CÓDIGO de Justicia Militar
Artículos explicados en lenguaje simple · página 3
- Art. 381Si eres piloto o aviador en el Ejército, y en tiempos de paz te dan la orden de despegar, te pueden meter a la cárcel por nueve meses si no cumples en dos casos: primero, si sales tarde o no llegas a tu destino en el tiempo normal sin una excusa válida. Segundo, si cometes otra falta grave que vaya contra los reglamentos de aviación, aunque no esté especificada en esta parte de la ley. Esto aplica solo si no tienes una razón justificada para hacerlo.
- Art. 382Si eres un servidor público o tienes un cargo específico y no haces tu trabajo o lo haces mal, sin una razón válida, y esa falta no está castigada en otra parte del Código Penal, te pueden dar un año de cárcel. Si lo hiciste por error o descuido, la cárcel será de solo cuatro meses. Además, si por tu falta alguien sale lastimado, se te aplicarán las reglas normales para aumentarte el castigo.
- Art. 383Si por tu culpa le causas un daño a un barco o a un avión, la condena de cárcel que te toque se va a aumentar por dos años más, aunque no haya pasado nada más. O sea, no importa si no lastimaste a nadie, con que el barco o el avión se haya dañado, ya te echan más tiempo en la cárcel. Esto aplica ya sea que andes manejando el vehículo o haciendo otra cosa que esté prohibida.
- Art. 384Si alguien en el Ejército o la Armada comete una falta que cause daño a las tropas, o hace que se pierda un barco o un avión militar, le pueden caer diez años de cárcel. Esto aplica solo a personas que están sujetas a la justicia militar, no a civiles. La ley no dice si fue con intención o por accidente, sino que castiga el resultado del daño. En pocas palabras, si por tu culpa se daña un grupo de soldados o se pierde un vehículo de guerra, te arriesgas a una década en prisión.
- Art. 385Si alguien comete una falta grave, como traicionar a las tropas en medio de una guerra, y eso causa que el ejército pierda una batalla o se pierda un barco o avión militar, entonces le pueden dar una sentencia muy larga, de 30 a 60 años en la cárcel. Esto aplica solo cuando el país está en combate.
- Art. 386Si eres una persona prisionera y prometes bajo tu palabra de honor no volver a tomar armas contra México, pero luego rompes tu promesa y te agarran de nuevo, te pueden dar de 30 a 60 años de cárcel. También te dan la misma condena si prometes quedarte en tu prisión, te escapas y después te atrapan mientras estás combatiendo en contra del país. Además, si te amotinas con otros presos, te van a juzgar por el delito de asonada, que es un motín o desorden violento.
- Art. 387Si tú estás a cargo de vigilar o escoltar a alguien que está preso y lo ayudas a escaparse o lo sueltas sin razón legal, te pueden caer tres años de cárcel. Si no eres el encargado de cuidarlo, pero aún así ayudas a que se fugue, la condena es de dos años de prisión. O sea, si le haces el paro al detenido para que se vaya, te vas a ir a la cárcel, pero el castigo es más fuerte si eras su guardia.
- Art. 388Si eres el guardia o custodio de un preso y lo ayudas a escaparse usando violencia física (como romper paredes, excavar túneles, escalar o usar llaves falsas) o violencia moral (aprovechando tu autoridad como militar), te pueden dar 4 años de cárcel, que es lo que dice el artículo 387. Pero si la persona que ayuda al preso a fugarse no es su custodio, entonces la condena será de solo dos terceras partes de esa pena, es decir, menos tiempo.
- Art. 389Este artículo dice que si ayudas a escapar a una persona que está presa por los delitos más graves, como los de los artículos 203 (secuestro) y 386 (narcotráfico o delincuencia organizada), te pueden caer de 30 a 60 años de cárcel, aunque no seas el guardia o cuidador del penal. Es decir, si tú, como familiar, amigo, abogado o cualquiera, le haces el paro para que se fugue, te vas a meter en un problema muy serio. No importa si eres el responsable de vigilarlo o no, la multa es la misma. Básicamente, es un castigo bien pesado para desanimar a cualquiera que quiera ayudar a escapar a estos presos peligrosos.
- Art. 390Si un preso se escapa por descuido de los guardias, a esos guardias les toca pagar solo la mitad de la cárcel que les correspondería normalmente. Pero si alguno de los responsables logra atrapar al fugitivo antes de que pasen tres meses desde la fuga, entonces la condena de los guardias se puede bajar hasta la cuarta parte.
- Art. 391Si un militar que está detenido se escapa rompiendo paredes, brincando techos, forzando puertas o cerraduras, saliendo de un barco por donde no debe, o usando cualquier otro método violento, le añadirán 10 meses más de cárcel a la condena que ya tenga. Si todavía no lo han sentenciado, igual le pondrán esos 10 meses adicionales además de lo que le toque después por su delito original. En el caso de oficiales (militares con mando) que no hayan sido despedidos del ejército, si se fugan los corren de su puesto, y les aplican los 10 meses de prisión aunque no hayan usado violencia para escapar.
- Art. 392Si alguien tiene a su cargo vigilar o llevar a una persona que está detenida o presa, y deja que se escape o la suelta sin tener permiso para hacerlo, le pueden aplicar un castigo. Ese castigo depende de la gravedad de lo que se le acusa a la persona que estaba detenida. Si el delito por el que estaba presa merece 15 años de cárcel o más, a quien la dejó ir le tocan 5 años de prisión. Si el delito merecía entre 10 y 15 años, le tocan 3 años de cárcel; si merecía entre 5 y 10 años, le toca año y medio; y en cualquier otro caso, le toca solo 1 año.
- Art. 393Si ayudas a escapar a un militar que está preso, y lo haces con las mismas condiciones que marca el artículo 388, te aumentarán la condena en un tercio más de lo que ya te tocaba. Si el preso es una persona civil, la pena se calcula tomando la mitad del castigo que le correspondería al que se fugó, según el Código Penal. Y si quien ayuda a la fuga no es un guardia o custodio, sino otra persona, la condena se reduce a dos terceras partes de lo que dice el artículo anterior.
- Art. 394Si a las personas encargadas de vigilar a un detenido se les escapa alguien por descuido, les tocará la mitad del castigo que tendrían si hubieran ayudado directamente a la fuga. Pero si al menos uno de ellos hace algo para recapturar a los fugados antes de tres meses, ese o los que ayudaron solo recibirán la cuarta parte del castigo. En cualquier caso, la pena mínima será de 16 días de cárcel. Esto aplica siempre que la fuga haya sido por su negligencia, no por querer ayudar.
- Art. 395Si ayudas a que se escapen todas las personas que están detenidas en una cárcel o en un barco usado como prisión, te pueden dar 10 años de cárcel. Pero si quien comete eso es el director o dueño del lugar, o el guardia que cuida a los presos, entonces la condena sube a 13 años de prisión.
- Art. 396Si hay una fuga de uno o varios reos, el jefe de la escolta o los soldados que los cuidaban directamente serán los responsables, aunque también se puede investigar a cualquier otro miembro de la escolta si se descubre que ayudaron con sus acciones o por no hacer nada para evitarlo. Esto significa que el que manda la escolta siempre la paga, y los demás solo si estuvieron involucrados. Es una medida para que los encargados de vigilar a los presos cumplan bien su trabajo. Esta regla aplica en el ámbito militar.
- Art. 396 BisSi un miembro de la Guardia Nacional usa, presta o deja que otro ocupe las armas, placas, uniformes, vehículos o cualquier cosa de la institución para cometer un delito, le van a dar de seis a diez años de cárcel. Esto aplica aunque él no cometa el crimen directamente, solo con que haya dado el permiso o facilitado el equipo. La ley lo castiga por abusar de su puesto y los recursos de la corporación.
- Art. 396 QuáterEl artículo 396 Quáter dice que cualquier persona de la Guardia Nacional que, usando su uniforme, cargo o cualquier cosa que la identifique como parte de la institución, maltrate u ofenda a alguien, se va a ir a la cárcel por seis meses. El artículo 396 Quinquies habla del abuso de confianza: si alguien de la Guardia Nacional sale de la institución y no devuelve el equipo, armas, uniformes y demás cosas que le prestaron, le pueden dar prisión. Si lo que no devuelve vale menos de 200 Unidades de Medida y Actualización (que es una referencia para calcular multas y delitos), la cárcel es de hasta un año; si vale entre 200 y 2,000 UMA, la condena es de uno a tres años; y si vale más de 2,000 UMA, la prisión es de tres a seis años. El artículo 396 Sexies establece que si alguien finge que le robaron o perdió las armas o municiones que tenía a su cargo, le pueden dar de uno a siete años de cárcel. Estas reglas están en el capítulo que habla de delitos contra el honor militar, que son faltas graves para quienes pertenecen a la Guardia Nacional.
- Art. 396 TerSi tú eres funcionario o trabajas en una institución y aprovechas tu cargo para pedir o recibir dinero, regalos o hasta una promesa de algo, sin tener derecho a ello, te pueden castigar. El castigo incluye cárcel de 4 a 8 años, que te corran del trabajo y que no puedas trabajar en el gobierno por un tiempo. No importa si lo pides para ti o para alguien más. Es como cuando un servidor público le pide "moche" o "cooperación" a alguien para hacer su trabajo.
- Art. 397Este artículo dice que, en el ámbito militar, a quien huya por miedo en una batalla, a quien no defienda una bandera hasta la muerte, a un comandante que se rinda sin haber peleado hasta el final, o a los soldados que obliguen a su jefe a rendirse, le pueden dar entre 30 y 60 años de cárcel. También castiga a los comandantes que se rindan antes de agotar todas sus opciones de defensa. En otros casos de rendición que vayan contra las reglas, la persona es despedida del ejército y no puede regresar en 10 años. Además, si los soldados obligan a su jefe a rendirse a la fuerza, esto no sirve como excusa para que el comandante se libre del castigo.
- Art. 398Este artículo dice que si alguien en el Ejército organiza una junta para hablar sobre rendirse o capitular, cuando está prohibido hacerlo, puede ser despedido de su trabajo y no podrá trabajar en el Ejército por 10 años, solo por haber convocado la junta. Si la junta sí se lleva a cabo y como resultado el Ejército se rinde o capitula, entonces la persona que la organizó podría ir a la cárcel de 30 a 60 años. También, si asistes a esa junta, aunque votes en contra de rendirte, te pueden suspender del trabajo por 5 años. Pero si votas a favor de rendirte de manera indebida, te pueden dar una condena de 30 a 60 años de prisión o el despido, según lo que diga otra parte de la ley.
- Art. 399Si alguien organiza una reunión militar (llamada "junta de guerra") para hablar sobre las operaciones del ejército, y lo hace sin seguir las reglas de la ley, esa persona pierde su trabajo y además no podrá volver a pertenecer al Ejército durante cinco años. Esto aplica aunque no haya pasado nada más, solo por haber juntado a los militares sin permiso. Es como si te corrieran de la empresa militar y te prohibieran trabajar en ella por cinco años solo por hacer una junta que no debías.
- Art. 400Si estás en medio de una batalla o yendo hacia ella, y te escondes, huyes o te retiras con la excusa de que estás herido cuando en realidad no tienes una lesión que te impida pelear, te pueden dar 12 años de cárcel. Lo mismo aplica si de cualquier otra forma le buscas la vuelta para no entrar al combate en el que deberías estar. Esto es válido solo si tu situación no encaja en lo que dicen otros artículos de la ley, como cuando alguien ya está legalmente imposibilitado para pelear. En pocas palabras, la ley castiga a los soldados que fingen estar lastimados para no enfrentar el peligro.
- Art. 401Si alguien que no es parte de la tripulación de un barco grita para que se detenga o no se inicie una pelea, le tocarán 7 años de cárcel. En el caso de un miembro de la Marina que, estando frente al enemigo, grite o haga cosas que hagan que los barcos o las tropas se retiren o se dispersen, la condena será de 12 años de prisión.
- Art. 402Si dos personas que pertenecen al Ejército o la Armada tienen relaciones sexuales entre ellas o con personas que no son militares, en lugares como un barco de guerra, cuartel o cualquier instalación militar, les pueden dar dos años de cárcel, siempre y cuando no haya habido violencia. Además, si los que lo hacen son oficiales (los de mayor rango), además de ir a la cárcel, los corren del trabajo y no pueden volver a trabajar en el Ejército o la Armada durante diez años.
- Art. 403Este artículo del Código de Justicia Militar dice que si un militar, por desprecio a su cargo, regresa sus documentos oficiales (como su nombramiento o diploma) o se quita sus insignias o condecoraciones, le pueden dar hasta año y medio de cárcel y además lo corren del trabajo. Básicamente, es un delito que un militar tire o devuelva sus cosas del puesto para mostrar que ya no le importa.
- Art. 404Si te pones un uniforme militar, una medalla o cualquier insignia del Ejército o la Armada sin tener permiso legal para usarlos, o si dices que tienes un rango o cargo militar que no es tuyo, te pueden encarcelar por cuatro meses. Esto aplica aunque solo lo hagas en público y sin dañar a nadie. La ley busca que nadie se haga pasar por militar para engañar o sacar ventaja.
- Art. 405Si eres un oficial militar y, al ser capturado por el enemigo, prometes bajo palabra de honor no volver a pelear contra ellos, automáticamente te quitan tu cargo y no podrás trabajar en el ejército durante diez años. Es decir, te dan de baja y te castigan con esa inhabilitación temporal como consecuencia por haber hecho esa promesa.
- Art. 406Si eres oficial militar y te escapas del arresto en tu cuarto, te van a dar 45 días de cárcel. Si te fugas de cualquier otro tipo de arresto, la condena será de tres meses en prisión. Esto aplica solo al personal con rango de oficial, no a soldados rasos. En pocas palabras, mientras más serio sea el arresto del que te fugues, más días te tocarán encerrado.
- Art. 407Si eres un oficial del ejército, te pueden dar 4 meses de cárcel por hacer cualquiera de estas cosas: 1) Hacerte el enfermo para no trabajar cuando te toque. 2) Ir a un antro de mala muerte con tu uniforme militar puesto. 3) Andar borracho en público con el uniforme puesto (si eres sargento o cabo, son solo 2 meses de cárcel). 4) Decir cosas que hagan que los demás pierdan las ganas de cumplir con su deber. 5) Quejarte de las órdenes de tus superiores o hablar mal de ellas. 6) No parar los chismes de tus subordinados contra los mandos, o no reportarlos a tu jefe. 7) Prestar dinero con intereses bien altos a los soldados rasos, o pedirles regalos o préstamos. Si cometes dos de estas faltas en menos de un año, además de la cárcel te corren y no puedes volver a servir en el ejército por dos años.
- Art. 408Si eres un oficial militar y te castigan con tres meses de suspensión de empleo, significa que te quitan el trabajo y el sueldo por ese tiempo. Esto pasa si eres de los que acostumbran no pagar sus deudas o si no cumples tu palabra de honor. También te suspenden si vendes o empeñas tus medallas, nombramientos, títulos o documentos de identidad del ejército. O si organizas colectas, rifas o cobros sin permiso de la Secretaría de la Defensa o de Marina. Si vuelves a cometer alguna de estas faltas dentro de un año, te echan del servicio y no puedes regresar a trabajar en el ejército durante dos años.
- Art. 409Este artículo dice que si un sargento o cabo del ejército tiene dos faltas graves (correcciones disciplinarias) en un año y sigue portándose mal, le pueden dar seis meses de cárcel y lo corren del trabajo. No aplica para cualquier persona, solo para esos rangos militares. Se refiere a cuando alguien no mejora su comportamiento después de ya haber sido castigado antes.
- Art. 410Si eres militar, no puedes retar a otro militar a un duelo (una pelea concertada). Las consecuencias dependen de tu rango y de si el duelo se lleva a cabo o no. Si desafías a alguien de tu mismo rango: te pueden dar 1 mes de cárcel si al final no se arma el duelo; 2 meses si se arma, pero nadie resulta herido ni muerto; 6 meses si el retado sale herido; y hasta 1 año y 6 meses si el retado muere durante el duelo o en los 60 días siguientes. Si eres de rango superior al que desafías (por ejemplo, un oficial reta a un soldado), las penas son más duras: 2 meses si el duelo no se realiza, 3 meses si ocurre sin heridos, 1 año si el retado queda herido, y 2 años si muere. Si eres de rango inferior al desafiado (un soldado reta a un oficial), te toca el doble de castigo que a alguien del mismo rango. Ojo: si el retado fue el que provocó el pleito con una ofensa grave o frente a personas a las que el retador les manda, entonces el castigo se reduce a dos terceras partes de la pena normal.
- Art. 411Si alguien te reta a una pelea o duelo y tú lo aceptas, también te van a castigar, pero con una pena más leve que la del que te retó. La ley dice que tu castigo será de un tercio menos de lo que le tocaría al retador, según el caso. Eso sí, hay una excepción que se explica en el siguiente artículo. En pocas palabras, tanto el que provoca la pelea como el que la acepta tienen consecuencias, pero al que acepta le va un poco mejor.
- Art. 412Si alguien es retado a un duelo, puede recibir el mismo castigo que la persona que lo retó, pero solo si el juez decide que él tuvo la culpa. Esto pasa cuando provocó el desafío a propósito para que lo retaran, o si insultó gravemente al retador en su honor como militar o caballero. También aplica si se negó a dar una explicación educada después de haber ofendido. En otras palabras, si tú provocas a alguien para que te rete o lo insultas sin dar disculpas, puedes ser castigado igual que quien te desafió.
- Art. 413El artículo 413 dice que si alguien sale herido en un duelo, eso no lo salva de recibir el castigo que le toque según la ley, ya sea como el que retó o como el que aceptó el reto. O sea, no importa que te hayan lastimado, igual te pueden aplicar la pena si participaste en el duelo. Así que estar herido no es una excusa para evitar la consecuencia legal.
- Art. 414Si estás en un duelo, o sea, una pelea planeada entre dos personas, y hieres o matas al otro cuando ya está en el suelo, sin armas o sin poder defenderse por cualquier razón, la ley te castiga más fuerte. Te consideran como alguien que actuó con premeditación, es decir, que lo pensaste antes, aprovechándote de tu ventaja y sin que fuera una pelea normal. Básicamente, no vale la pena atacar a alguien que ya no puede defenderse, porque te va a ir peor ante la justicia.
- Art. 415Si organizas un duelo donde no haya un verdadero combate, y la otra persona no puede defenderse ni lastimarte, y tú la hieres o la matas sin ningún riesgo para ti, entonces te van a castigar igual que si hubieras cometido ese delito de otra forma. Esto aplica aunque hayan acordado tener un duelo.
- Art. 416Este artículo dice que, si alguien se mete en un duelo (una pelea acordada entre dos personas), ya no se aplican las reglas especiales para duelos, sino las penas normales por lesiones o asesinato, pero solo en estos casos: cuando la persona reta a duelo por dinero, por órdenes de alguien más o por un motivo malo; cuando uno de los peleadores actúa de forma tramposa o desleal y por eso hiere o mata al otro; cuando un peleador usa una ventaja que no estaba permitida desde el principio del duelo, aunque no sea una trampa clara; o cuando el duelo se hace sin que cada lado tenga al menos dos testigos adultos, o sin que esos testigos escojan las armas y pongan las reglas.
- Art. 417Si eres testigo de un duelo (una pelea arreglada entre dos personas) y logras que no se lleve a cabo, no te castigarán. Pero si el duelo sí ocurre, recibirás un castigo según cómo hayas actuado. Si hiciste todo lo posible para evitar la pelea y, al no lograrlo, acordaste condiciones que no fueran tan peligrosas para los que peleaban, te tocará pagar la cuarta parte de la multa o cárcel que le den al que retó. Si no trataste de evitar el duelo con cuidado, o aunque lo intentaste no pusiste condiciones menos riesgosas, o dejaste abandonado en el campo a un herido grave sin ayudarlo, te multarán con la tercera parte de la pena del retador. Y si aceptaste que la pelea fuera a muerte, o si eres el jefe o superior de uno o de los dos combatientes, el castigo será la mitad de la pena del retador.
- Art. 418Si alguien ayuda a los soldados o grupos armados en un combate, aunque solo sea como testigo y sin pelear directamente, será considerado tan responsable como ellos. Esto aplica cuando el combate ilegal esté descrito en ciertas partes del artículo 416, o en los artículos 414 y 415. En lugar de recibir un castigo menor, se le aplicará la misma pena que a los que sí participaron directamente.
- Art. 419Si alguien convence o anima a un militar a participar en un duelo (una pelea acordada entre dos personas), o si le proporciona armas o un lugar para que se lleve a cabo, sabiendo lo que está pasando, esa persona recibirá como castigo que lo suspendan de su trabajo o cargo por seis meses. Además, si un comandante de cualquier grupo militar puede evitar un duelo entre sus soldados y no lo hace, recibirá la mitad de ese castigo, es decir, tres meses de suspensión.
- Art. 420Si te condenan a la cárcel por los delitos de este capítulo, no pierdes automáticamente tu trabajo o cargo público. Eso solo pasa si el delito es de los artículos 414, 415, 416 o 418, que son casos específicos y más graves. O sea, en la mayoría de los casos, aunque vayas a prisión, no te quitan el empleo por ley.
- Art. 421Las personas que trabajan en la justicia militar (como jueces, secretarios o agentes) sí pueden meterse en problemas legales si cometen un delito mientras hacen su trabajo, aunque ese trabajo sea solo temporal. También son responsables si cometen cualquier otro delito relacionado con asuntos militares o delitos comunes (como robos o golpes) durante todo el tiempo que dure su cargo.
- Art. 422El artículo 422 dice que un servidor público (como un juez, ministerio público o policía) puede ser suspendido de su empleo por 6 meses si comete alguna de estas faltas. Por ejemplo: si sabe que no debe atender un caso pero igual lo hace, o al revés, si se niega a atender un caso que sí le toca. También si presiona o maltrata a un acusado para que declare en cierto sentido. Si retrasa o complica a propósito un juicio, o por flojo no hace bien su trabajo. Si dicta una resolución que va en contra de la ley o del expediente, solo por mala fe. Si es ministerio público y no presenta los recursos legales o no hace las investigaciones necesarias para aclarar la verdad. Si entrega un expediente a quien no debe. O si trata con groserías o malos modos a las personas que van a su oficina. Si vuelve a cometer la misma falta, lo corren del trabajo.
- Art. 423Este artículo del Código de Justicia Militar dice que un juez, militar o autoridad puede ir a la cárcel por un año y medio si comete alguna de estas cinco faltas. Por ejemplo, si un juez dicta una sentencia a sabiendas de que está violando la ley solo por motivos personales o mala fe, y no por un error honesto. También aplica si un miembro de un Consejo de Guerra se niega sin razón a hacer su trabajo, o si vota a propósito para condenar o absolver a alguien ignorando las pruebas del caso. O si alguna autoridad ordena arrestar a alguien, revisar su casa o abusa de su poder sin justificación, o si detiene a un sospechoso y no lo entrega de inmediato al juez que debe revisar su caso. Si además de esto se comete otro delito, se suman los castigos.
- Art. 424Este artículo dice que si tú eres un servidor público (como un policía, fiscal o juez) y te robas, escondes o destruyes documentos de una investigación judicial (como las carpetas o los expedientes de un caso), o también objetos relacionados con un delito, te pueden meter a la cárcel por tres años y te corren del trabajo. La ley es muy clara: no puedes desaparecer pruebas ni papeles importantes de un proceso legal. Esto aplica solo a las personas que trabajan en el gobierno, no a cualquier ciudadano.
- Art. 425Si eres un defensor público (un abogado que el gobierno te asigna para defender a alguien sin recursos), te pueden castigar con 6 meses sin chamba si por flojo o descuidado no pides a tiempo las pruebas, no presentas las quejas o apelaciones que tocan, no ajustas tu postura como te lo permite la ley, o por cualquier otra falla que perjudique a la persona que estás defendiendo.
- Art. 426Si eres servidor público y pides o aceptas dinero o regalos (aunque sea a través de un familiar o conocido) para hacer o no hacer algo de tu trabajo, te van a correr del empleo y no podrás trabajar en el gobierno durante dos años. La ley castiga que uses tu puesto para pedir "moche" o "mordida" a cambio de un favor o de no hacer tu chamba.
- Art. 427Si alguien usa su poder o contactos para influir de manera ilegal en un juicio, ya sea para que el acusado salga libre o para que lo condenen, le pueden caer tres años de cárcel. Esto aplica aunque no seas juez ni abogado: cualquier persona que meta presión indebida en el proceso se mete en problemas. La ley no perdona que metas las manos en los procedimientos legales, así sea para ayudar o para perjudicar a alguien. En pocas palabras, no vale andar haciendo “palancas” prohibidas en un juicio.
- Art. 428Este artículo dice que si una persona causa un desorden o un alboroto para interrumpir o detener el trabajo de la justicia militar, le puede caer una pena de diez años de cárcel. La "justicia militar" es el sistema de tribunales que juzga a los miembros del ejército cuando cometen delitos. Básicamente, si alguien hace un escándalo para evitar que se haga justicia en el ámbito militar, se mete en un problema serio con la ley.
- Art. 429Si eres testigo en una investigación o juicio y dices una mentira sobre algo importante para saber la verdad, te pueden castigar con dos años en la cárcel. Eso aplica tanto si inventas algo como si niegas u ocultas información que pueda servir para probar si alguien es culpable o no. Si tu mentira se usa como prueba y por eso condenan a una persona a una pena más grave de la que merecía, entonces el castigo sube a cinco años de prisión. En pocas palabras, declarar falso como testigo tiene consecuencias serias, y más si tu mentira provoca una condena injusta.
- Art. 430El artículo 430 habla de un delito que cometen los servidores públicos (como jueces o personal de los tribunales militares) cuando, al cumplir una sentencia, la cambian para beneficiar o perjudicar a la persona que fue condenada. Si alguien hace eso, le pueden dar de 1 a 3 años de cárcel. Esto aplica específicamente para sentencias de los Tribunales Militares, que son los que juzgan a militares.
- Art. 431Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley el 29 de junio de 2005. Cuando un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se puede aplicar. Así que no te preocupes por lo que decía, porque legalmente ya no existe.
- Art. 432Si tú, sin ser parte del personal de la justicia militar (como un juez o secretario militar) y a propósito, robas, escondes o destruyes documentos, pruebas o cosas relacionadas con un delito militar, te pueden dar dos años de cárcel. Esto aplica aunque no trabajes en el sistema de justicia militar, siempre y cuando seas tú quien haga la acción. No importa si lo haces por tu cuenta o para ayudar a alguien más, el castigo es el mismo. Esta regla se actualizó en 1994 y otra vez en 2025.
- Art. 433El artículo 433 dice que si algún trabajador de una prisión militar (como guardias o vigilantes) insulta o golpea injustamente a las personas que están detenidas ahí, se va a abrir una investigación en su contra. Esto significa que no se permite maltratar a nadie, ni con palabras ni con acciones físicas, solo porque están presos. Si alguien lo hace, las autoridades revisarán el caso para ver si merece un castigo.
- Art. 434Este artículo del Código de Justicia Militar define palabras clave que se usan en esa ley. Te lo explico fácil: - **Fuerza Armada** es cualquier grupo de militares, como el Ejército o la Armada, que protegen al país en guerras o cuando hay desorden grave. También incluye grupos que el gobierno federal o los estados organicen en caso de guerra o problemas grandes de seguridad. - **Fuerza Armada Permanente** son el Ejército, la Fuerza Aérea, la Armada y la Guardia Nacional, que siempre están activos. - **Oficiales** son los militares desde subteniente hasta general de división (o su equivalente en la Armada). - **Superior** es quien tiene autoridad por su puesto o rango, o simplemente el de mayor categoría. - **Aeronave** es cualquier aparato que vuele, como un avión o helicóptero. - **Tropa formada** es un grupo de militares ordenados para cumplir una tarea. - **Servicio de armas** es cuando usan armas para hacer su trabajo, aunque no las tengan en ese momento. - **Servicio económico** es una tarea que no requiere usar armas, como papeleo o comisiones. - **Orden del servicio** es una instrucción para hacer algo relacionado con su trabajo, sea con armas o no. - Un militar está **en campaña** cuando hay guerra declarada, está en zona de guerra o en un lugar con estado de sitio, es prisionero del enemigo, o está embarcado en un barco de guerra para operaciones contra enemigos o rebeldes. Si hay duda sobre si aplica, se decide según las reglas del artículo.
- Art. 435Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley. Primero lo cambiaron en junio de 2014 y después lo quitaron por completo en mayo de 2016. En pocas palabras, ya no existe como regla que tengas que cumplir.
- Art. 436Ese artículo ya no es válido, fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016. Esto significa que no tiene ningún efecto legal y no debes preocuparte por lo que decía. Las leyes cambian con el tiempo, y este artículo simplemente ya no existe.
- Art. 437Este artículo ya no existe en la ley. Significa que fue eliminado oficialmente el 16 de mayo de 2016, así que no tienes que preocuparte por lo que decía. En México, cuando un artículo se "deroga", se borra de la legislación y deja de tener efecto. Como está derogado, ya no aplica para nada ni tiene consecuencias legales.
- Art. 438Ese artículo ya no existe. Cuando una ley dice "derogado", significa que fue cancelado y ya no aplica para nada. El artículo 438 fue eliminado oficialmente el 16 de mayo de 2016, según el Diario Oficial de la Federación. Entonces, no te preocupes por entenderlo, porque no tienes que cumplir ni tomar en cuenta algo que ya no es válido.
- Art. 439Este artículo ya no existe, está eliminado de la ley. Lo que alguna vez dijo fue borrado el 16 de mayo de 2016. No tienes que preocuparte por él porque ya no aplica ni tiene ningún efecto legal.
- Art. 439 BisEste artículo ya no existe en la ley. Fue agregado en 1994, pero después se eliminó por completo en 2016. No tienes que preocuparte por él porque ya no aplica para nada.
- Art. 440Ese artículo ya no tiene validez ni sirve para nada. Se eliminó del Código Penal Federal desde el 16 de mayo de 2016. No debes preocuparte por él, porque ya no existe como regla o ley que te afecte. Básicamente, es una regla que fue borrada.
- Art. 441Ese artículo 441 ya no existe. Fue eliminado de la ley desde mayo de 2016, junto con todo el capítulo y el título al que pertenecía. Para cualquier asunto actual, debes buscar en otras partes del código que estén vigentes.
- Art. 442Ese artículo ya no existe. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley, así que ya no tiene ningún efecto legal. Desde el 16 de mayo de 2016, ya no aplica para nada.
- Art. 443Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no está vigente y no tiene ningún efecto legal. Así que no tienes que preocuparte por él, es como si nunca hubiera existido.
- Art. 444Este artículo ya no existe en la ley que lo contenía. Primero lo cambiaron en 2014, y luego, en 2016, lo eliminaron por completo. Hoy en día no tiene ningún efecto legal, como si nunca se hubiera escrito.
- Art. 445Este artículo ya no sirve, está derogado desde mayo de 2016, así que no tienes que preocuparte por él. Cuando una ley se deroga, significa que se cancela y deja de tener efecto, como si la quitaran del libro de reglas. En México, la fecha de derogación la publica el Diario Oficial de la Federación (DOF), que es como el periódico oficial del gobierno.
- Art. 446Este artículo ya no existe. Fue eliminado de la ley el 16 de mayo de 2016, y antes de eso ya tenía algunos cambios desde 1994. Al estar derogado, significa que ya no tiene ningún efecto legal. Así que no hay nada que cumplir ni aplicar de este artículo.
- Art. 447Este artículo ya no es válido. Fue eliminado de la ley el 16 de mayo de 2016. Eso significa que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no existe ni se aplica. En términos simples, está completamente fuera de circulación.
- Art. 448Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley. Primero lo cambiaron en 2012, y después lo quitaron por completo en 2016. Al estar derogado, ya no tienes que cumplir con lo que decía ni te puede afectar en ningún trámite o situación legal.
- Art. 449El Artículo 449 fue quitado de la ley, primero se cambió en 2012 y luego se eliminó por completo en 2016. Esto significa que ya no existe ni se aplica. Si antes regulaba algo, ahora ya no hay que tomarlo en cuenta. No tienes que preocuparte por cumplirlo ni por saber lo que decía, porque ya no tiene validez legal.
- Art. 450Este artículo ya no sirve, está derogado, es decir, fue cancelado y ya no tiene validez legal. Fue modificado en 2014 y eliminado por completo en 2016, así que no debes preocuparte por lo que decía. También el capítulo donde estaba fue borrado de la ley. En pocas palabras, no hay nada que aplicar ni entender aquí.
- Art. 451El artículo 451 ya no existe en la ley porque fue eliminado oficialmente el 16 de mayo de 2016. Cuando un artículo está derogado, significa que ya no tiene validez ni se puede aplicar. En pocas palabras, este artículo es como si nunca hubiera estado vigente desde esa fecha.
- Art. 452Este artículo ya no existe en la ley, fue eliminado oficialmente el 16 de mayo de 2016. El capítulo completo que hablaba sobre cómo revisar las pruebas de un delito y la posible culpa de alguien también se quitó. En palabras simples, esa parte de la ley ya no sirve ni se usa.
- Art. 453Ese artículo ya no existe. Está derogado, es decir, fue eliminado de la ley y ya no tiene ningún efecto legal. Como está en el Código de Justicia Militar, antes hablaba de algún tema relacionado con los militares, pero desde 2016 dejó de aplicarse. En la práctica, si ves este artículo en alguna consulta, no tienes que tomarlo en cuenta, porque ya no es válido.
- Art. 454Este artículo ya no es válido, fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016. Antes de esa fecha, el artículo había sido modificado dos veces, en 1994 y 1999, pero al final se derogó. En pocas palabras, ya no existe ni se aplica para nada.
- Art. 455Este artículo ya no sirve, fue eliminado de la ley en mayo de 2016. Cuando una ley dice que un artículo está derogado, significa que ya no tiene validez legal y no se puede aplicar en ningún caso. Es como si ese artículo hubiera sido borrado de la ley, así que no tienes que preocuparte por cumplirlo.
- Art. 456Ese artículo ya no sirve. Fue eliminado de la ley desde mayo de 2016. No necesitas preocuparte por lo que decía, porque ya no tiene ningún efecto legal.
- Art. 457Este artículo simplemente dice que ya no es válido. "Se deroga" significa que la ley lo eliminó por completo. Fue borrado del Código desde el 16 de mayo de 2016, así que ya no tienes que preocuparte por él. Es como si ese artículo nunca hubiera existido para efectos prácticos.
- Art. 458Este artículo ya no sirve para nada. "Derogado" significa que fue eliminado de la ley por completo. Si lo buscas para resolver un problema legal, no te va a ayudar porque dejó de existir desde el 16 de mayo de 2016.
- Art. 459Este artículo ya no aplica, porque fue eliminado oficialmente de la ley el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que se canceló y ya no tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, lo que antes decía este artículo ya no es válido ni se debe tomar en cuenta para nada.
- Art. 460Este artículo ya no sirve. Fue eliminado de la ley el 16 de mayo de 2016, así que ya no tienes que preocuparte por él. Cuando una ley se deroga, significa que se cancela oficialmente y ya no aplica para nada. En términos simples, es como si ese artículo nunca hubiera existido desde esa fecha.
- Art. 461El Artículo 461 ya no existe como ley, porque fue eliminado oficialmente el 16 de mayo de 2016. Eso significa que ya no tienes que cumplir con lo que decía antes. En términos prácticos, puedes ignorar este artículo por completo, como si nunca hubiera estado vigente.
- Art. 462Este artículo ya no existe. La ley dice que fue eliminado (derogado) el 16 de mayo de 2016, así que ya no tiene ningún efecto ni aplicación.
- Art. 463El artículo 463 fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016. Cuando un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se aplica. En pocas palabras, esta parte de la ley ya no existe y no te afecta.
- Art. 464Ese artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado oficialmente de la ley desde el 16 de mayo de 2016. Cuando un artículo está "derogado" significa que ya no tiene ningún efecto legal, como si nunca hubiera existido. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no aplica en ningún caso. En pocas palabras, ese artículo es solo un recordatorio de que ya no existe.
- Art. 465Este artículo ya no sirve, fue eliminado de la ley en 2016. Antes había sido modificado en 2014, pero después se decidió quitarlo por completo. Como está derogado, ya no tiene ningún efecto legal.
- Art. 466Este artículo ya no existe, fue eliminado de la ley en mayo de 2016. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se aplica. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía, porque ya no es parte de la ley. En pocas palabras, es como si ese artículo nunca hubiera existido para efectos legales actuales.
- Art. 467Este artículo ya no sirve para nada porque fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene efecto legal y no se puede aplicar en ningún caso. En pocas palabras, no te preocupes por lo que decía antes, porque hoy no existe.
- Art. 468El Artículo 468 ya no existe porque fue eliminado oficialmente de la ley el 16 de mayo de 2016. Decir que un artículo está "derogado" significa que se canceló o se quitó, así que ya no tienes que cumplir ni preocuparte por lo que decía. En la práctica, como si nunca hubiera estado en el código. No hay ninguna regla que aplicar aquí.
- Art. 469Este artículo ya no está vigente. La ley lo eliminó oficialmente el 16 de mayo de 2016, por eso dice que está "derogado". En pocas palabras, ya no existe ni se aplica, así que no tienes que preocuparte por lo que decía.
- Art. 470El Artículo 470 fue eliminado de la ley. Ya no existe ni tiene ningún efecto legal desde el 16 de mayo de 2016. Significa que ya no hay nada que cumplir ni revisar en ese artículo. No te preocupes por él, porque ya no aplica para nada.
- Art. 471Ese artículo ya no es válido. Está "derogado", que es cuando una ley se elimina o se cancela oficialmente. Desde mayo del 2016 ya no existe ni tiene ningún efecto legal. Básicamente, es como si nunca hubiera estado ahí.
- Art. 472Ese artículo fue eliminado de la ley el 16 de mayo de 2016, por lo que ya no está vigente ni se aplica. En términos simples, significa que esa regla ya no existe y no te afecta para nada. No tienes que preocuparte por cumplirla ni saber lo que decía.
- Art. 473Ese artículo ya no existe, fue eliminado de la ley por completo el 16 de mayo de 2016. En la práctica, no hay nada que explicar porque no tiene ningún efecto legal.
- Art. 474El Artículo 474 fue eliminado de la ley. Esto significa que ya no existe ni tiene ningún efecto legal. El gobierno lo quitó oficialmente el 16 de mayo de 2016. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía antes, porque ya no aplica.
- Art. 475El artículo 475 ya no existe. Quiere decir que fue eliminado de la ley por completo desde el 16 de mayo de 2016. Cuando un artículo se deroga, ya no tiene validez ni se puede aplicar. Es como si esa regla nunca hubiera estado vigente. Así que no debes preocuparte por él, porque no tiene ningún efecto legal.
- Art. 476El artículo 476 ya no existe en la ley. Se quitó el 16 de mayo de 2016 y no tiene validez.
- Art. 477El Artículo 477 ya no existe en la ley. La palabra "derogado" significa que este artículo fue eliminado oficialmente el 16 de mayo de 2016, según el Diario Oficial de la Federación (DOF), que es donde se publican los cambios legales en México. Entonces, ya no tienes que preocuparte por lo que decía antes, porque ya no aplica para nada.
- Art. 478El artículo 478 ya no existe, porque fue eliminado oficialmente el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley dice "derogado", significa que ese artículo se quitó y ya no tiene validez. Así que no hay nada que explicar ni aplicar de ese artículo. Es como si hubiera sido borrado del código legal.
- Art. 479Este artículo ya no sirve para nada, está derogado desde el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley se deroga, significa que fue eliminada oficialmente y ya no tiene validez legal. Así que no te preocupes por lo que decía antes, porque hoy en día no aplica ni te afecta en absoluto.
- Art. 480El Artículo 480 fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016. Esto quiere decir que ya no existe ni se aplica, como si lo hubieran borrado. No tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía, porque ya no es válido. Es como cuando una regla deja de usarse y se quita del reglamento.
- Art. 481El Artículo 481 y todo el Capítulo IV, que hablaban de los cateos, ya no existen. Fueron eliminados de la ley el 16 de mayo de 2016, así que ya no aplican para nada. Esto significa que si buscas información sobre cateos, no la vas a encontrar ahí porque esa parte de la ley fue borrada. En pocas palabras, ese artículo y ese capítulo ya no tienen validez legal. Si necesitas saber algo sobre cateos, tendrías que revisar leyes más recientes.
- Art. 482Este artículo ya no existe. Fue cambiado en junio de 2014 y luego eliminado por completo en mayo de 2016. "Se deroga" significa que la ley lo quitó del código, así que ya no tienes que preocuparte por él. Solo es un aviso de que esa regla ya no aplica.
- Art. 483Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016. En México, cuando una ley dice "derogado", significa que dejó de tener efecto y ya no se aplica. No tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía, porque ya no existe.
- Art. 484Este artículo ya no existe en la ley. Fue borrado (derogado) oficialmente en 2016, después de haber sido cambiado en 2014. Al estar derogado, ya no hay ninguna regla que tengas que seguir ni ninguna consecuencia legal por algo que antes estuviera ahí.
- Art. 485Ese artículo ya no sirve, porque fue eliminado oficialmente el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley dice "derogado", significa que dejó de tener efecto y ya no se aplica. En pocas palabras, este artículo no existe más y nadie debe tomarlo en cuenta.
- Art. 486Ese artículo ya no existe, porque fue eliminado oficialmente el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley dice "derogado", significa que fue cancelado y ya no tiene ningún efecto legal. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no aplica en ningún caso. Simplemente, ignóralo como si nunca hubiera estado en la ley.
- Art. 487Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley el 16 de mayo de 2016. Cuando un artículo está "derogado" significa que ya no tiene validez ni se puede aplicar. Así que no hay nada que explicar, simplemente ya no existe en la práctica.
- Art. 488Este artículo fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016, por lo que ya no existe ni se aplica. La palabra *derogado* significa que se canceló oficialmente y ya no es válido. Por lo tanto, no hay nada que explicar ni cumplir; solo debes saber que esa regla ya no está vigente.
- Art. 489Este artículo ya no sirve para nada. La ley lo eliminó (lo "derogó") el 16 de mayo de 2016. Como está borrado, no tienes que preocuparte por él ni aplicarlo. En términos simples, es como si nunca hubiera existido.
- Art. 490Este artículo ya no existe en la ley. Se eliminó por completo el 16 de mayo de 2016, así que ya no aplica para nada. Todo el capítulo donde estaba, que hablaba de la declaración preparatoria y el derecho a un abogado defensor, también se borró. No te preocupes por entenderlo porque ya no tiene ningún efecto legal.
- Art. 491Ese artículo ya no existe. Se eliminó de la ley el 16 de mayo de 2016, así que no tienes que preocuparte por lo que decía. Cuando una ley se "deroga", significa que ya no tiene validez ni se aplica. En pocas palabras, es como si ese párrafo nunca hubiera estado en vigor desde esa fecha.
- Art. 492El Artículo 492 ya no existe en la ley porque fue eliminado (derogado) el 16 de mayo de 2016. Antes de esa fecha, tuvo un cambio en 1994, pero ahorita ya no tiene ningún efecto. Eso significa que no hay que cumplir ni preocuparse por lo que decía ese artículo.
- Art. 493Este artículo ya no es válido. Se eliminó oficialmente de la ley desde el 16 de mayo de 2016. Si antes había una regla aquí, hoy ya no existe ni se aplica. No tienes que preocuparte por cumplir con algo que ya fue cancelado.
- Art. 494Ese artículo ya no existe. Quiere decir que fue eliminado oficialmente de la ley desde el 16 de mayo de 2016, así que ya no tiene ningún efecto legal. No hay nada que explicar porque está completamente fuera de uso.
- Art. 495Este artículo ya no sirve, fue cancelado oficialmente el 16 de mayo de 2016. "Derogar" significa que la ley que estaba escrita se eliminó por completo, como si la hubieran borrado. Por lo tanto, ya no hay que tomarlo en cuenta para nada.
- Art. 496Ya no aplica. Este artículo fue eliminado de la ley en 2016, así que no es válido ni se puede usar. Cuando una ley se deroga, es como si nunca hubiera existido para efectos prácticos. No tienes que preocuparte por su contenido porque ya no tiene ningún efecto legal.
- Art. 497Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley se "deroga", significa que se cancela o se quita oficialmente del código, como si la hubieran borrado. Así que no hay nada que explicar: ya no existe ni se aplica en ningún caso.
- Art. 498El artículo 498 ya no existe en la ley. Fue eliminado oficialmente el 16 de mayo de 2016, como parte de una actualización del código. Antes de eso, ya lo habían modificado en 1994, pero al final se borró por completo. No tienes que preocuparte por él, porque ya no aplica para nada.
- Art. 499Este artículo ya no tiene validez. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley por completo. Si tienes un problema legal que pensabas que aplicaba aquí, ya no debes usarlo.
- Art. 500Este artículo ya no existe en la ley, porque fue derogado el 16 de mayo de 2016. Derogar significa que se eliminó oficialmente y ya no tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, no hay nada que explicar, porque esa regla ya no aplica desde hace años.
- Art. 501El Artículo 501 ya no existe. La ley lo eliminó oficialmente el 16 de mayo de 2016. Esto significa que ya no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no es válido ni aplica.
- Art. 502El Artículo 502 fue eliminado de la ley el 16 de mayo de 2016, así que ya no está vigente ni se aplica. Cuando un artículo está "derogado" significa que ya no tiene validez legal, como si lo hubieran borrado del reglamento. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía, porque ya no existe.
- Art. 503Ese artículo ya no aplica, porque fue derogado el 16 de mayo de 2016. Derogar significa que se eliminó de la ley y ya no tiene ningún efecto legal. Así que no hay nada que explicar ni cumplir, solo que ya no existe.
- Art. 504Este artículo ya no está vigente, fue eliminado de la ley en 2016. Lo que dice es que todo el capítulo sobre aprehensión, detención y prisión preventiva dentro del Código de Justicia Militar se derogó, es decir, se canceló y ya no tiene validez. En pocas palabras, ya no existe ni aplica.
- Art. 505Este artículo ya no sirve para nada porque fue eliminado oficialmente de la ley el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se aplica en ningún caso. Así que no te preocupes por lo que decía antes, porque ya no existe en el marco legal actual.
- Art. 506Ese artículo ya no existe. Se eliminó de la ley el 16 de mayo de 2016. Como está derogado, no tiene ningún efecto legal y no se aplica en ningún caso.
- Art. 507Este artículo ya no existe, fue eliminado de la ley el 16 de mayo de 2016. Significa que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no aplica. Cada vez que una ley se deroga, es como si la borraran y ya no tienes que cumplirla ni tomarla en cuenta.
- Art. 508El Artículo 508 dejó de existir legalmente desde mayo de 2016, porque fue eliminado del código. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene ningún efecto ni se aplica. No te preocupes por este artículo, pues en la práctica ya no existe para efectos legales.
- Art. 509Ese artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016. En otras palabras, ya no existe, así que no genera obligaciones ni derechos para nadie. Si ves esa referencia en algún documento, ignórala porque la ley ya no la considera.
- Art. 510Este artículo ya no existe. Fue eliminado de la ley primero en 2014 y luego completamente borrado en 2016. No tienes que preocuparte por él, porque ya no es válido ni se aplica en ningún caso. En pocas palabras, ya no hay nada que decir sobre este artículo.
- Art. 511Este artículo ya no tiene validez, porque fue eliminado de la ley el 16 de mayo de 2016. Al estar derogado, no se aplica ni genera obligaciones para nadie. Es como si esa regla ya no existiera.
- Art. 512El artículo 512 fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016, por lo que ya no tiene ningún efecto legal. Cuando un artículo está "derogado", significa que se canceló oficialmente y no se aplica. En términos simples, es como si ese artículo nunca hubiera existido para los casos actuales. Así que no te preocupes por él, ya no es válido.
- Art. 513Ese artículo fue eliminado de la ley. Ya no existe ni tiene validez desde el 16 de mayo de 2016. Antes de esa fecha, ya había sido modificado una vez, en 1994. Pero ahora ya no debes preocuparte por él, porque está totalmente cancelado.
- Art. 514El artículo 514 ya no existe en la ley porque fue eliminado por completo. Quiere decir que ya no hay ninguna regla escrita ahí. Fue cambiado una vez en 1994 y después quitado definitivamente en 2016. Así que no tienes que preocuparte por él.
- Art. 515El Artículo 515 ya no existe en la ley. Fue quitado oficialmente el 16 de mayo de 2016. Antes de eso, lo habían cambiado en 1994 y 1999, pero al final ya no aplica. Por lo tanto, no hay nada que explicar de este artículo.
- Art. 516Este artículo ya no existe, porque fue eliminado de la ley. En México, cuando una ley dice "derogado" significa que ese artículo ya no tiene validez y no debes tomarlo en cuenta. La reforma que se menciona son las fechas en que se hicieron cambios o se quitó oficialmente. Así que no te preocupes por él, es como si nunca hubiera estado vigente.
- Art. 517Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley el 16 de mayo de 2016. La palabra "derogado" significa que ya no tiene validez legal. También hubo correcciones oficiales en 1933 y un cambio en 1994, pero todo quedó sin efecto. En pocas palabras, ya no debes tomar en cuenta este artículo.
- Art. 518Ese artículo ya no existe, fue eliminado de la ley el 16 de mayo de 2016. Lo mismo pasó con todo el capítulo donde estaba, que también fue eliminado ese mismo día. Esto significa que ya no aplica para nada ni tiene ningún efecto legal.
- Art. 519Este artículo ya no sirve. Está derogado, que significa que fue eliminado oficialmente de la ley desde el 16 de mayo de 2016. Como ya no existe, no tienes que preocuparte por lo que decía o cumplirlo.
- Art. 520Este artículo ya no existe en la ley. Se eliminó oficialmente el 16 de mayo de 2016, así que ya no tienes que tomarlo en cuenta para nada. Cuando una ley dice "derogado" significa que esa regla fue quitada y ya no aplica.
- Art. 521Este artículo ya no existe. La palabra "derogado" significa que fue eliminado oficialmente de la ley, como si lo hubieran borrado. Ya no tiene ningún efecto legal ni se aplica a nadie.
- Art. 522Este artículo ya no existe, fue eliminado de la ley desde 2016. El capítulo que hablaba de la "confesión judicial" (cuando alguien aceptaba algo ante un juez) también se borró. En resumen, no aplica para nada ni debes tomarlo en cuenta.
- Art. 523Este artículo ya no sirve para nada. Lo que dice es que fue eliminado de la ley, primero lo cambiaron en 1994 y después lo quitaron por completo en 2016. Como está derogado, ya no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía. En pocas palabras, es como si ese artículo nunca hubiera existido.
- Art. 524Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley el 16 de mayo de 2016. Cuando un artículo se "deroga", significa que se cancela oficialmente y ya no tiene ningún efecto legal. Básicamente, es como si este artículo hubiera sido borrado del libro de leyes. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía, porque ya no existe.
- Art. 525Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley desde 2016. Lo mismo pasó con todo el capítulo que hablaba de documentos públicos y privados. En lugar de explicar qué significaba, ahora solo dice que está "derogado", que es la palabra legal para cuando una regla deja de tener validez. Así que no te preocupes por este artículo, ya no aplica para nada.
- Art. 526Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley. Lo publicaron primero con un error, lo corrigieron en 1933, pero finalmente lo borraron por completo en mayo de 2016. Así que no tienes que preocuparte por él, ya no existe.
- Art. 527El Artículo 527 fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016, según el Diario Oficial de la Federación. Por eso, ya no está vigente y no tiene ningún efecto legal. Si ves esta referencia en un documento, significa que antes existía una regla, pero ahora ya no aplica.
- Art. 528Ese artículo ya no existe, porque fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley dice que un artículo "se deroga", significa que ya no tiene validez ni se aplica. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por ese artículo, porque ya no es parte de la ley.
- Art. 529El artículo 529 ya no existe. Está derogado desde el 16 de mayo de 2016, lo que significa que se eliminó de la ley y ya no tiene ningún efecto. No hay nada que aplicar ni que cumplir, solo que ya no es parte de las reglas actuales.
- Art. 530Este artículo fue eliminado de la ley. La palabra "derogado" significa que ya no está vigente, como si lo hubieran borrado del código. Cuando se reformó una vez en 1994, ya no tuvo efecto, y después, en 2016, se quitó por completo. Por lo tanto, este artículo ya no es válido para nada.
- Art. 531Este artículo fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016, por lo que ya no tiene ningún efecto legal. En México, "derogar" significa que una norma se cancela o se quita oficialmente. Por lo tanto, no debes preocuparte por este artículo, porque ya no existe ni aplica para ningún caso legal.
- Art. 532Ese artículo ya no existe. Fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016, junto con todo el capítulo que hablaba sobre los peritos (los expertos que ayudan en los juicios) en el Código de Justicia Militar. Aunque aparezca en el documento, no tienes que tomarlo en cuenta porque ya no tiene validez legal.
- Art. 533El artículo 533 fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016, según el Diario Oficial de la Federación. Cuando un artículo está derogado, significa que ya no tiene validez ni se aplica. Por lo tanto, este artículo no existe más en la práctica y no debes preocuparte por él. En resumen, ya no hay ninguna regla que seguir aquí.
- Art. 534Ese artículo ya no existe, porque fue derogado el 16 de mayo de 2016. Derogar significa que una ley se elimina o se da de baja. Por lo tanto, este artículo no tiene ningún efecto legal en la actualidad. No tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no es válido. En resumen, es como si nunca hubiera estado en la ley.
- Art. 535Este ya no es un artículo que esté vigente, fue eliminado de la ley desde mayo de 2016. Cuando un artículo dice "derogado", significa que ya no tiene validez legal, así que ya no aplica para nada. En México, “derogar” es como cancelar o borrar oficialmente una regla o ley. Por lo tanto, ya no debes preocuparte por lo que decía este artículo, porque no existe en la ley actual.
- Art. 536El Artículo 536 ya no está vigente: fue eliminado oficialmente el 16 de mayo de 2016. En México, cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no existe ni se aplica, como si lo hubieran borrado del Código. Por lo tanto, no hay nada que cumplir ni entender de este artículo, porque ya no es parte de la ley. Si necesitas saber sobre el tema que antes trataba, tendrías que buscar en artículos actuales.
- Art. 537Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado oficialmente el 16 de mayo de 2016. "Derogar" significa que la ley lo quitó del sistema jurídico, así que ya no hay regla que aplicar. En pocas palabras, no te preocupes por entenderlo, porque legalmente ya no existe.
- Art. 538Ese artículo ya no existe. Lo que dice es que fue derogado, o sea, eliminado de la ley, el 16 de mayo de 2016. Entonces ya no tienes que preocuparte por él, no aplica para nada.
- Art. 539Ese artículo ya no existe en la ley, porque fue eliminado oficialmente el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley dice "derogado" o "se deroga", significa que ese artículo perdió su validez y ya no tiene ningún efecto legal. Así que lo que decía antes ya no es aplicable ni te afecta de ninguna forma.
- Art. 540El artículo 540 ya no existe. Las frases "se deroga" y "artículo derogado" significan que fue eliminado de la ley oficialmente el 16 de mayo de 2016, así que ya no tiene validez ni se aplica. En pocas palabras, ya no hay nada que entender ni cumplir de ese artículo.
- Art. 541Ese artículo fue eliminado del código o ley donde estaba. Cuando una ley se deroga, significa que ya no tiene validez ni se aplica. Esto pasó el 16 de mayo de 2016, según el Diario Oficial de la Federación. Así que ya no hay que hacerle caso a esa regla.
- Art. 542Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley dice "derogado", significa que ese artículo ya no existe legalmente, como si lo hubieran borrado. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no aplica para nadie.
- Art. 543Ese artículo fue eliminado de la ley el 16 de mayo de 2016, ya no existe ni tiene ningún efecto. Cuando una ley dice que un artículo "se deroga", significa que se borró oficialmente y ya no se aplica para nada. No hay que hacerle caso ni tomarlo en cuenta porque dejó de ser válido desde esa fecha.
- Art. 544Ese artículo estuvo vigente hasta el 16 de mayo de 2016, pero ya no aplica. La “derogación” significa que se eliminó de la ley, como cuando tachas una regla del juego porque ya no sirve. Así que hoy en día no tienes que preocuparte por lo que decía. Simplemente, ya no existe como obligación ni derecho para nadie.
- Art. 545Ese artículo ya no existe en la ley. Se derogó (se canceló o eliminó) desde el 16 de mayo de 2016.
- Art. 546Este artículo ya no sirve para nada, porque fue derogado, es decir, eliminado oficialmente el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley se deroga, deja de tener efecto, como si nunca hubiera existido. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no aplica en ningún caso. Lo único importante es que ya no es parte de la ley vigente.
- Art. 547El artículo 547 ya no existe. Fue eliminado (derogado) de la ley el 16 de mayo de 2016. Eso significa que ya no aplica ni tienes que preocuparte por él. No hay nada que cumplir ni castigo relacionado con ese artículo. Si ves el artículo 547 en algún libro, ignóralo porque ya no es válido.
- Art. 548Este artículo ya no sirve para nada. La palabra "derogado" significa que fue eliminado oficialmente de la ley el 16 de mayo de 2016. Como ya no existe, no tienes que preocuparte por cumplirlo ni tomarlo en cuenta. En pocas palabras, es como si ese artículo nunca hubiera estado vigente desde esa fecha.
- Art. 549El Artículo 549 fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016, por lo que ya no es válido ni se aplica. Cuando una ley dice "se deroga", significa que ese artículo dejó de existir oficialmente y no tienes que preocuparte por él. En términos prácticos, es como si ese artículo nunca hubiera estado en la ley. No hay ninguna obligación o derecho que derive de él.
- Art. 550Ese artículo ya no existe; fue eliminado de la ley en mayo de 2016. Como está derogado, ya no genera ninguna obligación ni derecho. Si ves esa referencia en un documento o trámite, significa que no tienes que hacerle caso. Es como si la ley lo hubiera borrado por completo.
- Art. 551Este artículo ya no existe en la ley. Cuando dice "Se deroga", significa que el artículo fue eliminado y dejó de tener validez. Así que no hay ninguna regla que aplicar aquí desde el 16 de mayo de 2016. En pocas palabras, es como si ese artículo nunca hubiera estado en el Código de Justicia Militar.
- Art. 552Este artículo ya no sirve para nada. Fue eliminado de la ley el 16 de mayo de 2016, como lo publicó el Diario Oficial de la Federación. Por eso, ya no tienes que preocuparte por lo que decía. En pocas palabras, está como si nunca hubiera existido.
- Art. 553El artículo 553 fue eliminado del código o ley donde estaba, así que ya no tiene ningún efecto legal. Se quitó oficialmente desde el 16 de mayo de 2016, según el Diario Oficial de la Federación (DOF), que es el periódico del gobierno donde se publican cambios a las leyes. No tienes que preocuparte por ese artículo porque ya no existe.
- Art. 554Este artículo ya no existe en la ley. Fue eliminado (derogado) el 16 de mayo de 2016. Eso significa que no debes tomarlo en cuenta, como si lo hubieran borrado. Básicamente, ya no es aplicable para nada.
- Art. 555Ese artículo ya no existe. Se quitó de la ley desde el 16 de mayo de 2016, así que ya no aplica para nada. Una "derogación" significa que la ley dejó de tener efecto. En otras palabras, lo que antes decía ese artículo ya no se usa ni te afecta. No tienes que preocuparte por él.
- Art. 556Este artículo ya no sirve porque fue eliminado de la ley el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se puede usar para nada, como si lo hubieran borrado del código. En pocas palabras, no te preocupes por este artículo porque ya no existe legalmente.
- Art. 557El Artículo 557 fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016, por lo que ya no aplica ni tiene efecto legal. Cuando un artículo se deroga, significa que deja de existir como regla o derecho que debas cumplir. En pocas palabras, esta parte de la ley ya no sirve para nada y no te afecta.
- Art. 558Ese artículo ya no es válido, porque fue eliminado de la ley en mayo de 2016. Cuando un artículo está "derogado" significa que ya no tiene ningún efecto legal, como si nunca hubiera existido. Así que no tienes que preocuparte por él ni aplicarlo.
- Art. 559Ese artículo ya no existe. En el 2016, el gobierno lo eliminó de la ley, así que ya no aplica ni se usa para nada. También todo el capítulo sobre testigos al que pertenecía fue eliminado en esa misma fecha. En pocas palabras, ya no hay que preocuparse por lo que decía.
- Art. 560Se eliminó este artículo de la ley. Quiere decir que ya no existe ni se aplica desde el 16 de mayo del 2016, cuando se publicó el cambio en el Diario Oficial de la Federación. No tienes que preocuparte por lo que decía antes, porque ya no tiene ningún efecto legal.
- Art. 561El Artículo 561 ya no es válido, se quitó de la ley desde el 16 de mayo de 2016. Cuando un artículo está "derogado", significa que ya no tiene efecto, como si lo hubieran borrado. Por lo tanto, no aplica para nada ni debes tomarlo en cuenta en ningún trámite o situación legal. Es solo un registro de lo que alguna vez estuvo en la ley, pero hoy no sirve.
- Art. 562Ese artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado oficialmente el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley dice "derogado", significa que ya no está vigente, así que no tienes que preocuparte por cumplirlo ni aplicarlo. En corto, este artículo no existe legalmente y no te afecta en absoluto.
- Art. 563Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado oficialmente el 16 de mayo de 2016. En México, cuando una ley dice "Se deroga" significa que esa regla ya no existe y no debes hacerle caso. Así que no hay nada que explicar ni aplicar de este artículo.
- Art. 564El Artículo 564 ya no es válido. Fue eliminado oficialmente el 16 de mayo de 2016, según el Diario Oficial de la Federación. Esto significa que ya no tienes que preocuparte por lo que decía ese artículo, porque ya no existe en la ley.
- Art. 565Ese artículo ya no existe. Fue eliminado de la ley el 16 de mayo de 2016. Como está derogado, ya no tiene ningún efecto legal ni debes preocuparte por él. En pocas palabras, ya no aplica para nadie.
- Art. 566El Artículo 566 del Código de Justicia Militar ya no existe. Fue eliminado (derogado) el 16 de mayo de 2016. Eso significa que ya no es una ley que esté vigente ni que nadie tenga que cumplir. Básicamente, esa parte de las reglas militares fue borrada y no aplica para nada.
- Art. 567Este artículo ya no sirve para nada. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley. Como ya no existe, no tienes que preocuparte por cumplirlo. Fue quitado oficialmente el 16 de mayo de 2016, así que ya no aplica desde esa fecha.
- Art. 568Este artículo ya no sirve para nada porque fue eliminado oficialmente el 16 de mayo de 2016. Decir que un artículo está "derogado" significa que se quitó de la ley y ya no tiene efecto legal. Así que no hay nada que explicar ni aplicar, es como si nunca hubiera existido desde esa fecha.
- Art. 569Ese artículo ya no sirve para nada porque fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley dice "derogado", significa que ya no tiene validez ni se puede usar en ningún juicio o trámite. Es como si ese artículo nunca hubiera existido para efectos legales actuales. Por lo tanto, no hay nada que explicar ni aplicar de él.
- Art. 570El artículo 570 ya no existe en la ley. Quiere decir que fue eliminado por completo, como si nunca hubiera estado. Esto pasó el 16 de mayo de 2016, cuando el gobierno publicó un cambio en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para quitarlo. En pocas palabras, no hay nada que explicar porque ya no aplica.
- Art. 571El Artículo 571 fue eliminado de la ley el 16 de mayo de 2016. Cuando un artículo está "derogado" significa que ya no tiene validez, como si lo hubieran borrado del código. Por eso no hay nada que explicar: ya no existe ni se aplica desde esa fecha.
- Art. 572Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado por completo de la ley. Las siglas "Se deroga" significan que ya no existe legalmente. Antes fue modificado en 2012 y 2014, pero desde 2016 dejó de tener efecto. En pocas palabras, ignóralo, porque no aplica para ningún caso actual.
- Art. 573El artículo 573 ya no existe en la ley. La palabra "derogado" significa que se eliminó totalmente, como si lo hubieran borrado. El 16 de mayo de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (el periódico donde salen los cambios oficiales) y desde entonces ya no tiene ningún efecto. Así que no debes preocuparte por él, porque no aplica ni te afecta en nada.
- Art. 574El Artículo 574 ya no existe, fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016. Esto significa que ya no tiene ningún efecto legal ni debes preocuparte por lo que decía. En México, cuando un artículo se deroga, es como si lo borraran del código, así que ya no aplica para nada.
- Art. 575Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley. "Derogar" significa que se canceló oficialmente, como si lo hubieran borrado con goma. Aquí solo se avisa que el artículo 575 dejó de existir desde el 16 de mayo de 2016, así que ya no tienes que preocuparte por él.
- Art. 576Este artículo fue eliminado de la ley el 16 de mayo de 2016. Como ya no existe, no tienes que cumplir con ninguna regla que estuviera escrita ahí. La palabra "derogado" significa que el artículo fue cancelado o borrado oficialmente. Así que puedes ignorarlo por completo.