Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Artículos explicados en lenguaje simple · página 2
- Art. 199Los doctores y enfermeras pueden negarse a hacer un aborto si va en contra de su conciencia o creencias personales. Pero esto no aplica cuando la vida de la mujer está en peligro inmediato. Si un médico se niega por esta razón, tiene la obligación de mandar a la paciente con otro médico que sí haga el procedimiento, o a un hospital donde lo realicen. Debe hacerlo rápido, con cuidado y en privado, entregando todos los papeles necesarios como análisis, autorizaciones o dictámenes médicos. Así se asegura que la mujer reciba la atención que necesita sin que la dejen plantada.
- Art. 200Cuando una mujer embarazada pide interrumpir su embarazo (hasta las 12 semanas), el hospital debe resolver su solicitud en máximo 48 horas y hacer los trámites lo más rápido posible. Si el embarazo es por una causa que no es delito (como violación o riesgo de salud), el hospital tiene hasta 10 días naturales desde la primera consulta para dar respuesta. Todo esto es para evitar riesgos y daños a la salud de la mujer, que aumentan mientras más avanzado está el embarazo.
- Art. 201El expediente médico de las mujeres que aborten legalmente debe contener papeles específicos. Estos son: los documentos que autorizan el aborto, ya sea por decisión médica o por violación (con un permiso del Ministerio Público), los resultados de estudios clínicos, y una hoja firmada por la paciente donde acepte el procedimiento. Todo esto se guarda siguiendo las reglas oficiales de la Norma Mexicana del Expediente Clínico. En resumen, se necesita tener todos los permisos y el consentimiento de la mujer por escrito.
- Art. 202Las autoridades del hospital tienen que anotar en un registro oficial cada vez que se realice un aborto permitido en las clínicas autorizadas. Esa información la deben enviar a la Dirección de Informática en Salud de la Secretaría de Salud. Esto aplica solo para los casos de interrupción legal del embarazo.
- Art. 203Este artículo dice que para cuidar los dientes y la boca de la gente en México, lo más importante es prevenir las enfermedades. Para lograrlo, se deben hacer acciones como pláticas y promoción de la salud, exámenes dentales, tratamientos para evitar que los problemas empeoren, y rehabilitación para reparar el daño. Todas estas actividades se aplican tanto a personas por separado como a grupos o a toda la población.
- Art. 204El artículo 204 dice que la prevención no es solo cepillarse los dientes o ir al dentista cuando ya duele. Se refiere a todas las acciones que cuidan tu salud bucal y la de tu familia y vecinos. Esto incluye desde pláticas y consejos sobre cómo cuidarse, revisiones, diagnósticos y tratamientos, hasta rehabilitación y evitar que un problema empeore. También habla de poner límites al daño y tener control sobre tu salud dental. En pocas palabras, es todo lo que se hace para mantener tu boca sana, tú y los tuyos, antes, durante y después de cualquier problema.
- Art. 205Este artículo dice que la educación para la salud debe enseñarte la importancia de cuidar tus dientes, encías y toda tu boca, porque eso es parte de estar sano en general. También debe informarte sobre los problemas dentales más comunes, lo que pueden causar y cómo prevenirlos o controlarlos. Además, busca ayudarte a crear hábitos y prácticas que mantengan tu boca sana. Por último, te debe orientar para que te revises la boca por tu cuenta, revisando tanto los dientes como las encías y partes cercanas, para detectar cualquier cosa fuera de lo normal.
- Art. 206El artículo 206 dice que prevenir enfermedades de la boca se trata de enseñar y motivar a la gente para que cuide su higiene dental en casa. Esto implica cepillarse bien los dientes, usar herramientas como hilo dental o enjuague, y visitar al dentista seguido para que te haga una revisión. La idea es que tú mismo controles la placa bacteriana (esa capa pegajosa que se forma en los dientes) para evitar problemas más graves. En pocas palabras, la ley te recomienda lavarte los dientes, usar ayudas para limpiarlos bien y no saltarte las visitas al dentista.
- Art. 207Los doctores, enfermeras y todo el personal médico tienen que cuidarse a sí mismos y a los pacientes para que nadie salga lastimado. Eso significa que deben evitar peligros como infecciones (biológico), golpes o quemaduras (físico), intoxicaciones con sustancias (químico), lesiones por posturas o movimientos pesados (ergonómico), y también el estrés o violencia en el trabajo (psicosocial). Básicamente, la ley les exige que tomen medidas para que todas esas situaciones no les hagan daño a nadie.
- Art. 208El artículo 208 dice que para hacer planes de salud bucal en México (a nivel nacional, estatal y local) se debe usar como base la información sobre cuántas personas tienen enfermedades de la boca. Esa información, llamada diagnóstico epidemiológico, debe obtenerse usando los índices que la Organización Mundial de la Salud reconoce como válidos para todo el mundo. Esto se aplica a servicios de salud, enseñanza e investigación. En otras palabras, los programas de salud dental deben estar hechos con datos reales y oficiales, no con suposiciones.
- Art. 209Cuando un dentista te va a hacer un diagnóstico, debe seguir ciertos pasos para asegurarse de que no se le escape nada. Primero, te va a pedir tus datos personales y te va a preguntar sobre tu historial médico, tus costumbres y enfermedades de tu familia. Después, te va a preguntar qué te duele o qué problema tienes desde cuándo. Luego, te va a revisar toda la boca, encías, dientes y muelas con las manos, instrumentos y tal vez rayos X o estudios de laboratorio si los necesita. Todo esto es para que el diagnóstico sea completo y pueda darte el tratamiento adecuado.
- Art. 210La salud mental es cuando te sientes bien contigo mismo y con tu vida. Significa que conoces tus habilidades, puedes manejar el estrés del día a día, trabajar de manera útil y aportar algo positivo a tu comunidad. No es solo no tener enfermedades mentales, sino sentirte en equilibrio para enfrentar lo que te pasa. En palabras simples, es estar bien para vivir, trabajar y relacionarte con los demás.
- Art. 211El psicólogo tiene que crear programas para enseñarle a la gente cómo evitar problemas que dañen su tranquilidad emocional y, por lo tanto, su salud mental. También debe darle seguimiento a esos programas y a las personas que usan el servicio de psicología, ya sea que estén en evaluación o en tratamiento.
- Art. 212El artículo 212 dice que el psicólogo debe dar seguimiento a su paciente de manera constante. Esto significa que el primer seguimiento debe hacerse dentro de los primeros tres meses y luego cada semana, como mínimo. El seguimiento se repite hasta que el psicólogo vea que el usuario ya está bien para retomar su vida normal del día a día. En pocas palabras, se trata de estar al pendiente de la persona hasta que esté lista para seguir adelante con sus actividades diarias.
- Art. 213El artículo 213 dice que cuando un psicólogo le da seguimiento a un paciente, debe explicarle todas las opciones de tratamiento que existan para su problema. En el caso de terapias o programas, el seguimiento no termina hasta que el psicólogo compruebe, con pruebas como números, testimonios, escritos, videos o grabaciones de audio, que el paciente realmente entendió la información que le dio. Esto asegura que no solo se le dé la información, sino que el paciente la capte bien para tomar decisiones.
- Art. 214Este artículo dice que los psicólogos necesitan capacitación especial para poder crear programas de prevención. Esa capacitación debe ser sobre cómo hacer programas preventivos que estén actualizados. También deben conocer y vincularse con campañas de salud mental del gobierno, tanto internacionales, nacionales como regionales. En otras palabras, no basta con ser psicólogo, sino que hay que entrenarse específicamente para prevenir problemas de salud mental y estar al día con lo que se hace en el mundo.
- Art. 215La capacitación sobre prevención significa que debes tener acceso a información actualizada sobre enfermedades crónicas (como diabetes o presión alta), cómo evitar que tu calidad de vida empeore, y los riesgos en emergencias o desastres naturales. También incluye aprender sobre los diferentes tipos de seguimiento médico que existen y lo que puede pasar si no se atienden a tiempo. En pocas palabras, es tu derecho a recibir información clara y útil para cuidar tu salud y la de tu familia.
- Art. 216El artículo 216 dice que los cursos sobre cómo prevenir algo deben enseñar a manejar a grupos vulnerables, como niños que viven en la calle o personas con enfermedades mentales y sus familias. Esto aplica tanto en hospitales especializados como en lugares donde haya personas encerradas, por ejemplo, en los pabellones de psiquiatría dentro de las cárceles, en asilos de ancianos, en orfanatos o en comunidades pobres. En resumen, la capacitación debe preparar a quien la recibe para atender a estos grupos en distintos sitios, no solo en hospitales.
- Art. 217Además de lo que dice este capítulo, para cumplir con lo necesario sobre salud mental, se deben seguir las reglas que ya están escritas en la Ley de Salud Mental de la Ciudad de México y otras leyes que aplican.
- Art. 218Este artículo define tres términos importantes para entender las leyes que protegen a las personas mayores en la Ciudad de México. Primero, una "persona adulta mayor" es alguien de 60 años o más que vive en la Ciudad de México. Segundo, la "atención médica" son todos los servicios que reciben estas personas para prevenir, curar o rehabilitar enfermedades, y así cuidar su salud. Tercero, la "geriatría" es la rama de la medicina especializada en atender la salud de las personas adultas mayores.
- Art. 219Como adulto mayor, tienes derecho a recibir todo lo que necesites para que te atiendan bien: alimentos, servicios médicos, y condiciones dignas tanto materiales como humanas. También puedes acceder a los servicios de salud para sentirte bien física, mental y emocionalmente, incluyendo tu salud sexual, para vivir mejor y por más tiempo. Además, debes recibir pláticas y enseñanzas sobre cómo cuidarte en temas de salud, cómo alimentarte bien y mantener una buena higiene. Todo esto es para que puedas atenderte a ti mismo de la mejor manera.
- Art. 220Este artículo dice que el gobierno se asegurará de que los adultos mayores tengan acceso a atención médica en clínicas y hospitales, y que esta atención sea especializada para sus necesidades. También se les dará una cartilla médica donde viene su estado de salud, enfermedades, tipo de sangre y medicamentos, y esa cartilla servirá tanto en hospitales públicos como privados. Además, junto con el DIF, se van a crear programas para darles los medicamentos que necesiten para mantenerse sanos. Se van a promover equipos de doctores y cuidadores que entiendan los problemas de los adultos mayores. Por último, se capacitará a personas para que los ayuden con primeros auxilios, terapias, a comer y tomar sus medicinas, a moverse y a darles atención si están en cama sin poder moverse.
- Art. 221La Secretaría va a crear programas y hacer acuerdos con hospitales y clínicas del gobierno y privados, para que las personas de la tercera edad puedan ir a consultas y recibir atención médica del Sistema de Salud. Esto significa que si eres una persona adulta mayor, puedes acceder a servicios médicos (como revisiones o tratamientos) sin que te pongan trabas, gracias a estos convenios entre las instituciones.
- Art. 222Las clínicas y hospitales del gobierno, empresas privadas u organizaciones sociales que atiendan a personas de la tercera edad deben tener personal que realmente quiera ayudar, que sepa cómo hacerlo y tenga los conocimientos necesarios para cuidarlas bien. Esto aplica sin importar si el lugar es público, privado o de beneficencia.
- Art. 223Todos los hospitales, clínicas o servicios médicos que atiendan a personas mayores—como los especializados en geriatría o enfermedades de la vejez—tienen la obligación de seguir las reglas que marca la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en la Ciudad de México, además de las Normas Oficiales. Esto significa que deben respetar los derechos de los adultos mayores, como recibir un trato digno, atención de calidad y sin discriminación. Si no lo hacen, están incumpliendo la ley. En pocas palabras, cualquier lugar que atienda a personas de la tercera edad tiene que garantizar que se les cuide como se debe.
- Art. 224El artículo 224 dice que el sistema de salud del Distrito Federal (ahora Ciudad de México) tiene como labores principales: invitar a las familias a registrarse en el sistema, inscribirlas, checar que sus derechos y cobertura sigan vigentes, y cuidar que esos derechos se respeten. También debe administrar el dinero que recibe para estos fines, y asegurarse de que los hospitales y doctores cumplan con lo que marca la ley general de salud. En pocas palabras, se encarga de que la gente esté afiliada, protegida y bien atendida.
- Art. 225Para afiliarte al Seguro Popular en la Ciudad de México, necesitas cumplir con cuatro requisitos básicos: no tener seguridad social (como IMSS o ISSSTE), vivir en la Ciudad de México, tener tu CURP y una identificación oficial vigente, como tu credencial de elector o pasaporte.
- Art. 226Cuando te afilias al Seguro Popular o al sistema de salud en la Ciudad de México, te dan una póliza, que es como un comprobante de que estás registrado. Esa póliza tiene una fecha de inicio y una de fin, y esas fechas las decide la Comisión Nacional de Protección Social en Salud. Siempre que vayas al médico o al hospital, tienes que llevar esa póliza y mostrarla en la clínica que te toque de primer nivel, que es la más básica, como los centros de salud.
- Art. 227El Sistema te garantiza consultas y hospitalización en especialidades como medicina interna, cirugía general, ginecología, pediatría y geriatría. Estos servicios se dan en los hospitales del gobierno de la Ciudad de México y en otros que se vayan sumando a la red de proveedores. A cada familia se le asigna un centro de salud cerca de su casa para atención básica. Si necesitas un tratamiento más especializado, el gobierno puede hacer acuerdos con hospitales de alta especialidad para que te atiendan, aunque pueden cobrar una compensación económica según las reglas de la ley de protección social en salud.
- Art. 228Este artículo dice que se deben crear formas de evaluar y coordinar la atención médica entre diferentes instituciones de salud, como hospitales del Distrito Federal y de otros estados o dependencias públicas con las que se hayan hecho acuerdos. También explica que para que puedas ejercer tus derechos como afiliado al sistema de salud, se pondrán en marcha medidas para atenderte, darle seguimiento a que se respeten tus derechos y asegurarse de que cumplas con tus obligaciones.
- Art. 229Cuando un hospital de la red pública no tenga los doctores, equipos o instalaciones necesarias para atender a un paciente, ese paciente puede ser enviado a un hospital federal o a un instituto nacional. Esto aplica solo si el primer lugar no puede dar el diagnóstico o tratamiento que se necesita. El traslado se hace para que la persona reciba la atención que no pudo obtener en el centro donde llegó primero. En pocas palabras, es como un pase a un hospital más grande o especializado cuando el de tu zona no puede resolver tu caso.
- Art. 230El gobierno tiene que crear encuestas o formas de preguntar a las personas que usan los servicios de salud pública si están contentas o no con la atención que reciben. Esto sirve para saber qué tan bien o mal están funcionando los doctores, hospitales y clínicas. Todo esto debe hacerse siguiendo las reglas oficiales que ya están escritas para esos temas. Es decir, no es inventar cualquier cosa, sino usar los formatos y métodos que las leyes indican.
- Art. 231Este artículo dice que el gobierno debe incluir varias cosas para tener buenos doctores y enfermeras. Primero, deben saber qué tipo de personas se necesitan para atender a los pacientes. También deben capacitar y evaluar al personal de salud para resolver los problemas más importantes de salud pública. Además, deben fijar los requisitos para que los profesionales puedan ejercer y tener programas para que siempre mejoren su trabajo. Finalmente, deben enseñarles a trabajar en equipo, respetando las diferentes culturas, y formarlos con valores como la solidaridad, la igualdad y el respeto a las personas.
- Art. 232Quiere decir que habrá apoyos directos para proyectos que investiguen temas de salud, como educación, medio ambiente, nutrición o desórdenes alimenticios. El objetivo es que esos estudios puedan compartir lo que descubren y ponerlo en práctica. Por ejemplo, si investigan sobre comida saludable o cómo afecta la contaminación, pueden recibir estímulos económicos. Así se fomenta que la ciencia ayude a mejorar la salud de todos. Es un artículo que habla de cómo impulsar investigaciones útiles para la vida diaria.
- Art. 233El artículo 233 dice que, para investigar temas de salud, el gobierno de la Ciudad de México va a trabajar directamente con el Instituto de Ciencia y Tecnología local. Juntos van a impulsar un programa llamado *Ciudad Saludable*, que usa la ciencia y la tecnología para mejorar la salud de los chilangos. Esto lo hacen apoyando proyectos de investigación sobre las enfermedades más comunes en la ciudad, y también mejorando los centros de salud y capacitando a más doctores y enfermeras. Además, el programa busca que tanto las autoridades como la gente común tomen conciencia sobre los problemas de salud y se comprometan a participar y colaborar para resolverlos.
- Art. 234El artículo 234 habla de los programas de investigación en salud de la Ciudad de México. Su objetivo es usar la ciencia y la tecnología disponibles en la ciudad para crear nuevos conocimientos. Esos conocimientos se aplican para desarrollar productos, bienes o servicios que ayuden a prevenir enfermedades, atender a los enfermos y cuidar la salud de los habitantes. Todo esto también busca que la economía de la ciudad crezca.
- Art. 235El Artículo 235 dice que el Programa Ciudad Saludable se divide en cuatro partes más pequeñas. La primera se enfoca en la salud sexual y tener hijos de manera segura. La segunda atiende problemas como el sobrepeso, la diabetes y enfermedades del corazón. La tercera cuida la salud mental y ayuda con problemas de adicciones. La cuarta se encarga de enfermedades que acaban de aparecer o que vuelven a surgir.
- Art. 236La Secretaría de Salud va a crear y manejar varios programas enfocados en enseñar a la gente sobre cómo cuidar su salud, alimentarse bien, evitar problemas con la comida, protegerse de los daños del medio ambiente y mejorar la higiene. El gobierno se compromete a promover, coordinar y vigilar estos programas para que funcionen como debe ser. En pocas palabras, es la obligación del gobierno de enseñar a la población a vivir más sano.
- Art. 237Promoción de la salud son todas las acciones que se hacen para que la población esté más sana, mantenerla así y mejorarla. También busca que tú, como persona, tengas actitudes y hábitos que te ayuden a cuidar tu salud y la de los demás. Básicamente, se trata de motivarte a participar activamente en mantenerte bien, tanto para ti como para tu comunidad.
- Art. 238Este artículo dice que el gobierno y la sociedad deben trabajar juntos para promover la salud, pero de una manera sencilla. Primero, se tiene que enseñar a cada persona a cuidar de sí misma y a tomar decisiones sanas, como tener una buena alimentación o hacer ejercicio, para mejorar la vida de su familia y su colonia. Segundo, se debe dar educación en las escuelas y pláticas en la comunidad para que todos entiendan por qué es importante estar sanos y se involucren en cuidarse. Por último, hay que poner más atención en los lugares donde la gente pasa más tiempo, como la escuela, el trabajo y la casa, sobre todo con quienes tienen más riesgo de enfermarse, como personas con diabetes u obesidad.
- Art. 239La Secretaría de Salud de la Ciudad de México tiene la obligación de crear programas y herramientas para prevenir y atender la obesidad, el sobrepeso y los problemas de alimentación. También debe fomentar que la gente adopte buenos hábitos para comer bien y de manera nutritiva.
- Art. 240La Secretaría tiene que asegurarse de que todos los sectores (gobierno, empresas y sociedad civil) trabajen juntos para hacer, echar a andar y revisar el programa contra la obesidad, el sobrepeso y los problemas de alimentación en la Ciudad de México. Su trabajo es organizar, vigilar y fomentar que esos grupos participen en cada paso del proceso. En otras palabras, se encarga de que nadie se quede fuera y que el programa funcione bien para ayudar a la gente.
- Art. 241La Secretaría (que es una dependencia del gobierno local) tiene varias obligaciones para combatir la obesidad y los trastornos alimenticios en la Ciudad de México. Debe asegurarse de que haya servicios de salud para prevenir y atender estos problemas, y promover hábitos alimenticios saludables. También tiene que difundir información clara sobre estos temas, investigarlos y hacer campañas en escuelas y hospitales para que la gente sepa cómo evitarlos. Además, debe llevar un registro detallado de cuántas personas tienen estos problemas, separado por edad, sexo y zona donde viven.
- Art. 242La Secretaría de Salud de la Ciudad de México es miembro de un grupo especial que se creó para prevenir y atender el sobrepeso, la obesidad y los trastornos alimenticios (como la anorexia o la bulimia). Este grupo se reúne de manera permanente y trabaja en equipo para diseñar, revisar y coordinar los planes y programas que ayudan a la gente a tener una mejor alimentación y salud. Su objetivo es que todas las estrategias funcionen bien juntas para atender estos problemas de forma completa en toda la ciudad.
- Art. 243Todas las oficinas del gobierno de la Ciudad de México (como secretarías, delegaciones y otras áreas) tienen la obligación de hacer lo que les toca para cumplir con la Ley contra la Obesidad y los Trastornos Alimenticios. Esto significa que deben organizar acciones y programas para prevenir y atender estos problemas de salud. También aplica para los órganos autónomos y de gobierno, cada uno en lo que le corresponde. En pocas palabras, todo el gobierno debe poner de su parte para que esta ley se cumpla.
- Art. 244La Secretaría tiene la obligación de cuidar tu salud cuando haya peligros por la contaminación del aire, el agua o el suelo. Para eso, va a tomar acciones concretas y hacer actividades que eviten o reduzcan los daños que el medio ambiente te pueda causar. En pocas palabras, si hay un riesgo ambiental que te pueda enfermar, el gobierno debe intervenir para protegerte.
- Art. 245La Secretaría está obligada a darte servicios de salud si te enfermas o corres peligro por problemas ambientales. Por ejemplo, cuando hay mucha contaminación en el aire, fugas de gas en tu casa, aguas sucias que no se tratan para beber, o vapores de gasolineras. También aplica para sustancias peligrosas como el gas natural o el gas licuado. En resumen, el gobierno debe atenderte si tu salud se ve afectada por estos contaminantes.
- Art. 246Este artículo dice que todo lo que tenga que ver con cómo el medio ambiente afecta tu salud va a ser manejado según las reglas y estudios de varias instituciones mexicanas, como la Semarnat, la Secretaría de Ecología, el Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias y la UNAM. Básicamente, estas organizaciones son las encargadas de investigar y decidir qué hacer cuando el aire, el agua o el suelo te puedan enfermar. No es que tú tengas que hacer nada directamente, sino que ellas son las autoridades que ponen las normas para cuidar tu salud por cosas como la contaminación.
- Art. 247La Secretaría de Salud se encarga de vigilar y prevenir enfermedades, tanto las que se contagian (como la gripa) como las que no (como la diabetes). Esto lo hace siguiendo las reglas de la Ley General de Salud y otras leyes. En pocas palabras, su trabajo es cuidar que no se propaguen enfermedades y mantener a la población más sana.
- Art. 248Este artículo dice que hay enfermedades que se pueden contagiar de una persona a otra, y las clasifica en grupos según cómo se transmiten. Por ejemplo, algunas como el cólera o la hepatitis se pasan por comida o agua contaminada; otras como la influenza o el sarampión se contagian por el aire al toser o estornudar. También mencionan enfermedades de transmisión sexual como la sífilis, y otras que transmiten animales o insectos, como la rabia o el dengue. Incluye el VIH/SIDA y dice que la lista puede crecer si las autoridades de salud lo deciden. En resumen, es un listado de enfermedades infecciosas que requieren vigilancia y control por parte del gobierno.
- Art. 249Si eres doctor, enfermera o trabajas en algo relacionado con la salud, tienes la obligación de reportar a las autoridades de salud los casos de enfermedades que se contagian fácilmente. Debes dar el aviso apenas tengas la sospecha o el diagnóstico confirmado. Esto aplica para que puedan tomar medidas y evitar que más personas se enfermen.
- Art. 250Si tú trabajas en el área de la salud (como doctor, enfermero o técnico) y te enteras de que alguien tiene una enfermedad que se puede contagiar, estás obligado a actuar de inmediato. Tienes que usar todo lo que tengas a tu mano para cuidar a esa persona y a los demás, siguiendo lo que el tipo de enfermedad requiera. La idea es hacer lo necesario para que no se propague el contagio, protegiendo tanto la salud del paciente como la de toda la comunidad.
- Art. 251Si te enteras de que alguien tiene una enfermedad que se puede contagiar, ya sea porque te diste cuenta por cosas del día a día o por accidente, puedes avisarle a la autoridad de salud que corresponda. No importa si no eres doctor ni experto, cualquier persona puede reportarlo. La ley te da la libertad de hacerlo sin problema. Con esto ayudas a que se tomen medidas para proteger la salud de los demás.
- Art. 252El artículo 252 dice que, para evitar que se propaguen enfermedades contagiosas, se pueden tomar varias medidas. Por ejemplo, los doctores deben confirmar que alguien está enfermo con pruebas clínicas. También pueden aislar a las personas enfermas o que se sospeche que lo están, por el tiempo que sea necesario, y limitar lo que hacen si hay riesgo de contagio. Además, se puede vigilar a quienes tuvieron contacto con el enfermo, aplicar vacunas o tratamientos, y desinfectar lugares, ropa y objetos contaminados. Finalmente, las autoridades pueden inspeccionar a pasajeros, equipajes o mercancías que puedan llevar gérmenes, y hacer todo lo que diga la ley para proteger la salud de todos.
- Art. 253Las autoridades de salud pueden usar todo lo que esté a su alcance para combatir una epidemia, como hospitales, doctores, medicinas y centros de ayuda, que pertenezcan al gobierno, a organizaciones sociales o a empresas privadas. Esto aplica en las zonas donde esté la epidemia y también en las regiones vecinas. Básicamente, pueden pedirle apoyo a cualquier lugar con recursos médicos cercanos para proteger a la gente.
- Art. 254Las autoridades de salud pueden decir qué personas con enfermedades contagiosas o portadoras de gérmenes no pueden estar en lugares donde haya mucha gente, como hoteles, restaurantes, fábricas, escuelas, cines o estadios. Esto lo hacen para evitar que se propaguen enfermedades. Solo aplica para los tipos de enfermos que ellos mismos determinen. La idea es proteger la salud de todos los que asisten a esos sitios.
- Art. 255La autoridad de salud decide cómo prevenir y controlar las enfermedades que no se contagian de persona a persona, como la diabetes o la hipertensión. Para lograrlo, debe hacer lo siguiente: detectar a tiempo estas enfermedades y calcular el riesgo de que alguien las desarrolle; informar sobre medidas de higiene para controlarlas; aplicar prevención según cada caso y verificar que se cumpla; realizar estudios para entender cómo se presentan en la población; promover de manera constante dietas, hábitos de alimentación y formas de consumir los nutrientes mínimos que recomiende la Secretaría de Salud; y tomar cualquier otra acción necesaria para prevenir, tratar y controlar estos padecimientos.
- Art. 256La Secretaría de Salud va a trabajar de la mano con otras oficinas del gobierno, tanto federal como de los estados, para investigar, prevenir y controlar las enfermedades que no se contagian, como la diabetes o problemas del corazón. También incluye en esto a las adicciones. La idea es que todos los niveles de gobierno colaboren para atender estos problemas de manera coordinada.
- Art. 257La Secretaría de Salud es la encargada de prevenir, tratar y rehabilitar a las personas con adicciones, especialmente al tabaco, alcohol y drogas. Esto significa que el gobierno, a través de esta dependencia, debe impulsar programas para que la gente no caiga en estas adicciones, así como ofrecer ayuda médica y psicológica a quienes ya las tienen. También tiene la responsabilidad de apoyar la recuperación de quienes quieren dejar estas sustancias. En pocas palabras, el artículo dice que el Estado debe ocuparse de cuidar a la población en estos temas de salud.
- Art. 258Este artículo define varios términos clave relacionados con las drogas o sustancias psicoactivas. Te explica que la adicción es cuando tu cuerpo y mente te piden a gritos una sustancia y te sientes mal si no la consumes. También define qué es una persona adicta, los síntomas de la abstinencia (lo que sientes cuando dejas de consumir) y los diferentes tipos de consumo, como el uso perjudicial que daña tu salud. Finalmente, aclara qué son los factores de riesgo, la intoxicación, y los conceptos de prevención, rehabilitación y tratamiento para ayudar a quienes tienen este problema.
- Art. 259Este artículo simplemente dice que las "sustancias psicoactivas" son aquellas que afectan tu mente o estado de ánimo. Aquí te nombran las más comunes: el alcohol, la cocaína, la marihuana (cannabinoides), el tabaco, la cafeína, los alucinógenos (como el LSD), los opioides (como la morfina), los sedantes (pastillas para dormir) y los disolventes volátiles (como el thinner). También incluye cualquier otra sustancia que esté en otras leyes.
- Art. 260Para prevenir el consumo de sustancias, hay que considerar varios factores: cómo perciben las personas el riesgo de consumir cualquier droga, qué tipo de sustancia usan, las características de cada quien, cómo y cuánto consumen, y los problemas que esto les causa. También importa la cultura y las costumbres de los diferentes grupos de la sociedad. En pocas palabras, no se puede hacer una prevención genérica, sino que hay que adaptarla a cada situación y comunidad.
- Art. 261Este artículo dice que para detectar a tiempo el consumo de drogas, hay que enfocarse en personas que todavía no son adictas ni tienen problemas graves por el consumo. Esto se puede hacer de dos formas: la primera, en la casa, el trabajo, la escuela o la comunidad, vigilando o haciendo preguntas generales, incluso durante procesos legales. La segunda, en clínicas especializadas, usando cuestionarios, revisando el historial médico, haciendo exámenes físicos o pruebas de diagnóstico para saber si alguien consume drogas.
- Art. 262Este artículo dice que cuando una persona recibe tratamiento por una adicción, lo que se busca es que deje de consumir la sustancia por completo (a eso se le llama abstinencia) y que se mantenga así, sin recaídas. También se busca que esa persona adopte hábitos sanos en su vida diaria, como alimentarse bien o hacer ejercicio. En pocas palabras, el tratamiento no solo intenta que dejes la adicción, sino que aprendas a vivir de forma más saludable.
- Art. 263La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de este tema) se encargará de promover que se creen protocolos (es decir, planes o guías detalladas) para investigar más a fondo el problema de las adicciones. También va a compartir los resultados de esas investigaciones organizando eventos donde participen especialistas de distintas áreas, como psicólogos, médicos y trabajadores sociales, en universidades o centros de estudio. Todo esto lo hace con el objetivo de proponer ideas claras y prácticas para mejorar los servicios que se ofrecen a las personas que necesitan ayuda.
- Art. 264Los lugares que tratan adicciones tienen que seguir las reglas que marca la Norma Oficial Mexicana para vigilar enfermedades o problemas de salud relacionados. También deben pedir ayuda y consejos al Consejo contra las Adicciones de tu ciudad y al Consejo Nacional Contra las Adicciones. Esto es para que trabajen bien y controlen cómo se comportan las adicciones en la población. No es opcional, es obligatorio que lo hagan.
- Art. 265La Secretaría se encarga de informar, orientar y capacitar a las personas que tienen problemas con el consumo de drogas o adicciones. Para hacerlo, trabaja junto con escuelas, universidades, y también con instituciones del gobierno, organizaciones sociales y empresas privadas. Todo esto es para ayudar a quienes lo necesiten a entender mejor su situación y encontrar apoyo.
- Art. 266El artículo 266 dice que las adicciones (como al alcohol, drogas o tabaco) son enfermedades que no se contagian de persona a persona. Por eso, el gobierno las va a vigilar y controlar con un sistema especial, que sigue las reglas ya establecidas en la ley. Esto significa que habrá atención médica y seguimiento para quienes tengan este tipo de problemas, igual que con otras enfermedades que no son infecciosas.
- Art. 267El artículo 267 dice que, para ciertos casos, no solo aplican las reglas de este mismo capítulo sobre accidentes, sino que también se deben seguir otras leyes ya existentes. Específicamente, hay que tomar en cuenta la Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas de la Ciudad de México. En simple, si alguien tiene un accidente relacionado con drogas o alcohol, se usan las reglas de esta ley especial para darle atención médica completa, además de lo que ya dice este capítulo.
- Art. 268Este artículo simplemente define dos tipos de accidentes. Un **accidente** es algo que pasa de repente y lastima a alguien, pero que se pudo haber evitado. Un **accidente doméstico** es el que ocurre dentro de tu casa, incluyendo el patio, el jardín, la cocina, el baño, las escaleras o cualquier lugar que forme parte de tu hogar.
- Art. 269La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de salud) tiene la responsabilidad de crear y poner en marcha programas para evitar accidentes en la casa, la escuela, el trabajo y los lugares públicos. También debe desarrollar acciones para controlar esos accidentes cuando ocurran. Esto aplica a cualquier persona, desde niños hasta adultos.
- Art. 270El artículo 270 explica los distintos lugares y conceptos relacionados con la rehabilitación de personas con discapacidad. Un Centro de Rehabilitación es un hospital que da diagnóstico, tratamiento y entrenamiento para que las personas con discapacidad aprendan un oficio. Un Centro de Rehabilitación Ocupacional se enfoca principalmente en enseñar habilidades para conseguir un trabajo, ya sea que la persona esté en proceso de rehabilitación o ya la haya terminado. Una Clínica de Cirugía Reconstructiva, Plástica o Estética es un consultorio donde hacen operaciones para mejorar o cambiar la apariencia física o la salud de las personas. Finalmente, la discapacidad se define como no poder hacer por ti mismo actividades diarias, físicas, mentales o sociales debido a una falla en tu cuerpo, mente o entorno.
- Art. 271Este artículo dice que todas las instituciones que ayudan a personas con discapacidad en la Ciudad de México deben cumplir con este reglamento, sin importar cómo se llamen o cómo estén organizadas. Por ejemplo, aunque se llamen “centro de atención” o “clínica especial”, aplican las mismas reglas. Además, tienen que seguir los Lineamientos Técnicos que publique el gobierno federal. En resumen, no importa el nombre, todas deben obedecer las mismas leyes y normas.
- Art. 272Este artículo simplemente define los términos clave que se usan en las leyes de trasplantes en México, para que no haya confusiones. Por ejemplo, un "Banco de Tejidos" es como un almacén autorizado que guarda partes del cuerpo para usarlas después en tratamientos. También aclara que un "Donador" es quien acepta que le quiten órganos o tejidos, ya sea en vida o después de morir. Incluye conceptos como "Cadáver" (cuando una persona ya falleció) y "Receptor" (quien recibe un órgano o tejido para curarse). Así, todos los involucrados (médicos, pacientes y familiares) entienden lo mismo cuando hablan de donación o trasplante.
- Art. 273El artículo dice que tú tienes el derecho de decidir sobre tu propio cuerpo en cuanto a donar órganos. Puedes donar todo tu cuerpo o solo partes de él, pero siempre siguiendo las reglas y los usos que marca la ley. Básicamente, la decisión de ser donante es completamente tuya.
- Art. 274Una donación de órganos, tejidos, células o de tu cuerpo completo es cuando tú, en vida o después de morir, das tu autorización para que se usen en trasplantes. Esta autorización puede ser expresa, es decir, que la digas o escribas claramente, o tácita, que significa que se da por hecho si nunca dijiste lo contrario. En pocas palabras, si no dejas dicho que no quieres donar, la ley entiende que aceptas donar tus órganos o tejidos cuando fallezcas.
- Art. 275Este artículo habla sobre cómo puedes donar tu cuerpo o partes de él de manera voluntaria. Tienes que hacerlo por escrito y puedes donar todo tu cuerpo o solo algunas partes específicas, como órganos o tejidos. Además, puedes decidir a quién se los donas, por ejemplo, a personas en concreto o a instituciones. También puedes poner condiciones, como el lugar, la fecha o cualquier otra cosa que se te ocurra. Si tú no puedes expresar tu voluntad (por ejemplo, por estar inconsciente), tus familiares o las personas autorizadas pueden decidir por ti. Pero si eres mayor de edad y estás en tus cabales, nadie más puede cancelar tu donación, aunque tú sí puedes cambiar de opinión en cualquier momento. En el caso de la sangre, sus componentes y las células de la médula ósea, se aplican reglas especiales que establece la Secretaría de Salud.
- Art. 276Para donar órganos o tejidos mientras estás vivo, necesitas dar tu consentimiento expreso, que es una autorización clara y por escrito. También aplica si quieres donar sangre o sus componentes, como plaquetas o plasma. En ambos casos, nadie puede decidir por ti sin que tú hayas dicho que sí de manera directa y voluntaria.
- Art. 277Si una persona no dijo en vida que NO quería donar sus órganos o tejidos, la ley considera que sí aceptó ser donante. Pero para que se haga el trasplante, también se necesita el permiso de algún familiar muy cercano, en este orden: primero el esposo o esposa, luego la pareja de hecho (concubinario o concubina), después los hijos, los papás, los hermanos, o las personas adoptadas o que adoptaron. Si alguien quiere dejar por escrito que no es donador, puede hacerlo en un documento privado o público, siempre y cuando lo firme. También puede anotar su negativa en los documentos oficiales que la Secretaría de Salud defina para eso. La ley general va a indicar cómo se debe pedir ese permiso a los familiares.
- Art. 278El artículo 278 dice que, si alguien no dejó claro en vida si quería o no donar sus órganos, se va a entender que sí aceptó hacerlo después de que muera. A esto se le llama "consentimiento tácito", que es como un "sí" sin haberlo dicho con palabras. Pero esto solo aplica para donar órganos y tejidos, y primero los doctores deben confirmar que la persona ya falleció. Además, esos órganos solo se pueden sacar si van a usarse para trasplantes, no para otros fines.
- Art. 279El artículo 279 dice que hay dos casos en los que el permiso o consentimiento de una persona no sirve o tiene límites. El primero: si lo dan menores de edad, personas que legalmente no pueden tomar decisiones por sí mismas (como alguien con una discapacidad mental grave), o personas que no pueden expresar libremente su voluntad (por ejemplo, por estar borrachas, drogadas o bajo presión), ese permiso no vale, aunque sea con palabras o con gestos. El segundo: una mujer embarazada solo puede dar su permiso por escrito para que le hagan algo (como un procedimiento médico) si ella está en peligro de muerte, y siempre que ese procedimiento no la ponga en riesgo a ella ni al bebé. O sea, en esos casos, su palabra por sí sola no es suficiente.
- Art. 280Está prohibido comprar o vender órganos, tejidos o células. Solo se permite donarlos para trasplantes, pero sin recibir dinero a cambio y por pura generosidad. Además, la identidad del donante y del receptor debe mantenerse en secreto. Todo el proceso debe ser completamente gratuito, sin ningún tipo de pago o beneficio económico.
- Art. 281Si alguien muere y se sospecha que fue por un delito, el Ministerio Público (la autoridad que investiga delitos) y un juez deben supervisar si se van a extraer sus órganos o tejidos. Esto es para que el proceso sea legal y no se afecte la investigación. Solo en ese caso ellos deciden si se puede hacer la extracción. Si la muerte no está relacionada con un delito, no necesitan intervenir.
- Art. 282El Centro Nacional de Trasplantes es quien va a emitir un documento oficial donde tú puedas decir claramente que estás de acuerdo en donar tus órganos cuando mueras, para que se usen en trasplantes. Ese papel es como una constancia de tu voluntad. Si quieres donar, ellos te lo tramitan. Así queda asentado tu consentimiento de forma oficial.
- Art. 283Este artículo dice que se puede hacer un trasplante de órganos, tejidos o células entre personas vivas solo si los estudios médicos previos salieron bien, el riesgo tanto para el donante como para el que recibe es bajo y hay una razón médica que lo justifique. Además, está totalmente prohibido trasplantar ovarios o testículos, y también usar tejidos de bebés que no han nacido por un aborto provocado, sin importar el motivo.
- Art. 284El artículo 284 dice que, para hacer trasplantes, los órganos o tejidos se deben obtener principalmente de personas que ya hayan muerto. Es decir, se prefiere usar órganos de donantes fallecidos antes que de donantes vivos. Lo importante es que se compruebe oficialmente que la persona perdió la vida. Esto se hace para proteger la salud de los donantes vivos y solo usar sus órganos en casos muy necesarios.
- Art. 285La elección de quién dona y quién recibe un órgano o tejido siempre la debe hacer un médico, siguiendo las reglas que ponga la Secretaría de Salud. A los niños y adolescentes vivos no se les pueden quitar órganos ni tejidos para trasplantes, excepto médula ósea, y solo si sus papás o tutores dan su permiso por escrito. Si un menor de edad fallece, también se necesita la autorización clara de sus padres o tutores para tomar sus órganos. En el caso de personas con discapacidad mental o que un juez haya declarado incapaces de tomar decisiones (eso es "interdicción"), está prohibido usar sus órganos o tejidos, ya sea que estén vivos o después de su muerte.
- Art. 286Si quieres donar un órgano o tejido mientras estás vivo, debes cumplir varias reglas. Primero, ser mayor de edad y estar bien mentalmente. Además, el órgano que dones debe ser de un tipo que puedas seguir viviendo sin él, como uno de los dos riñones. También debes ser compatible con la persona que lo va a recibir, y un médico que no haga el trasplante debe explicarte todos los riesgos y consecuencias. Si el receptor es familiar tuyo (por sangre, matrimonio o adopción), puedes donar con tu consentimiento por escrito. Pero si no hay parentesco, necesitas una autorización del Comité de Trasplantes del hospital, firmar ante notario que lo haces por decisión propia y sin recibir dinero, y comprobar que no hay negocio de por medio.
- Art. 287Para que se puedan donar órganos o tejidos de una persona que ya falleció, se deben cumplir tres reglas muy claras. Primero, un médico que no tenga nada que ver con el trasplante debe confirmar que la persona realmente murió, siguiendo las reglas de este capítulo. Segundo, la persona fallecida debió haber dicho en vida que quería donar sus órganos, o al menos nunca haber dicho que no quería hacerlo. Tercero, hay que asegurarse de que los órganos estén sanos y no representen un riesgo para la salud de quien los va a recibir.
- Art. 288Los doctores, enfermeras y otros especialistas de la salud que realicen trasplantes o saquen órganos y tejidos de un cuerpo deben tener capacitación especial para hacerlo, tal como lo marquen los reglamentos. Además, tienen que estar anotados en el Registro Nacional de Trasplantes, que es una lista oficial del gobierno. Esto es para asegurar que solo personas preparadas y autorizadas hagan estos procedimientos. Si un profesional no cumple con esto, no debería estar participando en la operación.
- Art. 289Cuando alguien muere y dona órganos o tejidos, los doctores deciden quién los recibe según qué tan grave está el paciente, qué tan urgente es el trasplante, qué tanto ayudará, si el órgano es compatible con el cuerpo del receptor y otros criterios médicos. También toman en cuenta dónde estaba el hospital o centro de salud del donador para facilitar el traslado. Si no hay una emergencia o una razón médica que obligue a darle preferencia a alguien, la asignación se hace siguiendo estrictamente las listas de espera. Esas listas se arman con los datos de todos los pacientes registrados en el Centro Nacional de Trasplantes, y pueden ser del hospital, del estado o de todo el país. Así se aseguran de que todos tengan las mismas oportunidades.
- Art. 290Las empresas de transporte (aviones, autobuses, etc.) tienen que ayudar para que se puedan mover órganos y tejidos para trasplantes, siguiendo las reglas de las secretarías de Salud y de Comunicaciones. Todo lo que tenga que ver con el traslado, cuidado, etiquetado y costos de estos órganos y tejidos debe hacerse como lo marquen las normas oficiales. Los órganos, tejidos y células pueden transportarse en cualquier tipo de transporte, siempre que vayan bien etiquetados y con personal autorizado. Ese personal debe estar acreditado y será responsable el hospital o centro autorizado para hacer trasplantes.
- Art. 291El Centro de Trasplantes de la Ciudad de México se encarga de llevar el Registro Nacional de Trasplantes, junto con el Centro Nacional de Trasplantes. Ese registro debe tener y mantener al día la siguiente información: los datos de las personas que reciben y donan órganos, y la fecha del trasplante; los hospitales o clínicas autorizados; los doctores y enfermeras que participan; las listas de pacientes que esperan un órgano o tejido, incluidas las de hospitales, estados y a nivel nacional; y los casos de muerte cerebral (cuando el cerebro deja de funcionar por completo).
- Art. 292Este artículo dice cómo se reparten los órganos, tejidos y células de una persona que falleció para hacer trasplantes. Las reglas para repartirlos las pone el Centro Nacional de Trasplantes, que es la autoridad principal en el país. Este centro se coordina con el de la Ciudad de México y con los comités de cada hospital para vigilar que todo se haga bien. Si encuentran algo mal, le avisan a la Cofepris, que es la autoridad que cuida los riesgos de salud. Además, el centro de la Ciudad de México promueve la cultura de donar órganos junto con el Consejo de Trasplantes de esa misma ciudad.
- Art. 293Si te sacan algún órgano o tejido del cuerpo por una cirugía, un accidente o un delito, y ese material ya no sirve y se considera basura, deben manejarlo con limpieza y desecharlo según las reglas. Pero si ese órgano o tejido se puede usar para curar a alguien, para enseñar a estudiantes de medicina o para investigar, los hospitales pueden guardarlo o enviarlo a escuelas autorizadas por la Secretaría de Salud, siguiendo la ley.
- Art. 294Este artículo solo dice que, para todo lo que tenga que ver con donar y trasplantar órganos y tejidos en la Ciudad de México (antes Distrito Federal), se deben seguir las reglas de la ley federal, su reglamento y las Normas Oficiales Mexicanas. O sea, no hay reglas locales aparte; lo que aplica es lo que dice el país entero. Te repite que el tema de donaciones y trasplantes ya está regulado a nivel nacional. Así que, si quieres saber cómo donar o recibir un órgano, tienes que checar esas leyes generales.
- Art. 295Este artículo solo define tres palabras clave para que no haya confusiones al leer el capítulo. "Centro" se refiere específicamente al lugar oficial de la Ciudad de México donde se maneja la sangre para transfusiones. "Sangre" la define como un tejido líquido del cuerpo que incluye todos sus componentes, como glóbulos rojos, blancos y plaquetas. Y "Tejido" lo explica como un grupo de células iguales que están organizadas y trabajan juntas para hacer una misma función, como el músculo o la piel. Básicamente, es como un glosario para entender mejor el resto de las reglas.
- Art. 296Los bancos de sangre y los servicios de transfusión son los únicos que pueden manejar la sangre, sus partes y las células que ayudan a formarla, todo con el objetivo de tratar enfermedades. Estos lugares deben abrirse y operar siguiendo las reglas que marca la ley para garantizar que todo sea seguro y funcione bien.
- Art. 297La Secretaría de Salud, por medio de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), es la encargada de supervisar todo lo relacionado con la disposición de sangre. Esto significa que vigila que se maneje, almacene y elimine de manera segura y sin riesgos para la salud. En otras palabras, la COFEPRIS pone las reglas y verifica que se cumplan para evitar contagios o problemas sanitarios. Así que nadie puede disponer de sangre sin seguir sus indicaciones.
- Art. 298La Secretaría de Salud debe promover la donación de células madre que están en la sangre o la médula ósea, llamadas células progenitoras hematopoyéticas, para ayudar a tratar o curar a los pacientes que las necesiten. También va a establecer reglas sobre cómo deben ser los bancos de sangre que manejen estas células, y cómo se deben obtener, procesar y distribuir.
- Art. 299El capítulo 299 establece las reglas para que el Centro de Transfusión Sanguínea de la Ciudad de México funcione bien. Se encarga de decir cómo se debe organizar, cómo se coordina con otras instancias y cómo opera día a día. Básicamente, busca que todo el proceso de donación y distribución de sangre esté ordenado y sea seguro para la gente.
- Art. 300El Centro de Transfusión Sanguínea del Distrito Federal es una oficina especializada de la Secretaría de Salud que se encarga de definir, supervisar y aplicar las reglas sobre donación y transfusión de sangre. Esto aplica tanto para hospitales del gobierno como para clínicas y servicios privados. También controla cómo se guarda, cómo entra y cómo sale la sangre, sus partes y las células que forman la sangre (llamadas células progenitoras hematopoyéticas). Todo esto lo hace siguiendo las leyes y los acuerdos que se hayan firmado con otras instituciones.
- Art. 301El Artículo 301 le da más trabajos a un centro de salud. Primero, este centro debe proponer cómo manejar la sangre de forma segura y justa para todos, sin que falte. Segundo, tiene que vigilar que se sigan las reglas de seguridad al usar sangre, incluso la del cordón umbilical, solo en la Ciudad de México. Por último, el centro también hará cualquier otra cosa que le pida el jefe de la Secretaría de Salud.
- Art. 302Los Centros de Reclusión (cárceles) de la Ciudad de México deben tener sus propios servicios médicos para cuidar la salud física y mental de las personas presas, además de mantener la higiene en todo el lugar. Si un interno, su familia o alguien que él haya elegido lo pide por escrito, se puede permitir que doctores externos lo revisen o traten, pero el encargado de salud del centro debe autorizar el tratamiento. En ese caso, quien pide al doctor externo paga todos los costos y se hace responsable de lo que pase durante el tratamiento, dejando libre de culpa a los servicios médicos de la cárcel. Si el interno necesita ser hospitalizado en otro lugar, solo se autoriza cuando los doctores del centro lo recomienden por un riesgo grave de muerte o daños permanentes, o porque no tengan los recursos necesarios para atenderlo bien.
- Art. 303Las prisiones de la Ciudad de México siempre deben tener doctores y cirujanos generales, además de especialistas en psicología, psiquiatría, dentista y ojo. Estos servicios los dan dos áreas de gobierno, y los presos pueden recibir la atención médica que necesiten. Si el doctor decide que un preso debe ir a otro hospital para estudios, tratamiento o por una emergencia, pide el traslado al director de la prisión. Esa petición debe ir con un documento médico, y la prisión tiene la obligación de cuidar que el preso llegue seguro y bajo custodia. El director de cada prisión debe asegurarse de que haya suficiente personal de seguridad para que todo esté en orden en las instalaciones médicas.
- Art. 304Este artículo dice que el gobierno de la Ciudad de México quiere rescatar y promover la medicina tradicional mexicana, como la herbolaria o los remedios caseros. También busca poner reglas claras para que esas prácticas se usen de manera ordenada y segura. Básicamente, se trata de cuidar y darle valor a los saberes de los curanderos, parteras y hierberos.
- Art. 305La medicina tradicional son todos los remedios, hierbas, masajes o formas de curación que se han pasado de generación en generación en tu comunidad, como las que usan los abuelos o curanderos. Estos conocimientos vienen de las creencias y costumbres de cada cultura, no de estudios científicos como la medicina de hospital. Sirve para cuidar tu salud, evitar enfermedades o curar males tanto del cuerpo como de la mente. En México, esto incluye prácticas como el temazcal, el uso de la herbolaria o las limpias. La ley reconoce que estas prácticas son válidas y parte de nuestra herencia cultural.
- Art. 306Este artículo solo te aclara tres términos que se usan en esta sección de la ley. Primero, **ICyTDF** es el instituto que se encarga de la ciencia y la tecnología en la Ciudad de México. Luego, cuando habla de **prácticas y conocimientos tradicionales en la salud**, se refiere a remedios y técnicas de curación que vienen de las creencias y experiencias de distintas culturas, usados para cuidar tu salud o tratar enfermedades. Por último, **SEDEREC** es la dependencia del gobierno que se ocupa del desarrollo en zonas rurales y de apoyar a las comunidades de la ciudad.
- Art. 307El artículo 307 dice que, en la Ciudad de México, el apoyo a la medicina tradicional de los pueblos indígenas se debe basar en estas reglas: Primero, hay que promover y dar a conocer la medicina tradicional mexicana como una opción para cuidar tu salud. Segundo, se debe respetar tu derecho a la salud, tu libertad de expresarte y de asociarte, sin discriminar a nadie por su edad, género, religión, origen o cualquier otra condición. Tercero, las comunidades indígenas tienen derecho a usar sus propios conocimientos y costumbres para prevenir enfermedades y mejorar su salud, cuidando su cultura. Cuarto, esos conocimientos deben protegerse según las leyes. Quinto, hay que conservar y difundir esa herencia cultural de salud. Y sexto, esta medicina tradicional debe conectarse con la educación, la cultura y la economía.
- Art. 308El artículo 308 dice que una persona que practica medicina tradicional es alguien que, en su comunidad, ayuda a prevenir, diagnosticar y tratar enfermedades del cuerpo y la mente. Esto incluye a curanderos, yerberos, hueseros o parteras, por ejemplo. Lo importante es que lo hace dentro de su comunidad, no en un hospital o consultorio médico común.
- Art. 309Para poder curar con medicina tradicional (como hierbas, sobadas o limpias), los curanderos o yerberos necesitan un certificado de una escuela o institución que demuestre que estudiaron y saben lo que hacen. También deben tener un permiso especial de la Secretaría de Salud y solo pueden atender a personas con enfermedades que sí se puedan curar con estos métodos, no casos graves como cáncer avanzado. Tienen la obligación de llevar un registro de a quiénes atienden y qué les hicieron, y deben reportar a la Secretaría si detectan enfermedades contagiosas o incurables. Además, deben tratar a los pacientes con respeto, sin lastimarlos, y cumplir con todas las reglas de higiene y salud que marca la ley.
- Art. 310La Secretaría de Salud va a crear talleres, cursos y pláticas para que la gente aprenda y practique la medicina tradicional mexicana. Esto incluye desde el conocimiento básico hasta cómo aplicarla en la vida real. El objetivo es que no se pierdan estas prácticas y más personas puedan usarlas. Es como una escuela gratuita para aprender remedios y costumbres curativas de nuestras culturas.
- Art. 311La Secretaría, junto con la SEDEREC y el ICyTDF, va a apoyar el estudio científico y la creación de nueva tecnología para mejorar la medicina tradicional mexicana. Esto se hará con la ayuda de las delegaciones, las comunidades, grupos y escuelas. Es como si el gobierno uniera fuerzas con todos para entender mejor y darle más valor a los remedios y conocimientos que se han usado por años. La idea es que la ciencia y la tradición trabajen juntas.
- Art. 312Los doctores o curanderos que usan medicina tradicional mexicana (como hierbas, masajes o remedios de la abuela) pueden ayudar en los programas de salud de la Ciudad de México. Esto aplica sobre todo en la atención primaria, que son los servicios básicos de salud como chequeos, vacunas o consultas simples. Es decir, la ley les da permiso para trabajar junto con los médicos comunes en los centros de salud. No dice que puedan recetar medicamentos o hacer cirugías, solo participar en la prevención y cuidados básicos. Así se respeta y se aprovecha el conocimiento de las comunidades para cuidar la salud de la gente.
- Art. 313Los pueblos originarios, comunidades indígenas y cualquier persona pueden meterse en las casas de medicina tradicional para proponer ideas y proyectos sobre cómo mejorar la salud de su propia gente. Es decir, tienen derecho a participar activamente, compartiendo lo que saben de medicina tradicional, y a sugerir programas de salud que se adapten a su comunidad. Así, no solo reciben servicios, sino que también pueden ayudar a diseñarlos desde su experiencia y costumbres. Esto aplica tanto para grupos indígenas como para la población en general que quiera involucrarse.
- Art. 314El gobierno de la Ciudad de México, junto con la Secretaría de Desarrollo Rural y las comunidades indígenas, van a colaborar para hacer programas que rescaten la medicina tradicional mexicana. Esto quiere decir que van a trabajar juntos para cuidar y promover los remedios naturales y las prácticas de sanación que usan las comunidades indígenas. No se trata de inventar nada nuevo, sino de recuperar lo que ya se sabe y se ha usado por generaciones. Así, se busca que esa sabiduría no se pierda y se pueda seguir usando legalmente.
- Art. 315La Secretaría (que es la dependencia del gobierno encargada de la salud) va a checar y vigilar cómo trabajan los curanderos, yerberos o cualquier persona que practique la medicina tradicional. También va a llevar un control con una lista de los consultorios o lugares donde atienden y de los que tienen permiso para hacerlo. Esto es para asegurarse de que todo esté en orden y que tú estés protegido si vas a recibir este tipo de atención.
- Art. 316Este artículo dice que la Secretaría de Salud debe vigilar y regular las plantas, hierbas o cualquier substancia que usen los médicos tradicionales (como curanderos o yerberos) para sanar a la gente. La idea es que estos remedios sean seguros y no hagan daño a quienes los toman. Así que, aunque sean naturales, el gobierno se asegura de que estén controlados para proteger tu salud.
- Art. 317La Secretaría es la encargada de vigilar que todo se haga correctamente en estas actividades. Si alguien no cumple con lo que dice esta Ley, el reglamento o cualquier otra regla que de ahí salga, la Agencia lo va a sancionar según lo que marque la Ley. Además, si la falta es tan grave que se considera un delito, también se aplicarán las penas que correspondan por separado. O sea, no solo te pueden multar, sino que también podrías enfrentar un castigo penal si cometiste un delito.
- Art. 318Este artículo dice que las reglas de este capítulo son obligatorias para todos los lugares donde se den servicios de salud, como hospitales, clínicas o consultorios, sean del gobierno, de organizaciones sociales o privados. La idea es que sigan criterios científicos, clínicos y administrativos cuando usen terapias como homeopatía, herbolaria, quiropráctica, acupuntura o naturoterapia. En pocas palabras, busca que estas medicinas alternativas se apliquen de forma ordenada y segura para los pacientes.
- Art. 319Este artículo define cinco tipos de terapias alternativas. La acupuntura es un tratamiento sin medicinas que usa agujas esterilizadas en puntos específicos del cuerpo, a veces combinado con masajes o calor. La herbolaria consiste en usar plantas medicinales para curar enfermedades. La homeopatía emplea remedios sin ingredientes químicos activos. La naturoterapia promueve un estilo de vida saludable basado en métodos naturales. Por último, la quiropráctica se enfoca en problemas de huesos, músculos y nervios, tratándolos con técnicas manuales como ajustes de la columna.
- Art. 320El Artículo 320 dice que solo ciertos doctores pueden ejercer la homeopatía en México. Para practicarla, necesitas ser médico titulado por la Escuela Nacional de Medicina y Homeopatía del IPN, por la Escuela Libre de Homeopatía de México, o por escuelas de posgrado especializadas. También pueden hacerlo quienes tengan un reconocimiento del Instituto Mexicano de Homeopatía. En pocas palabras, no cualquiera puede recetar homeopatía; tiene que ser un médico con estudios específicos en esa área.
- Art. 321Los medicamentos homeopáticos y herbolarios solo se pueden recetar y controlar siguiendo lo que dice el Reglamento de Insumos para la Salud. Ese reglamento es un conjunto de reglas que el gobierno usa para revisar estos productos. No aplican las mismas normas que para los medicamentos comunes, sino unas especiales para plantas y remedios homeopáticos.
- Art. 322La COFEPRIS, que es la autoridad sanitaria del gobierno federal, es la que se encarga de poner orden y revisar las medicinas alternativas como las hierbas medicinales (herbolarios), la homeopatía y los aparatos o equipos médicos que se usan para tratamientos. Esto significa que cualquier producto de este tipo que se venda en México debe cumplir con las reglas que pone esta comisión, para que sea seguro para ti. Para hacer esta labor, hay un departamento especial dentro de la COFEPRIS que evalúa estos productos antes de que puedas comprarlos.
- Art. 323Para dedicarte a la herbolaria, la quiropráctica o la naturoterapia como profesional de la medicina, necesitas tener un título universitario o un certificado de especialidad. Ese documento tiene que haber sido emitido y registrado de manera legal por las autoridades de educación que correspondan. En otras palabras, no puedes ponerte a dar consultas o tratamientos en estas áreas si no compruebas que estudiaste y te titulaste formalmente. Es como la regla para cualquier médico: deben acreditar sus estudios con papeles oficiales.
- Art. 324Quien practique la acupuntura debe seguir las reglas del artículo 9 de un reglamento especial de salud. Ese artículo dice que la acupuntura solo la pueden hacer profesionales de la salud con título y cédula, como médicos, enfermeras o similares. Además, tienen que usar materiales desechables y esterilizados para evitar infecciones. En pocas palabras, solo un experto en salud puede aplicar acupuntura y debe hacerlo con cuidado e higiene.
- Art. 325La acupuntura solo se puede usar como tratamiento médico siguiendo lo que dice la OMS desde 1979, que es una lista de enfermedades o problemas de salud que sí se pueden atender con esta técnica. Eso significa que un acupunturista no puede tratar cualquier cosa, solo las que están autorizadas en esa lista. Si alguien te ofrece acupuntura para algo que no aparece ahí, ten cuidado porque no está permitido. Es como una guía oficial para que el tratamiento sea seguro y completo.
- Art. 326El artículo 326 dice que la acupuntura solo se puede usar como tratamiento para curar o aliviar enfermedades, no como un simple adorno o por moda. Además, quien la practique debe seguir las mismas reglas científicas y éticas que aplican los doctores en su trabajo diario. O sea, no es cualquier cosa: tiene que ser seria, responsable y con base en la ciencia. Esto es para proteger tu salud y que no te pase nada malo.
- Art. 327Cuando uses acupuntura, tienes que seguir lo que digan otras reglas oficiales mexicanas y leyes que hablen sobre cómo se debe manejar esta práctica. Es como si hubiera un manual adicional que debes respetar además de esta ley. No importa si eres el que aplica la acupuntura o el paciente, todo debe hacerse según esas normas.
- Art. 329El artículo 329 dice que todo el equipo, agujas, aparatos y materiales que uses para dar tratamientos de acupuntura deben ser revisados y registrados por la Secretaría de Salud. Esto aplica sin importar si otras dependencias también tienen facultades para revisarlos. En pocas palabras, necesitas que la Secretaría autorice y supervise tus herramientas de trabajo para que sea legal. No importa que otras oficinas también te pidan permisos, esta regla sigue siendo obligatoria.
- Art. 330Cada persona que reciba atención médica, ya sea en un hospital público o privado, debe tener su propio expediente clínico, que es como un cuaderno o archivo donde se guardan todos los datos de su salud, diagnósticos y tratamientos. La ley dice que ese expediente debe hacerse siguiendo las reglas que marca la Norma Oficial Mexicana del expediente clínico, que es un documento oficial del gobierno que dice exactamente cómo debe llenarse, qué información debe contener y cómo guardarlo. Esto sirve para que los doctores tengan toda la información de tu salud a la mano y para que tú puedas consultarla si la necesitas.
- Art. 331Cuando un paciente va al médico o al hospital por primera vez, le deben dar un documento llamado Carta de Consentimiento Bajo Información, que es básicamente un papel donde explican el tratamiento y tú autorizas que te lo hagan. Este documento tiene que cumplir con las reglas de salud que marca la ley. Puedes cambiar de opinión y cancelar tu autorización en cualquier momento, pero solo antes de que empiece el procedimiento. Además, los médicos no están obligados a hacer o dejar de hacer algo si eso pone en riesgo tu salud de manera injustificada.
- Art. 332El artículo 332 dice que la acupuntura humana puede usar varias técnicas o métodos, como poner agujas en el cuerpo, aplicar electricidad suave, usar imanes, masajes, ventosas o incluso semillas y balines pequeños en puntos específicos. También incluye la moxibustión (quemar hierbas cerca de la piel), el láser frío y el ultrasonido. Básicamente, es una lista de herramientas y formas de tratar que los acupunturistas pueden ocupar. No quiere decir que siempre se usen todas, solo que están permitidas. Todo esto se hace para aliviar dolencias o mejorar la salud.
- Art. 333Este artículo dice que la acupuntura solo se puede usar en ciertos casos. No está permitida para enfermedades graves como cáncer, infecciones fuertes o deformaciones, a menos que sea solo para aliviar el dolor de personas con enfermedades terminales. Para tratar obesidad o VIH, o al manejar desechos peligrosos, hay que seguir reglas especiales del gobierno llamadas Normas Oficiales Mexicanas. También es obligatorio mantener buena higiene, usar solo materiales aprobados por la Secretaría de Salud y, si detectas una enfermedad que debe reportarse, avisarlo a las autoridades.
- Art. 334Para ser médico especialista en acupuntura necesitas tres documentos oficiales: el título y la cédula de médico general, más un documento que demuestre tu especialidad en acupuntura humana. Todos estos papeles deben estar legalmente emitidos y registrados por las autoridades de educación. Sin estos requisitos, no puedes ejercer legalmente como especialista en acupuntura.
- Art. 335El personal técnico, como enfermeros o laboratoristas, debe cumplir con los requisitos que ponga la Secretaría de Educación Pública, como tener ciertos estudios o certificados. Además, pueden trabajar bajo "responsiva médica", que significa que un doctor firma y se hace responsable de lo que ellos hacen. Así, el técnico puede realizar algunas tareas médicas siempre y cuando un médico esté al pendiente. Esto aplica en clínicas, hospitales o consultorios donde haya supervisión de un profesional de la salud.
- Art. 336El artículo 336 dice que todos los consultorios médicos deben cumplir con las reglas que pone la Secretaría de Salud sobre cómo construir el lugar, qué equipo tener, y cómo mantenerlo limpio y seguro. También tienen que seguir otras leyes que apliquen. Esto significa que no pueden andar improvisando: deben estar bien instalados y vigilados para que no te arriesgues como paciente.
- Art. 337Todas las herramientas que se meten al cuerpo, como las agujas de acupuntura o cualquier otra cosa parecida, tienen que estar bien desinfectadas antes de usarse. Esto se hace siguiendo las reglas oficiales que pone el gobierno federal. La ley no deja que nadie use estos instrumentos si no están limpios y sin gérmenes. Así se cuida tu salud y evitas infecciones.
- Art. 338En hospitales y clínicas, cada semana deben revisar que los equipos para esterilizar (como hornos de calor seco o autoclaves) realmente maten todos los microbios. Para eso usan "testigos biológicos", que son como muestras especiales que verifican si la limpieza funcionó. Es obligatorio hacer esta prueba una vez por semana en cada equipo. Así se aseguran de que los instrumentos médicos queden libres de gérmenes.
- Art. 339Ningún médico o enfermera puede usar métodos o procedimientos que puedan causar la muerte de la persona que está siendo atendida. Si un tratamiento representa un riesgo directo de matar al paciente, está prohibido aplicarlo. Esto no significa que no se puedan usar tratamientos fuertes, siempre y cuando no tengan como objetivo o consecuencia inevitable acabar con la vida. La regla protege tu derecho a recibir atención médica sin que te expongan a morir por descuido o malas prácticas.
- Art. 340El artículo 340 dice que no puedes usar ningún aparato o herramienta para un estudio o experimento si antes no fue aprobado por medio de un plan de investigación. Ese plan debe estar revisado y aceptado por la Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del asunto). En otras palabras, primero necesitas el visto bueno oficial, y hasta entonces sí puedes ocupar el equipo. Esto es para evitar riesgos y que todo se haga de manera segura y legal.
- Art. 341Este artículo dice que los productos que están en la Norma Oficial Mexicana (la regla técnica que deben seguir los servicios de salud) sobre acupuntura humana solo se pueden usar para esa práctica. Es decir, si algo aparece en esa norma como material o equipo para acupuntura, no lo puedes ocupar para otra cosa que no sea hacer acupuntura en personas. Esto aplica a los servicios de salud y actividades relacionadas.
- Art. 342Tienes que tener mucho cuidado cuando le pongas acupuntura a personas que puedan contagiar enfermedades, como las que tienen infecciones en la sangre o hepatitis. El artículo dice que debes ser bien estricto con la limpieza y el control para evitar riesgos. Esto significa usar agujas nuevas y desechables, y desinfectar bien todo el equipo. Así proteges tanto a la persona que recibe el tratamiento como a ti mismo.
- Art. 343El artículo 343 dice que los anuncios de clínicas o métodos de acupuntura deben seguir las reglas de la Ley General de Salud y su reglamento sobre publicidad. Esto aplica a cualquier tipo de anuncio, como carteles, volantes, anuncios en internet o redes sociales. La idea es que la publicidad sea honesta, clara y no engañe a las personas. Quien ponga un consultorio de acupuntura tiene que asegurarse de cumplir con esas normas. Si no lo hace, podría tener problemas legales o multas.
- Art. 344Este artículo dice que solo los lugares que cumplan con todas las reglas de este Reglamento pueden hacer publicidad para ofrecer servicios de acupuntura. Si un establecimiento no tiene los permisos o no cumple con los requisitos que marca la ley, no puede anunciarse para que la gente vaya a tratarse con acupuntura. Básicamente, busca que solo los lugares legales y aprobados puedan promocionarse.
- Art. 345La Agencia es la encargada de checar que se cumpla este Reglamento y todas las reglas que se emitan después. Vigilar significa que va a supervisar y asegurarse de que nadie se salte las normas. En otras palabras, la Agencia es como el supervisor o la autoridad que pone orden.
- Art. 346La vigilancia sanitaria son las revisiones que el gobierno hace para asegurarse de que los negocios no pongan en riesgo tu salud. Este artículo dice que esas supervisiones se deben hacer siguiendo las reglas de una parte específica de la ley, llamada el Título Décimo Séptimo. En otras palabras, las autoridades no pueden inventar cómo revisar; tienen que aferrarse a lo que ya está escrito en ese capítulo de la Ley General.
- Art. 347La Secretaría de Salud puede tomar medidas para proteger tu salud cuando haya un riesgo. Estas medidas incluyen: 1) detener trabajos o servicios que sean peligrosos; 2) asegurar o destruir objetos, productos o sustancias que puedan hacerte daño; 3) prohibir que uses ciertas cosas; y 4) cualquier otra acción sanitaria que evite que sigas en peligro o que tu salud se dañe. En pocas palabras, la autoridad puede intervenir para evitar que tú o los demás se enfermen o se lastimen por algo riesgoso.
- Art. 348Si alguien no cumple con lo que dice este Reglamento, la Secretaría (la autoridad encargada) le va a imponer una multa o sanción administrativa. Pero ojo, si esa falta es tan grave que también se considera un delito, además de la multa, la persona puede enfrentar un castigo penal, como ir a la cárcel. En pocas palabras, te pueden castigar dos veces: una por no respetar las reglas y otra si cometiste un delito.
- Art. 349El artículo 349 dice que todos los pasos para aplicar un castigo o una medida de seguridad tienen que seguir lo que marca la ley al pie de la letra. En otras palabras, si te imponen una sanción, todo el proceso debe hacerse conforme a las reglas establecidas, sin atajos ni decisiones fuera de lo legal. Además, este artículo está dentro de una sección que habla sobre el "Recurso de Inconformidad", que es un derecho que tienes para quejarte si consideras que algo no se hizo correctamente.
- Art. 350Si la Secretaría, por aplicar este Reglamento, toma una decisión que termina tu proceso o resuelve tu caso, puedes inconformarte. Para hacerlo, debes seguir el Capítulo IV del Título Décimo Octavo de la Ley General, que te indica los pasos a seguir.