exacto de tu puesto, ni más ni menos. Esto evita confusiones o faltas de respeto en la jerarquía militar.
- Art. 1092Si eres un almirante, capitán u oficial de la Armada y necesitas escribirle a autoridades de otros países, tienes la obligación de saber cómo dirigirte a ellas correctamente. Esto incluye conocer los títulos y fórmulas de cortesía que se usan en el extranjero, como "Su Excelencia" o "Señor Ministro". La idea es que no cometas una falta de respeto por no saber las reglas de etiqueta internacional.
- Art. 1093Si vas a viajar al extranjero por trabajo del gobierno, debes llevar libros o documentos con información útil sobre ese país, como su política, ejército, comercio marítimo, población, puertos clave, astilleros y fortalezas en la costa. Esto es para que puedas hacer bien tus asuntos oficiales allá. En pocas palabras, te piden que vayas preparado con datos importantes del lugar que visitas.
- Art. 1094Si el capitán de un barco se separa de su flota por cualquier razón, puede enviar mensajes directamente a la Secretaría de Marina, pero debe aclarar que no tiene a la vista al barco que manda. Lo mismo aplica para capitanes de barcos que anden solos lejos de su base, los que estén en una misión urgente que la Secretaría ya avisó, y los que por alguna emergencia necesiten comunicarse rápido.
- Art. 1095La correspondencia oficial de todo Comandante de barco o Jefe de oficina debe entregarse o recibirse siguiendo los canales oficiales establecidos. Los documentos originales se quedan guardados en el archivo de la Escuadra, División, Grupo o Departamento del que dependan. Esto significa que no puedes enviar esos papeles por tu cuenta, sino que deben pasar por la cadena de mando. La copia original siempre se queda en el registro de la unidad a la que perteneces.
- Art. 1096Los marineros o personal de la Armada no pueden escribir cartas, mensajes o publicar en la prensa nada sobre las operaciones del barco o del lugar donde trabajan. Solo lo pueden hacer si su comandante o jefe les da permiso primero. Esto aplica tanto para escribir a personas particulares como a periódicos o redes sociales. Es una regla para mantener la seguridad de la información naval.
- Art. 1097A ningún miembro de la Armada le está permitido entregar a los periódicos o medios de comunicación documentos oficiales del trabajo, ni dar información para que se mencione o haga referencia a esos documentos. Solo la Secretaría de Marina (la dependencia encargada) puede autorizar que se publiquen las noticias o informes que consideren necesarios. En otras palabras, los marinos no pueden filtrar información oficial a la prensa por su cuenta; todo debe pasar por sus jefes.
- Art. 1098La bandera de guerra nacional debe ondear en la parte trasera del barco militar, ya sea en el mástil de popa o en una asta puesta en el centro de la parte de atrás. Además, el gallardete nacional, que es una bandera larga y angosta, tiene que ir en el mástil principal más alto, pero solo si no hay una insignia de un rango más alto ondeando ahí. Es decir, se usan estas señales para identificar que es un buque de guerra de México.
- Art. 1099El artículo 1,099 ya no existe en la ley. Cuando ves "derogado" significa que esa regla fue eliminada oficialmente desde el 19 de octubre del año 2000. Entonces, no tienes que preocuparte por cumplir con algo que ya no está vigente. Es como si ese artículo nunca hubiera estado en la ley actual.
- Art. 1100Este artículo ya no sirve para nada. Se eliminó de la ley el 19 de octubre del año 2000, así que no tienes que preocuparte por él. Está derogado, es decir, ya no es válido ni se aplica.
- Art. 1101Ese artículo ya no es válido. Fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000, así que ya no tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, no debes preocuparte por él porque ya no cuenta.
- Art. 1102Ese artículo ya no existe, fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del año 2000. Derogar significa que dejó de tener validez, así que ya no debes tomarlo en cuenta para nada. Ahora esa parte de la ley está vacía, como si nunca hubiera estado.
- Art. 1103La bandera de guerra de los buques de la Armada de México tiene tres franjas verticales: verde, blanca y roja, iguales entre sí. En el centro de la franja blanca va el escudo nacional, que es un águila volando parada sobre un nopal, con una culebra en las garras. Alrededor del escudo hay dos ramas, una de laurel y otra de encino, unidas en la parte de abajo. El águila, la culebra, el nopal, el laurel y el encino deben ir pintados con sus colores naturales.
- Art. 1104El artículo 1,104 ya no es válido, está cancelado desde el 19 de octubre del año 2000. "Derogado" significa que se eliminó oficialmente de la ley, por lo que no hay nada que explicar ni aplicar.
- Art. 1105El Artículo 1105 fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. Cuando un artículo se deroga, significa que ya no tiene validez ni se aplica. En la práctica, este artículo ya no existe para ningún caso legal en México. No tienes que preocuparte por lo que decía, porque la ley actual ya no lo contempla.
- Art. 1106Este artículo ya no existe, está eliminado de la ley desde octubre del año 2000. Cuando ves "(Se deroga)" significa que este texto ya no tiene ningún efecto legal. Es como si hubieran borrado esa parte del código, así que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no aplica.
- Art. 1107El artículo 1,107 fue eliminado del código o ley al que pertenecía, y ya no tiene ningún efecto legal. La derogación ocurrió el 19 de octubre del año 2000, según el Diario Oficial de la Federación (DOF). Eso significa que si buscabas una regla o derecho en ese artículo, ya no existe desde esa fecha. En términos prácticos, es como si nunca hubiera estado ahí para los casos actuales.
- Art. 1108La bandera de Sanidad es amarilla y con forma de cuadro, como un pañuelo doblado. Se usa para señalar que hay una emergencia médica o una situación de salud importante. Es como un semáforo que dice "aquí hay algo de salud que atender". Solo tiene ese color y esa forma, ni más ni menos.
- Art. 1109Cuando un barco o un grupo militar en conflicto usa una bandera completamente blanca y de forma cuadrada, significa que quiere pedir una tregua o negociar. Es la señal universal para decir "alto al fuego" o "quiero hablar sin pelear". No importa de qué país sea, esa bandera blanca es un símbolo de paz mientras dure la conversación.
- Art. 1110La bandera de práctico es una bandera especial que usan los barcos con forma de la letra "S" del Código Internacional de Señales. Esta bandera indica que a bordo hay un práctico, que es un experto que ayuda a navegar en puertos o zonas difíciles. Es como un código que todos los barcos conocen para comunicarse.
- Art. 1111Este artículo ya no sirve porque fue eliminado oficialmente el 19 de octubre del año 2000. Cuando una ley se deroga, significa que ya no tiene efecto legal, como si la hubieran borrado del libro de leyes. Así que no tienes que preocuparte por cumplir con algo que ya no existe.
- Art. 1112Este artículo ya no sirve, fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del 2000. Cuando una ley dice "derogado", significa que ya no tiene ningún efecto legal. No necesitas preocuparte por entenderlo porque ya no aplica en ningún caso.
- Art. 1113Este artículo ya no existe como ley. Quiere decir que fue eliminado oficialmente del Código Civil el 19 de octubre del año 2000. Desde esa fecha, no tienes que preocuparte por lo que decía porque ya no aplica. En términos sencillos, es como si ese artículo hubiera sido borrado y ya no tiene ningún efecto legal.
- Art. 1114Las embarcaciones mexicanas que el Gobierno rente para que las use la Marina, pero solo si el propio Gobierno paga por armarlas y equiparlas, deben usar la bandera de guerra (la misma que usan los buques de la Armada) mientras estén en esa misión. Esto aplica aunque el barco sea de una empresa privada.
- Art. 1115El artículo 1115 ya no es válido, porque fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. Eso quiere decir que no debes preocuparte por lo que decía, ya no aplica. En el mundo legal, cuando un artículo está "derogado" significa que perdió su fuerza y ya no se usa.
- Art. 1116Este artículo fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. Antes existía la figura del Vicepresidente de la República, pero como se quitó el artículo, ya no hay nadie con ese puesto. En pocas palabras, el artículo está cancelado y ya no tiene ningún efecto legal.
- Art. 1117El Artículo 1,117 que decía algo sobre el Secretario de Guerra y Marina ya no existe. Fue eliminado oficialmente el 19 de octubre del año 2000. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez y no se aplica. En pocas palabras, este artículo ya no cuenta para nada.
- Art. 1118Ese artículo ya no existe, lo quitaron de la ley el 19 de octubre del 2000. Está "derogado", que significa que fue eliminado oficialmente y ya no tiene ningún efecto legal. No hay nada que tengas que entender o aplicar de él, porque fue borrado hace muchos años.
- Art. 1119El artículo 1,119 fue eliminado oficialmente de la ley desde el 19 de octubre del año 2000. Por eso, hoy ya no existe ni tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, cuando ves "(Se deroga)" significa que esa regla ya no se aplica, como si la hubieran borrado del libro de leyes. No tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no sirve para nada.
- Art. 1120Ese artículo ya no es válido, porque fue eliminado oficialmente de la ley el 19 de octubre del año 2000. En términos simples, ya no tienes que preocuparte por él, no aplica para nada. Cuando una ley se deroga, es como si nunca hubiera existido para situaciones actuales. No afecta tus derechos ni obligaciones hoy en día.
- Art. 1121El Artículo 1,121 fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del año 2000, así que ya no está vigente. Antes hablaba de un "Comodoro con mando en Jefe", un rango militar, pero al derogarse ya no tienes que preocuparte por lo que decía. En palabras sencillas, ese artículo ya no existe y no aplica para nada hoy en día.
- Art. 1122Ese artículo está derogado, lo que significa que ya no está vigente y por lo tanto no tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, ya no es una ley que debas tomar en cuenta. Si ves un artículo así, ignóralo porque la ley ya no lo reconoce.
- Art. 1123Este artículo ya no sirve para nada porque fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. Cuando una ley se "deroga", significa que se borra o se cancela oficialmente. Así que no tienes que preocuparte por entenderlo, ya no aplica en ningún caso legal.
- Art. 1124Este artículo ya no sirve para nada. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. O sea, como si lo hubieran borrado y ya no existe ni se aplica. No tienes que preocuparte por él.
- Art. 1125Ese artículo ya no es válido, porque fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. En lenguaje legal, cuando un artículo está "derogado" significa que ya no tiene ningún efecto y no se aplica para nada.
- Art. 1126Ese artículo ya no existe en la ley porque fue eliminado (derogado) desde el 19 de octubre del 2000. Básicamente, ya no tiene ningún efecto ni aplicación. Así que, si alguien mencionaba al "comandante de buque" basándose en ese artículo, ya no es válido ni sirve para nada legalmente.
- Art. 1127Ese artículo ya no sirve. "Derogado" significa que fue eliminado de la ley oficialmente desde octubre del año 2000. Antes hablaba sobre qué hacer cuando varios barcos se juntaban y quién era el comandante con más autoridad. Como ya no existe, no tienes que preocuparte por lo que decía.
- Art. 1128El Artículo 1,128 fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000, según el Diario Oficial de la Federación. Como está derogado, ya no tiene ningún efecto legal ni se puede aplicar. En pocas palabras, esa regla ya no existe y no debes preocuparte por ella. Lo único que dice es que fue quitada, así que no hay nada que entender o seguir.
- Art. 1129Si dos o más escuadrones o grupos de barcos de guerra llegan al mismo puerto y sus jefes tienen el mismo rango, pero cada uno manda su propio grupo, entonces el que tenga más tiempo en el cargo va a colocar una bola negra debajo de la bandera de su barco. Eso sirve para que todos sepan quién es el más antiguo entre ellos.
- Art. 1130Ese artículo ya no aplica. Fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000, por lo que actualmente no tiene ningún efecto legal. Básicamente, esa regla ya no existe y no debes preocuparte por ella.
- Art. 1131El artículo 1,131 dice que nadie puede poner banderas o señales de mando especiales en un barco si no tiene un puesto activo en ese barco. Por ejemplo, si un general de la Armada o del Ejército viaja como pasajero en un transporte, no debe usar esas insignias. Solo se permite en los casos que la misma Ordenanza señala. En otras palabras, si no eres el jefe a bordo, no uses los símbolos de mando.
- Art. 1132El artículo que mencionas ya no es válido. "Derogar" significa que se eliminó de la ley el 19 de octubre del año 2000. Por lo tanto, ya no hay ninguna regla que entender ni aplicar de este artículo. No tienes que preocuparte por él, porque para efectos prácticos ya no existe.
- Art. 1133Este artículo ya no sirve, está derogado, es decir, que fue eliminado de la ley. Aparece aquí solo como un registro, pero desde octubre del año 2000 no tiene ningún efecto legal. Eso significa que no debes tomarlo en cuenta para nada.
- Art. 1134Este artículo ya no existe, fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000, así que no tiene ningún efecto legal hoy. Lo que dice es que solo se mencionaban a los secretarios de Estado, excepto los de Guerra y Marina. Como está derogado, no debes preocuparte por cumplirlo ni aplicarlo.
- Art. 1135Este artículo ya no existe. Fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. Antes hablaba de los gobernadores de los estados, pero se quitó oficialmente. Eso significa que hoy no tiene ningún efecto legal ni puedes usarlo para nada.
- Art. 1136El artículo 1,136 de la ley fue eliminado oficialmente el 19 de octubre del año 2000. Las palabras "se deroga" y "artículo derogado" significan que esa regla ya no tiene validez ni se aplica. En México, cuando una ley se derroga, es como si nunca hubiera existido para efectos legales actuales. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por lo que decía ese artículo, porque ya no está vigente.
- Art. 1137Este artículo ya no sirve, fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. Está completamente derogado, así que no tienes que preocuparte por él ni tomarlo en cuenta para nada. Es como si nunca hubiera existido en la versión actual de la ley.
- Art. 1138Ese artículo ya no sirve porque fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. En términos simples, está "derogado", que significa que ya no tiene validez ni efecto legal. Lo único que decía era sobre los Cónsules Generales y Cónsules, pero como ya no existe, no tienes que preocuparte por él.
- Art. 1139Este artículo ya no existe. La palabra "derogado" significa que la ley que estaba aquí ya no es válida desde el 19 de octubre del año 2000. En pocas palabras, ya no tienes que preocuparte por lo que decía este artículo, porque ya no aplica.
- Art. 1140Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. Al estar derogado, ya no tienes que cumplir ni preocuparte por lo que decía sobre los honores a la Bandera. En otras palabras, esa regla ya no existe y no te afecta.
- Art. 1141Cuando un barco de la Armada está amarrado en un puerto y está activo, tiene que subir su bandera todos los días a las 8 de la mañana y bajarla al atardecer. Pero si el barco está decorado por una celebración especial, la bandera se sube y se baja justo a la salida y puesta del sol. También hay excepciones cuando se hacen honores fúnebres. En zonas muy al norte o al sur, si el sol se pone después de las 8 de la noche, la bandera se baja a esa hora.
- Art. 1142Cuando se sube la bandera en un barco de la Armada, los soldados de guardia deben formarse en fila viendo hacia atrás. Al dar la hora exacta, un centinela dispara su arma y luego la presenta en señal de respeto. La banda toca una marcha especial, y todos los marinos y oficiales saludan militarmente mirando hacia la popa, que es la parte trasera del barco. Lo mismo se hace al bajar la bandera, pero además se prenden las luces blancas del puerto. Cuando el barco está navegando y se ven otros barcos, solo se hace un saludo con silbato y con la mano. En otras situaciones, todo se hace en silencio, sin ceremonias.
- Art. 1143Cuando los barcos (buques) izan o bajan la bandera, todos deben hacerlo al mismo tiempo y de la misma manera. Para lograr eso, deben seguir las órdenes del barco que manda, como el barco del jefe o del comandante con más rango. Esto aplica cuando hay varios barcos mexicanos juntos. Así todos se mueven sincronizados y en orden.
- Art. 1144Este artículo habla de las reglas para usar la música en los barcos de la Marina. Si el barco tiene una banda de música (normalmente la del barco donde está el mando), esa banda debe tocar el Himno Nacional en ciertos momentos. Los días normales de la semana, la banda solo toca la parte de entrada del himno para saludar a la bandera. Pero los domingos y en días de fiesta patria (como el 16 de septiembre), deben tocar el himno completo. Además, los barcos que estén en reparación o en un dique seco no deben izar la bandera. Esto significa que si el barco no puede navegar por estar en mantenimiento, no aplican estas reglas de rendir honores.
- Art. 1145Cuando un barco mexicano está en un puerto de otro país, o en un puerto mexicano pero con barcos extranjeros cerca, primero se toca el Himno Nacional Mexicano completo. Luego, se toca el himno completo del país dueño del puerto donde está el barco. Después, se tocan los himnos de los países de los barcos extranjeros que estén presentes, en orden de acuerdo a la importancia de sus banderas o de sus capitanes. Esto aplica tanto si el barco mexicano está en puerto extranjero como si está en puerto nacional pero con otros barcos de fuera cerca.
- Art. 1146Cuando estés en un barco de la Armada (la marina de guerra de México), si ves que durante el día disparan un cañonazo y al mismo tiempo la bandera nacional está amorronada (es decir, doblada o atada con un nudo a la mitad de su largo), eso significa que hay un peligro muy grave a bordo y que necesitan ayuda urgente. Si es de noche, la señal de emergencia es que toquen la campana una y otra vez, y además en la parte más alta o visible del barco pongan dos faroles rojos colgados uno arriba del otro, separados por un metro y medio (150 centímetros). Así es como se pide auxilio rápidamente cuando algo muy malo está pasando en el barco.
- Art. 1147Cada que un barco de la Armada Mexicana esté anclado en otro país, tiene que poner una bandera chiquita en la parte de adelante del barco (proa) al momento de izar la bandera grande del día. En puertos mexicanos, esa banderita solo se pone los domingos y cuando haya barcos de guerra de otros países en el mismo lugar. Hay dos excepciones: no se pone en los días de lavar ropa ni cuando el barco está navegando o moviéndose.
- Art. 1148Si un barco de la Armada de México está anclado en aguas de otro país, todos sus botes pequeños que vayan a tierra o hacia otros barcos deben llevar la bandera mexicana colgando en la parte de atrás. La única excepción es cuando los botes están amarrados a los costados del barco y este está decorado con banderas por alguna celebración: en ese caso, los botes sí deben poner su bandera.
- Art. 1149En días de fiesta o celebración, cuando los barcos se decoran (engalanan) o medio decoran, las banderas y adornos de cada barco deben colocarse encima de la bandera nacional, que se iza en el mismo mástil que ellos. Para la decoración completa, las banderas de señales se colocan en cuerdas (andariveles) que se mueven con poleas (motones) sujetas en la parte alta del barco, y van desde la punta de atrás (popa) hasta el palo de adelante (botalón o roda), si es que hay. El orden para ponerlas es el que marca el Código Internacional de Señales.
- Art. 1150Ese artículo fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del año 2000. Eso quiere decir que ya no está vigente y no tienes que preocuparte por él. Cuando una ley se deroga, simplemente se borra y deja de aplicarse.
- Art. 1151El Artículo 1,151 fue eliminado del código desde octubre del año 2000, así que ya no está vigente. "Derogado" significa que esta regla ya no tiene ningún efecto legal. No tienes que preocuparte por lo que decía porque ya no aplica. En la práctica, es como si esa parte de la ley nunca hubiera existido para los casos actuales.
- Art. 1152En días festivos, los barcos se decoran con banderas, pero si llueve muy fuerte o hay mucho viento, se deben quitar para que no se dañen. La persona a cargo más veterana a bordo puede dar la orden de retirarlas y debe avisar a tiempo a los capitanes de los barcos extranjeros. En general, se evita poner las decoraciones si el clima o cualquier otra cosa pueda echar a perder las banderas.
- Art. 1153Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado (derogado) de la ley el 19 de octubre del año 2000. Derogar significa que se canceló oficialmente, así que ya no hay nada que cumplir ni entender de él. En pocas palabras, es como si hubiera sido borrado del código legal.
- Art. 1154Este artículo ya no existe, porque fue derogado (eliminado de la ley) desde octubre del año 2000. Significa que ya no tienes que preocuparte por lo que decía, porque no tiene ningún efecto legal desde hace más de 20 años. En términos prácticos, es como si nunca hubiera estado en la ley.
- Art. 1155Si eres un general, jefe u oficial de la Marina en México y estás en un puerto de otro país, tienes que ir a los eventos oficiales en tierra solo si te invitan formalmente. Pero solo debes asistir si esos actos no ofenden a México ni te traen malos recuerdos. Además, siempre que puedas, debes seguir las costumbres del lugar donde te encuentres.
- Art. 1156Este artículo dice que cualquier barco mexicano, al entrar o salir de un puerto, debe izar su bandera aunque sea de noche o en un horario en que normalmente no se usa, siempre y cuando haya suficiente luz para que se pueda ver. La bandera se baja en cuanto el barco echa el ancla para quedarse en el puerto, o cuando ya está tan lejos de la costa que nadie puede reconocer de qué país es. También aplica para barcos de guerra de otros países, si ellos tienen su bandera izada. Y lo mismo se hace en los fuertes y baterías de la costa, o sea, en lugares militares cerca del mar.
- Art. 1157Cuando los barcos de guerra mexicanos entren o salgan de un puerto durante la noche, deben poner dos luces blancas en la parte más alta del barco o en un lugar donde se vean bien. Las luces deben estar separadas una de otra por un metro y medio, una arriba y otra abajo. Esas luces se bajarán cuando el barco se detenga para anclarse o cuando se aleje tanto que ya no se vea. Es una regla para que otros barcos sepan lo que está haciendo el buque de guerra en la oscuridad.
- Art. 1158Cuando un barco está anclado en el puerto y otro barco empieza a izar una señal (como una bandera de identidad), todos los demás deben izar la misma señal también. La señal se debe bajar al mismo tiempo que el primer barco la baja. Esto sirve para que todos los barcos se identifiquen entre sí de manera ordenada.
- Art. 1159Cuando la bandera tenga que ponerse a media asta, primero la subes hasta arriba del todo mientras le haces los honores oficiales, y luego la bajas hasta la mitad del asta. Si ya está izada (puesta arriba), nomás la bajas directo a media asta. Para quitarla cuando está a media asta, primero la subes otra vez hasta arriba y luego la bajas con los honores.
- Art. 1160Cuando los barcos de la Marina están navegando, la bandera se coloca en lo alto del mástil (el "pico"), a menos que el comandante decida que eso estorba las señales. Si el barco está anclado, la bandera va en el asta (como un poste fijo), pero los domingos o en días de fiesta se pone en el pico, igual que cuando el barco se empieza a mover dentro de la bahía. Cuando un barco ancla y tenía la bandera en el pico, se baja de ahí y se sube en el asta. Al subir o bajar la bandera, siempre debe hacerse despacio y, si hay una bandera más pequeña en la proa (la parte de adelante del barco), también se sube o baja al mismo tiempo.
- Art. 1161Cuando un barco militar mexicano (de la Armada) llega de noche a un puerto, ya sea en México o en otro país, al amanecer tiene que subir su bandera por un ratito para que todos sepan que es mexicano. Los otros barcos que estén ahí suelen responder haciendo lo mismo, izando su propia bandera por unos segundos. Es como un saludo rápido entre barcos para identificarse.
- Art. 1162Los barcos de guerra mexicanos que estén anclados en cualquier puerto del país pueden pedirles a los barcos comerciales mexicanos que los saluden con su bandera cuando lleguen o se vayan. El saludo consiste en subir y bajar la bandera tres veces seguidas. El barco de guerra responde bajando su bandera una vez a media driza, que es la mitad del mástil. Si un barco extranjero saluda, el barco de guerra también contesta, bajando su bandera tantas veces como el otro la haya arriado.
- Art. 1163Imagina que vas navegando. Este artículo dice cómo usar la bandera en un barco para saludar o identificarte. Cuando estés en el mar o cerca de la costa, solo debes izar (subir) la bandera en estas situaciones: si ves otros barcos que no sean de tu misma armada, si quieres saber de qué país es un barco que trae su bandera tendida, o si te acercas a la playa, un faro, un puerto o un pueblo. También la izas si no hay una razón muy especial para no hacerlo. Cuando subas la bandera por estas razones, siempre la colocas en el pico, que es la punta más alta del mástil trasero del barco.
- Art. 1164Si un barco de guerra mexicano navega en alta mar con su bandera desplegada, puede pedirle a cualquier otro barco mercante (de carga o pasajeros) mexicano o extranjero que se le acerque, que también muestre su bandera. Esto aplica solamente si el barco mercante pasa cerca del buque de guerra. El barco de guerra tiene derecho a exigirle que se identifique.
- Art. 1165Cuando un barco de guerra mexicano entra o sale de un puerto y se cruza cerca de un barco de guerra de otro país, o cuando dos barcos de la Armada de México se pasan cerca uno del otro, deben hacerse honores. Esto significa que la guardia (los marinos de turno) se forma en un lugar visible del barco, como la toldilla (la parte de atrás de la cubierta), y todos cargan sus armas de una manera especial. Los centinelas también lo hacen, y se quedan así hasta que el otro barco pase por completo. Si alguno de los barcos tiene una bandera especial de mando, el corneta toca una señal para llamar la atención. Además, todos los oficiales y marineros que estén en cubierta, en la toldilla o en botes deben saludar, viendo hacia el otro barco. Cuando el barco ya pasó, el corneta toca otra vez, la guardia se retira y la gente vuelve a sus labores. También es común que, si el barco tiene una banda de música, toque el himno nacional del otro país, junto con los honores de la guardia.
- Art. 1166Cuando un barco de guerra extranjero llega a un puerto mexicano donde ya hay barcos de la Armada de México, el comandante mexicano más antiguo debe mandar a un oficial de menor rango a saludar al comandante del barco que llegó. Si el barco que llega tiene una bandera que muestra que su comandante es de mayor rango, el mexicano debe esperar a que ese comandante lo salude primero y luego responderle rápido. Si el barco que llega tiene una bandera de mando más alto, entonces el mexicano debe hacer el primer saludo sin esperar. Si llegan varios barcos de distintos países, se debe saludar a cada comandante por separado. Y el comandante que recibe el saludo tiene que contestar de inmediato, también mandando a un oficial.
- Art. 1167Cuando un barco de guerra de otro país llega a un puerto mexicano, la autoridad de Marina o del Ejército debe mandar a un oficial a darle la bienvenida. Esto se hace después de que los de salud revisen que todo esté bien a bordo. El oficial tiene que hacer los saludos formales que se acostumbran, ya sea yendo él a visitar el barco o esperando que el capitán extranjero lo visite primero. No importa si en ese momento hay o no barcos de guerra mexicanos en el puerto.
- Art. 1168Si un barco de otro país llega a un puerto de México, al recibirlo no hay que hacer una ceremonia especial ni complicada. Solo hay que decirles que el Gobierno de México está listo para ayudarles en todo lo que necesiten para que su viaje salga bien. Es como recibir a un amigo con buena onda y ofrecerle apoyo.
- Art. 1169Un barco de guerra de otro país no puede estar en aguas mexicanas más de un mes. Si necesita quedarse más tiempo por una razón válida, el capitán debe avisarle a la autoridad de Marina del puerto con anticipación, y esa autoridad le reportará a su jefe. En el caso de los barcos de guerra mexicanos que estén en aguas de otros países, los capitanes deben preguntar cuánto tiempo máximo les permite la ley de ese lugar.
- Art. 1170Si un barco de guerra mexicano llega a un puerto de otro país donde ya hay barcos de guerra de naciones amigas, el capitán mexicano no debe ir a visitarlos primero. Tiene que esperar a que ellos le manden un oficial para saludarlo. Cuando eso pase, el capitán mexicano debe devolver la visita de inmediato, pero enviando a un oficial en su lugar. Sin embargo, si en esos barcos extranjeros hay una bandera que indique que el jefe militar de mayor rango está a bordo, entonces el capitán mexicano sí tiene que ir personalmente a visitarlo.
- Art. 1171Si un barco mexicano o un grupo de barcos mexicanos están en aguas de otro país y van a hacer un evento especial (como decorar el barco con banderas a toda asta o a media asta), el capitán principal debe avisar con tiempo a las autoridades del puerto. Ese aviso se hace a través del cónsul o embajador mexicano, y también directamente a los capitanes de los barcos extranjeros que estén cerca, explicándoles qué celebración se va a hacer y cómo. Además, dentro de las 24 horas después de que termine la fiesta, se debe enviar a un oficial del barco para agradecer a las autoridades y a los capitanes extranjeros que hayan participado en la celebración.
- Art. 1172Si hay barcos mexicanos en un puerto de México o del extranjero y también hay barcos de guerra de otro país celebrando una fiesta patria o el cumpleaños de su rey o gobernante, los barcos mexicanos deben unirse a la celebración si reciben una invitación oficial. Tienen que decorar el barco, hacer disparos de salva (como un saludo con cañones) y mostrar alegría igual que los barcos extranjeros, y además deben poner la bandera de ese país en el mástil principal. Los disparos de salva no pueden ser más de 21, a menos que otro artículo lo permita, y solo se hacen al mediodía, como es costumbre en varios países con marina.
- Art. 1173Cuando una autoridad de un país amigo visita un barco de la Armada Mexicana, la tripulación debe regresar esa visita en un plazo máximo de 24 horas, a menos que haya una razón de fuerza mayor, como una tormenta. Estas visitas solo se pueden hacer después de que se haya izado la bandera nacional y antes de que se ponga el sol. En los domingos se evitan las visitas y saludos, a menos que sea necesario, pero entonces se hacen fuera de los horarios de servicios religiosos o de comida de la tripulación. Entre semana también se evitan durante maniobras, limpiezas pesadas o cuando cargan carbón; si por eso se retrasa el protocolo, solo hay que explicar la situación.
- Art. 1174Cuando un barco o autoridad de otro país reciba una visita de cortesía, quien vaya a hacerla debe vestir el uniforme más formal, como de gala. La visita solo debe durar lo necesario para los saludos y protocolos, sin alargarse. Si hace calor, se puede usar el uniforme blanco, pero solo si la gente del barco extranjero también lo usa o lo acepta. Así se siguen las reglas de etiqueta en la marina.
- Art. 1175Cuando un barco mexicano llega a un puerto de otro país, lo primero que debe hacer, apenas le den permiso de bajar, es visitar al diplomático o cónsul mexicano más importante que esté ahí. Pero si a bordo del barco ya viene un diplomático de mayor rango que el que está en el puerto, entonces hay que esperar a que él haga la visita primero y, para eso, el barco manda un bote con un oficial para recibir sus órdenes. Después de eso, sin hacer distinciones, se va a visitar a las autoridades navales, militares y políticas del puerto.
- Art. 1176El artículo dice que los diplomáticos mexicanos (como embajadores o ministros) que representan a México en el extranjero deben recibir visitas oficiales de la misma manera, sin importar su rango. Es decir, todos ellos merecen el mismo trato y respeto en esas visitas. No importa si son de alto nivel (embajador) o un poco menos (encargado de negocios), todos son tratados igual. Esto aplica solo a los empleados diplomáticos de nuestro país, México.
- Art. 1177Si no hay embajadores o cónsules mexicanos en el lugar, el Comandante debe mandar a un ayudante para que hable con las autoridades locales. El ayudante tiene que averiguar cómo se manejan ahí las reglas de cortesía y los tratos formales. Además, el trato que se dé a los mexicanos debe ser exactamente el mismo que ellos den a los extranjeros en México. En corto, es como un "como me ves, te verás": ni más ni menos.
- Art. 1178Los capitanes de barco que tengan un rango menor al de Capitán de Fragata (como tenientes o guardiamarinas) tienen la obligación de ir primero a saludar a los Cónsules Generales en el puerto donde lleguen. En cambio, si se trata de cónsules, vicecónsules o agentes consulares de menor nivel, esos capitanes deben esperar a que estos los visiten a ellos. Básicamente, es una regla de cortesía para saber quién saluda primero según el rango del cónsul.
- Art. 1179Este artículo habla sobre las reglas de cortesía entre diplomáticos y oficiales de la Armada en México. Cuando un diplomático de alto rango (como un Embajador) visita a un alto oficial de la Marina (como un Almirante), debe ir personalmente a saludarlo. Si el diplomático es de menor rango, puede mandar a su secretario en su lugar. Por otro lado, los oficiales de la Marina también deben devolver la visita personalmente a los diplomáticos importantes, pero si son menos importantes, pueden enviar a otro oficial en su lugar. Además, el comandante del barco debe prestar un bote o lancha adecuada para que los diplomáticos puedan subir al buque a hacer sus visitas.
- Art. 1180Cuando dos oficiales de la Armada se encuentran en un puerto y tienen el mismo rango, el que acaba de llegar debe ir a visitar personalmente al que ya estaba. Si tienen diferente rango, el de menor categoría es quien tiene que hacer la visita primero. Si el oficial que llega es de igual o mayor rango que el que está en tierra, y ambos son generales, el que llegó está obligado a ir a visitarlo en persona. Pero puede mandar a su jefe de Estado Mayor (su asistente principal) para hacer la visita o devolver las visitas, siempre y cuando ese jefe tenga un rango menor que el suyo.
- Art. 1181Cuando dos jefes de gobierno lleguen a un lugar, deben visitarse en persona dentro del primer día (24 horas). Después, el que recibió la visita tiene que devolverla al otro jefe dentro del siguiente día (las siguientes 24 horas).
- Art. 1182Cuando un barco mexicano llega a un puerto del país donde haya un Jefe de Zona, de Armas o Comandante Militar, debe seguir el mismo orden de visitas que ya se explicó antes. La primera visita tiene que ser al jefe de menor rango, y si varios tienen el mismo rango, se visita al que haya llegado primero. Esto es para que todo se haga de manera ordenada y respetuosa.
- Art. 1183Cuando dos escuadras (grupos de barcos militares) se encuentren en el puerto, primero los jefes de cada escuadra se hacen una visita personal. Después de eso, cada comandante de barco de la escuadra que recién llegó tiene que ir a visitar, uno por uno, a cada comandante de barco de la escuadra que ya estaba en el puerto. Y esos comandantes que ya estaban tienen la obligación de devolver la visita, pero deben hacerlo dentro de las siguientes 24 horas.
- Art. 1184Si eres el oficial a cargo de un barco mexicano y llegas a un puerto donde hay otro barco mexicano con un oficial de mayor rango o más antiguo, después de amarrar tu barco, tienes que ir en persona a visitarlo. Si tú tienes más rango que el oficial que ya está en el puerto, entonces él debe visitarte a ti. Pero si ambos tienen el mismo rango, el que llega es el primero que debe ir a saludar.
- Art. 1185Artículo 1,185.- Imagina que dos grupos de barcos de guerra se encuentran en el mar, y cada grupo tiene su propio jefe que no depende del otro. Después de que se haga una primera visita de cortesía (como se explica en el artículo anterior), los comandantes de los barcos del grupo menos importante o con menos antigüedad deben ir a saludar al jefe del grupo más importante o más antiguo. Luego, ese jefe y sus oficiales tienen que devolver la visita, siguiendo las mismas reglas que ya se mencionaron.
- Art. 1186Cuando un grupo de barcos de guerra (escuadra, división o grupo) llega a un puerto, los jefes de cada barco deben ir al barco principal (el "buque insignia") para reportar cómo les fue en el viaje y si tuvieron algún problema. Esto es una regla para mantener el orden y la comunicación entre todos los barcos de la flota.
- Art. 1187Cuando un jefe militar o capitán de un barco de otro país va a visitar un barco mexicano y el capitán de ese barco no está, el oficial de guardia debe esperar en la parte de abajo de la escalera para avisarle al visitante que el capitán no está. Aunque el capitán no esté, la visita se considera como hecha y se le dan los honores correspondientes al visitante. Además, la primera vez que un capitán mexicano visite un barco de guerra extranjero, debe dejar su tarjeta de presentación al jefe del barco visitado.
- Art. 1188Los barcos de guerra de México tienen que saludar con un grito especial y disparando sus cañones, pero solo cuando esta ordenanza lo indique. Eso quiere decir que no pueden andar disparando por cualquier cosa, solo en situaciones específicas que ya están establecidas.
- Art. 1189El artículo dice que ningún saludo con cañonazos puede tener más de 21 disparos, a menos que sea por una visita oficial de otro país y no haya otra opción. Además, no se pueden hacer salvas (disparos de ceremonia) antes de que salga el sol ni después de que se ponga, excepto las que se hacen el día de la Independencia de México.
- Art. 1190El artículo 1190 habla sobre cómo se hacen los saludos con cañonazos (llamados "salvas") en el mar. Cuando se hace un saludo de respeto a otro país o a una persona importante, se pone una bandera grande en la parte de atrás del barco, y en lo alto se coloca la bandera del país o persona a la que se saluda. Esa bandera se sube justo en el primer cañonazo y se baja o no en el último, según lo que se haya acordado. También hay que asegurarse de no tener colgada ropa u otras cosas que se vean desde afuera mientras se hacen los disparos de saludo.
- Art. 1191Los barcos de guerra mexicanos que tengan menos de seis cañones no tienen la obligación de hacer saludos con disparos, a menos que sea por situaciones especiales o por cortesía con otros países. Cuando sí hagan estos saludos, deben usar cañones que sean del mismo tipo y que suenen parecido, para que sea uniforme. Además, esos cañones deben tener un tamaño de entre 47 y 120 milímetros de diámetro, ni más chicos ni más grandes. En resumen, la regla dice cómo y cuándo los buques de guerra deben hacer salvas de cañón, pero les da una excepción si tienen pocos cañones.
- Art. 1192Cuando das un saludo con cañones desde lo alto del barco (las cofas), no debes apuntar los cañones hacia el barco que saludas. Además, entre cada disparo debes esperar exactamente seis segundos antes del siguiente. Esto es para que todo sea seguro y ordenado.
- Art. 1193Los torpederos (un tipo de barco militar rápido) no tienen que hacer el saludo de cortesía a otros barcos. Si algún barco de la Armada no puede saludar por alguna razón, otro barco de la Armada, elegido por el oficial de mayor rango que esté ahí, lo hará en su lugar.
- Art. 1194Si un barco se encuentra con una situación complicada donde no saludar a otro barco pueda ser visto como una falta de respeto o causar problemas, entonces ese barco debe saludar, aunque las reglas no le exijan hacerlo. Solo debe hacerlo si no hay riesgo de un accidente grave. En otras palabras, la prioridad es evitar conflictos, pero siempre cuidando que no pase algo peligroso.
- Art. 1195Cuando un barco de guerra o un grupo de barcos de guerra llegue por primera vez a un puerto de México, debe saludar al puerto lanzando 21 disparos de cañón. Lo mismo pasa si el barco o el grupo de barcos no había visitado México en cuatro años seguidos, o si acaba de dar la vuelta al mundo. Es una forma de saludo tradicional entre la marina y el país.
- Art. 1196Si un barco de guerra mexicano, o varios juntos, llegan a un puerto de otro país para hacer una visita de cortesía, o si ahí ya está anclado un barco de guerra de esa misma nación, el comandante del barco (o el jefe de la escuadra, o el comandante más veterano si son varios barcos) debe saludar al puerto lanzando 21 cañonazos. Pero antes de hacerlo, tiene que asegurarse de que el otro lado va a responder con el mismo número de disparos, uno por uno.
- Art. 1197Cuando un barco llega a un puerto, tiene que hacer el saludo de cortesía en cuanto entre, antes que cualquier otra cosa. Ese mismo barco no puede repetir el saludo al mismo puerto hasta que hayan pasado por lo menos 12 meses. La única excepción es si en ese lugar hay una costumbre o tradición que obligue a hacerlo antes, entonces sí se puede repetir antes del año.
- Art. 1198Si hay una salva de cañones, en el primer disparo debes izar la bandera del país al que se saluda hasta lo más alto del mástil principal. Después, cuando suene el último disparo de esa salva, tienes que bajar la bandera. Esto aplica para ceremonias oficiales o actos especiales donde se saluda a otra nación.
- Art. 1199Si un barco mexicano iza una bandera extranjera para saludar a un puerto o a una autoridad de otro país, esa bandera no sustituye a la bandera de mando del barco (como la del capitán). La de mando debe seguir en su lugar original. Si está en el palo mayor, la bandera extranjera se pone en otro palo. Si solo hay un palo, se coloca en el mismo pero con una soga diferente, siempre del lado donde esté la ciudad o el fuerte.
- Art. 1200Después de saludar a la plaza (el lugar donde está el barco), se saluda a la Marina de Guerra con cañonazos. El número de cañonazos depende del rango de la insignia (bandera especial) que se ponga en el mástil principal. Cuando suene el primer cañonazo, se sube la bandera del país que se está saludando en la punta de un mástil, y también se sube una vela pequeña si la hay; ambas se bajan cuando suene el último cañonazo. Si dos barcos tienen el mismo rango, el que llegue primero saluda al otro.