ORDENANZA General de la Armada
Artículos explicados en lenguaje simple · página 5
- Art. 801El Médico Subinspector de Escuadra o Departamento (el doctor a cargo de la salud en un grupo de barcos) no puede revisar a nadie de la tripulación a menos que reciba una orden por escrito del Comandante en Jefe (el jefe máximo de esa flota). También tiene que seguir la misma regla para dar certificados médicos a los oficiales o marineros que ya no pueden trabajar, ya sea para pedir una licencia, retirarse, obtener un premio, o para usarlos en juicios militares o civiles. En resumen, necesita siempre un permiso por escrito del mando más alto para hacer cualquier reconocimiento médico o emitir documentos oficiales.
- Art. 802Cada tres meses, un jefe del área médica de la Marina debe entregar reportes secretos sobre todos los doctores que están bajo su mando, ya sea que trabajen en un barco o en tierra firme. Estos reportes son para que se usen al momento de decidir quién merece un ascenso. Solo los jefes navales ven esta información, porque es confidencial.
- Art. 803El artículo dice que el médico que trabaja en un barco debe reportarle al Jefe del Estado Mayor cualquier novedad médica, como si hay enfermos o heridos. También tiene que avisarle si necesita refacciones o si se pierden medicinas y herramientas de su botiquín. En pocas palabras, el médico a bordo le informa al mando militar sobre la salud de la tripulación y sobre lo que le haga falta para dar atención. Esto es para que el barco esté preparado y no falten suministros médicos.
- Art. 804En los barcos de guerra de la Marina mexicana, viajarán tantos doctores como esté establecido en el presupuesto del barco. Estos doctores son parte del servicio médico naval o del servicio médico militar, y tienen que seguir las órdenes de los jefes de esos servicios y de los oficiales de alto rango de la Armada para los que trabajen.
- Art. 805En los cuarteles o bases navales, el jefe de cada unidad debe organizar que siempre haya un médico de guardia para cubrir cualquier emergencia cuando los médicos de los barcos no estén. Además, si los barcos están anclados en un puerto donde el mar esté picado o con olas fuertes, uno de los doctores debe quedarse a bordo en todo momento.
- Art. 806Si un barco llega a un puerto y no tiene médico a bordo, los doctores que estén en otros barcos de ese mismo puerto tienen la obligación de visitar a los enfermos de ese barco sin médico, con la frecuencia que sea necesaria. Además, deben darle instrucciones claras a los farmacéuticos y enfermeros de ese barco sobre cómo cuidar la salud de la tripulación y qué hacer en caso de emergencias o accidentes.
- Art. 807Este artículo dice que cuando hay más de un médico en un barco, deben repartirse a los pacientes para que cada quien atienda a los suyos. El médico con más años de experiencia tiene que pasar una lista diaria para asegurarse de que todos hagan bien su trabajo. Si ve que algo anda mal, puede darles consejos o corregir cómo están tratando a los enfermos. En pocas palabras, es como un jefe médico que supervisa que todo el equipo cumpla con sus obligaciones.
- Art. 808La visita de enfermería y la revista de las que habla el artículo anterior se harán a las horas que decida el Comandante del buque. Es decir, el encargado del barco es quien elige cuándo se realizan esas revisiones médicas. No hay un horario fijo, depende de lo que él ordene.
- Art. 809El artículo 809 dice que, en un barco, el médico con más rango o tiempo trabajando debe vigilar cómo se portan los otros médicos, farmacéuticos y enfermeros. Si ve que alguien comete una falta, tiene que llamarle la atención y corregirlo. Además, siempre debe reportar lo que pasó al Comandante del barco. En pocas palabras, el médico de mayor jerarquía es el encargado de mantener el orden entre el personal de salud a bordo.
- Art. 810El médico más nuevo o con menos años de experiencia en un barco, o el farmacéutico, es el encargado de cuidar las medicinas, instrumentos, herramientas de cirugía y vendajes. Es su responsabilidad que todo esté en buen estado y en orden. Pero esto no significa que el médico con más experiencia o antigüedad se desentienda: él también debe supervisar que tanto el médico nuevo como el farmacéutico y el enfermero tengan todo en regla y bien cuidado.
- Art. 811Cuando seas médico y te manden a trabajar en un barco, debes presentarte de inmediato con tu jefe directo en cuanto recibas la orden de abordar. Tu jefe te va a presentar ante los demás para que te conozcan y para que oficialmente tomes tu puesto. Es como cuando entras a chambear a un lugar nuevo y primero pasas con el supervisor para que te registren. Así aseguras que todo quede en orden desde el principio.
- Art. 812Si en un barco solo hay un médico, ese doctor es el encargado de todo lo relacionado con la salud a bordo. Todos los días debe entregarle al Jefe de Detall (el encargado de organizar al personal) un papelito pidiendo las raciones de comida especial para enfermos y cualquier otra cosa que se necesite para el día siguiente. Esto lo tiene que hacer siguiendo las reglas que ya están escritas en los reglamentos actuales de la Armada.
- Art. 813El encargado de la sanidad del barco tiene la obligación de estar presente cuando lleguen medicinas, herramientas o equipos quirúrgicos que se suban a bordo, ya sea porque se pidieron, se perdieron o se necesitan reemplazar. Debe revisar con mucho cuidado que todo lo que llegue esté completo en cantidades y en buen estado para usarse. Si algo no le parece adecuado, tiene derecho a no aceptarlo y debe avisar al Segundo Comandante del barco, ya sea de palabra o por escrito, para que se resuelva el problema a tiempo.
- Art. 814Si el médico del barco encuentra problemas o faltantes en los medicamentos, alimentos especiales (dietas) u otros artículos necesarios para atender a la tripulación, debe avisarle al Capitán. Esto se hace para que el Capitán pueda arreglar el problema, ya sea pidiendo lo que falta o reemplazando lo que esté en mal estado. Es como cuando detectas que algo no sirve en tu trabajo y se lo reportas a tu jefe para que lo resuelva.
- Art. 815El artículo 815 dice que tienes que cuidar el equipo de cirugía y las medicinas para que no se pierdan o se echen a perder. Para eso, debes guardarlos en el botiquín del barco, y si no hay, en una caja especial. Los demás objetos de repuesto que te corresponden deben acomodarse en un cuarto o bodega adecuada que elijas como Comandante.
- Art. 816Si a bordo de un barco se acaba el agua potable y tienen que usar agua condensada (como la que se saca del aire o del vapor), el capitán debe encargarse de que esa agua se limpie bien con métodos científicos (como airearla) para que sea segura para tomar.
- Art. 817El barco debe tener un cuaderno (diario de enfermería) donde se apunten las enfermedades del personal del barco, sobre todo las más importantes, y cuántos enfermos hay cada día. Ahí también se anotan los pacientes que están a bordo y lo que el médico observa sobre las enfermedades. Con ese cuaderno, el médico hace un reporte diario para el Segundo Comandante y cada mes lo manda al Jefe de Sanidad Naval, especialmente cuando el barco termina una navegación, aunque sea corta. Si hay dos o más médicos a bordo, el médico encargado le entrega cada día al Segundo Comandante un reporte con las altas y bajas de la enfermería, los nombres de los enfermos y todo lo relacionado con la atención médica.
- Art. 818Cuando un barco de la armada navega en grupo (ya sea en Escuadra o División), los reportes médicos se le entregan al Jefe de Sanidad Naval apenas termine la navegación. También se le dan los informes diarios al segundo al mando del barco. Si el grupo de barcos está en el puerto, los reportes se le entregan al segundo comandante y al jefe de sanidad cada vez que este último los pida.
- Art. 819El artículo dice que la persona encargada debe hablarle al Segundo Comandante del barco sobre todo lo que sea necesario para mantener a la tripulación sana y fuerte. También tiene que proponer ideas o formas de lograrlo. En pocas palabras, es su responsabilidad cuidar la salud de los marineros y sugerir cómo hacerlo.
- Art. 820Si encuentras a alguien muy enfermo o herido de gravedad, tú debes acompañarlo hasta el hospital para hablar con el director o encargado y explicarle bien cómo se enfermó o qué le pasó, y qué primeros auxilios le diste. Así los doctores sabrán los antecedentes y podrán tratarlo mejor. Si el traslado es en un barco donde hay varios médicos, esta labor de informar al hospital le toca al médico con menos experiencia o antigüedad a bordo.
- Art. 821El artículo dice que la persona encargada debe ir seguido a ver a los enfermos, ya sea que estén en un hospital de tierra, en el de la Escuadra o en casas particulares. Su tarea es contarle al Comandante cómo están esos enfermos, por ejemplo, si están por salir pronto o por cualquier otra razón. En pocas palabras, es como si fuera un enlace entre los enfermos y el Comandante para mantenerlo al tanto de todo.
- Art. 822Este artículo dice que cuando un barco de la Armada carga sus alimentos (víveres), el encargado debe pedir las raciones de dieta que le tocan a la tripulación. Si no se las dan, tiene que reportarlo al Segundo Comandante. Pero si antes de zarpar al mar todavía no le entregan lo que pidió, entonces debe avisarle al Jefe de Sanidad Naval de su zona, para que este informe a la Secretaría de Marina. En pocas palabras, si no te dan de comer a bordo, tienes que reportarlo a tus superiores, y si el problema sigue sin resolverse, se escala hasta la autoridad más alta.
- Art. 823Diario tienes que asegurarte de que la comida (raciones) sea de buena calidad y revisar cómo están preparados los platillos, tanto para los pacientes en dieta como para los que se están recuperando. También debes separar lo necesario para los enfermos que necesiten comer fuera del horario normal de comidas (rancho). A la hora de servir la comida, tienes que estar presente para indicar cómo repartir las porciones.
- Art. 824Si alguien llega herido a un lugar fuera del horario de visitas, el médico o enfermero primero debe avisar al Oficial de guardia antes de atenderlo, a menos que sea una emergencia. Si la herida es urgente y no puede esperar, debe llamar al Cabo de guardia más cercano para que le avise al Oficial, sin retrasar la atención para no perjudicar al paciente. Además, si un Juez que investiga el caso le pregunta, tendrá que explicar cómo es la herida y en qué circunstancias ocurrió.
- Art. 825El oficial debe informar al Comandante, siguiendo los canales oficiales, sobre los cambios necesarios en el uniforme y en la comida de la tripulación. Esto depende del clima en el que estén navegando. Se ajusta tanto la ropa como la cantidad y calidad de los alimentos para adaptarse al calor, frío o condiciones del lugar.
- Art. 826Cuando un barco va a salir de México rumbo a otro país, el capitán o la persona encargada tiene que pasar por las oficinas de sanidad del puerto para recoger un documento llamado "patente de sanidad". Ese papel lo deben tener sí o sí antes de zarpar, como parte de los trámites obligatorios. Es como el permiso que confirma que el barco cumple con las reglas de salud para viajar al extranjero.
- Art. 827Si hay una enfermedad contagiosa en el barco o en el puerto donde llegue, el médico debe proponer formas razonables de evitar el peligro o al menos reducirlo. También tiene que escribir un informe explicando qué enfermedad es, sus causas, síntomas y cómo avanza, además de indicar los cuidados o medidas preventivas que conozca o invente según su experiencia. Su deber es juntar toda la información posible sobre epidemias de lugares lejanos, por si algún día le toca atenderlas. Esto es para que el equipo del barco sepa cómo protegerse y actuar a tiempo.
- Art. 828El artículo 828 dice que, si en un puerto hay una enfermedad que se propaga rápido (como una epidemia) y los barcos aún no están contagiados, la autoridad del puerto debe aconsejarle formalmente al Comandante del barco qué medidas tomar para que los equipajes no se infecten. En otras palabras, es su obligación sugerirle cómo proteger las maletas y pertenencias de la gente para que no se lleven la enfermedad a bordo.
- Art. 829Cuando andes en el extranjero, trata de visitar los hospitales más reconocidos y conoce a los médicos famosos de esos lugares. Esto te ayudará a aprender de los mejores. La idea es que aproveches para hacer contactos y ver cómo trabajan los expertos. No es obligatorio, pero sí muy recomendable si tienes la oportunidad.
- Art. 830Cuando termine el viaje por mar, el médico del barco deberá reportar al encargado correspondiente todas las enfermedades que vio durante la navegación y cómo las trató. Esto es para que las autoridades sepan qué enfermedades andaban circulando y qué remedios se usaron. Así, pueden tomar medidas para cuidar la salud de la gente.
- Art. 831Tú, como enfermera en un hospital o sanatorio, tienes que encargarte de que el cuarto donde están las pacientes esté siempre limpio y ordenado, y de que ellas estén cómodas y cuidadas. Si hay pacientes con enfermedades contagiosas, tienes que asegurarte de que su ropa y colchones se guarden aparte de los demás. Además, antes de volver a usar esas sábanas o colchones, deben ser desinfectados para que no contagien a nadie más.
- Art. 832El artículo 832 dice que el médico del barco no puede certificar que alguien está enfermo sin que antes el comandante le dé la orden. Es decir, necesita el permiso del capitán para hacer cualquier declaración oficial sobre la salud de la tripulación. Esto es para que todo esté controlado y el comandante sepa lo que pasa a bordo.
- Art. 833El artículo 833 dice que si alguien se ofrece voluntario para trabajar en un barco, la persona encargada debe revisarlo para ver si está en condiciones de hacerlo, y después informar por escrito al Comandante si pasó o no la revisión. También dice que esa persona debe asegurarse de que toda la tripulación tenga sus vacunas al día. En resumen, el encargado revisa a los voluntarios y cuida que todos estén vacunados.
- Art. 834Si un tripulante de la Armada sale herido de gravedad por su trabajo y quiere pedir su retiro, antes de que lo bajen del barco o lo licencien, debe entregar por escrito un reporte formal al Comandante. Ese reporte es para que quede constancia de su situación. En pocas palabras, el herido tiene que dejar un informe antes de irse del barco.
- Art. 835Después de una pelea o combate en el barco, el encargado tiene que hacer dos copias iguales de una lista con los nombres de todos los muertos y heridos que hubo. Esa lista se la entrega al Comandante para que él haga lo que tenga que hacer, como reportar o tomar otras acciones.
- Art. 836Cuando alguien se enferma o se lastima grave en un barco, todos los doctores a bordo deben platicar entre ellos para ponerse de acuerdo en cómo atenderlo. Los médicos con menos experiencia tienen que tratar con respeto a los que tienen más años o rango, pero eso no significa que deban hacer siempre lo que el jefe diga. Al final, cada doctor puede decidir lo que él crea mejor para los pacientes que está cuidando.
- Art. 837Cuando un barco o una base naval de la Armada arma un hospital para atender a los marineros, el Comandante de la Escuadra elige a los doctores que trabajarán ahí. Pero no los escoge a su antojo: tiene que seguir la sugerencia del Jefe del Servicio de Sanidad Naval, que es el encargado de los temas de salud en la Marina. En otras palabras, el jefe médico propone a los doctores y el Comandante los nombra oficialmente.
- Art. 838El Reglamento del Servicio de Sanidad Naval es como un manual que detalla cómo deben funcionar los hospitales, enfermerías y botiquines dentro de la Marina. Ese reglamento es un complemento de esta Ordenanza, es decir, explica más a fondo lo que aquí solo se menciona. Ahí se van a incluir todos los servicios profesionales que prestan estos lugares, como la atención médica, curación de heridas o entrega de medicamentos.
- Art. 839Tienes que cumplir con todas las obligaciones que te marca esta ley y su reglamento, y también seguir las órdenes e instrucciones que te dé el médico a cargo.
- Art. 840Las personas encargadas de los hospitales o clínicas deben asegurarse de que todo esté bien para los pacientes. Esto incluye que las enfermeras sigan al pie de la letra las instrucciones que les den los doctores o superiores. Así se busca que los enfermos reciban la atención correcta y no haya errores.
- Art. 841Los enfermeros y enfermeras deben preparar los medicamentos que el médico recetó y asegurarse de que los pacientes los tomen correctamente. Tienen que seguir al pie de la letra las indicaciones del doctor y son responsables si algo sale mal, a menos que demuestren que el error fue del médico al recetar. Además, no pueden surtir ninguna receta que no tenga la firma y la fecha del doctor que la escribió.
- Art. 842En cualquier barco al que sean asignados, se les debe dar uno o más enfermeros como ayudantes, dependiendo de cuántos tripulantes haya. Estos enfermeros trabajarán siguiendo los turnos que les ponga el médico del barco.
- Art. 843El Artículo 843 dice que si en un barco no hay médico, los maquinistas deben hacer lo mejor que puedan para ayudar a los enfermos o heridos, actuando con cuidado y usando sus conocimientos. Pero esto solo aplica mientras el barco esté navegando en el mar. Cuando el barco llegue a un puerto, los maquinistas tendrán que seguir las indicaciones del médico que esté a cargo de revisar a los tripulantes enfermos. Básicamente, en altamar hacen lo que pueden, y en tierra firme siguen órdenes del doctor.
- Art. 844El artículo 844 dice que el Maquinista Subinspector de Escuadra (una persona encargada de supervisar las máquinas de los barcos) tiene que revisar que todo funcione bien en las máquinas de los buques. Debe hacerlo al menos una vez a la semana, y sin falta cada vez que un barco llegue al puerto principal donde está su base. Al revisar, tiene que ver cómo están las máquinas, cuánto combustible se gastó y qué piezas se cambiaron en el viaje, y también cómo trabajaron los maquinistas y fogoneros que las operan y cuidan. En pocas palabras, es el responsable de que las máquinas estén en buen estado y de checar que el equipo las maneje correctamente.
- Art. 845Este artículo dice que una persona en la Armada debe hacer bien y sin peros todos los trabajos o tareas que le encarguen sus jefes, ya sea la Secretaría de Marina (que es la dependencia encargada) o los comandantes que estén al mando de una flota, división o departamento. Es como cuando tu jefe te pide algo en el trabajo y tienes que cumplirlo a tiempo y de buena gana. La palabra "comisiones" aquí se refiere a misiones o deberes específicos, no a dinero. En corto, significa que debes obedecer y cumplir con las órdenes de tus superiores sin excusas.
- Art. 846El encargado de la oficina debe revisar las piezas o materiales que se compren para que las máquinas funcionen. Si nota que algo no tiene la calidad que se pidió, tiene que hacer las observaciones necesarias para reportarlo.
- Art. 847Este artículo te pide que le avises a tu jefe directo cualquier idea que tengas para ahorrar en el equipo de las máquinas y hacer que todas se manejen de la misma forma, siempre y cuando no afecte el trabajo. Es como decir que si ves cómo mejorar lo que usan las máquinas o cómo estandarizar su operación, se lo propongas a tu superior. No importa que no seas ingeniero o experto, solo que tu sugerencia ayude al servicio sin dañarlo.
- Art. 848El capitán del barco debe asegurarse de que a bordo haya suficientes herramientas, materiales para reparaciones, cosas de uso diario y refacciones. También tiene que ver que las máquinas y calderas estén bien cuidadas. En pocas palabras, el capitán es el responsable de que el barco tenga todo lo necesario para funcionar y de que el equipo esté en buen estado.
- Art. 849El artículo 849 dice que un jefe debe recibir los reportes que le manden los Jefes de Máquinas, revisarlos bien y luego pasarlos a quien le toque. También debe agregar sus comentarios si es necesario, pero solo si están basados en mejorar el trabajo. Básicamente, es como cuando recibes un informe de alguien, lo lees, pones tus notas útiles y lo envías al jefe correcto a tiempo.
- Art. 850Este artículo dice que el jefe de máquinas de un barco debe pedir permiso a su superior para revisar seguido las máquinas, calderas y demás áreas de su cargo. Si encuentra fallas, tiene que ordenar que las arreglen y tomar las medidas necesarias para que todo esté siempre en buen estado y funcionando bien.
- Art. 851El artículo dice que hay una persona encargada de revisar los Diarios de Máquinas, que son como bitácoras donde los maquinistas anotan todo lo relacionado con las máquinas. También debe exigirle a los maquinistas que lleven esos registros al día y sin errores. Además, cada seis meses, esa persona tiene que hacer un reporte del estado de las máquinas y entregarlo a su jefe.
- Art. 852Este artículo dice que, cuando alguien pida provisiones o refacciones para las máquinas de un barco, se lo tienes que decir de palabra al Jefe del Estado Mayor de la Escuadra, División o Departamento. La idea es que esos jefes puedan hacer sus propios pedidos y mandarlos a la Secretaría correspondiente. En resumen, es un aviso verbal para que los jefes sepan lo que se necesita y puedan tramitar los suyos.
- Art. 853El artículo 853 dice que una persona, probablemente un jefe o encargado, tiene que hacer listas bien detalladas de los trabajos que se necesiten hacer en un barco o en tierra. Esas listas pueden ser para arreglos que hagan los talleres del gobierno o los de empresas privadas. En palabras simples, es como tener una lista de pendientes para que no se te olvide lo que hay que reparar o construir, ya sea que lo haga el gobierno o un negocio particular.
- Art. 854El artículo dice que un supervisor debe revisar todos los días los trabajos que se hacen en el barco o en tierra. Tiene que asegurarse de que los materiales que se usan sean de buena calidad y, si detecta algún problema, debe reportarlo de inmediato a la persona indicada. Esto es porque él es el único responsable de los defectos de las obras una vez que las ha aceptado o recibido. En otras palabras, si no se fija y después sale algo mal, la culpa es solo de él.
- Art. 855El Maquinista de Cargo tiene que estar presente cuando los Jefes de Máquinas entreguen sus puestos. Durante esa entrega, el Maquinista debe anotar todos los problemas o fallas que detecte en las máquinas. Después, tiene que reportar esos defectos a la persona o autoridad que le corresponda. En pocas palabras, es como un supervisor que revisa que todo esté en orden cuando un jefe de máquinas deja su cargo.
- Art. 856El que va a manejar una máquina (como un tren o equipo pesado) tiene derecho a que le entreguen el equipo completo revisado y funcionando. Para asegurarse de que todo esté en orden, debe prender la máquina y checar todos los accesorios frente al supervisor, y si ve algo fallado, lo tiene que reportar. Además, cuando recibe el equipo, le deben dar un inventario detallado con el precio de cada cosa, incluyendo herramientas y refacciones, para que quede claro lo que recibe. Y cuando él tenga que pasar el equipo a otro compañero, lo debe entregar de la misma manera.
- Art. 857La persona encargada debe cuidar todas las herramientas de las máquinas, llevar un registro de las que hay, las que llegan, las que se usan y las que se dan de baja. Tiene que entregar esos registros firmados al Oficial de equipo, junto con el libro de cuentas y los pedidos para reemplazar lo que ya se gastó o quitó. Todo esto debe hacerse a tiempo. Es como llevar el control de las herramientas de un taller.
- Art. 858El capitán del barco se tiene que asegurar, bajo su propia responsabilidad, de que nadie baje a la sala de máquinas sin permiso. Solo pueden bajar los oficiales, los aspirantes, o quienes traigan una autorización del comandante o del oficial que esté de guardia en ese momento. Si alguien más intenta bajar, el capitán debe impedirlo.
- Art. 859El artículo dice que, si trabajas en un lugar con máquinas (como en un barco o taller), tienes que evitar meter a tu área de trabajo cosas peligrosas como alcohol, ropa que pueda prenderse fácilmente, o materiales que exploten. También debes revisar que los trapos de algodón que uses no estén mojados, y los que tengan aceite solo los puedes guardar dentro del horno, no en otro lado. Además, no debes colgar ni poner cosas cerca de la máquina que, si se caen, puedan dañarla. En pocas palabras, es para prevenir incendios y accidentes cuidando bien los materiales.
- Art. 860Este artículo dice que la persona encargada tiene que asegurarse de que el carbón y los materiales que le tocan sean recibidos, reconocidos y usados correctamente, para lo cual debe llevar los libros de registro tal como se indica. Si se necesita, puede pedirle a sus ayudantes que hagan ese trabajo, pero si algo sale mal o falta algo, el responsable sigue siendo él y no los subordinados. O sea, aunque delegue, él es el único que responde por cualquier error.
- Art. 861El artículo dice que, mientras el barco esté en reparación o mantenimiento (carena) y las máquinas y calderas sigan a bordo, alguien (seguramente un jefe o responsable) debe cuidar y mantener esas máquinas con la ayuda de los trabajadores que le dé el Arsenal. También tiene que ponerle la misma atención a las piezas o herramientas de su área que estén guardadas en los almacenes.
- Art. 862Cuando tengas que reparar las máquinas y calderas del barco en el taller, tú debes estar al pendiente de todo el trabajo y también presenciar el momento en que vuelvan a instalarlas. Lo mismo aplica si el barco se arma por primera vez, así te das cuenta del estado de los trabajos, si avanzan bien y si hicieron cambios en alguna parte de los aparatos. Antes de que empiecen las reparaciones, tienes que decir todas las observaciones que se te ocurran, basadas en tu experiencia manejando las máquinas en el mar, para que arreglen cualquier falla que hayas notado.
- Art. 863Si eres jefe o encargado, no debes hacerte tonto ni tapar las fallas de la gente que tienes a tu cargo. Tienes que asegurarte de que cada persona haga bien su chamba y cumpla con lo que le toca hacer en su puesto.
- Art. 864El artículo dice que el encargado tiene que asignar los turnos de trabajo a los maquinistas, cabos de hornos y fogoneros, y decirle a cada uno dónde debe estar. Ese horario tiene que ponerse en un cuadro que esté en un lugar visible de la máquina, para que todos lo vean. Además, si alguien comete una negligencia (un descuido) o falta en el servicio, el encargado debe reportarlo al Oficial de guardia. En resumen, el responsable organiza las guardias y avisa si hay problemas.
- Art. 865El artículo dice que cuando un superior necesite que sus subordinados hagan trabajos o comisiones, ya sea en el barco o en tierra, debe llevar un turno. El orden para asignar esas tareas empieza por los más nuevos o recién llegados. Es como hacer una lista y darle el primer lugar al que tenga menos tiempo en el servicio. Así se asegura que todos participen de manera justa, comenzando por los de menor antigüedad.
- Art. 866El artículo dice que, cuando estás en un barco o en la marina, el Segundo Comandante (el jefe que sigue al capitán) no deja que nadie baje a tierra durante las horas de trabajo. En los días que sí tienes permiso para salir, tendrás que despedirte de él personalmente antes de irte. Así se asegura de que solo puedan bajar los que están libres de servicio (los "francos"), y nunca los que están de guardia o de retén (los que tienen que estar disponibles por si algo pasa).
- Art. 867Todas las mañanas a las 7:30, tienes que reportarle al Segundo Comandante cualquier accidente que haya pasado en las máquinas durante la noche, y también decirle cuánto carbón y otros materiales se usaron. Después, le pides la orden al mismo Segundo Comandante sobre a qué hora se debe hacer la limpieza, para que no se empalme con la limpieza general del barco.
- Art. 868Es obligación del instructor enseñar a los alumnos que están a bordo de un barco cómo usar cada pieza de las máquinas y calderas, y también cómo manejarlas por completo. Esto significa que los alumnos deben aprender desde lo básico hasta el control total de esos equipos.
- Art. 869Cuando los segundos y terceros maquinistas suban a un barco, los encargados deben asegurarse de que ellos entiendan bien dónde está cada llave, válvula y tubería, y cómo funcionan. También deben conocer cómo operar cada parte de la máquina y las calderas, además de saber en qué condiciones se encuentran. Esto es para que sepan exactamente cómo manejar todo desde el principio.
- Art. 870El artículo 870 dice que, si trabajas en una máquina o en sus áreas, tienes la obligación de reportar de manera respetuosa al Segundo Comandante o al Oficial de guardia cualquier orden o acción que pueda dañar la máquina o sus instalaciones. Pero, aunque reportes el posible daño, siempre debes obedecer las órdenes que te den esas personas. En otras palabras, puedes advertir que algo está mal, pero no puedes desobedecer lo que te manden.
- Art. 871Si ves que está cayendo agua de la cubierta hacia las calderas, debes avisar de inmediato al Segundo Comandante para que manden sellar y reparar esa parte del piso. También tienes que evitar que pongan objetos pesados o cualquier cosa que pueda dañar las calderas encima de ellas.
- Art. 872El encargado debe asegurarse de que los espacios alrededor y al frente de las calderas estén siempre libres de objetos, para que se pueda aplicar betún en ellas y mantener limpias y en buen estado sus cubiertas. También tiene que supervisar que la limpieza por dentro de esas calderas se haga lo más completa posible. Además, debe revisar personalmente que se eliminen las costras y grasas acumuladas, sobre todo en la parte de arriba de los hornos y en las zonas donde pega más el calor. En pocas palabras, es su responsabilidad que todo esté limpio y en buenas condiciones para que funcione bien.
- Art. 873Cada día, a la hora del pase de lista de la policía, el encargado debe revisar todas las áreas de la máquina y avisarle al Segundo Comandante si encuentra algo fuera de lo común. También tiene que checar diariamente la temperatura de los lugares donde se guarda el carbón. Si la temperatura está más alta de lo normal, debe reportarlo de inmediato. En pocas palabras, su trabajo es inspeccionar todo y avisar rápido si hay algún riesgo.
- Art. 874Tú, como encargado de un lugar, tienes que asegurarte de que las bombas, mangueras y todo el equipo para apagar incendios estén siempre listos para usarse de inmediato. Esto significa revisar que no estén descompuestos, rotos o bloqueados. La idea es que, si llega a haber un incendio, no pierdas tiempo y puedas actuar rápido. Es tu responsabilidad mantener todo en buen estado.
- Art. 875Cuando haya un aparato que convierta agua de mar en agua para tomar a bordo de un barco, el capitán debe decirle a los maquinistas de turno que lo mantengan bien limpio y en buen estado. Esto es para que siempre tengan agua limpia disponible para tomar todos los días. O sea, nadie quiere tomar agua sucia, así que hay que cuidar ese aparato.
- Art. 876Cuando te den piezas de una máquina, debes revisarlas donde se van a usar, si es posible, para checar que sirvan bien. Si no puedes probarlas ahí, mide con cuidado que tengan las medidas y formas correctas. No está permitido modificar la máquina o sus partes sin pedir permiso a tu jefe, a menos que sea una emergencia en la que algo pueda dañarse y tengas que actuar rápido. Si pasa eso, debes avisar por escrito al Segundo Comandante.
- Art. 877El artículo dice que no debes tener más luces de las necesarias en el cuarto de la máquina, solo las que diga el reglamento o las que sean indispensables para que todo funcione bien. Además, tienes que asegurarte de que esas luces estén instaladas con cuidado para evitar accidentes. En palabras simples, no pongas luces extra y mantenlas seguras.
- Art. 878Si el barco está en el puerto o navegando a vela (usando las velas, no el motor), y tiene las calderas vacías (sin agua), debe mantenerlas secas encendiendo un fuego pequeño que se apaga apenas se cumpla el objetivo. Esto se hace al menos una vez al mes, como una especie de mantenimiento obligatorio para evitar daños. En pocas palabras, es una regla para cuidar los barcos viejos o de vapor.
- Art. 879El artículo 879 dice que, además de mantener la máquina en buen estado, todos los días en el puerto hay que moverla un poco a mano, como una vuelta completa, para que los cigueñales (que son las piezas que conectan el motor con las ruedas) no terminen en la misma posición en la que empezaron. Al hacer esto, si encuentras algún fallo o problema, debes reportarlo a la persona encargada.
- Art. 880Antes de arreglar algo en el barco, el capitán debe checar por su cuenta si alguno de sus subordinados puede hacer esas reparaciones bien y rápido. Es su responsabilidad asegurarse de que haya alguien con la capacidad necesaria a bordo. Solo si no encuentra a nadie apto, entonces puede buscar ayuda externa. Esto es para ahorrar tiempo y evitar gastos innecesarios.
- Art. 881Cuando la tripulación haga trabajos en la máquina o calderas del barco, el encargado de dirigirlos será el Maquinista Subinspector si está a bordo. Si ese jefe no está presente, entonces el responsable de dirigir el trabajo será otro miembro de la tripulación en su lugar. Si los trabajos los realizan trabajadores externos (que no son parte de la tripulación), el encargado debe supervisar que lo hagan bien y luego informar al Maquinista Subinspector sobre cómo quedó todo.
- Art. 882El comandante te pide que vayas a hacer un trabajo en alguna parte del barco con el equipo de máquinas. Antes de empezar, debes pedirle al segundo comandante las instrucciones claras de cómo hacerlo. Tu tarea es supervisar que todo se haga con cuidado y sin flojearte, asegurándote de que quede bien hecho. Básicamente, no puedes improvisar: tienes que seguir lo que te diga el segundo al mando.
- Art. 883Este artículo habla sobre lo que puede hacer un oficial de guardia en un barco. En situaciones normales, puede ordenar reparaciones o limpieza en las máquinas que duren hasta dos horas, pero antes debe avisar al oficial de guardia. Si necesita hacer trabajos más largos, encender los hornos o desarmar piezas importantes, ya necesita permiso del Comandante. Cuando se vaya a armar o desarmar una pieza muy importante, el oficial tiene que estar presente y supervisar personalmente el trabajo.
- Art. 884Si eres maquinista o estás a cargo de las máquinas de un barco, y de repente hay una emergencia urgente como un incendio, el barco se atora, se rompe algo, alguien está en peligro, las máquinas se sobrecalientan, se escapa agua o vapor, entra agua al barco o falta agua en las calderas, puedes parar las máquinas o apagar los fuegos de inmediato, sin pedir permiso a nadie. Lo que sí tienes que hacer es avisar luego luego al Oficial de guardia y explicarle por qué tomaste esa decisión, para que él le avise a quien deba saberlo.
- Art. 885Si hay un accidente grave con las máquinas del barco, como que alguien muera, salga herido, se rompan piezas importantes, se derrame algo o se pierdan objetos de valor, el maquinista encargado o el que esté de guardia y vea lo que pasó tiene que avisar por escrito al Oficial de guardia en cubierta. Tiene que hacerlo de inmediato, para que ese oficial pueda hacer su propio reporte y entonces se pueda levantar un acta oficial del accidente.
- Art. 886Tú, como encargado, tienes que asegurarte de que todas las herramientas y piezas importantes para tu puesto se reciban y se acomoden bien antes de que el barco salga. Así cada cosa estará en su lugar y será fácil de agarrar cuando la necesites. También debes entregar al almacén cualquier equipo que no se vaya a usar durante el viaje. En pocas palabras, organízate para que no falte nada y todo esté a la mano.
- Art. 887Cuando el barco esté saliendo o entrando al puerto, navegando por canales angostos o con niebla cerca de la costa, o durante maniobras militares en grupo, el encargado de la máquina debe estar ahí personalmente manejándola y dando órdenes a su equipo para que todo se haga rápido y bien. Fuera de esos casos, tiene que ir a revisar la máquina varias veces al día, sobre todo de noche, y quedarse ahí si ocurre algún problema o accidente que necesite su atención.
- Art. 888El artículo dice que la persona encargada de los hornos solo debe prenderlos o apagarlos cuando el comandante lo ordene. Antes de eso, tiene que limpiar bien las máquinas, sobre todo los tubos, calderas y todo lo que esté cerca del fuego. También debe revisar cuidadosamente las calderas, cilindros, bombas, válvulas y otras piezas, usando métodos para que no se formen capas de sarro o suciedad (incrustaciones) que dañen el equipo. En pocas palabras, es una regla para mantener seguras y en buen estado las máquinas de un barco o lugar similar.
- Art. 889Cuando las máquinas de un barco estén apagadas, la persona encargada de ellas debe asegurarse de que nadie las encienda, a menos que reciba una orden directa del Comandante o del Oficial de guardia. Nadie más puede dar esa instrucción. Esto es para evitar accidentes y mantener el control de la autoridad a bordo.
- Art. 890El Oficial de guardia te va a decir cuándo prender los hornos. Tan pronto como recibas esa instrucción, tienes que irte a la máquina para dejar todo listo. El chiste es que los hornos se enciendan justo a la hora que te dijeron, ni un minuto antes ni después.
- Art. 891Antes de que empiece a funcionar, tienes que revisar bien los puntos más importantes del aparato para asegurarte de que todo esté en orden y no falle. También debes fijarte de que no haya cosas sueltas y amarrarlas bien, para que no se caigan o se muevan cuando el aparato se incline de un lado a otro.
- Art. 892Si ves que un compañero de guardia está descuidando sus deberes o haciendo algo mal en el servicio, tienes que reportarlo al Comandante por el conducto correcto (como hablar con tu jefe directo o seguir el procedimiento militar establecido). Esto es para que le hagan los cargos que correspondan, es decir, para que lo investiguen y, si es culpable, lo sancionen según las reglas.
- Art. 893El que esté a cargo de las máquinas debe cuidar que el carbón, aceite, cebo y otros materiales de uso diario se usen solo para lo que son, sin desperdiciarlos. Tiene que gastarlos de manera ahorrativa, pero sin que el servicio de las máquinas se vea afectado. Si esos materiales se usan para otra cosa, él es el responsable, a menos que el Comandante le haya dado una orden por escrito para hacerlo.
- Art. 894El artículo 894 dice que la persona encargada de los materiales y herramientas del barco (llamados "pertrechos") tiene que entregar un informe al Oficial de equipo. En ese informe debe anotar todo lo que se gastó o usó mientras el barco navegaba o estaba en el puerto. Además, tiene que explicar por escrito por qué se usó cada cosa. Básicamente, es como hacer una lista detallada de lo que se consumió y dar las razones, para que quede claro y haya transparencia.
- Art. 895Este artículo dice que, durante una navegación, debes estar muy al pendiente de que el agua de las calderas no se vuelva demasiado salada o espesa. Para eso, tienes que revisar los salinómetros (que son aparatos que miden la cantidad de sal en el agua) dos veces en cada turno de trabajo, o incluso más seguido si hace falta. Así te aseguras de saber qué tan concentrada está el agua y evitas problemas.
- Art. 896La persona encargada de las calderas tiene que checar que el maquinista de turno mantenga el nivel del agua donde debe estar. También debe asegurarse de que el agua no tenga tantos minerales que formen sarro, porque eso daña la caldera. Para evitar el sarro, tiene que usar las purgas (que son como drenajes o limpiezas) de manera continua o de vez en cuando, según lo que se necesite. Básicamente, es su trabajo que la caldera esté bien cuidada y no se eche a perder por falta de mantenimiento.
- Art. 897Los maquinistas encargados del tren solo deben sacar agua de las calderas cuando sea completamente necesario, para mantenerla en el nivel correcto de concentración. Esto ayuda a no desperdiciar combustible, porque si sacan agua de más o muy seguido, se gasta combustible de más sin razón. Así que la regla es simple: no exageres con las extracciones, solo hazlo cuando de verdad se necesite.
- Art. 898Los maquinistas del barco deben llevar un cuaderno especial llamado "libro de guardia". Cada maquinista tiene que firmar ese libro cuando termine su turno de trabajo. Al final del viaje, ese cuaderno se le tiene que entregar al Comandante y al Oficial que lleva el rumbo del barco para que lo revisen.
- Art. 899El artículo 899 dice que cualquier persona encargada de la máquina, calderas o áreas del barco tiene que reportar de inmediato al Capitán si algo se descompone o falla. Además, al terminar cada día de navegación (llamado singladura), debes entregarle al Capitán un papelito donde anotes: cuántas vueltas por minuto dio el motor en 24 horas, cuánto carbón se gastó y cuánto queda, la presión y nivel de expansión del vapor, y cuántas calderas están encendidas. En pocas palabras, es llevar un control diario del funcionamiento del barco.
- Art. 900En el diario de máquinas, que es como un cuaderno donde se apuntan los datos importantes del motor, debes registrar qué tan hundido está el barco y qué tan metida está la hélice en el agua. Esto se hace tanto cuando sales del puerto como cuando llegas, sobre todo si cargas combustible o mercancía. Esos datos te los va a dar el Oficial de derrota, que es el encargado de la navegación.
- Art. 901Al final del día, justo cuando se pone el sol, el encargado tiene que entregar un reporte por escrito al Comandante. En ese reporte debe decir cómo están la máquina, las calderas y todo lo que depende de ellas. Después de eso, el encargado recibe las órdenes que el Comandante le dé para lo que se tenga que hacer durante la noche.
- Art. 902Cuando el barco llegue al puerto y haya que apagar y vaciar las calderas, el Maquinista de guardia (el encargado de las máquinas en ese turno) debe asegurarse de hacerlo como si fuera una parada definitiva. Es decir, tiene que llegar con bastante agua en las calderas, no echar carbón a los hornos sin necesidad justo antes de llegar, y dejar de lubricar con agua para que las piezas del motor no se muevan de más después. Todo esto es para evitar problemas o desgastes en la máquina.
- Art. 903Cuando un jefe mecánico (Maquinista Subinspector) vaya a revisar el barco, el mecánico encargado (Maquinista de cargo) debe contarle, de palabra o por escrito, todo lo que sepa sobre el estado real de la máquina, las calderas y sus partes, así como de los documentos y cosas que cuida. Si el barco está fuera de la ciudad principal del Departamento, el mecánico solo puede mandar sus reportes por escrito a través del Capitán (Comandante). No puede dar ninguna información sobre su trabajo por otro medio, solo por esa vía.
- Art. 904Cada mes, el encargado debe avisarle al Comandante del barco, siguiendo los pasos correctos, cómo se portaron y qué tanto aprendieron los maquinistas, aprendices, cabos de hornos y fogoneros. Eso es para que el Comandante lo tome en cuenta cuando haga los reportes secretos de evaluación y las hojas donde se anotan los incidentes importantes. En palabras sencillas, es como un informe mensual de calificaciones y comportamiento de ciertos trabajadores del barco.
- Art. 905Cada seis meses, el capitán del barco tiene que reportar por escrito cuánto tiempo y en qué se gastó para reparar las máquinas dañadas. También debe decir si esos arreglos los hicieron los mismos trabajadores del barco o personas de fuera, como de un taller en tierra. Esto se entrega por los mismos medios que usan para otros reportes oficiales del barco. Así se lleva un control de los gastos y el desgaste del equipo.
- Art. 906Además de lo que ya se pide en el artículo anterior, en el informe que haces cada seis meses debes incluir estos puntos: primero, cómo está la máquina en ese momento, sobre todo los cilindros, válvulas, bombas de aire y todas las piezas importantes. Segundo, si la máquina o la caldera son nuevas, tienes que explicar bien cómo trabajan, qué resultados han dado, lo bueno y lo malo que hayas notado, y cuál es la velocidad máxima que pueden aguantar durante doce horas seguidas en mar tranquilo, además de qué se necesita para lograr esa velocidad. Tercero, cuánto carbón le cabe a las carboneras y cualquier otra observación que te dé tu experiencia. Todo esto debe anotarse en el Diario de máquinas.
- Art. 907Cuando un barco entra al taller o se sube a una plataforma para limpiar su parte de abajo o arreglar algún daño en el casco o las máquinas, el maquinista a cargo debe revisar con cuidado las llaves y válvulas de las tuberías que van al mar, las de las calderas y las del condensador, además de los tubos que sacan el agua. Si el barco tiene hélice, también revisa piezas como las bocinas, discos de empuje y guías que no se pueden ver cuando el barco está en el agua, y las deja funcionando perfecto. En los barcos con hélice y cierto tipo de motor, debe mantener las empaquetaduras en buen estado y evitar que entre arena al cuarto de máquinas al limpiar. No debe usar lija o tierra en las piezas que rozan para evitar accidentes, y tiene que checar seguido los ejes y piezas de metal que tocan bronce o agua de mar.
- Art. 908Si no está el maquinista principal, el que tenga más años o rango en el puesto debe hacerse cargo de las máquinas. Tiene que seguir todas las reglas que ya se explicaron antes (en el Título anterior del reglamento), y también debe asegurarse de que las máquinas y todo lo relacionado con ellas estén en buen estado y funcionando bien.
- Art. 909Los maquinistas que están a cargo de ayudar a otro maquinista principal deben seguir al pie de la letra las órdenes que les dé su jefe en todo momento. Tienen que tener mucho cuidado al manejar las máquinas, calderas y todo lo relacionado, siguiendo exactamente las instrucciones de su superior inmediato. Si ocurre algún accidente, deben avisarle a su jefe de inmediato, sin esperar.
- Art. 910El artículo 910 dice que quienes trabajan en un barco no pueden irse de él sin pedir permiso al Segundo Comandante y avisarle al Oficial de guardia. Además, tienen prohibido hacer trabajos de su oficio para otras personas o fuera de su servicio, en cualquier situación.
- Art. 911Si los marineros o trabajadores del barco piden permiso para bajar a tierra durante las horas permitidas, solo pueden hacerlo usando la lancha o barco pequeño que les asigne la persona encargada. No pueden usar otra embarcación ni bajar por su cuenta. Esto es para tener control y seguridad.
- Art. 912Los maquinistas que no tienen un rango alto deben dormir en su propio cuarto, si existe, o en el lugar que les indique el Comandante. Esto aplica cuando, por el tipo de trabajo que hacen, no pueden llegar limpios y arreglados a la mesa donde comen los oficiales.
- Art. 913Las guardias en el puerto se asignan empezando por los barcos más nuevos hasta los más viejos. Para llevar el control de este servicio, se usa un libro donde se apunta todo lo importante: cuándo se hacen trabajos especiales en los motores, a qué hora se encienden y apagan los fuegos, cuánto combustible se recibe o se gasta, qué hace cada maquinista en su turno y cualquier detalle que sirva para saber cómo están las máquinas, calderas y demás equipos.
- Art. 914En un barco, el trabajo en el mar se divide en turnos llamados guardias. El maquinista a cargo también participa en estos turnos si las circunstancias lo requieren y si el comandante lo ordena. Los turnos se asignan empezando por la persona con más antigüedad, hasta llegar al más nuevo, según la regla general.
- Art. 915Cuando un maquinista termina su turno y otro lo reemplaza, los dos deben revisar juntos las máquinas y calderas para ver cómo están. También se tienen que pasar entre ellos cualquier orden o instrucción que hayan recibido. Así se aseguran de que el nuevo turno sepa bien en qué condiciones está el equipo.
- Art. 916Si estás navegando con motor o con velas, tu turno de guardia será de cuatro horas. Si el barco está en el puerto, el turno será de veinticuatro horas seguidas. En cualquier caso, para que te releven necesitas pedir permiso al Oficial encargado de la guardia.
- Art. 917Artículo 917 explica que, si estás de guardia mientras la máquina está funcionando, debes seguir al pie de la letra las órdenes que te dé el Oficial encargado, sin descuidar ninguna medida de seguridad al hacerlo. Si recibes una orden que pueda poner en riesgo la máquina, tienes derecho a decirle tus dudas o preocupaciones al Oficial de guardia y también al Maquinista responsable. O sea, tú debes obedecer, pero también puedes señalar si algo parece peligroso, avisando a los jefes indicados.
- Art. 918Cuando estés de guardia en el mar o en un puerto, eres el responsable de que todo esté en orden y limpio en los cuartos de la máquina del barco. Tienes que vigilar que no haya desorden ni cosas fuera de lugar. También te toca asegurarte de que se sigan las reglas de seguridad y limpieza en esa área. Básicamente, si algo sale mal en los departamentos de la máquina durante tu turno, la responsabilidad es tuya.
- Art. 919Si estás de guardia en el mar y notas que algo falla en la máquina o en las calderas, tienes que avisarle al Maquinista encargado. También debes vigilar que no se desperdicien el carbón, el aceite, el sebo (grasa), el pábilo (mecha) y otras herramientas. Tu tarea es checar que se usen lo justo y necesario, sin derrochar nada.
- Art. 920El que lleva el barco debe anotar cada día, al terminar la jornada, en un cuaderno especial llamado Diario de máquinas cualquier accidente que haya pasado en los motores, calderas o sus áreas, cómo trabajaron ese día, cuánto combustible se usó y de qué tipo. También tiene que escribir toda la información que sirva para saber cómo se comportan el barco y sus máquinas en diferentes situaciones. Esto ayuda a llevar un control claro del funcionamiento del buque.
- Art. 921Al terminar tu turno de vigilancia —ya sea en el puerto o en el mar— tienes que entregar un reporte por escrito al oficial encargado, siguiendo el formato que te indicaron. Si durante tu guardia no pudiste hacer todo lo que debías, debes explicar por escrito la razón válida por la que no lo terminaste.
- Art. 922Si un maquinista de la Marina se queda sin trabajo porque su barco está fuera de servicio o en reparación, sigue siendo parte de ese mismo barco hasta que se diga lo contrario. Mientras tanto, se le asigna a los talleres de máquinas del Arsenal, donde debe ir a trabajar diario en lo que el Comandante le ordene, preferentemente en cosas relacionadas con su barco. Mientras esté en los talleres, tiene que cumplir con el reglamento del Arsenal. En pocas palabras, sigue siendo parte de la tripulación pero trabaja en tierra mientras su barco no esté disponible.
- Art. 923Toda persona que trabaje en la Armada tiene como obligación más importante seguir al pie de la letra las leyes, los reglamentos y las reglas especiales de la institución. Esto significa que deben cumplir con todo lo que está escrito en los documentos oficiales de la Marina, sin excepciones. No importa el rango o el puesto, todos tienen que respetar estas normas.
- Art. 924Todas las órdenes importantes que dé el Almirante de la Marina (el jefe máximo) o que publique alguna autoridad con poder para hacerlo, se tienen que leer en voz alta a toda la tripulación de cada barco militar. En esa lectura deben estar presentes desde el Capitán hasta el marinero más nuevo. El Oficial de guardia, cuando termine su turno, tiene que escribir un reporte donde deje constancia de que sí se hizo esa lectura.
- Art. 925En barcos, bases navales o grupos de la Marina, deben hacer lo que dice el artículo anterior (que habla de dar a conocer órdenes o leyes) con todos los requisitos formales. Además, tienen que repetir ese aviso al menos una vez por semana, solo si hay algo importante que valga la pena recordar. Así se aseguran de que nadie pueda decir que no sabía la información.
- Art. 926Este artículo dice que los altos mandos del ejército (como generales, jefes y oficiales que tienen tropa a su cargo) tienen que confirmar que recibieron las órdenes que les llegaron, usando los canales oficiales. También deben avisar que ya les dijeron a sus soldados lo que tienen que hacer, tal como está establecido. En pocas palabras, es como cuando te mandan un mensaje importante y tienes que contestar "recibido" y además asegurarte de que los involucrados se enteraron.
- Art. 927La ley dice que los jefes militares tienen que mandar con firmeza, pero también con cuidado y justicia. Cada general, jefe u oficial tiene que cumplir al pie de la letra lo que se les ordene. Además, deben poner mucha atención en dar premios, reconocimientos o castigos cuando sea necesario. Esto es para que todo sea parejo y nadie se sienta maltratado o ignorado. En pocas palabras, el artículo asegura que se gobierne con mano firme pero recta.
- Art. 928El artículo 928 dice que todos los marinos, soldados o personal de la Armada deben tratar con respeto y educación a sus jefes, y también a los civiles que, por algún motivo especial, tengan autoridad sobre ellos. En pocas palabras, si estás en la Armada, tienes que ser cortés tanto con tus superiores militares como con cualquier persona no militar que esté a cargo de ti en una situación específica. Esto aplica para mantener el orden y la disciplina en tu trabajo.
- Art. 929Los altos mandos de la Armada (como generales, jefes y oficiales) no pueden dejar su puesto de trabajo si el Gobierno no les da permiso por escrito. Esto quiere decir que no pueden simplemente irse o renunciar a su cargo sin autorización de sus superiores. Si lo hacen, estarían violando esta regla. La idea es que siempre deben cumplir con la responsabilidad que les asignaron, a menos que reciban una orden clara para moverse.
- Art. 930Este artículo dice que los policías no pueden dejar su puesto ni dejar de hacer su trabajo sin que su jefe directo les dé permiso. La única excepción es si ocurre algo muy grave o inesperado que no esté considerado en el reglamento, como una emergencia. En ese caso, deben actuar conforme a su capacidad y de manera honesta, usando su buen juicio.
- Art. 931Si tienes una queja contra tu superior en la Armada, puedes presentarla siguiendo los pasos oficiales, y nadie debe detenerla hasta que llegue a quien corresponde. Pero si resulta que tus acusaciones son falsas, entonces tú serás el responsable y te van a castigar según lo que marque la ley.
- Art. 932Si tienes un problema con tu superior en el trabajo, no puedes tomar venganza por tu cuenta ni faltarle al respeto con palabras o acciones. Si haces eso, no solo pierdes el derecho a que te escuchen y te hagan justicia presentando tu queja de manera correcta, sino que además te van a castigar según lo grave de tu falta. La manera adecuada de reclamar es hablar con el jefe de tu superior siguiendo los pasos establecidos.
- Art. 933Si hay una pelea o duda sobre cómo se debe hacer algún trabajo, los que estén en desacuerdo tienen que obedecer lo que diga su jefe más alto. Si sienten que los trataron mal, pueden quejarse con ese mismo jefe primero. Y si su jefe directo no les arregla el problema, pueden llevar su queja hasta el Presidente de la República.
- Art. 934Los militares (de general a oficial) tienen que obedecer las órdenes que les den sus jefes, ya sea por escrito o de palabra, aunque esas órdenes sean diferentes a las que ya les habían dado antes. Pero si pasa eso, deben informar de manera respetuosa a su superior que ya tenían otras instrucciones que no coinciden con las nuevas. Esto aplica para dejar claro el conflicto entre órdenes, no para desobedecer.
- Art. 935El artículo 935 dice que los soldados o subordinados no pueden cambiar las órdenes que les dan sus jefes, a menos que cumplirlas los meta en un problema muy gordo o peligroso. Si una orden es así de riesgosa, debe entregarse por escrito, no de palabra. Básicamente, si un superior te pide algo que te puede causar un desmadre legal o personal, puedes cuestionarlo, pero solo si está por escrito.
- Art. 936Cualquier orden que se dé a las dependencias de la Armada tiene que pasar por los jefes encargados de cada área. Esto significa que no puedes dar instrucciones directas a cualquier unidad, sino que debes seguir la cadena de mando. Los jefes son los responsables de transmitir la orden a sus equipos. Así se evitan confusiones y se mantiene el orden dentro de la institución.
- Art. 937Los miembros de la Marina tienen que obedecer cualquier orden relacionada con el trabajo, ya sea que se las den por escrito o de palabra, sin poner peros ni chistar. No pueden andar comentando ni platicando esas órdenes con nadie, nomás cumplirlas y ya. Si les dan una instrucción sobre el servicio, la hacen sin discutir ni cuestionar.
- Art. 938No puedes juntarte con otros soldados o compañeros para criticar las órdenes que te haya dado tu jefe en el trabajo, siempre y cuando esas órdenes tengan que ver con el servicio y sigan las leyes. Si lo haces, te van a castigar bien fuerte. Esto aplica aunque no estés de acuerdo con lo que te mandaron.
- Art. 939Ójale, compañero: este artículo dice que los trabajadores (en especial si tienen un cargo público o de servicio) no pueden usar groserías, insultos o palabras pesadas cuando hablan de su trabajo. Tampoco pueden decir cosas que hagan enojar, molestar o lastimen los sentimientos de otra persona, sea su jefe o alguien de menor rango. Es como cuando te dicen en la chamba que "no te pases de lanza” con los comentarios que echas.
- Art. 940El Artículo 940 dice que los soldados o personal militar deben callarse y no hablar mal de sus superiores (como oficiales o jefes). Si alguien dice cosas inapropiadas o hace comentarios indebidos sobre ellos, está cometiendo una falta. Además, si un superior se entera de esos comentarios y no hace nada para detenerlos o reportarlos, también se vuelve responsable. En pocas palabras, tanto el que habla mal como el que lo permite pueden meterse en problemas.
- Art. 941Si eres un policía o militar, no puedes cambiar tu puesto o comisión con otro compañero sin pedir permiso primero. Ese permiso especial debe dártelo directamente tu jefe o superior. Si lo haces por tu cuenta, sin avisar, estarías violando esta regla.
- Art. 942Los militares que estén trabajando activamente no pueden comprar materiales para obras del servicio naval, ni hacer contratos relacionados con la Marina. Tampoco pueden aceptar regalos o dinero extra, ni directamente ni a través de otras personas. Esto aplica mientras estén en servicio activo, es decir, mientras sigan en funciones. Si violan esta regla, están cometiendo una falta.
- Art. 943A los jefes o superiores no se les permite recibir regalos que les den sus empleados o personal a su cargo. Tampoco pueden organizar, pedir dinero o juntar fondos para comprar esos regalos en grupo. Si alguien desobedece esta regla, además del castigo que marca la ley, le pondrán una anotación en su expediente laboral. Esto aplica sobre todo en trabajos del gobierno o fuerzas armadas, donde llevan un registro de servicio.
- Art. 944Este artículo habla sobre una regla muy clara para todos los que trabajan en la Armada. Si alguien de la tripulación ve que otra persona está robando cosas del barco que son propiedad del gobierno, tiene la obligación de reportarlo inmediatamente a su superior. Además, debe entregar todas las pruebas que tenga para respaldar su denuncia. Ojo, si resulta que acusó a alguien con mentiras o solo para hacerle daño, él mismo se meterá en problemas y será castigado. También se prohíbe que cualquier mando de la Marina acepte quejas o denuncias que sean anónimas, y si lo hace, recibirá un castigo fuerte.
- Art. 945Si alguien que cuida dinero o cosas del gobierno (como en una oficina) se pierde o le roban algo, esa persona tiene que avisar de inmediato al Oficial de servicio (el jefe o encargado de guardia). Ese oficial debe actuar según lo que diga la ley sobre cómo seguir el caso.
- Art. 946Nadie puede usar los bienes o recursos que son propiedad de toda la nación para otra cosa que no sea la que ya tienen por su naturaleza. Tampoco está permitido que una persona los use para su propio beneficio privado, sin importar la excusa que dé. En pocas palabras, lo que es de todos no se puede desviar para usos personales.
- Art. 947El gobierno no puede vender ni rematar cosas que son propiedad de la Marina y la Nación, como barcos o equipo militar, a menos que primero lo autorice la Secretaría de Marina y también tenga visto bueno de la Secretaría de Hacienda. En otras palabras, para vender algo de la Armada se necesita el permiso de ambas dependencias.
- Art. 948Este artículo dice que si un miembro de la Armada (marino) no paga sus deudas a tiempo, sobre todo si está en otro país, o si se va de un puerto debiendo dinero, va a recibir un castigo fuerte por parte de su jefe. El jefe tiene la obligación de avisar al Comandante en Jefe o a la Secretaría de la Armada para que se actúe contra esa persona según lo que marca la ley. En pocas palabras, si un marino no cumple con sus pagos, lo van a sancionar y reportar a sus superiores.
- Art. 949Si dos personas de la Armada se retan a un duelo, serán castigadas según lo que diga la ley. Además, todos los que estén cerca tienen la obligación de hacer lo posible para evitar que los problemas escalen hasta llegar a un desafío. En pocas palabras, nadie debe dejarlos llegar a ese punto.
- Art. 950Ningún miembro de la Armada que esté en un barco de guerra puede hacer públicos los inventos o mejoras que se hagan en ese barco o en otros de la Escuadra. También los comandantes tienen prohibido dar información sobre estos temas a oficiales de otros países, a menos que tengan un permiso especial de la Secretaría de Marina. En pocas palabras, todo lo relacionado con mejoras técnicas en los barcos militares debe mantenerse en secreto y no compartirse con extranjeros sin autorización.
- Art. 951Desde el momento en que una persona empieza a trabajar en la Armada, tiene derecho a que los doctores del gobierno la atiendan, le den medicinas, la hospitalicen en instalaciones militares y le proporcionen cualquier otro servicio médico que sea del gobierno. Esto aplica desde el primer día que entra al servicio, sin importar nada más.
- Art. 952Si eres un militar de alto rango en la Armada y le cambias las órdenes a un marinero para que no cumpla con su servicio o haga algo distinto a lo que se le indicó, estás obligado a explicar por escrito a tu jefe o a la Secretaría de Marina por qué lo hiciste. Además, te conviertes en el único responsable de lo que pase por esas órdenes, a menos que puedas demostrar que actuaste pensando en el beneficio de todos.
- Art. 953Cuando un militar con mando (como un general o un oficial) se topa en algún lugar con otro de mayor rango que también tenga tropas a su cargo, debe ponerse a sus órdenes de inmediato y contarle las instrucciones (tanto públicas como secretas) que le hayan dado, siempre que no tenga orden de guardarlas en secreto. Cada quien sigue haciendo lo que le toca por su cuenta, pero si se necesita, se tienen que ayudar mutuamente para que todo salga bien.
- Art. 954Si eres militar con rango de general, jefe u oficial, y te mandan a hacer un trabajo a un puerto o costa donde haya barcos de la armada mexicana, primero tienes que ponerte de acuerdo con el jefe más alto que esté ahí, antes de empezar tu labor. Esto no aplica si te dieron órdenes diferentes o si el tiempo para cumplir tu tarea es tan corto que no te da chance de contactarlo. En pocas palabras, la regla es avisar al mando local, a menos que tengas permiso de saltarte ese paso o estés muy apurado.
- Art. 955Ningún mando militar puede dar órdenes sobre las lanchas de un barco de guerra que estén haciendo labores normales dentro del puerto. Esas lanchas, cuando hacen su trabajo diario como llevar gente o cargar cosas, no reciben instrucciones de nadie de la Armada que esté en tierra. Solo aplica para el servicio cotidiano, no para emergencias o maniobras especiales. En otras palabras, los oficiales no se meten con los botes del barco mientras estén haciendo su chamba rutinaria en el puerto.
- Art. 956Cuando varios barcos están juntos, el capitán con mayor experiencia y que esté al mando será quien decida cómo se mueven y se organizan entre sí. Esto aplica solo para los barcos que no estén haciendo misiones especiales, como de combate o tareas fuera de lo común.
- Art. 957El artículo 957 dice que ninguna persona puede hacer cambios en la construcción, reparación, equipo o armas de los barcos y bases de la Armada que ya hayan sido ordenados por el gobierno federal, a menos que tenga un permiso especial. La única excepción es cuando sea algo realmente urgente y el barco esté en el extranjero. En ese caso, para hacer cualquier modificación, se necesita la autorización del Comandante en Jefe o del oficial de mayor rango que esté presente. Después, quien haya hecho el cambio debe informar detalladamente a la Secretaría de Marina por qué fue necesario y cuánto costó.
- Art. 958El artículo dice que no puedes cambiar la distribución de los cuartos donde duermen los oficiales en un barco, a menos que un superior lo autorice. Tampoco puedes modificar ni perforar los mamparos estancos, que son las paredes que evitan que entre agua en caso de emergencia. Está prohibido hacerles hoyos aunque sea para poner ventilación o ventanas.
- Art. 959Los generales, jefes y oficiales militares tienen que evitar gastar cosas del gobierno que no sean necesarias, como comida o materiales. Si autorizan usar esos recursos sin una razón real, les descontarán el costo de su propio salario. Es como si pidieras cosas del trabajo para uso personal y te lo cobraran de tu sueldo.
- Art. 960Los capitanes de barcos de guerra pueden ayudar a cualquier barco mercante —de cualquier país— que esté en el mar o en un puerto y que no tenga comida ni equipo para funcionar. Si el barco mercante no puede conseguir esos recursos por ningún otro lado, el capitán del barco de guerra puede darle lo que tenga a bordo. A cambio, solo le pide al capitán del barco mercante que firme un recibo por triplicado (tres copias iguales) de lo que le entregó. Una copia de ese recibo se envía a la Secretaría encargada del tema, otra se entrega al Contador del barco, y la tercera se guarda en los archivos del Jefe del Detall (quien lleva el control de los documentos del barco).
- Art. 961Si un barco recibe ayuda (como comida o equipo) de otro barco y tiene dinero para pagar, debe pagar el precio justo de lo que recibió. Pero si el barco auxiliado no tiene dinero para pagar, le darán todo gratis. Para que esto sea válido, los encargados de ambos barcos y el capitán del barco auxiliado deben firmar un acta (un documento oficial) explicando que no podía pagar. Ese documento se envía a la Secretaría correspondiente para que quede registrado y se autorice la ayuda sin costo.
- Art. 962Si un barco mercante mexicano tiene una avería en su motor y pide ayuda, el capitán de un buque de guerra puede autorizar a sus maquinistas (los que reparan motores) a trabajar en ese barco. El capitán debe asegurarse de que los maquinistas reciban un pago justo acordado por su labor, pero no pueden cobrar si el mismo capitán les ordena el trabajo sin que ellos lo pidan. En el caso de barcos extranjeros, solo en emergencias graves el capitán puede mandar a sus maquinistas a trabajar, y si hay un superior con más rango, debe pedirle permiso primero.
- Art. 963Si eres general, jefe u oficial de la Armada y te mandan a otro país por trabajo del gobierno, ya sea que vivas ahí o estés de paso, tienes la obligación de informar a la Secretaría de Marina todo lo que veas o descubras que pueda servirle a la Armada mexicana. Es como si fueras los ojos y oídos de la institución en el extranjero, y debes reportar cualquier dato útil que encuentres.
- Art. 964Si eres un jefe u oficial de la Marina que está en el extranjero y el Comandante en Jefe de la Escuadra te da permiso para regresar a México, tienes que hacer dos cosas. Primero, al llegar al primer puerto mexicano que toques, debes presentarte con la autoridad naval de ese lugar. Segundo, tienes que avisar por escrito a la Secretaría de Marina sobre tu llegada y decirles en qué lugar vas a vivir. Esto es para que estén al tanto de dónde te encuentras.
- Art. 965Los jefes militares que pueden dar permiso para que los comandantes de los barcos lleven a las familias de los oficiales, la tripulación o civiles de viaje, deben pedir autorización a la Secretaría de Marina antes de dar ese permiso. En pocas palabras, no pueden decidir por su cuenta; primero necesitan el visto bueno de su jefe máximo.
- Art. 966Si estás en el ejército y tienes un rango de oficial, jefe o general, tienes la obligación de ayudar a la policía o a cualquier autoridad civil o militar que esté siendo atacada por una turba violenta o por cualquier tipo de agresión. Es decir, no puedes quedarte cruzado de brazos; debes dar toda la ayuda que esté a tu alcance para controlar la situación y proteger a esas autoridades.
- Art. 967El artículo 967 dice que los policías deben tener y usar siempre los uniformes que marca el reglamento oficial. No pueden combinarlos con otras prendas que no sean las que indica ese mismo reglamento. Además, tienen que seguir al pie de la letra las reglas sobre cuándo y cómo usar esos uniformes.
- Art. 968Ningún jefe, como un capitán, ni ningún oficial a bordo de un barco puede guardar dinero de los marineros que trabajan ahí, ni tampoco prestarles dinero. Esto es para proteger a la marinería de que los jefes o oficiales se aprovechen de ellos, por ejemplo, cobrándoles intereses o haciendo tratos injustos. La ley prohíbe estas prácticas para que no haya abusos de poder. Si un oficial lo hace, está violando la regla. En pocas palabras, los superiores no deben manejar ni prestar dinero a los marineros.
- Art. 969En los barcos y edificios de la Marina está totalmente prohibido jugar juegos de azar, como las cartas o dados con apuestas. Los oficiales que estén de guardia serán los responsables si alguien lo hace, y se les aplicará un castigo muy severo. Esto aplica dentro de cualquier lugar que pertenezca a la Armada.
- Art. 970El personal de servicio (como los meseros o limpieza) no debe ser distraído de sus labores por nada. Sin embargo, todo el que pertenezca a la servidumbre tiene que ir al lugar que le toque en los simulacros de combate, incendio o revisiones. A esas actividades deben asistir sin excepción todos los jefes, oficiales y la tripulación, incluyendo al personal de servidumbre.
- Art. 971Toda la gente que trabaja en la Armada debe hacer todo lo posible para evitar que se incendie el barco. Por ejemplo, tienen que revisar que cada lámpara o foco esté bien puesto y asegurado. No se puede usar petróleo ni nada que se prenda fácilmente dentro del barco. Si es necesario abrir envases de aguarrás o algo parecido, ese trabajo se debe hacer en un lugar especial, bien lejos de los cañones, las cocinas, los cuartos de pólvora y las calderas calientes.
- Art. 972En invierno, a las 8 de la noche, y en verano, a las 9 de la noche, se toca un toque de queda (la "retreta") y se apagan todas las fogatas u hornillas. La única excepción es si el Comandante da la orden de mantener algunas encendidas.
- Art. 973No puedes pedirle a tus jefes, por carta, que cambien a un compañero de trabajo que no te cae bien o con el que no te llevas. Si un oficial no hace bien su chamba, lo correcto es que lo castiguen como se debe, no que lo muevan de lugar porque a ti no te conviene.
- Art. 974Este artículo dice que, a menos que un médico confirme que te tienes que mudar por enfermedad, cualquier persona que trabaje en la Armada no puede pedir por su cuenta que lo cambien del barco o puesto donde trabaja. Solamente el Presidente de la República puede decidir dónde y cómo usar a los miembros de la Armada, según lo que necesite el servicio. Si alguien desobedece esta regla, lo van a castigar severamente.
- Art. 975Los marinos en servicio activo no pueden participar en política, ni directo ni indirecto, eso incluye apoyar partidos o candidatos. Pero sí conservan su derecho a votar y a ser votados, es decir, pueden ir a las urnas y también pueden postularse como candidatos. En pocas palabras, mientras estén en la Armada no pueden hacer campaña ni meterse en asuntos políticos, pero su derecho al voto sigue intacto.
- Art. 976Este artículo dice que cuando alguien está al mando de un barco o de un grupo de la Armada, aunque sea temporalmente, esa persona tiene el control total sobre las armas, la disciplina y los asuntos económicos. No se puede separar ese mando en diferentes personas para cada cosa. En otras palabras, el encargado manda en todo, no nada más en una parte.
- Art. 977El mando accidental es cuando un soldado de menor rango toma el control porque su jefe directo está enfermo, ausente o por cualquier razón que no se esperaba. El mando interino es cuando un soldado de menor rango recibe una orden clara de la autoridad competente para ocupar un puesto igual o más alto que el suyo, por un tiempo definido o indefinido. En resumen, el accidental ocurre por sorpresa y el interino por una instrucción expresa.
- Art. 978Aquí está la explicación: Si alguien te da un puesto de jefe solo por tener más antigüedad o por órdenes de arriba, mientras esperan a un jefe definitivo, no tienes derecho a un puesto más alto ni a un sueldo extra solo por eso. Solo te pagan lo que dice tu nombramiento original. Pero sí puedes recibir un pago extra si la ley o el gobierno lo autorizan, como reconocimiento por lo pesado o importante del trabajo que te encargaron.
- Art. 979Si el comandante o jefe de un barco o base naval no está o se ausenta por un rato, quien tenga el siguiente rango más alto toma el mando automáticamente. No importa si es por enfermedad, vacaciones o cualquier otra falta temporal; el que le sigue en jerarquía lo reemplaza. Por ejemplo, si el capitán falta, el segundo al mando asume el control. Esto asegura que siempre haya alguien responsable al frente.
- Art. 980Cuando un jefe naval deja el cargo o falta, quien lo sustituye se elige según el rango militar, de mayor a menor, y también según quién haya estado más tiempo en ese rango. Esto aplica para generales, jefes y oficiales de la marina. Todo se hace siguiendo las mismas reglas que ya están escritas en el artículo 46 de la ley.
- Art. 981El artículo 981 dice que, cuando un solo militar tiene el mando, él es el único responsable ante su jefe. Por eso, ningún general o oficial puede ordenar a un subordinado que haga algo siguiendo las instrucciones de otro que esté más abajo en el rango. En lugar de eso, debe escoger al soldado más capaz para la tarea y dejarlo actuar con libertad, tomando sus propias decisiones. Quien da la orden sigue siendo el responsable de lo que pase.
- Art. 982Si eres un mando militar, como un oficial o un jefe, y por alguna situación especial tienes que tomar el control temporal de un barco, división, escuadra o área de la Armada, debes avisar de inmediato, usando el telégrafo, a tu jefe directo y a la Secretaría de Marina.
- Art. 983Si varios barcos de la marina se encuentran en el mismo lugar y ninguno tiene una misión especial, el comandante con más años de servicio o el de mayor rango deberá poner una bandera o señal especial que muestre que él está al mando. Esa bandera o señal es la que dice el reglamento de la marina.
- Art. 984Si hay varios generales juntos en una situación militar, el que tenga más tiempo en el servicio o el de mayor rango será quien tome el mando de las tropas y de los asuntos administrativos. Esto solo aplica si la Secretaría de la Defensa o de Marina no haya dicho ya quién debe estar al frente. En pocas palabras, el general más viejo o de más alta jerarquía se convierte en el jefe si no hay una orden previa que decida otra cosa.
- Art. 985Los oficiales de alto rango que están por debajo del mando de una División o Escuadra pueden dar órdenes en todos los barcos de esa división para que se cumplan bien las tareas y las reglas que ponga el jefe máximo. Pero los capitanes de cada barco solo pueden mandar en su propio barco, a menos que el jefe máximo les dé permiso especial para mandar en otros barcos en algún caso específico.
- Art. 986Si el Comandante en Jefe de una División o Escuadra (como el líder de un grupo grande de soldados o barcos) no puede dar órdenes por cualquier razón, el mando lo toma de manera temporal el jefe de mayor rango o el que tenga más antigüedad dentro del Estado Mayor (el equipo de oficiales que ayudan a planear). O sea, el que le sigue en jerarquía asume el control hasta que se resuelva la situación. Esto aplica para que nunca falte alguien a cargo.
- Art. 987Si el jefe máximo de la Armada muere en una batalla, el oficial de guerra de mayor rango y con más tiempo en el servicio que esté en el barco principal tomará el mando de manera temporal. En cuanto termine la pelea, ese oficial debe pasar el mando al más veterano o importante de la división o escuadra. Ese nuevo jefe ordenará bajar la bandera del comandante fallecido y subir la que le corresponda. Este mando será solo por accidente o de emergencia, hasta que el Gobierno nombre a quien lo reemplace de forma definitiva.
- Art. 988Artículo 988: Si el capitán de un barco se muere o ya no puede dar órdenes, el segundo al mando toma su lugar, aunque haya en el barco otros oficiales de mayor rango que no sean parte de la tripulación normal. El segundo se queda al mando solo hasta que reciba nuevas instrucciones del comandante general o del Secretario de Guerra y Marina. En pocas palabras, quien toma el control es el segundo al mando del barco, sin importar que haya gente con más rango que no trabaje en ese barco.
- Art. 989Entre los jefes y oficiales de la Armada que no sean el máximo comandante, el que tenga el rango más alto manda; si tienen el mismo rango, manda el que tenga más antigüedad en ese grado. Esto aplica según el orden de su graduación, o sea, como están escalafonados en el organigrama naval.
- Art. 990Si no hay ningún jefe militar de alto rango a bordo del barco, el que se encarga de todo es el contramaestre de primera más viejo, que es el oficial de mar encargado de las maniobras del barco. Si éste tampoco está, el mando lo toma el contramaestre de segunda con más experiencia. Pero los condestables (encargados del armamento) y otros oficiales de la Armada que viajen en el barco deben darle consejos útiles para que pueda mandar bien, y esos consejos se anotan en el libro de bitácora (el diario del barco). Eso sí: sus sugerencias no pueden cambiar ni estorbar que el barco tenga un solo jefe a cargo, como se necesita para que todo funcione bien.
- Art. 991Cuando un oficial de un barco falta por accidente (por ejemplo, por enfermedad o imprevisto), su lugar lo ocupará alguien que elija el Comandante del barco. Esto aplica si el barco está en viaje o si no pertenece a una División o Escuadra (grupos de barcos). Si el barco sí es parte de esos grupos, entonces el reemplazo se hará según las órdenes del Comandante en Jefe. Y si el que falta es un ayudante de algún oficial, quién lo sustituye lo decide directamente el Comandante del barco.
- Art. 992Este artículo habla sobre el mando de los comandantes de la Armada. Si un comandante pierde su barco durante una campaña militar, ya no tiene derecho a mandar otro barco; si lo suben a otra nave, ahí será tratado como un simple pasajero o transporte, no como el jefe. Pero hay una excepción: si ese comandante era jefe de una división por órdenes de un superior, o si el Comandante en Jefe lo destacó con varios barcos, entonces sí puede subirse a cualquiera de los barcos que estaban bajo su mando, pero sin quitarle el puesto al comandante que ya era dueño de ese barco. En otras palabras, pierde el mando si pierde su nave, a menos que ya tuviera autoridad sobre más barcos.
- Art. 993La comisión naval significa que a alguien de la Marina le dan una tarea especial dentro de su trabajo, como ir a hacer algo específico que necesita la institución. Si la persona que tiene esa tarea ya no la necesita o la quitan de ahí, pueden correrlo sin ningún papeleo complicado, solo con una orden de la Secretaría de Marina o de su jefe directo que tenga permiso para hacerlo.
- Art. 994Si eres parte de la Armada, no puedes negarte a hacer el trabajo o la misión para la que te asignen. Tienes la obligación de cumplirla hasta que te reemplacen, te den permiso para dejarla de manera definitiva, te jubiles o te retires, todo siguiendo las reglas de esta ley.
- Art. 995El artículo 995 dice que, a menos que estés enfermo o tengas un impedimento legal que puedas comprobar, no puedes pasarle el mando de un barco, una división, una escuadra, un departamento o cualquier otra responsabilidad que te hayan dado en la Armada a otra persona. Para hacerlo, necesitas un permiso u orden directa de la Secretaría del ramo (la dependencia que te dio el encargo) o del jefe que te asignó el mando, pero solo si ese jefe tiene autorización para darte ese permiso.
- Art. 996Si un miembro de la Armada recibe al mismo tiempo varias tareas que no puede hacer todas juntas, debe avisarle a su jefe directo. El superior será quien decida qué pedido atender primero o cómo repartir el trabajo. No puede el marinero o soldado elegir por su cuenta cuál tarea hacer. La idea es que nadie se meta en problemas por no poder cumplir con todo a la vez.
- Art. 997Cuando un miembro de la Armada termine un trabajo o encargo especial, debe entregarlo formalmente. Es decir, tiene que reportar cómo lo hizo y dar cuentas de todo lo que le habían prestado. La entrega debe hacerse siguiendo un procedimiento que ya está establecido en las reglas de la Armada. Básicamente, no puede irse sin avisar y sin dejar claro que cumplió con su deber.
- Art. 998Cuando un funcionario público deja su puesto, tiene que hacer una lista detallada de todo lo que estaba a su cargo, como documentos o equipos, y entregarla junto con esos objetos. Esa lista la deben firmar tanto el que entrega como el que recibe, y también debe estar presente el Contador para dar fe. Además, otro oficial llamado "de equipo" tiene que poner su "cónstame" (una nota que confirma que está correcto) y el Comandante debe dar su "visto bueno" (aprobación final). Así se aseguran de que todo quede bien registrado y sin problemas.
- Art. 999Cuando alguien deja un cargo público, los ayudantes del funcionario deben entregar todo lo que estaba a su cargo mediante un inventario (una lista detallada de cosas). Ese inventario lo firman tanto el que entrega como el que recibe los objetos. En todo el proceso solo puede participar el funcionario encargado de esa área, sin otras personas metiéndose. Así se aseguran de que quede claro qué se entrega y quién lo recibe.
- Art. 1000Los encargados de ciertos puestos en un barco (como contramaestres o condestables) deben entregar, cuando alguien los reemplace, dos cosas: los inventarios de lo que estaban a su cargo, y una lista de la tripulación dividida por grupos (ranchos y brigadas). En esa lista tienen que poner qué tarea específica le toca a cada persona durante una emergencia, como un combate o un incendio, siguiendo el plan general del barco. Esto es para que el nuevo encargado sepa exactamente quién hace qué en una situación de peligro.